El domicilio del demandado y la sede judicial que corresponda al lugar donde se sitúe el bien objeto del litigio, son criterios válidos y no excluyentes entre sí para establecer la competencia frente a este tipo de pretensiones
Las reglas de competencia por razón de la cuantía son inaplicables por tratarse de una pretensión eminentemente declarativa
Código Procesal Civil y Mercantil, arts. 33, 92, 31, 37
Ley de Reestructuración del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas, art. 14
Código Civil, art. 681
TEXTO DE LA NORMATIVA
Departamento de Documentación Judicial, Derechos Reservados