DECRETO NÚMERO: 01/2019

 

EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE SONZACATE, DEPARTAMENTO DE SONSONATE.

 

CONSIDERANDO:

I.)     Que de acuerdo con el Art. 203 y 204 numeral 1 y 5 de la Constitución de la República es competencia de los Municipios crear, modificar y suprimir tasas y contribuciones especiales, por la prestación servicios públicos municipales, en las materias de su competencia y la prestación de los servicios;

II.)    Que conforme a los Art. 3 y 30 numeral 4 y 21 del Código Municipal es facultad del Concejo Municipal emitir los acuerdos de creación, modificación y supresión de tasas por los servicios que brinda la municipalidad;

III.)   Que la Ley General Tributaria Municipal en su Art. 77 estipula que compete a los municipios emitir ordenanzas, reglamentos y acuerdos para normar la Administración Tributaria Municipal;

IV.)  Que mediante Acuerdo número uno, inserto en acta número siete, de fecha trece de abril del año dos mil dieciocho el concejo municipal aprobó la ORDENANZA REGULADORA DE TASAS POR SERVICIOS MUNICIPALES DEL MUNICIPIO DE SONZACATE, DEPARTAMENTO DE SONSONATE, siendo imperativo para este concejo municipal actualizarla con nuevos servicios.

 

POR TANTO:

En uso de las facultades que le confiere el Código Municipal y la Ley General Tributaria Municipal.

 

DECRETA:

REFORMA A LA ORDENANZA REGULADORA DE TASAS POR SERVICIOS MUNICIPALES DEL MUNICIPIO DE SONZACATE, DEPARTAMENTO DE SONSONATE, de la siguiente manera:

 

Art. 1 Adiciónese en el Artículo 5 Código 0105 VENTAS EN SITIOS PUBLICOS (PLAZAS, PARQUES, ACERAS, CALLES, Y OTROS SIMILARES) de la siguiente manera:

01-05-09   Ventas en aceras, calles, plazas, parques y otros sitios al día $ 1.00

 

Art. 2 Modifíquese en el Artículo 5 Código 0203 MATRICULAS, PERMISOS, DERECHOS Y LICENICAS, 02-03-06, quedando de la siguiente manera:

02-03-06   Por mantener Torres y antenas para el funcionamiento de telefonía, celular, televisión por cable o radio, cada una al mes $ 250.00

 

Art. 3 Adiciónese en el Artículo 5 Código 02-03 MATRICULAS, PERMISOS, DERECHOS Y LICENCIAS, los siguientes servicios:

02-03-18   Servicios de Video de Vigilancia, en Residencial Los Castaños y Residencial Villa Florencia (Incluye vigilancia Física) por vivienda al mes $ 12.40

03-03-19   Servicio de Jardinería y Mantenimiento, en Residencial Los Castaños y Residencial Villa Florencia por vivienda al mes $ 1.50

03-03-20   Servicio por el mantenimiento del Sistema de Detención de Caudales (Sistema de Drenajes) en Residencial Los Castaños y Residencial Villa Florencia $ 0.57

 

Art. 4.- La presente ordenanza entrará en vigencia a los ocho días siguientes de la publicación en el Diario Oficial.

 

Dado en el salón de sesiones del Concejo Municipal de la ciudad de Sonzacate, Departamento de Sonsonate a los ocho días del mes de enero del año mil diecinueve.

 

HÉCTOR ANTONIO ORELLANA VALLADARES

ALCALDE MUNICIPAL

 

MANUEL FRANCISCO TORRES ROMUALDO

SÍNDICO MUNICIPAL

 

LIC. JUAN CARLOS CÁRCAMO QUIJANO

SECRETARIO MUNICIPAL

 

Decreto Municipal No. 1 de fecha 08 de enero de 2019, publicado en el Diario Oficial No. 36, Tomo 422 de fecha 21 de febrero de 2019.

DECRETO NÚMERO: 01/2019

 

EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE SONZACATE, DEPARTAMENTO DE SONSONATE.

 

CONSIDERANDO:

I.)     Que de acuerdo con el Art. 203 y 204 numeral 1 y 5 de la Constitución de la República es competencia de los Municipios crear, modificar y suprimir tasas y contribuciones especiales, por la prestación servicios públicos municipales, en las materias de su competencia y la prestación de los servicios;

II.)    Que conforme a los Art. 3 y 30 numeral 4 y 21 del Código Municipal es facultad del Concejo Municipal emitir los acuerdos de creación, modificación y supresión de tasas por los servicios que brinda la municipalidad;

III.)   Que la Ley General Tributaria Municipal en su Art. 77 estipula que compete a los municipios emitir ordenanzas, reglamentos y acuerdos para normar la Administración Tributaria Municipal;

IV.)  Que mediante Acuerdo número uno, inserto en acta número siete, de fecha trece de abril del año dos mil dieciocho el concejo municipal aprobó la ORDENANZA REGULADORA DE TASAS POR SERVICIOS MUNICIPALES DEL MUNICIPIO DE SONZACATE, DEPARTAMENTO DE SONSONATE, siendo imperativo para este concejo municipal actualizarla con nuevos servicios.

 

POR TANTO:

En uso de las facultades que le confiere el Código Municipal y la Ley General Tributaria Municipal.

