DECRETO N.° 734

 

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR,

 

CONSIDERANDO:

I.      Que mediante Decreto Legislativo n.° 521, de fecha 13 de diciembre de 2019, publicado en el Diario Oficial n.° 242, Tomo 425, del día 23 del mismo mes y ano, se emitió la Ley Especial y Transitoria, que otorga Facilidades para el Cumplimiento Voluntario de Obligaciones Tributarias y Aduaneras.

II.     Que dicha ley tiene como fin, otorgar un plazo razonable y conceder facilidades de orden transitorio, para que los contribuyentes regularicen su situación tributaria, permitiendo, que los sujetos pasivos, que tengan diferentes deudas con el Fisco de la República solventen los pagos que tengan pendientes, situación que también le permite al Fisco incrementar la recaudación en dicho concepto.

III.    Que a la fecha aún existen sujetos pasivos que por diversas circunstancias no se han podido amparar a dicha ley, y siendo que la misma está por caducar, y por las razones antes expresadas; es procedente prorrogar los efectos del referido decreto n,° 521 hasta el día 31 de diciembre del presente año.

 

POR TANTO,

en uso de sus facultades constitucionales y a iniciativa de los diputados Margarita Escobar, Carlos Armando Reyes Ramos y José Edgar Escolán Batarse.

 

DECRETA, la siguiente:

 

PRORROGA A LEY ESPECIAL Y TRANSITORIA, QUE OTORGA FACILIDADES PARA EL CUMPLIMIENTO VOLUNTARIO DE OBLIGACIONES TRIBUTARIAS Y ADUANERAS

 

Art. 1. Prorrógase los efectos de la Ley Especial y Transitoria, que otorga Facilidades para el Cumplimiento Voluntario de Obligaciones Tributarias y Aduaneras hasta el día 31 de diciembre del presente año.

 

Art. 2. El presente decreto entrará en vigencia el día de su publicación en el Diario Oficial.

 

DADO EN EL SALÓN AZUL DEL PALACIO LEGISLATIVO. San Salvador, a los veinticuatro días del mes de septiembre del año dos mil veinte.

 

MARIO ANTONIO PONCE LÓPEZ,

PRESIDENTE.

 

NORMAN NOEL QUIJANO GONZÁLEZ,

PRIMER VICEPRESIDENTE.

 

GUILLERMO ANTONIO GALLEGOS NAVARRETE,

SEGUNDO VICEPRESIDENTE.

 

YANCI GUADALUPE URBINA GONZÁLEZ,

TERCERA VICEPRESIDENTA.

 

ALBERTO ARMANDO ROMERO RODRÍGUEZ,

CUARTO VICEPRESIDENTE.

 

REYNALDO ANTONIO LÓPEZ CARDOZA,

PRIMER SECRETARIO.

 

RODOLFO ANTONIO PARKER SOTO,

SEGUNDO SECRETARIO.

 

NORMA CRISTINA CORNEJO AMAYA,

TERCERA SECRETARIA.

 

PATRICIA ELENA VALDIVIESO DE GALLARDO,

CUARTA SECRETARIA.

 

LORENZO RIVAS ECHEVERRÍA,

QUINTO SECRETARIO.

 

MARIO MARROQUÍN MEJÍA,

SEXTO SECRETARIO.

 

CASA PRESIDENCIAL: San Salvador, a los veinticinco días del mes de septiembre del año dos mil veinte.

 

PUBLÍQUESE,

 

NAYIB ARMANDO BUKELE ORTEZ,

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA.

 

JOSÉ ALEJANDRO ZELAYA VILLALOBO,

MINISTRO DE HACIENDA.

 

Decreto Legislativo No. 734 de fecha 24 de septiembre de 2020, publicado en el Diario Oficial No. 195, Tomo 428 de fecha 29 de septiembre de 2020.