El presente proceso fue promovido a fin de que se declare la inconstitucionalidad de los arts. 226 y 246 letra b del Código Tributario, por la supuesta vulneración de los arts. 12 y 246 de la Constitución de la República, debido a que el demandante considera que para la imposición de una sanción es indispensable que el sujeto haya obrado de forma dolosa o culposa. Así también establece que el precepto impugnado contiene una sanción por no retener o percibir el impuesto respectivo cuando exista la obligación de hacerlo. Sin embargo, advierte que la prestación de la retención no conlleva remuneración alguna, sino una colaboración que los particulares realizan al Estado, que requiere identificar las operaciones que están sujetas a retención, para lo que deben interpretarse diversas normas y hacerlas encajar en las operaciones realizadas. Por lo anterior, aunque la retención no genera una renta para el agente, es este quien resulta sancionado con una multa equivalente al 75% de lo que no retuvo por faltar a tal colaboración. Porcentaje que el actor considera desproporcional.
Clasificación de Sentencias
Relevante
Publicación Sentencia Diario Oficial
Diario Oficial no. 102 Tomo 435 de fecha 31 de mayo de 2022