 

DECRETA:

REFORMA A LA ORDENANZA REGULADORA DE TASAS POR SERVICIOS MUNICIPALES DEL MUNICIPIO DE SONZACATE, DEPARTAMENTO DE SONSONATE, de la siguiente manera:

 

Art. 1 Adiciónese en el Artículo 5 Código 0105 VENTAS EN SITIOS PUBLICOS (PLAZAS, PARQUES, ACERAS, CALLES, Y OTROS SIMILARES) de la siguiente manera:

01-05-09   Ventas en aceras, calles, plazas, parques y otros sitios al día $ 1.00

 

Art. 2 Modifíquese en el Artículo 5 Código 0203 MATRICULAS, PERMISOS, DERECHOS Y LICENICAS, 02-03-06, quedando de la siguiente manera:

02-03-06   Por mantener Torres y antenas para el funcionamiento de telefonía, celular, televisión por cable o radio, cada una al mes $ 250.00

 

Art. 3 Adiciónese en el Artículo 5 Código 02-03 MATRICULAS, PERMISOS, DERECHOS Y LICENCIAS, los siguientes servicios:

02-03-18   Servicios de Video de Vigilancia, en Residencial Los Castaños y Residencial Villa Florencia (Incluye vigilancia Física) por vivienda al mes $ 12.40

03-03-19   Servicio de Jardinería y Mantenimiento, en Residencial Los Castaños y Residencial Villa Florencia por vivienda al mes $ 1.50

03-03-20   Servicio por el mantenimiento del Sistema de Detención de Caudales (Sistema de Drenajes) en Residencial Los Castaños y Residencial Villa Florencia $ 0.57

 

Art. 4.- La presente ordenanza entrará en vigencia a los ocho días siguientes de la publicación en el Diario Oficial.

 

Dado en el salón de sesiones del Concejo Municipal de la ciudad de Sonzacate, Departamento de Sonsonate a los ocho días del mes de enero del año mil diecinueve.

 

HÉCTOR ANTONIO ORELLANA VALLADARES

ALCALDE MUNICIPAL

 

MANUEL FRANCISCO TORRES ROMUALDO

SÍNDICO MUNICIPAL

 

LIC. JUAN CARLOS CÁRCAMO QUIJANO

SECRETARIO MUNICIPAL

 

Decreto Municipal No. 1 de fecha 08 de enero de 2019, publicado en el Diario Oficial No. 36, Tomo 422 de fecha 21 de febrero de 2019.

DECRETO NÚMERO: 01/2019

 

EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE SONZACATE, DEPARTAMENTO DE SONSONATE.

 

CONSIDERANDO:

I.)     Que de acuerdo con el Art. 203 y 204 numeral 1 y 5 de la Constitución de la República es competencia de los Municipios crear, modificar y suprimir tasas y contribuciones especiales, por la prestación servicios públicos municipales, en las materias de su competencia y la prestación de los servicios;

II.)    Que conforme a los Art. 3 y 30 numeral 4 y 21 del Código Municipal es facultad del Concejo Municipal emitir los acuerdos de creación, modificación y supresión de tasas por los servicios que brinda la municipalidad;

III.)   Que la Ley General Tributaria Municipal en su Art. 77 estipula que compete a los municipios emitir ordenanzas, reglamentos y acuerdos para normar la Administración Tributaria Municipal;

IV.)  Que mediante Acuerdo número uno, inserto en acta número siete, de fecha trece de abril del año dos mil dieciocho el concejo municipal aprobó la ORDENANZA REGULADORA DE TASAS POR SERVICIOS MUNICIPALES DEL MUNICIPIO DE SONZACATE, DEPARTAMENTO DE SONSONATE, siendo imperativo para este concejo municipal actualizarla con nuevos servicios.

 

POR TANTO:

En uso de las facultades que le confiere el Código Municipal y la Ley General Tributaria Municipal.

 

DECRETA:

REFORMA A LA ORDENANZA REGULADORA DE TASAS POR SERVICIOS MUNICIPALES DEL MUNICIPIO DE SONZACATE, DEPARTAMENTO DE SONSONATE, de la siguiente manera:

 

Art. 1 Adiciónese en el Artículo 5 Código 0105 VENTAS EN SITIOS PUBLICOS (PLAZAS, PARQUES, ACERAS, CALLES, Y OTROS SIMILARES) de la siguiente manera:

01-05-09   Ventas en aceras, calles, plazas, parques y otros sitios al día $ 1.00

 

Art. 2 Modifíquese en el Artículo 5 Código 0203 MATRICULAS, PERMISOS, DERECHOS Y LICENICAS, 02-03-06, quedando de la siguiente manera:

02-03-06   Por mantener Torres y antenas para el funcionamiento de telefonía, celular, televisión por cable o radio, cada una al mes $ 250.00

 

Art. 3 Adiciónese en el Artículo 5 Código 02-03 MATRICULAS, PERMISOS, DERECHOS Y LICENCIAS, los siguientes servicios:

02-03-18   Servicios de Video de Vigilancia, en Residencial Los Castaños y Residencial Villa Florencia (Incluye vigilancia Física) por vivienda al mes $ 12.40

03-03-19   Servicio de Jardinería y Mantenimiento, en Residencial Los Castaños y Residencial Villa Florencia por vivienda al mes $ 1.50

03-03-20   Servicio por el mantenimiento del Sistema de Detención de Caudales (Sistema de Drenajes) en Residencial Los Castaños y Residencial Villa Florencia $ 0.57

 

Art. 4.- La presente ordenanza entrará en vigencia a los ocho días siguientes de la publicación en el Diario Oficial.

 

Dado en el salón de sesiones del Concejo Municipal de la ciudad de Sonzacate, Departamento de Sonsonate a los ocho días del mes de enero del año mil diecinueve.

