Acuerdo No. 662/2022

Antiguo Cuscatlán, dieciséis de marzo de dos mil veintidós.

 

EL ÓRGANO EJECUTIVO en el Ramo de Relaciones Exteriores,

CONSIDERANDO:

 

EL ÓRGANO EJECUTIVO en el Ramo de Relaciones Exteriores,

CONSIDERANDO:

I.      Que conforme a lo establecido en el Decreto Legislativo No. 13 de fecha 28 de febrero de 1858, se creó el Ministerio de Relaciones Exteriores, cuyas funciones están estipuladas en el artículo 32 del Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo.

II.     Que de conformidad a lo estipulado en el artículo 67 del Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo, cada Ministerio deberá contar con un Reglamento Interno y de Funcionamiento y un Manual de Organización cuando fuere necesario, que juntamente con los Manuales de Procedimiento, determinarán la estructura administrativa, el funcionamiento de cada unidad, las atribuciones de cada empleado, las relaciones con otros organismos, normas de procedimiento y demás disposiciones administrativas necesarias.

III.    Que de conformidad al Acuerdo N° 587/2020 del veinte de julio del año dos mil veinte, se actualizó el Reglamento Interno de Trabajo del Ministerio de Relaciones Exteriores, con el fin de desarrollar las relaciones laborales entre dicha institución y sus servidores públicos.

IV.   Que de acuerdo al artículo 13 del Reglamento de Normas Técnicas de Control Interno Específicas del Ministerio de Relaciones Exteriores, existe la obligación por parte de los funcionarios, de mantener actualizados los manuales, reglamentos e instructivos.

V.    Que es necesario reformar el Reglamento Interno de Trabajo, en consecuencia, de la mejora salarial otorgada al personal destacado en el servicio exterior el cual se adapte a la realidad laboral actual.

 

POR TANTO, ACUERDA emitir las siguientes:

 

REFORMAS AL REGLAMENTO INTERNO DE TRABAJO DEL MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES DE LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR

 

Art. 1.- Refórmese el artículo 42 de la siguiente manera:

“Apoyo a la Economía Familiar.

Art. 42.- El Ministerio de Relaciones Exteriores entregará en los meses de junio y diciembre de cada año, a todos sus servidores públicos destacados en sede, un bono de mil dólares de los Estados Unidos de América ($1,000), el cual será entregado junto con el salario correspondiente a dichos meses y se pagará por medio de cheque o abono a la misma cuenta de ahorro o cuenta corriente del banco del sistema financiero designado para recibir el pago del salario. Quedan excluidos de este beneficio los servidores públicos designados en el servicio exterior.”.

 

Art. 2.- La presente reforma al Reglamento Interno de Trabajo del Ministerio de Relaciones Exteriores entrará en vigencia el día de su publicación en el Diario Oficial.

 

COMUNÍQUESE. La Ministra de Relaciones Exteriores.- ALEXANDRA HILL TINOCO.

 

Acuerdo Ejecutivo No. 662 de fecha 16 de marzo de 2022, publicado en el Diario Oficial No. 65, Tomo 434 de fecha 30 de marzo de 2022.