Impone el mandato de plasmar explícitamente en la norma los actos u omisiones constitutivos de un ilícito administrativo y de sus consecuencias represivas
DERECHO ADMINISTRATIVO SANCIONADOR
Potestad sancionadora de la Administración
Principio de Tipicidad
Poder punitivo o represivo del Estado
Principio de tipicidad exigible al Derecho Administrativo Sancionador
Alcance del mandato de taxatividad en materia penal
Exigencias de la jurisprudencia interamericana sobre las normas sancionadoras
Ley debe describir conductas objetivas, verificables o constatables por el aplicador como exigencia del principio de tipicidad en el derecho administrativo sancionador
Tipo sancionador debe ser descriptivo, en el sentido de que exprese literalmente un supuesto de hecho, aunque sea genérico y abstracto, que permita identificar o prever cuál es el comportamiento prohibido
Incompatibles con el mandato de tipificación administrativa las llamadas cláusulas tipificadoras generales o cláusulas sancionadoras residuales
Fórmulas legales de tipificación aparente y residual
Inconstitucionalidad de la disposición impugnada, ante la evasión por parte del legislador, de cumplir con su deber de tipificación precisa de las infracciones administrativas
Ley debe definir exhaustivamente las conductas objeto de infracciones administrativas, sanciones o medidas de seguridad a imponer
GARANTÍA DE TAXATIVIDAD
Disposiciones legales que contienen presupuestos, condiciones o elementos para considerar que una conducta es delito, deben formular, describir, establecer o definir dichas conductas mediante términos, conceptos o expresiones con mayor precisión
PRINCIPIO DE LEGALIDAD EN MATERIA ADMINISTRATIVA SANCIONADORA
Supone una exigencia cualificada, en el sentido de que el tipo de la infracción debe contener en su texto una descripción efectiva o esencial de una conducta, sin que esta pueda ser construida por vía de la interpretación
TEXTO DE LA NORMATIVA
Departamento de Documentación Judicial, Derechos Reservados