 

HÉCTOR ANTONIO ORELLANA VALLADARES

ALCALDE MUNICIPAL

 

MANUEL FRANCISCO TORRES ROMUALDO

SÍNDICO MUNICIPAL

 

LIC. JUAN CARLOS CÁRCAMO QUIJANO

SECRETARIO MUNICIPAL

 

Decreto Municipal No. 1 de fecha 08 de enero de 2019, publicado en el Diario Oficial No. 36, Tomo 422 de fecha 21 de febrero de 2019.

DECRETO NÚMERO: 01/2019

 

EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE SONZACATE, DEPARTAMENTO DE SONSONATE.

 

CONSIDERANDO:

I.)     Que de acuerdo con el Art. 203 y 204 numeral 1 y 5 de la Constitución de la República es competencia de los Municipios crear, modificar y suprimir tasas y contribuciones especiales, por la prestación servicios públicos municipales, en las materias de su competencia y la prestación de los servicios;

II.)    Que conforme a los Art. 3 y 30 numeral 4 y 21 del Código Municipal es facultad del Concejo Municipal emitir los acuerdos de creación, modificación y supresión de tasas por los servicios que brinda la municipalidad;

III.)   Que la Ley General Tributaria Municipal en su Art. 77 estipula que compete a los municipios emitir ordenanzas, reglamentos y acuerdos para normar la Administración Tributaria Municipal;

IV.)  Que mediante Acuerdo número uno, inserto en acta número siete, de fecha trece de abril del año dos mil dieciocho el concejo municipal aprobó la ORDENANZA REGULADORA DE TASAS POR SERVICIOS MUNICIPALES DEL MUNICIPIO DE SONZACATE, DEPARTAMENTO DE SONSONATE, siendo imperativo para este concejo municipal actualizarla con nuevos servicios.

 

POR TANTO:

En uso de las facultades que le confiere el Código Municipal y la Ley General Tributaria Municipal.

 

DECRETA:

REFORMA A LA ORDENANZA REGULADORA DE TASAS POR SERVICIOS MUNICIPALES DEL MUNICIPIO DE SONZACATE, DEPARTAMENTO DE SONSONATE, de la siguiente manera:

 

Art. 1 Adiciónese en el Artículo 5 Código 0105 VENTAS EN SITIOS PUBLICOS (PLAZAS, PARQUES, ACERAS, CALLES, Y OTROS SIMILARES) de la siguiente manera:

01-05-09   Ventas en aceras, calles, plazas, parques y otros sitios al día $ 1.00

 

Art. 2 Modifíquese en el Artículo 5 Código 0203 MATRICULAS, PERMISOS, DERECHOS Y LICENICAS, 02-03-06, quedando de la siguiente manera:

02-03-06   Por mantener Torres y antenas para el funcionamiento de telefonía, celular, televisión por cable o radio, cada una al mes $ 250.00

 

Art. 3 Adiciónese en el Artículo 5 Código 02-03 MATRICULAS, PERMISOS, DERECHOS Y LICENCIAS, los siguientes servicios:

02-03-18   Servicios de Video de Vigilancia, en Residencial Los Castaños y Residencial Villa Florencia (Incluye vigilancia Física) por vivienda al mes $ 12.40

03-03-19   Servicio de Jardinería y Mantenimiento, en Residencial Los Castaños y Residencial Villa Florencia por vivienda al mes $ 1.50

03-03-20   Servicio por el mantenimiento del Sistema de Detención de Caudales (Sistema de Drenajes) en Residencial Los Castaños y Residencial Villa Florencia $ 0.57

 

Art. 4.- La presente ordenanza entrará en vigencia a los ocho días siguientes de la publicación en el Diario Oficial.

 

Dado en el salón de sesiones del Concejo Municipal de la ciudad de Sonzacate, Departamento de Sonsonate a los ocho días del mes de enero del año mil diecinueve.

 

HÉCTOR ANTONIO ORELLANA VALLADARES

ALCALDE MUNICIPAL

 

MANUEL FRANCISCO TORRES ROMUALDO

SÍNDICO MUNICIPAL

 

LIC. JUAN CARLOS CÁRCAMO QUIJANO

SECRETARIO MUNICIPAL

 

Decreto Municipal No. 1 de fecha 08 de enero de 2019, publicado en el Diario Oficial No. 36, Tomo 422 de fecha 21 de febrero de 2019.

DECRETO NÚMERO: 01/2019

 

EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE SONZACATE, DEPARTAMENTO DE SONSONATE.

 

CONSIDERANDO:

I.)     Que de acuerdo con el Art. 203 y 204 numeral 1 y 5 de la Constitución de la República es competencia de los Municipios crear, modificar y suprimir tasas y contribuciones especiales, por la prestación servicios públicos municipales, en las materias de su competencia y la prestación de los servicios;

II.)    Que conforme a los Art. 3 y 30 numeral 4 y 21 del Código Municipal es facultad del Concejo Municipal emitir los acuerdos de creación, modificación y supresión de tasas por los servicios que brinda la municipalidad;

III.)   Que la Ley General Tributaria Municipal en su Art. 77 estipula que compete a los municipios emitir ordenanzas, reglamentos y acuerdos para normar la Administración Tributaria Municipal;

IV.)  Que mediante Acuerdo número uno, inserto en acta número siete, de fecha trece de abril del año dos mil dieciocho el concejo municipal aprobó la ORDENANZA REGULADORA DE TASAS POR SERVICIOS MUNICIPALES DEL MUNICIPIO DE SONZACATE, DEPARTAMENTO DE SONSONATE, siendo imperativo para este concejo municipal actualizarla con nuevos servicios.

 

POR TANTO:

En uso de las facultades que le confiere el Código Municipal y la Ley General Tributaria Municipal.

