Competencia por razón de la materia y el grado, atribuible a los jueces de lo civil y mercantil, tomando en cuenta que la indemnización reclamada deriva de actuaciones orgánica y materialmente jurisdiccionales
Código Civil, art. 2065
Ley de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, art. 3 incs. 2°, 9°
Ley de Procedimientos Administrativos, art. 2 inc. 2°
Código Procesal Civil y Mercantil, art. 39 inc. 1°