Aplicación de la analogía en el derecho de familia
La estructura procesal y la naturaleza fáctica del divorcio por mutuo consentimiento, no justifica que el art. 108 fracción 5ª CF (relativo a la fijación de las bases para la liquidación régimen patrimonial en el convenio de divorcio), deba aplicarse analógicamente a los divorcios contencioso
Cuando los cónyuges no dicen nada respecto de los bienes objeto de liquidación, no tiene sentido pensar que el allanamiento hecho por alguno de ellos, cobra efecto alguno sobre una eventual petición de liquidación patrimonial
Exigir que al momento de entablar la demanda de divorcio se deba plantear simultáneamente la pretensión de liquidación de bienes por efecto de la disolución del régimen patrimonial, es un requisito no previsto en la ley, que podría constituir una vulneración al derecho de acceso a la jurisdicción
Código de Familia, art. 9, 63 a 67, 74 inc. 1°, 105 clausula 5°, 108 regla 5°, 115 ord. 2°;
Ley de Procedimientos Constitucionales, art. 18;
Código Procesal Civil y Mercantil, art. 241 inc. 2°;
Código de Comercio, art. 332;
Constitución de la República, art. 2 inc. 1°