La Corte Suprema de Justicia en pleno, en el proceso de enriquecimiento ilícito rechazó por improcedente el recurso de casación interpuesto, argumentando que el derecho de acceso a los medios de impugnación está sujeto a límites y condiciones que el legislador puede prever siempre que sean razonables y proporcionales, concediéndose de manera expresa a las partes en dicho proceso sólo el recurso de apelación contra la sentencia.