ORDENANZA
REGULADORA No. 14/2025.
EL CONCEJO
MUNICIPAL DEL MUNICIPIO DE SAN MIGUEL CENTRO, DEPARTAMENTO DE SAN MIGUEL,
CONSIDERANDO:
I. Que el artículo 203 de la Constitución de
la República, otorga autonomía al municipio en lo económico, técnico y en lo
administrativo. Asimismo, el artículo 204 ordinales primero y quinto de la
misma, establece la facultad del Municipio para crear, modificar y suprimir
tasas y contribuciones municipales en asuntos de su competencia;
correspondiéndole al Concejo Municipal la función normativa, que la ejerce
decretando sus Ordenanzas Municipales con rango de ley.
II. Que, los Municipios por medio de sus
Concejos Municipales, al tener la facultad de crear tasas y contribuciones
municipales, también, a través de una Ordenanza Municipal, podrá dispensar el
pago de los intereses y multas provenientes de deudas con el Municipio, por el
impago de tasas o contribuciones municipales.
III. Que por Decreto Legislativo número 762, la
Asamblea Legislativa aprobó la Ley Especial para la Reestructuración Municipal,
publicada en el Diario Oficial número 110, Tomo número 439 de fecha 14 de junio
de 2023, la cual en su artículo 1 establece: El territorio de El Salvador para
su administración continuará dividido en los actuales catorce departamentos,
con cuarenta y cuatro municipios y doscientos sesenta y dos distritos
municipales; en ese sentido el Municipio de San Miguel Centro, agrupa a los
siguientes distritos: Distrito de San Miguel, Distrito de Comacarán, Distrito
de Uluazapa, Distrito de Moncagua, Distrito de Quelepa y Distrito de
Chirilagua.
IV. Que la capacidad de pago de la mayoría de los
habitantes, y particularmente, la de aquellos que tienen obligaciones
tributarias a favor del Municipio de San Miguel Centro, se mantiene debilitada,
situación que los ha convertido en sujetos morosos, de las tasas y
contribuciones especiales municipales.
V. Que con el objeto de facilitar a los
contribuyentes el cumplimiento de sus obligaciones tributarias formales y
sustanciales, fomentar la cultura del cumplimiento voluntario y promover la
recuperación de ingresos municipales, se considera procedente establecer una
medida transitoria que permita al gobierno local cumplir eficazmente con sus
funciones y servicios esenciales en beneficio de la población del Municipio de
San Miguel Centro.
VI. Que con el objeto de brindar a sus
contribuyentes las mayores facilidades para el cumplimiento de sus obligaciones
formales y sustanciales e incentivar una conducta de pago en los mismos, y
lograr con ello, un mayor ingreso en las arcas municipales, de tal forma que le
permita a la Municipalidad cumplir con sus obligaciones en beneficio de los
habitantes del Municipio de San Miguel Centro.
POR TANTO:
El
Concejo Municipal del Municipio de San Miguel Centro, Departamento de San
Miguel, en uso de sus facultades constitucionales, y legales,
DECRETA:
PRÓRROGA A LA ORDENANZA TRANSITORIA DE EXENCIÓN DE MULTAS E
INTERESES PRODUCTO DE APLICACIÓN DE TASAS Y CONTRIBUCIONES ESPECIALES
MUNICIPALES DEL MUNICIPIO DE SAN MIGUEL CENTRO, DEPARTAMENTO DE SAN MIGUEL.
FINALIDAD DE
LA ORDENANZA.
Art.
1.- Prorrógase, hasta el día treinta de junio de dos mil veintiséis, la
vigencia de la ORDENANZA TRANSITORIA DE EXENCION DE MULTAS E INTERESES PRODUCTO
DE APLICACIÓN DE TASAS Y CONTRIBUCIONES ESPECIALES MUNICIPALES DEL MUNICIPIO DE
SAN MIGUEL CENTRO, DEPARTAMENTO DE SAN MIGUEL; publicada en el Diario Oficial
número 129, Tomo Número 448 de fecha 11 de julio de 2025.
VIGENCIA.
Art.
2.- La presente Ordenanza entrará en vigencia ocho días después de su
publicación en el Diario Oficial.
Dado
en la Alcaldía Municipal del Municipio de San Miguel Centro, Departamento de
San Miguel, a los dieciséis días del mes de diciembre de dos mil veinticinco.
Publíquese
JOSÉ ALEXANDER TORRES CARRILLO,
ALCALDE MUNICIPAL.
HENRY JOSUÉ MORENO PERLA,
SÍNDICO MUNICIPAL.
JUAN RICARDO VÁSQUEZ GUZMÁN,
SECRETARIO MUNICIPAL.
Decreto
Municipal No. 14 de fecha 16 de diciembre de 2025, publicado en el Diario
Oficial No. 241, Tomo 449 de fecha 19 de diciembre de 2025.