 

DECRETA:

REFORMA A LA ORDENANZA REGULADORA DE TASAS POR SERVICIOS MUNICIPALES DEL MUNICIPIO DE SONZACATE, DEPARTAMENTO DE SONSONATE, de la siguiente manera:

 

Art. 1 Adiciónese en el Artículo 5 Código 0105 VENTAS EN SITIOS PUBLICOS (PLAZAS, PARQUES, ACERAS, CALLES, Y OTROS SIMILARES) de la siguiente manera:

01-05-09   Ventas en aceras, calles, plazas, parques y otros sitios al día $ 1.00

 

Art. 2 Modifíquese en el Artículo 5 Código 0203 MATRICULAS, PERMISOS, DERECHOS Y LICENICAS, 02-03-06, quedando de la siguiente manera:

02-03-06   Por mantener Torres y antenas para el funcionamiento de telefonía, celular, televisión por cable o radio, cada una al mes $ 250.00

 

Art. 3 Adiciónese en el Artículo 5 Código 02-03 MATRICULAS, PERMISOS, DERECHOS Y LICENCIAS, los siguientes servicios:

02-03-18   Servicios de Video de Vigilancia, en Residencial Los Castaños y Residencial Villa Florencia (Incluye vigilancia Física) por vivienda al mes $ 12.40

03-03-19   Servicio de Jardinería y Mantenimiento, en Residencial Los Castaños y Residencial Villa Florencia por vivienda al mes $ 1.50

03-03-20   Servicio por el mantenimiento del Sistema de Detención de Caudales (Sistema de Drenajes) en Residencial Los Castaños y Residencial Villa Florencia $ 0.57

 

Art. 4.- La presente ordenanza entrará en vigencia a los ocho días siguientes de la publicación en el Diario Oficial.

 

Dado en el salón de sesiones del Concejo Municipal de la ciudad de Sonzacate, Departamento de Sonsonate a los ocho días del mes de enero del año mil diecinueve.

 

HÉCTOR ANTONIO ORELLANA VALLADARES

ALCALDE MUNICIPAL

 

MANUEL FRANCISCO TORRES ROMUALDO

SÍNDICO MUNICIPAL

 

LIC. JUAN CARLOS CÁRCAMO QUIJANO

SECRETARIO MUNICIPAL

 

Decreto Municipal No. 1 de fecha 08 de enero de 2019, publicado en el Diario Oficial No. 36, Tomo 422 de fecha 21 de febrero de 2019.

DECRETO NÚMERO: 01/2019

 

EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE SONZACATE, DEPARTAMENTO DE SONSONATE.

 

CONSIDERANDO:

I.)     Que de acuerdo con el Art. 203 y 204 numeral 1 y 5 de la Constitución de la República es competencia de los Municipios crear, modificar y suprimir tasas y contribuciones especiales, por la prestación servicios públicos municipales, en las materias de su competencia y la prestación de los servicios;

II.)    Que conforme a los Art. 3 y 30 numeral 4 y 21 del Código Municipal es facultad del Concejo Municipal emitir los acuerdos de creación, modificación y supresión de tasas por los servicios que brinda la municipalidad;

III.)   Que la Ley General Tributaria Municipal en su Art. 77 estipula que compete a los municipios emitir ordenanzas, reglamentos y acuerdos para normar la Administración Tributaria Municipal;

IV.)  Que mediante Acuerdo número uno, inserto en acta número siete, de fecha trece de abril del año dos mil dieciocho el concejo municipal aprobó la ORDENANZA REGULADORA DE TASAS POR SERVICIOS MUNICIPALES DEL MUNICIPIO DE SONZACATE, DEPARTAMENTO DE SONSONATE, siendo imperativo para este concejo municipal actualizarla con nuevos servicios.

 

POR TANTO:

En uso de las facultades que le confiere el Código Municipal y la Ley General Tributaria Municipal.

 

DECRETA:

REFORMA A LA ORDENANZA REGULADORA DE TASAS POR SERVICIOS MUNICIPALES DEL MUNICIPIO DE SONZACATE, DEPARTAMENTO DE SONSONATE, de la siguiente manera:

 

Art. 1 Adiciónese en el Artículo 5 Código 0105 VENTAS EN SITIOS PUBLICOS (PLAZAS, PARQUES, ACERAS, CALLES, Y OTROS SIMILARES) de la siguiente manera:

01-05-09   Ventas en aceras, calles, plazas, parques y otros sitios al día $ 1.00

 

Art. 2 Modifíquese en el Artículo 5 Código 0203 MATRICULAS, PERMISOS, DERECHOS Y LICENICAS, 02-03-06, quedando de la siguiente manera:

02-03-06   Por mantener Torres y antenas para el funcionamiento de telefonía, celular, televisión por cable o radio, cada una al mes $ 250.00

 

Art. 3 Adiciónese en el Artículo 5 Código 02-03 MATRICULAS, PERMISOS, DERECHOS Y LICENCIAS, los siguientes servicios:

02-03-18   Servicios de Video de Vigilancia, en Residencial Los Castaños y Residencial Villa Florencia (Incluye vigilancia Física) por vivienda al mes $ 12.40

03-03-19   Servicio de Jardinería y Mantenimiento, en Residencial Los Castaños y Residencial Villa Florencia por vivienda al mes $ 1.50

03-03-20   Servicio por el mantenimiento del Sistema de Detención de Caudales (Sistema de Drenajes) en Residencial Los Castaños y Residencial Villa Florencia $ 0.57

 

Art. 4.- La presente ordenanza entrará en vigencia a los ocho días siguientes de la publicación en el Diario Oficial.

