LA SUPERINTENDENCIA GENERAL DE ELECTRICIDAD Y TELECOMUNICACIONES, al público para los efectos de ley HACE SABER: Que el ocho de julio de dos mil veintidós emitió la resolución N.° T-0613-2022, a través de la cual se aprobaron reformas transitorias al Reglamento de Calidad del Servicio Público de Telefonía y Servicio de Transmisión de Datos, según el detalle siguiente: ““““““““““““““

a)    Aprobar las reformas transitorias al Reglamento de Calidad del Servicio Público de Telefonía y Servicio de Transmisión de Datos que se detallan a continuación:

1.     Adicionar al artículo 3 del Reglamento de Calidad del Servicio Público de Telefonía y Servicio de Transmisión de Datos la siguiente definición:

Metadatos: Datos sobre datos o elementos de datos, posiblemente incluidas sus descripciones de datos, y datos sobre propiedad de éstos, rutas de acceso, derechos de acceso y volatilidad de datos.”

2.     Sustituir la denominación del Título VI “INFORMES” por “PROCEDIMIENTOS DE COMPROBACIÓN AUTOMATIZADA DE LA CALIDAD”

3.     Sustituir la denominación del Capítulo I del Título VI “ENTREGA DE INFORMES, EVALUACIÓN DE LOS VALORES DE REFERENCIA Y ADECUACIÓN” por “SISTEMA NACIONAL AUTOMATIZADO DE CALIDAD DE LAS TELECOMUNICACIONES”.

4.     Adicionar el Capítulo II en el Título VI con la denominación de “ENTREGA DE INFORMES, EVALUACIÓN DE LOS VALORES DE REFERENCIA Y ADECUACIÓN”.

5.     Adicionar en el Capítulo I SISTEMA NACIONAL AUTOMATIZADO DE CALIDAD DE LAS TELECOMUNICACIONES el artículo 32-A de la siguiente manera:

Art. 32-A.- SINAC

El Sistema Nacional Automatizado de Calidad de las Telecomunicaciones, que puede abreviarse SINAC es un conjunto se servidores y sistemas informáticos cuyo objetivo es el análisis de la metadata proveniente de los sistemas informáticos que gestionan las operaciones de las redes de telecomunicaciones móviles y fijas.”

6.     Adicionar en el Capítulo I “SISTEMA NACIONAL AUTOMATIZADO DE CALIDAD DE LAS TELECOMUNICACIONES” el artículo 32-B de la siguiente manera:

Art. 32-B.- ARCHIVOS Y PERIODO DE ENTREGA DE LA INFORMACIÓN

Los operadores móviles deberán entregar de forma continua, en configuración de servidor espejo o en periodos de actualización inferiores a los quince minutos, los archivos con metadatos provenientes de sus centrales y depositarlos en los servidores proporcionados o habilitados por la SIGET para esta acción.

Los archivos de metadatos, dependiendo del fabricante o tecnología empleada en las centrales utilizadas, deberán cumplir, como mínimo, con el formato o a sus equivalentes y características enumeradas a continuación:

a)    Para centrales con tecnología 2G

i.      Contadores relacionados con el establecimiento de llamadas

ii.     Contadores relacionados a la tasa de éxito de establecimiento de llamadas

iii.    Contadores relacionados con los intentos de llamada

iv.    Contadores relacionados con la tasa de caída de llamadas

v.     Contadores relacionados al tráfico

vi.    Contadores relacionados con la disponibilidades de sitios/redes

b)    Para centrales con tecnología 3G

i.      Contadores PM relacionados con establecimiento de llamada

ii.     Contadores PM relacionados con tasa de éxito de establecimiento de llamadas

iii.    Contadores PM relacionados con tasa de éxito de establecimiento de RRC (CS/PS)

iv.    Contadores PM relacionados con la supervisión del rendimiento /rendimiento máximo de paquetes por celda

v.     Contadores PM relacionados con intentos de llamada

vi.    Contadores PM relacionados con el rendimiento de los datos

vii.   Contadores PM relacionados con la tasa de caída de llamadas

viii.  Contadores PM relacionados con el tráfico

ix.    Contadores PM relacionados con disponibilidades de sitios/redes

c)    Para centrales con tecnología 4G

i.      Contadores PM relacionados con la tasa de éxito de establecimiento de RRC (CS/PS)

ii.     Contadores PM relacionados con el rendimiento de paquetes

iii.    Contadores PM relacionados con QCI / Uso de datos

iv.    Contadores PM relacionados con la supervisión del rendimiento

v.     Contadores PM relacionados con la tasa de fallas en la configuración de la sesión

vi.    Contadores PM relacionados con intentos de sesiones

vii.   Contadores PM relacionados con el rendimiento de los datos

viii.  Contadores PM relacionados con la tasa de caída de la sesión

ix.    Contadores PM relacionados con el tráfico/rendimiento

x.     Contadores PM relacionados con eventos y capacidades de portador

Dadas las características de los equipos y sistemas producidos por los fabricantes Ericsson y Huawei, cuando las centrales operen con estos, es necesario que los operadores presenten archivos con sus ejemplos:

