Por medio de la presente Ley, se crea el Instituto Salvadoreño de Turismo, como una entidad de utilidad pública, que tendrá como finalidad la administración de los Centros Recreativos de su propiedad, así como de los inmuebles e instalaciones que le han sido asignados conforme a las leyes; además, tendrá a su cargo la promoción y estímulo de la recreación familiar y excursionismo, en lo que se refiere a la atracción de visitantes hacia dichos Centros coordinación de medios de transporte accesibles y otras establecidas en la ley.