 

Dado en el salón de sesiones del Concejo Municipal de la ciudad de Sonzacate, Departamento de Sonsonate a los ocho días del mes de enero del año mil diecinueve.

 

HÉCTOR ANTONIO ORELLANA VALLADARES

ALCALDE MUNICIPAL

 

MANUEL FRANCISCO TORRES ROMUALDO

SÍNDICO MUNICIPAL

 

LIC. JUAN CARLOS CÁRCAMO QUIJANO

SECRETARIO MUNICIPAL

 

Decreto Municipal No. 1 de fecha 08 de enero de 2019, publicado en el Diario Oficial No. 36, Tomo 422 de fecha 21 de febrero de 2019.

DECRETO NÚMERO: 01/2019

 

EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE SONZACATE, DEPARTAMENTO DE SONSONATE.

 

CONSIDERANDO:

I.)     Que de acuerdo con el Art. 203 y 204 numeral 1 y 5 de la Constitución de la República es competencia de los Municipios crear, modificar y suprimir tasas y contribuciones especiales, por la prestación servicios públicos municipales, en las materias de su competencia y la prestación de los servicios;

II.)    Que conforme a los Art. 3 y 30 numeral 4 y 21 del Código Municipal es facultad del Concejo Municipal emitir los acuerdos de creación, modificación y supresión de tasas por los servicios que brinda la municipalidad;

III.)   Que la Ley General Tributaria Municipal en su Art. 77 estipula que compete a los municipios emitir ordenanzas, reglamentos y acuerdos para normar la Administración Tributaria Municipal;

IV.)  Que mediante Acuerdo número uno, inserto en acta número siete, de fecha trece de abril del año dos mil dieciocho el concejo municipal aprobó la ORDENANZA REGULADORA DE TASAS POR SERVICIOS MUNICIPALES DEL MUNICIPIO DE SONZACATE, DEPARTAMENTO DE SONSONATE, siendo imperativo para este concejo municipal actualizarla con nuevos servicios.

 

POR TANTO:

En uso de las facultades que le confiere el Código Municipal y la Ley General Tributaria Municipal.

 

DECRETA:

REFORMA A LA ORDENANZA REGULADORA DE TASAS POR SERVICIOS MUNICIPALES DEL MUNICIPIO DE SONZACATE, DEPARTAMENTO DE SONSONATE, de la siguiente manera:

 

Art. 1 Adiciónese en el Artículo 5 Código 0105 VENTAS EN SITIOS PUBLICOS (PLAZAS, PARQUES, ACERAS, CALLES, Y OTROS SIMILARES) de la siguiente manera:

01-05-09   Ventas en aceras, calles, plazas, parques y otros sitios al día $ 1.00

 

Art. 2 Modifíquese en el Artículo 5 Código 0203 MATRICULAS, PERMISOS, DERECHOS Y LICENICAS, 02-03-06, quedando de la siguiente manera:

02-03-06   Por mantener Torres y antenas para el funcionamiento de telefonía, celular, televisión por cable o radio, cada una al mes $ 250.00

 

Art. 3 Adiciónese en el Artículo 5 Código 02-03 MATRICULAS, PERMISOS, DERECHOS Y LICENCIAS, los siguientes servicios:

02-03-18   Servicios de Video de Vigilancia, en Residencial Los Castaños y Residencial Villa Florencia (Incluye vigilancia Física) por vivienda al mes $ 12.40

03-03-19   Servicio de Jardinería y Mantenimiento, en Residencial Los Castaños y Residencial Villa Florencia por vivienda al mes $ 1.50

03-03-20   Servicio por el mantenimiento del Sistema de Detención de Caudales (Sistema de Drenajes) en Residencial Los Castaños y Residencial Villa Florencia $ 0.57

 

Art. 4.- La presente ordenanza entrará en vigencia a los ocho días siguientes de la publicación en el Diario Oficial.

 

Dado en el salón de sesiones del Concejo Municipal de la ciudad de Sonzacate, Departamento de Sonsonate a los ocho días del mes de enero del año mil diecinueve.

 

HÉCTOR ANTONIO ORELLANA VALLADARES

ALCALDE MUNICIPAL

 

MANUEL FRANCISCO TORRES ROMUALDO

SÍNDICO MUNICIPAL

 

LIC. JUAN CARLOS CÁRCAMO QUIJANO

SECRETARIO MUNICIPAL

 

Decreto Municipal No. 1 de fecha 08 de enero de 2019, publicado en el Diario Oficial No. 36, Tomo 422 de fecha 21 de febrero de 2019.

DECRETO NÚMERO: 01/2019

 

EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE SONZACATE, DEPARTAMENTO DE SONSONATE.

 

CONSIDERANDO:

I.)     Que de acuerdo con el Art. 203 y 204 numeral 1 y 5 de la Constitución de la República es competencia de los Municipios crear, modificar y suprimir tasas y contribuciones especiales, por la prestación servicios públicos municipales, en las materias de su competencia y la prestación de los servicios;

II.)    Que conforme a los Art. 3 y 30 numeral 4 y 21 del Código Municipal es facultad del Concejo Municipal emitir los acuerdos de creación, modificación y supresión de tasas por los servicios que brinda la municipalidad;

III.)   Que la Ley General Tributaria Municipal en su Art. 77 estipula que compete a los municipios emitir ordenanzas, reglamentos y acuerdos para normar la Administración Tributaria Municipal;

IV.)  Que mediante Acuerdo número uno, inserto en acta número siete, de fecha trece de abril del año dos mil dieciocho el concejo municipal aprobó la ORDENANZA REGULADORA DE TASAS POR SERVICIOS MUNICIPALES DEL MUNICIPIO DE SONZACATE, DEPARTAMENTO DE SONSONATE, siendo imperativo para este concejo municipal actualizarla con nuevos servicios.

