Juzgado de Paz del municipio de Nejapa y el Juzgado de Paz del municipio de Apopa
Código Procesal Penal Aplicado
D.L. Nº 733 del 22 de Octubre de 2008 - VIGENTE
Fallo
Declara competente al Juzgado de Paz de Apopa, para conocer del proceso de violencia intrafamiliar
Delitos
Violencia intrafamiliar
Tribunal[es] de procedencia
Juzgado de Paz de Nejapa de San Salvador
Cuadro fáctico
Conflicto de competencia negativo suscitado entre el Juzgado de Paz del municipio de Nejapa y el Juzgado de Paz del municipio de Apopa, este último se declaró incompetente en razón del territorio, atendiendo a que la denunciante hizo de su conocimiento que junto con el denunciado habían modificado su lugar de residencia, por lo que remitió el proceso al Juzgado de Paz de Nejapa, departamento de San Salvador, sede que declinó la competencia bajo el argumento que si bien puede darse una posible modificación en relación al domicilio de las partes, la competencia solo se vería alterada si alguna de las partes hubiera interpuesto la excepción correspondiente, aunado a ello el Juzgado de Paz de Apopa no advirtió la falta de competencia en limini litis, por lo que prorrogó la competencia territorial. Posterior a las consideraciones realizadas por la Sala de lo Penal, se concluye que cuando el domicilio del demandado sea determinado en la denuncia, será ésta la regla vértice aplicable para fijar la competencia territorial del juzgador; por lo que, el cambio de residencia durante la tramitación procesal no resulta ser un hecho que permita desnaturalizar la competencia, por lo que declara competente el Juzgado de Paz de Apopa, para conocer del proceso de violencia intrafamiliar.