DECRETO NÚMERO DOS

 

EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA VILLA DE SAN CAYETANO ISTEPEQUE, DEPARTAMENTO DE SAN VICENTE,

 

CONSIDERANDO:

I.      Que en fecha 17 de enero de 2019, el Concejo Municipal se actualizó la Ordenanza Reguladora de Tasas por Servicios Municipales de la Villa de San Cayetano Istepeque, Departamento de San Vicente, publicado en el Diario Oficial N° 187, Tomo 425 de fecha 7 de octubre del mismo año y entró en vigencia el 16 de octubre del mencionado año.

II.     Que el artículo 7 y 77 de la Ley General Tributaria Municipal establece que es Competencia de los Concejos Municipales crear, modificar y suprimir, tasas mediante la emisión de Ordenanzas, de conformidad al artículo 204 ordinal 1° de la Constitución de la República, con el objeto de normar la Administración Tributaria Municipal.

III.    Que de acuerdo a la realidad departamental sobre el cobro de los postes de Telecomunicaciones, se pudo constatar que hay una diferencia considerable entre las Ordenanzas Reguladoras de Tasas, en comparación con la del Municipio de San Cayetano Istepeque, la cual se encuentra bastante generalizada en la cuantía del cobro, dado que la realidad de la actividad económica de las empresas propietarias de postes de Telecomunicaciones es muy diferente a la de las empresas del tendido eléctrico, tanto en su constitución como en su naturaleza de operaciones, por lo que es conveniente introducir la correspondiente reforma a la actual Ordenanza, en el Art. 7 Literal B, Numeral 4, Literal c, Romanos III, 3.2, publicado en el Diario Oficial N° 187, Tomo 425 de fecha 7 de octubre de 2019.

 

POR TANTO:

En uso de sus facultades constitucionales del Art. 30, N° 21 del Código Municipal, y los Art. 5, 7, 129 y los siguientes de la Ley General Tributaria Municipal, este Concejo.

 

DECRETA:

Las siguientes reformas a la Ordenanza Reguladora de Tasas por Servicios Municipales de la Villa de San Cayetano Istepeque, vigente a partir de Octubre de 2019, publicado en el Diario Oficial N° 187, de fecha 7 de Octubre de 2019, Tomo N° 425.

 

Art. 1.- Modifíquese y créanse los siguientes Numerales y Literales, así ADICIÓNESE, al Art. 7,

Literal A, Numeral 1 el siguiente literal:

A) SERVICIOS MUNICIPALES

N° 1 ALUMBRADO PÚBLICO, por cada metro lineal, al mes:

d)    Con lámpara LED de 90 watts $ 0.08

 

ADICIÓNESE, al Art. 7, Literal B, Numeral 2 el siguiente literal:

B) SERVICIOS DE OFICINA

N° 2 CERTIFICACIONES Y CONSTANCIAS

i)      Carnet de menoridad, cada uno $ 1.00

 

MODIFÍQUESE, el Art. 7 Literal B, Numeral 4, Literal c, Romanos III, 3.2 por el siguiente:

B) SERVICIOS DE OFICINA

N° 4- USO DE ESPACIO PÚBLICO Y PRIVADO EN JURISDICCIÓN DEL MUNICIPIO DE SAN CAYETANO ISTEPEQUE

c)    Torres, postes de concreto, madera, antenas o similares, en la jurisdicción:

III-    Postes para sostener cables de telefonía, internet, televisión y otros servicios de Telecomunicaciones:

3.2  Pago por el uso de espacio público o privado por cada poste cada uno al mes $ 1.00

 

DE LA VIGENCIA

Art. 2.- El presente decreto entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Oficial. PUBLÍQUESE.

 

DADO EN EL SALÓN DE SESIONES DEL CONCEJO MUNICIPAL de San Cayetano Istepeque, Departamento de San Vicente, a los quince días del mes de enero de dos mil veintiuno.

 

RAÚL JUVENTINO MEJÍA HERNÁNDEZ,

ALCALDE MUNICIPAL.

 

JOSÉ ANÍBAL GRANADOS CÁRCAMO,

SÍNDICO MUNICIPAL.

 

ANDRÉS GUILLERMO MONTANO FERNÁNDEZ,

REGIDOR PROPIETARIO.

 

MILTON DE JESÚS PALACIOS ALFARO,

REGIDOR PROPIETARIO.

 

JOSÉ SANTOS GUERRERO TORRES,

REGIDOR PROPIETARIO.

 

WENDY MARGARITA MENDOZA AGUILAR,

REGIDOR PROPIETARIO.

 

FLOR DE MARÍA RODRÍGUEZ MELÉNDEZ,

SECRETARIA MUNICIPAL.

 

Decreto Municipal No. 2 de fecha 15 de enero de 2021, publicado en el Diario Oficial No. 67, Tomo 431 de fecha 13 de abril de 2021.