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Descriptores y restrictores
LEY DE AMNISTÍA
Alude más bien al olvido de los delitos cometidos sobre el perdón por una responsabilidad penal previamente establecida
Órgano Legislativo debe equilibrar para su emisión los intereses contrapuestos
Regulación en el derecho interno
Relación con los Acuerdos de Paz y la Ley de Reconciliación Nacional de 1992
Reconocimiento en el Derecho Internacional Humanitario
Tipos de conductas excluidas de la posibilidad de su aplicación
Regulación en el derecho internacional de los derechos humanos
Autores materiales e intelectuales de torturas, desapariciones forzadas y ejecuciones sumarias o arbitrarias no pueden ser sujetos de amnistía
Abordaje jurisprudencial en la Comisión y la Corte Interamericana de Derechos Humanos
Incompatible con la Convención Americana sobre Derechos Humanos cuando se adopta para favorecer la impunidad
Establecimiento de alcances amplios, absolutos e incondicionales es contrario al derecho de protección jurisdiccional y no jurisdiccional
Constitución de la República limita alcance objetivo y subjetivo
Lista de delitos regulada en artículo 2 no contradice artículo 131 ordinal 26° de la Constitución
Continúa favoreciendo únicamente a quienes no hayan participado en hechos que constituyan crímenes de lesa humanidad y de guerra
Asamblea Legislativa debe crear una regulación complementaria para una genuina transición democrática hacia la paz
Jueces o tribunales en cada caso concreto pueden adoptar en sus resoluciones medidas de reparación pertinentes para las víctimas
No puede invocarse tiempo de vigencia como pretexto para entorpecer, demorar o negar ejercicio efectivo e inmediato de los derechos de las víctimas
Hechos prohibidos por el artículo 4 del Protocolo II no pueden ser objeto de prescripción de la acción penal ni civil
Crímenes de lesa humanidad y crímenes de guerra constitutivos de graves violaciones al derecho internacional humanitario están excluidos de amnistía
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TEXTO DE LA NORMATIVA
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