Acuerdo No.
662/2022
Antiguo
Cuscatlán, dieciséis de marzo de dos mil veintidós.
EL ÓRGANO
EJECUTIVO en el Ramo de Relaciones Exteriores,
CONSIDERANDO:
EL ÓRGANO
EJECUTIVO en el Ramo de Relaciones Exteriores,
CONSIDERANDO:
I. Que conforme a lo establecido en el
Decreto Legislativo No. 13 de fecha 28 de febrero de 1858, se creó el
Ministerio de Relaciones Exteriores, cuyas funciones están estipuladas en el
artículo 32 del Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo.
II. Que de conformidad a lo estipulado en el
artículo 67 del Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo, cada Ministerio deberá
contar con un Reglamento Interno y de Funcionamiento y un Manual de
Organización cuando fuere necesario, que juntamente con los Manuales de
Procedimiento, determinarán la estructura administrativa, el funcionamiento de
cada unidad, las atribuciones de cada empleado, las relaciones con otros
organismos, normas de procedimiento y demás disposiciones administrativas
necesarias.
III. Que de conformidad al Acuerdo N° 587/2020
del veinte de julio del año dos mil veinte, se actualizó el Reglamento Interno
de Trabajo del Ministerio de Relaciones Exteriores, con el fin de desarrollar
las relaciones laborales entre dicha institución y sus servidores públicos.
IV. Que de acuerdo al artículo 13 del Reglamento
de Normas Técnicas de Control Interno Específicas del Ministerio de Relaciones
Exteriores, existe la obligación por parte de los funcionarios, de mantener
actualizados los manuales, reglamentos e instructivos.
V. Que es necesario reformar el Reglamento
Interno de Trabajo, en consecuencia, de la mejora salarial otorgada al personal
destacado en el servicio exterior el cual se adapte a la realidad laboral
actual.
POR TANTO, ACUERDA
emitir las siguientes:
REFORMAS AL REGLAMENTO INTERNO DE TRABAJO DEL MINISTERIO DE
RELACIONES EXTERIORES DE LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR
Art.
1.- Refórmese el artículo 42 de la siguiente manera:
“Apoyo a la
Economía Familiar.
Art.
42.- El Ministerio de Relaciones Exteriores entregará en los meses de junio y
diciembre de cada año, a todos sus servidores públicos destacados en sede, un
bono de mil dólares de los Estados Unidos de América ($1,000), el cual será
entregado junto con el salario correspondiente a dichos meses y se pagará por
medio de cheque o abono a la misma cuenta de ahorro o cuenta corriente del
banco del sistema financiero designado para recibir el pago del salario. Quedan
excluidos de este beneficio los servidores públicos designados en el servicio
exterior.”.
Art.
2.- La presente reforma al Reglamento Interno de Trabajo del Ministerio de
Relaciones Exteriores entrará en vigencia el día de su publicación en el Diario
Oficial.
COMUNÍQUESE.
La Ministra de Relaciones Exteriores.- ALEXANDRA HILL TINOCO.
Acuerdo
Ejecutivo No. 662 de fecha 16 de marzo de 2022, publicado en el Diario Oficial
No. 65, Tomo 434 de fecha 30 de marzo de 2022.