Tramitase la asistencia legal que tiene por fin poner en conocimiento de nuestras autoridades de la probable comisión de un delito en nuestro país
Delitos
Almacenamiento de pornografía infantil
Tribunal[es] de procedencia
No aplica
Cuadro fáctico
Solicitud de asistencia jurídica pasiva efectuada por la Unidad de Cooperación Internacional y Extradiciones, Ministerio Público, República de Chile, con fundamento en la Convención Interamericana sobre Asistencia Mutua en Materia Penal, vinculada a la investigación que en ese país instruye la Fiscalía Regional del Libertador Bernardo O'Higgins, Ministerio Público, en contra del señor SASI por la comisión del delito de almacenamiento de pornografía infantil, previstos y sancionados en el artículo 374 bis, relacionado con el artículo 366, ambos del Código Penal chileno. La Corte Suprema de Justicia, al proceder al análisis de la solicitud la cual tiene como propósito poner en conocimiento de nuestras autoridades que el delito que se investiga, es decir, "la distribución de material pornográfico infantil", se estaría realizando desde números telefónicos de nuestro país, a efecto que se tomen las acciones pertinentes, consideró procedente dar trámite a la asistencia solicitada por el Estado requirente.
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