Acuerdo
Ejecutivo No. 1827/2022
El Órgano
Ejecutivo en el ramo de Relaciones Exteriores,
CONSIDERANDO:
I. Que mediante Acuerdo Ejecutivo número
401/2018 de fecha trece de marzo de dos mil dieciocho y publicado en el Diario
Oficial número 103, Tomo número 419 de fecha seis de junio de dos mil
dieciocho, el Ministerio de Relaciones Exteriores aprobó el Reglamento de
creación y funcionamiento del Comité del Fondo de Actividades Especiales para
la Atención a los Salvadoreños y Salvadoreñas en el Exterior y para las
Personas Retornadas;
II. Que mediante Acuerdo Ejecutivo número 15 de
fecha doce de mayo de dos mil veintiuno, publicado en el Diario Oficial número
90, Tomo número 431 de fecha trece de mayo de dos mil veintiuno, el Consejo de
Ministros aprobó las reformas al Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo, dando
como resultado la modificación de la estructura organizativa del Ministerio de
Relaciones Exteriores;
III. Que mediante Acuerdo Ejecutivo número
963/2021 de fecha veintiséis de mayo de dos mil veintiuno, la Ministra de
Relaciones Exteriores aprobó la nueva estructura organizativa del Ministerio de
Relaciones Exteriores para que ésta se acomode a lo estipulado en el Reglamento
Interno del Órgano Ejecutivo;
IV. Que mediante Acuerdo Ejecutivo número
1260/2021 de fecha treinta de junio de dos mil veintiuno, publicado en el
Diario Oficial número 134, Tomo número 432 de fecha catorce de julio de dos mil
veintiuno, el Ministerio de Relaciones Exteriores aprobó Modificaciones al
Reglamento de creación y funcionamiento del Comité del Fondo de Actividades
Especiales para la Atención a los Salvadoreños y Salvadoreñas en el Exterior y
para las Personas Retornadas;
V. Que mediante Acuerdo Ejecutivo número
345/2022 de fecha nueve de febrero de dos mil veintidós, se aprobó la nueva
estructura organizativa del Ministerio de Relaciones Exteriores, haciendo por
tanto necesario, actualizar el Reglamento de Creación y Funcionamiento del
Comité del Fondo de Actividades Especiales para la Atención a los Salvadoreños
y Salvadoreñas en el Exterior y para las Personas Retornadas.
VI. Que mediante Acuerdo Ejecutivo número
939/2022 de fecha veintinueve de abril de dos mil veintidós, publicado en el
Diario Oficial número 93, Tomo número 435 de fecha dieciocho de mayo de dos mil
veintidós, el Ministerio de Relaciones Exteriores aprobó Modificaciones al
Reglamento de creación y funcionamiento del Comité del Fondo de Actividades
Especiales para la Atención a los Salvadoreños y Salvadoreñas en el Exterior y
para las Personas Retornadas;
VII. Que mediante Acuerdo Ejecutivo número
1492/2022 de fecha veintisiete de julio de dos mil veintidós, se aprobó la
nueva estructura organizativa del Ministerio de Relaciones Exteriores, haciendo
por tanto necesario, actualizar el Reglamento de Creación y Funcionamiento del
Comité del Fondo de Actividades Especiales para la Atención a los Salvadoreños
y Salvadoreñas en el Exterior y para las Personas Retornadas.
VIII. Que de conformidad con lo establecido en el
artículo 11 numeral 8 del Reglamento del COFOSALEX corresponde al Comité
“proponer al Titular para su aprobación, reforma o en su defecto derogación
parcial o total del presente Reglamento”, y de acuerdo con lo señalado en el
artículo 5 de mismo reglamento “El Titular, aprobará las propuestas que
presente el Comité”.
POR TANTO:
De
conformidad con los considerandos antes relacionados y en ejercicio de sus
facultades de ley, la Ministra de Relaciones Exteriores,
ACUERDA las
siguientes:
MODIFICACION AL REGLAMENTO DE CREACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL COMITÉ
DEL FONDO DE ACTIVIDADES ESPECIALES PARA LA ATENCIÓN A LOS SALVADOREÑOS Y
SALVADOREÑAS EN EL EXTERIOR Y PARA LAS PERSONAS RETORNADAS
Art.
1.- Modifíquese el artículo 6 de la siguiente manera: “El Comité estará
integrado por nueve (9) miembros con derecho a voz y voto, será asistido por un
secretario(a) y podrá contar con el apoyo de los equipos técnicos necesarios.
Sesionará con al menos 5 de los 9 miembros del COFOSALEX”;
Art.
2.- Modifíquese el artículo 7 de la siguiente manera: “Los miembros del
COFOSALEX serán los que ostenten el cargo de Viceministra(o) de Diáspora y
Movilidad Humana, el (la) Secretario(a) General Administrativo(a), Director(a)
General del Servicio Exterior, un funcionario(a) delegado(a) por la (el)
Titular de Relaciones Exteriores, Director(a) de Movilidad Humana y Atención a
la Persona Migrante, Director(a) de Diáspora y Desarrollo, Director(a) de
Análisis y Alianzas de la Movilidad Humana, Director(a) de la Unidad Financiera
Institucional, Director(a) de Promoción Cultural, Deportiva y Gastronómica.
En
los casos en la que la denominación de las Unidades Organizativas que son
miembros del COFOSALEX cambien, por modificación a la estructura organizativa
del Ministerio de Relaciones Exteriores, será esa nueva Unidad, la competente
para asumir como miembro del COFOSALEX.
Para
dejar constancia del cambio antes señalado, se dejará por escrito en el acta de
la sesión plenaria y se adjuntará el Acuerdo Ejecutivo en el ramo de Relaciones
Exteriores en donde se establece dicha modificación.
Art.
3.- La presente reforma entrará en vigencia el día de su publicación en el
Diario Oficial.
MINISTERIO
DE RELACIONES EXTERIORES, Antiguo Cuscatlán, a los veintiséis días del mes de
agosto de dos mil veintidós.
JUANA ALEXANDRA HILL TINOCO,
MINISTRA DE RELACIONES EXTERIORES.
Acuerdo
Ejecutivo No. 1827 de fecha 26 de agosto de 2022, publicado en el Diario
Oficial No. 174, Tomo 436 de fecha 19 de septiembre de 2022.