1.     Para los sistemas del fabricante Ericsson se requiere los siguientes archivos con sus ejemplos:

-       Tecnología 3G

GPEH recording

Ejemplo de extensión del archivo:

A20190510.1115+0300-1130+0300_SubNetwork=RNC800,MeContext=

RNC800_rnc_gpehfile_Mp1.bin

A20200615.1015+0300-

1030+0300_SubNetwork=RNC800,SubNetwork=EVO22,MeContext=EVO22.ManagedElement=1_rnc_gpehfile_Mp0.bin

-       Tecnología 4G (Cell trace +MME)

LTE Cell Trace

Example for file extension:

A20200626.1515+0800-

1530+0800_SubNetwork=ONM_ROOT_MO,SubNetwork=LTE,MeContext=ENB8_959969,ManagedElement=ENB8_959969_celltracefile_DUL1_1bin.gz

 

MME EBS

Example for file extension:

A20190907.1115-0600-20190907.1130-0600_1_ebs.231

A20190105.0943+0800-20190105.0944+0800_1_ebs.621

 

2.     Para los sistemas del fabricante Huawei se requiere los siguientes archivos con sus ejemplos:

-       Huawei 2G:

GCHR recording

Example for file extension:

BSC1900_[CHR]00Log20220404215239_20220404215615.log

-       Tecnología 3G

PCHR Recording

Example for file extension:

RNC1901_[PCHR]00Log20220404214123_20220404214212.log.zip

-       Tecnología 4G (Cell trace +MME)

LTE Cell Trace

LTE Postprocess MR and LTE Standard Signaling

Example for file extension:

SIG - NE14242_20220531110200_20220531110700_3179.sig.gz

MR - NE14587_20220530195500_20220530200000_3144.log.gz

 

MME (.bil) file

Example for file extension:

MME - usn3-b0000202434.bil.gz

De igual forma, los operadores móviles deberán completar un archivo en formato Excel provisto con la SIGET que incluirán como mínimo los siguientes campos:

GSM:

WCDMA:

LTE:

MCC

MCC:

MCC:

MNC

MNC

MNC

CELL NAME

CELL NAME

CELL NAME

SITEID

SITEID

SITEID

SITE NAME

SITE NAME

SITE NAME

LATITUD

LATITUD

LATITUD

LONGITUD

LONGITUD

LONGITUD

LAC

LAC

LAC

BSCID

RNCID

TAC

CID

CID

eNodeBId cid

AZIMUTH

AZIMUTH

Azimuth

BCCH

DL_UARFCN

Earfcndl DL_EARFCN

AntHeight

AntHeight

AntHeight

AntTilt

AntTilt

AntTilt

AntElecTilt

AntElecTilt

AntElecTilt

AntBW

AntBW

AntBW

CellType

CellType

CellType

TCH Arfen

Scrambting code

eNodeBId

HOP

Cpich Power

PCI

CelllD_S

Neighld_1

Power

BSIC

Neighld_2

dlChannelBandwidth

Neighld_l

...Neighld_x

Neighld_1

Neíghld_2

 

Neighld_2

...Neighld_x

 

...Neighld_x

Cada cambio en la red, incluyendo la adición, sustracción o movimiento de sitios deberá ser informado a la SIGET mediante el mismo formato.”

 

b)    Las reformas aprobadas en esta resolución entrarán en vigencia el día de su publicación en el Diario Oficial, y serán de aplicación transitoria hasta que se realice una revisión integral del Reglamento de Calidad del Servicio Público de Telefonía y Servicio de Transmisión de Datos para su adecuación a la Ley de Telecomunicaciones vigente, según la agenda regulatoria de la SIGET remitida al Organismo de Mejora Regulatoria el ocho de junio de dos mil veintidós [...] ““““““Ilegible””””””

 

La presente certificación es conforme con su original con el cual se confrontó y para ser presentada en el Diario Oficial, extiendo la presente en la ciudad de San Salvador, a los ocho días del mes de julio del año dos mil veintidós.

 

Manuel Ernesto Aguilar Flores

Superintendente

 

Resolución No. T-0613-2022 de fecha 08 de julio de 2022, publicado en el Diario Oficial No. 131, Tomo 436 de fecha 12 de julio de 2022.