Art. 478 inciso 3°, Código Procesal Civil y Mercantil
Cuadro fáctico
La Sala de lo Constitucional declaró improcedente la demanda presentada, por la cual piden la inconstitucionalidad del artículo 478 inciso 3° del Código Procesal Civil y Mercantil, por la supuesta infracción a los artículos 2, 12 y 172 de la Constitución. La razón es que han incurrido en los defectos en la configuración de la pretensión que fueron señalados en el considerando V de esta decisión.