 

POR TANTO:

En uso de las facultades que le confiere el Código Municipal y la Ley General Tributaria Municipal.

 

DECRETA:

REFORMA A LA ORDENANZA REGULADORA DE TASAS POR SERVICIOS MUNICIPALES DEL MUNICIPIO DE SONZACATE, DEPARTAMENTO DE SONSONATE, de la siguiente manera:

 

Art. 1 Adiciónese en el Artículo 5 Código 0105 VENTAS EN SITIOS PUBLICOS (PLAZAS, PARQUES, ACERAS, CALLES, Y OTROS SIMILARES) de la siguiente manera:

01-05-09   Ventas en aceras, calles, plazas, parques y otros sitios al día $ 1.00

 

Art. 2 Modifíquese en el Artículo 5 Código 0203 MATRICULAS, PERMISOS, DERECHOS Y LICENICAS, 02-03-06, quedando de la siguiente manera:

02-03-06   Por mantener Torres y antenas para el funcionamiento de telefonía, celular, televisión por cable o radio, cada una al mes $ 250.00

 

Art. 3 Adiciónese en el Artículo 5 Código 02-03 MATRICULAS, PERMISOS, DERECHOS Y LICENCIAS, los siguientes servicios:

02-03-18   Servicios de Video de Vigilancia, en Residencial Los Castaños y Residencial Villa Florencia (Incluye vigilancia Física) por vivienda al mes $ 12.40

03-03-19   Servicio de Jardinería y Mantenimiento, en Residencial Los Castaños y Residencial Villa Florencia por vivienda al mes $ 1.50

03-03-20   Servicio por el mantenimiento del Sistema de Detención de Caudales (Sistema de Drenajes) en Residencial Los Castaños y Residencial Villa Florencia $ 0.57

 

Art. 4.- La presente ordenanza entrará en vigencia a los ocho días siguientes de la publicación en el Diario Oficial.

 

Dado en el salón de sesiones del Concejo Municipal de la ciudad de Sonzacate, Departamento de Sonsonate a los ocho días del mes de enero del año mil diecinueve.

 

HÉCTOR ANTONIO ORELLANA VALLADARES

ALCALDE MUNICIPAL

 

MANUEL FRANCISCO TORRES ROMUALDO

SÍNDICO MUNICIPAL

 

LIC. JUAN CARLOS CÁRCAMO QUIJANO

SECRETARIO MUNICIPAL

 

Decreto Municipal No. 1 de fecha 08 de enero de 2019, publicado en el Diario Oficial No. 36, Tomo 422 de fecha 21 de febrero de 2019.

DECRETO NÚMERO: 01/2019

 

EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE SONZACATE, DEPARTAMENTO DE SONSONATE.

 

CONSIDERANDO:

I.)     Que de acuerdo con el Art. 203 y 204 numeral 1 y 5 de la Constitución de la República es competencia de los Municipios crear, modificar y suprimir tasas y contribuciones especiales, por la prestación servicios públicos municipales, en las materias de su competencia y la prestación de los servicios;

II.)    Que conforme a los Art. 3 y 30 numeral 4 y 21 del Código Municipal es facultad del Concejo Municipal emitir los acuerdos de creación, modificación y supresión de tasas por los servicios que brinda la municipalidad;

III.)   Que la Ley General Tributaria Municipal en su Art. 77 estipula que compete a los municipios emitir ordenanzas, reglamentos y acuerdos para normar la Administración Tributaria Municipal;

IV.)  Que mediante Acuerdo número uno, inserto en acta número siete, de fecha trece de abril del año dos mil dieciocho el concejo municipal aprobó la ORDENANZA REGULADORA DE TASAS POR SERVICIOS MUNICIPALES DEL MUNICIPIO DE SONZACATE, DEPARTAMENTO DE SONSONATE, siendo imperativo para este concejo municipal actualizarla con nuevos servicios.

 

POR TANTO:

En uso de las facultades que le confiere el Código Municipal y la Ley General Tributaria Municipal.

 

DECRETA:

REFORMA A LA ORDENANZA REGULADORA DE TASAS POR SERVICIOS MUNICIPALES DEL MUNICIPIO DE SONZACATE, DEPARTAMENTO DE SONSONATE, de la siguiente manera:

 

Art. 1 Adiciónese en el Artículo 5 Código 0105 VENTAS EN SITIOS PUBLICOS (PLAZAS, PARQUES, ACERAS, CALLES, Y OTROS SIMILARES) de la siguiente manera:

01-05-09   Ventas en aceras, calles, plazas, parques y otros sitios al día $ 1.00

 

Art. 2 Modifíquese en el Artículo 5 Código 0203 MATRICULAS, PERMISOS, DERECHOS Y LICENICAS, 02-03-06, quedando de la siguiente manera:

02-03-06   Por mantener Torres y antenas para el funcionamiento de telefonía, celular, televisión por cable o radio, cada una al mes $ 250.00

 

Art. 3 Adiciónese en el Artículo 5 Código 02-03 MATRICULAS, PERMISOS, DERECHOS Y LICENCIAS, los siguientes servicios:

02-03-18   Servicios de Video de Vigilancia, en Residencial Los Castaños y Residencial Villa Florencia (Incluye vigilancia Física) por vivienda al mes $ 12.40

03-03-19   Servicio de Jardinería y Mantenimiento, en Residencial Los Castaños y Residencial Villa Florencia por vivienda al mes $ 1.50

03-03-20   Servicio por el mantenimiento del Sistema de Detención de Caudales (Sistema de Drenajes) en Residencial Los Castaños y Residencial Villa Florencia $ 0.57

 

Art. 4.- La presente ordenanza entrará en vigencia a los ocho días siguientes de la publicación en el Diario Oficial.

