DECRETO NUMERO VEINTISÉIS
Referencia: SO-020922
Período 2021-2024.
Acuerdo N° 720
El Concejo
Municipal de Santa Tecla, CONSIDERANDO:
I- Que según la Constitución de la República
de El Salvador en el artículo 203.- Los municipios serán autónomos en lo
económico, en lo técnico y en lo administrativo, y se regirán por el Código
Municipal, que sentará los principios generales para su organización,
funcionamiento y ejercicio de sus facultades autónomas.
II- Que de conformidad con el artículo 4 número
4 del Código Municipal, corresponde a los Municipios, entre otros aspectos, la
promoción de la educación. Asimismo, de conformidad con el número 9 del mismo
artículo también es asunto de competencia municipal facilitar la formación
laboral y estimular la generación de empleo.
III- Que entre los servicios educativos
municipales que se prestan a efecto de ampliar la formación laboral de los
habitantes de Santa Tecla se encuentran los que se brindan tanto en la Academia
de Idiomas como en el Centro de Formación Laboral.
IV- Que respecto del Centro de Formación Laboral,
al añadirse servicios previamente no prestados, es necesario establecer las
tasas a cobrar por ellos. En igual sentido es necesario establecer la tasa a
cobrar por el carnet de identificación para la Academia Municipal de Idiomas
que se considera necesario para controlar el flujo de estudiantes tomando en
cuenta el poco personal en las instalaciones.
V- Que además se considera necesario regular la
existencia de casos específicos en los cuales puede otorgarse una tarifa
diferenciada, o subsidiarse a una persona el acceso a los servicios educativos
municipales ya sea en la academia de idiomas o en el centro de formación
laboral y establecer con claridad los parámetros por medio de los que se
accederá a dicho beneficio.
Por
tanto en uso de sus facultades constitucionales y legales Decreta, la
siguiente:
REFORMA A LA ORDENANZA REGULADORA DE TASAS POR SERVICIOS MUNICIPALES
DE SANTA TECLA.
Art. 1.- Modifíquese el texto del ítem 16.22 del art. 37 así:
SERVICIOS
EDUCATIVOS MUNICIPALES
16.22.1 |
MATRÍCULA POR NIVEL EN ACADEMIA MUNICIPAL DE IDIOMAS |
SE COBRARÁ EN LOS SIGUIENTES NIVELES: NUEVO INGRESO, A1
(PRINCIPIANTE), A2, B1 (INTERMEDIO), B2, C1 (AVANZADO), C2 Y CADA MÓDULO DE
CONVERSACIÓN |
$ 5.00 |
16.22.2 |
MENSUALIDAD EN ACADEMIA MUNICIPAL DE IDIOMAS |
PARA RESIDENTES DE SANTA TECLA |
$ 20.00 |
PARA ESTUDIANTES QUE RESIDEN EN OTROS MUNICIPIOS |
$ 30.00 |
||
16.22.3 |
GASTOS DE GRADUACIÓN |
$ 20.00 |
|
16.22.4 |
MATERIAL DIDÁCTICO |
LIBRO |
$ 12.00 |
GUÍA / MATERIAL DE APOYO |
$ 5.00 |
||
16.22.5 |
CURSOS VARIOS CENTRO DE FORMACIÓN • Laboral • Gastronomía • Informática • Estilismo y belleza • Electricidad y electrónica • Artesanales |
ÍNCLUYE MATERIALES |
$ 25.00 |
16.22.6 |
EMISIÓN DE CARNET |
$ 5.00 |
Las
tasas antecedentes aplicarán para todas las personas sin embargo, podrán
establecerse tarifas diferenciadas e, incluso, podrán otorgarse subsidios en la
forma de becas y medias becas en los supuestos siguientes:
a) Como consecuencia de un convenio de
cooperación con embajadas de otros Estados o de organismos supranacionales, instituciones
educativas nacionales o extranjeras, Organizaciones No Gubernamentales,
entidades públicas del Gobierno Central, autónomas u otras municipalidades.
b) Por recomendación de la Dirección
competente, en atención a las circunstancias particulares del estudiante.
Estos
beneficios para los estudiantes de la academia de idiomas y para el centro de
formación laboral serán aprobados por las mismas autoridades y siguiendo el
mismo procedimiento que las becas que otorga el Instituto Municipal Tecleño de la
Juventud.
Art. 2.- La presente Ordenanza entrará en vigencia ocho días después de su
publicación en el Diario Oficial, dándole cumplimiento a lo establecido en el
artículo 32 del Código Municipal, en lo relativo a la publicación en el Diario
Oficial.
Dado
en el Salón de Sesiones de la Alcaldía Municipal de Santa Tecla, a los dos días
del mes de septiembre de dos mil veintidós.
HENRY ESMILDO FLORES CERON
ALCALDE MUNICIPAL
SANDRA PATRICIA INTERIANO ZARCEÑO
SINDICO MUNICIPAL
MARVIN ALEXANDER SOSA RAMOS
SECRETARIO MUNICIPAL
Decreto
Municipal No. 26 de fecha 02 de septiembre de 2022, publicado en el Diario
Oficial No. 185, Tomo 437 de fecha 04 de octubre de 2022.