N° | 5-2012AC |
Fecha | 09/07/2014 |
Origen | SALAS |
Nombre de tribunal | SALA DE LO CONSTITUCIONAL |
Tipo de proceso | INCONSTITUCIONALIDAD/INAPLICABILIDAD |
Tipo de Resolución | Sentencias Definitivas |
Materia | CONSTITUCIONAL |
Tribunal[es] de procedencia | Sala de lo Civil de la Corte Suprema de Justicia |
Normativa o acto inaplicado | Art. 586 inc. 1° del Código de Trabajo |
Parámetro de control | Arts. 2 inciso 1°, 3 y 11 de la Constitución |
Cuadro fáctico | La autoridad requirente expuso que las resoluciones de inaplicabilidad pronunciadas se fundamentan en que uno de los requisitos para la interposición del recurso de casación en materia laboral, es que las sentencias de instancia no sean conformes en lo principal. Al respecto, la Sala de lo Civil justificó su decisión de hacer uso del control difuso de constitucionalidad de la leyes, art. 185 Cn., en que el legislador tiene como tarea normativa la determinación de los requisitos de accesibilidad a los recursos judiciales, lo cuales deben ser proporcionales para potenciar el derecho a recurrir, conforme a los arts. 2 inciso 1°, 3 y 11 Cn. Sobre esto último, la mencionada Sala sostuvo que, luego de haber realizado el examen de proporcionalidad entre el derecho a recurrir y el requisito exigido en la disposición normativa impugnada y entre el principio de pronta y cumplida justicia, concluye que la exigencia procesal contenida en el art. 586 inc. 1° in fine del Código de Trabajo, se configura en que dos opiniones en una misma línea resolutiva, vuelven innecesaria la intervención del Tribunal Casacional, ya que este seguiría la misma tendencia que sus inferiores. Sin perjuicio de lo anterior, la Sala de lo Civil consideró que la anterior justificación no es válida, porque ella no necesariamente seguiría las consideraciones jurídicas hechas por los tribunales de instancia, ya que pueden existir decisiones judiciales contrarias a las líneas interpretativas desarrolladas por dicho Tribunal en ocasión del recurso de casación. Estas, afirmó, quedarían fuera del control de legalidad de las resoluciones jurisdiccionales, por lo que se hace indispensable el acceso al derecho de recurrir. Por tanto, concluyó que el requisito para la admisibilidad del recurso de casación en materia laboral, relativo a la disconformidad en lo principal entre la sentencia de primera y segunda instancia, es desproporcional, ya que no se justifica válidamente, y ello produce una violación al derecho a los medios de impugnación. |
Clasificación de Sentencias | Relevante |
Publicación Sentencia Diario Oficial | Diario Oficial número 139, tomo 404 de fecha 28/07/2014 |
Extracto 1 | RECURSO DE CASACIÓN EN MATERIA LABORAL |