 

Dado en el salón de sesiones del Concejo Municipal de la ciudad de Sonzacate, Departamento de Sonsonate a los ocho días del mes de enero del año mil diecinueve.

 

HÉCTOR ANTONIO ORELLANA VALLADARES

ALCALDE MUNICIPAL

 

MANUEL FRANCISCO TORRES ROMUALDO

SÍNDICO MUNICIPAL

 

LIC. JUAN CARLOS CÁRCAMO QUIJANO

SECRETARIO MUNICIPAL

 

Decreto Municipal No. 1 de fecha 08 de enero de 2019, publicado en el Diario Oficial No. 36, Tomo 422 de fecha 21 de febrero de 2019.

DECRETO NÚMERO: 01/2019

 

EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE SONZACATE, DEPARTAMENTO DE SONSONATE.

 

CONSIDERANDO:

I.)     Que de acuerdo con el Art. 203 y 204 numeral 1 y 5 de la Constitución de la República es competencia de los Municipios crear, modificar y suprimir tasas y contribuciones especiales, por la prestación servicios públicos municipales, en las materias de su competencia y la prestación de los servicios;

II.)    Que conforme a los Art. 3 y 30 numeral 4 y 21 del Código Municipal es facultad del Concejo Municipal emitir los acuerdos de creación, modificación y supresión de tasas por los servicios que brinda la municipalidad;

III.)   Que la Ley General Tributaria Municipal en su Art. 77 estipula que compete a los municipios emitir ordenanzas, reglamentos y acuerdos para normar la Administración Tributaria Municipal;

IV.)  Que mediante Acuerdo número uno, inserto en acta número siete, de fecha trece de abril del año dos mil dieciocho el concejo municipal aprobó la ORDENANZA REGULADORA DE TASAS POR SERVICIOS MUNICIPALES DEL MUNICIPIO DE SONZACATE, DEPARTAMENTO DE SONSONATE, siendo imperativo para este concejo municipal actualizarla con nuevos servicios.

 

POR TANTO:

En uso de las facultades que le confiere el Código Municipal y la Ley General Tributaria Municipal.

 

DECRETA:

REFORMA A LA ORDENANZA REGULADORA DE TASAS POR SERVICIOS MUNICIPALES DEL MUNICIPIO DE SONZACATE, DEPARTAMENTO DE SONSONATE, de la siguiente manera:

 

Art. 1 Adiciónese en el Artículo 5 Código 0105 VENTAS EN SITIOS PUBLICOS (PLAZAS, PARQUES, ACERAS, CALLES, Y OTROS SIMILARES) de la siguiente manera:

01-05-09   Ventas en aceras, calles, plazas, parques y otros sitios al día $ 1.00

 

Art. 2 Modifíquese en el Artículo 5 Código 0203 MATRICULAS, PERMISOS, DERECHOS Y LICENICAS, 02-03-06, quedando de la siguiente manera:

02-03-06   Por mantener Torres y antenas para el funcionamiento de telefonía, celular, televisión por cable o radio, cada una al mes $ 250.00

 

Art. 3 Adiciónese en el Artículo 5 Código 02-03 MATRICULAS, PERMISOS, DERECHOS Y LICENCIAS, los siguientes servicios:

02-03-18   Servicios de Video de Vigilancia, en Residencial Los Castaños y Residencial Villa Florencia (Incluye vigilancia Física) por vivienda al mes $ 12.40

03-03-19   Servicio de Jardinería y Mantenimiento, en Residencial Los Castaños y Residencial Villa Florencia por vivienda al mes $ 1.50

03-03-20   Servicio por el mantenimiento del Sistema de Detención de Caudales (Sistema de Drenajes) en Residencial Los Castaños y Residencial Villa Florencia $ 0.57

 

Art. 4.- La presente ordenanza entrará en vigencia a los ocho días siguientes de la publicación en el Diario Oficial.

 

Dado en el salón de sesiones del Concejo Municipal de la ciudad de Sonzacate, Departamento de Sonsonate a los ocho días del mes de enero del año mil diecinueve.

 

HÉCTOR ANTONIO ORELLANA VALLADARES

ALCALDE MUNICIPAL

 

MANUEL FRANCISCO TORRES ROMUALDO

SÍNDICO MUNICIPAL

 

LIC. JUAN CARLOS CÁRCAMO QUIJANO

SECRETARIO MUNICIPAL

 

Decreto Municipal No. 1 de fecha 08 de enero de 2019, publicado en el Diario Oficial No. 36, Tomo 422 de fecha 21 de febrero de 2019.

DECRETO NÚMERO: 01/2019

 

EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE SONZACATE, DEPARTAMENTO DE SONSONATE.

 

CONSIDERANDO:

I.)     Que de acuerdo con el Art. 203 y 204 numeral 1 y 5 de la Constitución de la República es competencia de los Municipios crear, modificar y suprimir tasas y contribuciones especiales, por la prestación servicios públicos municipales, en las materias de su competencia y la prestación de los servicios;

II.)    Que conforme a los Art. 3 y 30 numeral 4 y 21 del Código Municipal es facultad del Concejo Municipal emitir los acuerdos de creación, modificación y supresión de tasas por los servicios que brinda la municipalidad;

III.)   Que la Ley General Tributaria Municipal en su Art. 77 estipula que compete a los municipios emitir ordenanzas, reglamentos y acuerdos para normar la Administración Tributaria Municipal;

IV.)  Que mediante Acuerdo número uno, inserto en acta número siete, de fecha trece de abril del año dos mil dieciocho el concejo municipal aprobó la ORDENANZA REGULADORA DE TASAS POR SERVICIOS MUNICIPALES DEL MUNICIPIO DE SONZACATE, DEPARTAMENTO DE SONSONATE, siendo imperativo para este concejo municipal actualizarla con nuevos servicios.

