DECRETO No. 16.
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE EL
SALVADOR,
CONSIDERANDO:
I. Que mediante Decreto Ejecutivo No. 24, de
fecha 18 de abril de 1989, publicado en el Diario Oficial No. 70, Tomo No. 303,
de esa misma fecha, se emitió el Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo;
II. Que en el Art. 27-A del referido
Reglamento, se establece la figura de los Comisionados Presidenciales, los
cuales se constituyen como funcionarios idóneos para proporcionar el respectivo
seguimiento a determinadas áreas del quehacer gubernamental y, entre otras
atribuciones, asesorarán al Presidente de la República con el objeto de lograr
el eficaz cumplimiento de algunos fines específicos del Estado, estando su
nombramiento a cargo del Presidente de la República;
III. Que a tales efectos, mediante Decreto
Ejecutivo No. 39, de fecha 8 de octubre de 2020, publicado en el Diario Oficial
No. 202, Tomo No. 429, de la misma fecha, se creó la figura del Comisionado
Presidencial para el Agua, habida cuenta que en aquel momento se identificó la
necesidad de apoyar en la promoción para el uso racional de los recursos
hídricos; generando al efecto una conciencia ambiental para el cambio de
actitudes de parte de la población del país respecto al uso adecuado del agua,
lo que requirió la creación del Comisionado Presidencial para el Agua;
IV. Que en las actuales circunstancias no se ve
la necesidad de contar con una figura de Comisionado Presidencial como la
relacionada en el considerando anterior; por lo que, habida cuenta que existe
en el ordenamiento jurídico del país una institucionalidad pública que hace
posible formular, ejecutar, evaluar y actualizar de manera permanente políticas
que se relacionan con el agua y el uso racional de la misma; institucionalidad
que dirige y potencia actualmente las acciones del Estado en la implementación
de Políticas Públicas para apoyar el uso racional de los recursos hídricos; lo
cual impele a derogar el Decreto No. 39 a que se refiere el considerando
anterior.
POR TANTO,
en uso de
sus facultades constitucionales,
DECRETA:
Art. 1.-
Derógase el Decreto Ejecutivo No. 39, de fecha 8 de octubre de 2020, publicado
en el Diario Oficial No. 202, Tomo No. 429, de la misma fecha, mismo que
comprende la creación de la figura del Comisionado Presidencial para el Agua.
Art. 2.- El
presente Decreto entrará en vigencia a partir del día de su publicación en el
Diario Oficial.
DADO EN CASA
PRESIDENCIAL: San Salvador, a un día del mes de junio de dos mil veintiuno.
NAYIB
ARMANDO BUKELE ORTEZ,
PRESIDENTE
DE LA REPÚBLICA.
JUAN
CARLOS BIDEGAIN HANANIA,
MINISTRO
DE GOBERNACIÓN Y DESARROLLO TERRITORIAL.
Decreto Ejecutivo No. 16 de fecha
01 de junio de 2021, publicado en el Diario Oficial No. 103, Tomo 431 de fecha
01 de junio de 2021.