CONFLICTOS DE COMPETENCIA EN DERECHO PRIVADO Y SOCIAL
Materia
FAMILIA
Tribunales en conflicto
JUZGADO TERCERO DE PAZ DE SAN SALVADOR vrs. JUZGADO DE PAZ DE ANTIGUO CUSCATLÁN
Tipo de juicio
Proceso de Violencia Intrafamiliar
Fallo
Declárase que es competente para sustanciar y decidir el caso de mérito, el Juzgado Tercero de Paz de San Salvador
Cuadro fáctico
Conflicto de competencia suscitado entre el Juzgado Tercero de Paz de San Salvador y el Juzgado de Paz de Antiguo Cuscatlán, para conocer en Proceso de Violencia intrafamiliar. El primero de los funcionarios sostuvo que, recibió la denuncia y decretó medidas de protección en favor de la denunciante, y dijo que la LCVI, no establece reglas de competencia, pero que el Art 44 de la misma, remite a la supletoriedad del CPCM, y de la LPF, en cuyos cuerpos normativos y precisamente el Art 33 del CPCM, se aplica como regla de competencia territorial el domicilio del demandado o del que haga las veces, para el caso, el denunciado es del domicilio de Antiguo Cuscatlán, departamento de La Libertad, por lo que es el juez de esa jurisdicción el competente para conocer el caso.
El segundo por su parte sostuvo que, de la lectura de la denuncia, se observa que los hechos sucedieron en la residencial de la denunciada, la cual se ubica en San Salvador, existiendo por tal razón, competencia objetiva y material para que el juzgado quien decretó las medidas continúe conociendo.
Se resolvió declarar que es competente para sustanciar y decidir el caso de mérito, el Juzgado Tercero de Paz de San Salvador.