Decreto Legislativo nº 807, de 24 de diciembre de 2020 el cual contiene disposiciones transitorias que permiten el uso opcional, hasta el 50%, de los recursos destinados a las municipalidades mediante los Decretos Legislativos n° 650, de 31 de mayo de 2020 y n° 728, de 9 de septiembre de 2020, para los fines establecidos en la Ley de Creación del Fondo para el Desarrollo Económico y Social de los Municipios
Cuadro fáctico
El Decreto Legislativo nº 807, de 24 de diciembre de 2020 el cual contiene disposiciones transitorias que permiten el uso opcional, hasta el 50%, de los recursos destinados a las municipalidades mediante los Decretos Legislativos n° 650, de 31 de mayo de 2020 y n° 728, de 9 de septiembre de 2020, para los fines establecidos en la Ley de Creación del Fondo para el Desarrollo Económico y Social de los Municipios, se declara inconstitucional, de un modo general y obligatorio, por la vulneración a los principios de contradicción, libre debate y discusión propia de la actividad legislativa derivados de los artículos 85 y 135 de la Constitución. La razón es que la Asamblea Legislativa no justificó en la sesión plenaria ordinaria n° 143, realizada del 22 al 24 de diciembre de 2020, ni demostró de manera objetiva la urgencia de la dispensa de trámite con que fue aprobado dicho Decreto.