Cuando se desconozca su domicilio en el país o se ignore si ha emigrado a país extranjero, el conocimiento del proceso corresponderá a cualquier Juez de la República de la materia que se trate
COMPETENCIA EN RAZÓN DEL TERRITORIO
Determinada por el lugar al que primero se avoque el solicitante a ejercer la acción, en casos en que el demandado sea de domicilio ignorado