Principio de legalidad reconocido en forma incontrovertible en los ámbitos del Derecho penal y del Derecho administrativo sancionador
DOBLE JUZGAMIENTO
Imposibilidad de sancionar dos veces o más un mismo supuesto fáctico
Letra a) del art. 33 y la letra b) del art. 7 Ley de Telecomunicaciones, deben considerarse inconstitucionales por vulnerar el principio de prohibición del doble juzgamiento, al castigar como un hecho nuevo, injustos administrativos ya sancionados
DERECHO ADMINISTRATIVO SANCIONADOR
Principios inspiradores del ámbito penal y procesal son de aplicación, conforme una adaptación funcional de los mismos a los fines de protección de los intereses generales, al Derecho administrativo sancionador
LEY DE TELECOMUNICACIONES
Reserva de ley
Procedimiento de invalidación, sólo puede ocurrir cuando la disposición impugnada se encuentra vigente
Principio de legalidad reconocido en forma incontrovertible en los ámbitos del Derecho penal y del Derecho administrativo sancionador
Garantías penales, criminal, jurisdiccional y de ejecución dentro del ámbito del principio de legalidad
Proceso de elaboración y aplicación de los preceptos sancionadores penales, influido de igual forma por principio de legalidad
Faceta formal del principio de legalidad
Aplicación del principio de legalidad dentro del Derecho administrativo sancionador
Mandato de tipicidad
Entidades administrativas deben someterse en todo momento a lo que la ley establezca, entendiendo tal expresión como indicativa del concreto sistema de Derecho administrativo que rige en un ordenamiento jurídico
Ejercicio de poder público recae en varios órganos dentro del estado los cuales ostentan competencias y potestades delimitadas constitucionalmente
En situaciones debidamente razonadas y excepcionales se admite la colaboración de normas infra-legales como los reglamentos en los supuestos comprendidos en el derecho sancionador
Infracciones de sanciones administrativas deben regularse conforme la ley emitida por el parlamento salvadoreño, sin perjuicio de que en situaciones excepcionales derivadas de naturaleza de la materia o del sector que se pretenda normar
Principio de taxatividad o certeza en cuanto a la descripción de lo socialmente prohibido, impone un mandato al legislador, de establecer con precisión y claridad las conductas que reportarán consecuencias desfavorables a los ciudadanos
Legitimación de la delegación normativa complementaria en el ámbito de las leyes penales en blanco
Imposibilidad de existencia de vicio de constitucionalidad por infracción del mandato de reserva de ley según la pretensión de uno de los demandantes
Inconstitucional la letra j) del artículo 33 de Ley de Telecomunicaciones, por ser cláusula sumamente genérica que inobserva tanto el ámbito de la reserva de ley como el mandato de certeza y taxatividad del derecho sancionador
Imposibilidad de sancionar dos veces o más un mismo supuesto fáctico
A una sola conducta corresponde un solo tipo, y ante la concurrencia de dos normas que tipifican de forma idéntica la materia de prohibición, sólo una de ellas tiene que resultar aplicable
En la hipótesis de diversos sujetos sancionados, que existan hechos distintos o motivos de persecución diferentes, la prohibición de la múltiple persecución o juzgamiento no despliega eficacia alguna
Identidad de sujeto
Concurso de infracciones
Incumplimiento reriterado
Artículo 34 letra o) Ley de Telecomunicaciones, al efectuarse una interpretación conforme que establezca su aplicación de acuerdo con la teoría de los concursos de infracciones, es conveniente descartar su impugnación de inconstitucionalidad
Letra a) del art. 33 y la letra b) del art. 7 Ley de Telecomunicaciones, deben considerarse inconstitucionales por vulnerar el principio de prohibición del doble juzgamiento, al castigar como un hecho nuevo, injustos administrativos ya sancionados
TEXTO DE LA NORMATIVA
Departamento de Documentación Judicial, Derechos Reservados