LEY ESPECIAL TRANSITORIA PARA EL ESTABLECIMIENTO DE CONDICIONES FINANCIERAS ESPECIALES PARA LA REACTIVACION FINANCIERA Y PRODUCTIVA DE CAFICULTORES CON CREDITOS EN EL BANCO DE FOMENTO AGROPECUARIO Y BANCO HIPOTECARIO
Fecha de Publicación en D. O.
29/11/2018
Tipo de documento
Decretos Legislativos
N° Tomo
421
Número de decreto o acuerdo
171
Vigencia
Derogada
Origen
ORGANO LEGISLATIVO
Naturaleza [Legislación]
Decreto Legislativo
Fecha Emisión
15/11/2018
Materia[Legislación]
Agraria
Consideraciones sobre el documento
La presente ley especial transitoria tiene por objeto apoyar a los productores de café, que han sido afectados por la disminución de los precios internacionales del café y por los efectos del cambio climático, como ataques virulentos de roya del cultivo del café, que hayan comprobado su moralidad de pago ante sus acreedores y hayan expresado a su acreedor respectivo y al Ministerio de Agricultura y Ganadería, su decisión de acogerse al Programa de Rescate del Sector Café, mediante la suspensión de procesos judiciales iniciados contra deudores de los bancos integrantes del sistema financiero estatal, por créditos relacionados con la producción de café y contratados durante los últimos seis años, contados a partir del año 2012.