La imparcialidad es una condición esencial para el ejercicio de la función jurisdiccional de los juzgadores, quienes deben resolver bajo criterios técnicos y objetivos, carente de todo interés subjetivo y sin influencias externas
Constitución de la República, Arts. 15, 186 Inc. 5;
Código Procesal Penal, Art. 66
TEXTO DE LA NORMATIVA
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