REGLAMENTO DE ESTUPEFACIENTES, PSICOTROPICOS, PRECURSORES, SUSTANCIAS Y PRODUCTOS QUIMICOS Y AGREGADOS
Fecha de Publicación en D. O.
13/02/2013
Tipo de documento
Reglamentos
N° de Diario Oficial
30
N° Tomo
398
Vigencia
Vigente
Origen
ORGANO EJECUTIVO (Ministerio de Salud)
Naturaleza [Legislación]
Decreto Ejecutivo
Fecha Emisión
05/02/2013
Materia[Legislación]
Salud
Consideraciones sobre el documento
El presente Reglamento tiene por objeto el control y la fiscalización de toda importación, exportación, fabricación, cultivo, preparación, producción, consumo, transporte, distribución y/o cualquier tipo de comercialización o transacción, tanto nacional como internacional, de sustancias Estupefacientes, Psicotrópicos, Precursores, Productos y Sustancias Químicas y Agregados, según lo establecido en tratados y acuerdos internacionales, especialmente lo adoptado en la Convención Única de 1961 sobre Estupefacientes de la ONU y la modificación de la Convención Única de 1961 y la Enmienda por el Protocolo de 1972, el Convenio sobre Sustancias Psicotrópicas ONU de 1971; y la Convención de las Naciones Unidas contra el Tráfico Ilícito de Estupefacientes y Sustancias Psicotrópicas de 1988.