EL INFRASCRITO COORDINADOR GENERAL
Y SECRETARIO DEL COAMSS.,
CERTIFICAN: Que en el Acta Número
QUINCE, de Sesión Ordinaria celebrada por el Consejo de Alcaldes del Área
Metropolitana de San Salvador (COAMSS), el día diez de septiembre de dos mil
veinte, se encuentra el ACUERDO NÚMERO SEIS, que literalmente dice:
DECRETO No. 15
El Consejo de Alcaldes del Área
Metropolitana de San Salvador,
CONSIDERANDO:
I. Que mediante Decreto No. 14 de fecha 18 de
junio de 2020, publicado en el Diario Oficial No. 137 Tomo No. 428, de fecha 7
de julio del 2020, este Consejo emitió las Disposiciones Transitorias aplicados
a la tramitología de proyectos ubicados en el Área Metropolitana de San
Salvador AMSS., ante la Oficina de Planificación del Área Metropolitana de San
Salvador OPAMSS., para incentivar el desarrollo del sector de la construcción.
II. Que mediante dicho Decreto se habilitaron
plazos extraordinarios para los Memorandos emitidos por la OPAMSS.
III. Que en el artículo 4 literal b y c se
habilitó un plazo extraordinario para los trámites de reingreso de los
memorandos vencidos en determinado período; no obstante, es necesario
aplicarlos a todos los del año dos mil veinte.
DECRETA la
siguiente:
Reforma a las Disposiciones Transitorias aplicados a la
tramitología de proyectos ubicados en el Área Metropolitana de San Salvador
(AMSS), ante la Oficina de Planificación del Área Metropolitana de San Salvador
(OPAMSS) para incentivar el desarrollo del sector de la construcción.
Artículo 1.-
Sustitúyase el literal b) del artículo 4 por el siguiente:
b) Todo memorando con vencimiento durante el
presente año, podrá reingresar habiendo subsanado lo observado, mediante
habilitación del plazo y previo pago de la tarifa, hasta el último día hábil
del mes de enero de dos mil veintiuno.
Tarifa:
• Trámites previos: $25.00
• Permisos de construcción y Recepción de
Obra: $50.00
El reingreso se hará a través de
correo electrónico tramites@opamss.org.sv
Artículo 2.-
Suprímase el literal c) del artículo 4.
Artículo 3.-
Vigencia.
La presente
reforma entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario
Oficial.
Y para los
efectos consiguientes el Consejo de Alcaldes del Área Metropolitana de San
Salvador, COAMSS; firma y sella en la Ciudad de San Salvador, a los catorce
días del mes de septiembre de dos mil veinte.
ERNESTO LUIS
MUYSHONDT GARCÍA PRIETO,
COORDINADOR
GENERAL DEL COAMSS,
FIDEL
ERNESTO FUENTES CALDERÓN,
SECRETARIO
DEL COAMSS.
Decreto Municipal No. 15 de fecha
14 de septiembre de 2020, publicado en el Diario Oficial No. 194, Tomo 428 de
fecha 28 de septiembre de 2020.