 

POR TANTO:

En uso de las facultades que le confiere el Código Municipal y la Ley General Tributaria Municipal.

 

DECRETA:

REFORMA A LA ORDENANZA REGULADORA DE TASAS POR SERVICIOS MUNICIPALES DEL MUNICIPIO DE SONZACATE, DEPARTAMENTO DE SONSONATE, de la siguiente manera:

 

Art. 1 Adiciónese en el Artículo 5 Código 0105 VENTAS EN SITIOS PUBLICOS (PLAZAS, PARQUES, ACERAS, CALLES, Y OTROS SIMILARES) de la siguiente manera:

01-05-09   Ventas en aceras, calles, plazas, parques y otros sitios al día $ 1.00

 

Art. 2 Modifíquese en el Artículo 5 Código 0203 MATRICULAS, PERMISOS, DERECHOS Y LICENICAS, 02-03-06, quedando de la siguiente manera:

02-03-06   Por mantener Torres y antenas para el funcionamiento de telefonía, celular, televisión por cable o radio, cada una al mes $ 250.00

 

Art. 3 Adiciónese en el Artículo 5 Código 02-03 MATRICULAS, PERMISOS, DERECHOS Y LICENCIAS, los siguientes servicios:

02-03-18   Servicios de Video de Vigilancia, en Residencial Los Castaños y Residencial Villa Florencia (Incluye vigilancia Física) por vivienda al mes $ 12.40

03-03-19   Servicio de Jardinería y Mantenimiento, en Residencial Los Castaños y Residencial Villa Florencia por vivienda al mes $ 1.50

03-03-20   Servicio por el mantenimiento del Sistema de Detención de Caudales (Sistema de Drenajes) en Residencial Los Castaños y Residencial Villa Florencia $ 0.57

 

Art. 4.- La presente ordenanza entrará en vigencia a los ocho días siguientes de la publicación en el Diario Oficial.

 

Dado en el salón de sesiones del Concejo Municipal de la ciudad de Sonzacate, Departamento de Sonsonate a los ocho días del mes de enero del año mil diecinueve.

 

HÉCTOR ANTONIO ORELLANA VALLADARES

ALCALDE MUNICIPAL

 

MANUEL FRANCISCO TORRES ROMUALDO

SÍNDICO MUNICIPAL

 

LIC. JUAN CARLOS CÁRCAMO QUIJANO

SECRETARIO MUNICIPAL

 

Decreto Municipal No. 1 de fecha 08 de enero de 2019, publicado en el Diario Oficial No. 36, Tomo 422 de fecha 21 de febrero de 2019.

DECRETO NÚMERO: 01/2019

 

EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE SONZACATE, DEPARTAMENTO DE SONSONATE.

 

CONSIDERANDO:

I.)     Que de acuerdo con el Art. 203 y 204 numeral 1 y 5 de la Constitución de la República es competencia de los Municipios crear, modificar y suprimir tasas y contribuciones especiales, por la prestación servicios públicos municipales, en las materias de su competencia y la prestación de los servicios;

II.)    Que conforme a los Art. 3 y 30 numeral 4 y 21 del Código Municipal es facultad del Concejo Municipal emitir los acuerdos de creación, modificación y supresión de tasas por los servicios que brinda la municipalidad;

III.)   Que la Ley General Tributaria Municipal en su Art. 77 estipula que compete a los municipios emitir ordenanzas, reglamentos y acuerdos para normar la Administración Tributaria Municipal;

IV.)  Que mediante Acuerdo número uno, inserto en acta número siete, de fecha trece de abril del año dos mil dieciocho el concejo municipal aprobó la ORDENANZA REGULADORA DE TASAS POR SERVICIOS MUNICIPALES DEL MUNICIPIO DE SONZACATE, DEPARTAMENTO DE SONSONATE, siendo imperativo para este concejo municipal actualizarla con nuevos servicios.

 

POR TANTO:

En uso de las facultades que le confiere el Código Municipal y la Ley General Tributaria Municipal.

 

DECRETA:

REFORMA A LA ORDENANZA REGULADORA DE TASAS POR SERVICIOS MUNICIPALES DEL MUNICIPIO DE SONZACATE, DEPARTAMENTO DE SONSONATE, de la siguiente manera:

 

Art. 1 Adiciónese en el Artículo 5 Código 0105 VENTAS EN SITIOS PUBLICOS (PLAZAS, PARQUES, ACERAS, CALLES, Y OTROS SIMILARES) de la siguiente manera:

01-05-09   Ventas en aceras, calles, plazas, parques y otros sitios al día $ 1.00

 

Art. 2 Modifíquese en el Artículo 5 Código 0203 MATRICULAS, PERMISOS, DERECHOS Y LICENICAS, 02-03-06, quedando de la siguiente manera:

02-03-06   Por mantener Torres y antenas para el funcionamiento de telefonía, celular, televisión por cable o radio, cada una al mes $ 250.00

 

Art. 3 Adiciónese en el Artículo 5 Código 02-03 MATRICULAS, PERMISOS, DERECHOS Y LICENCIAS, los siguientes servicios:

02-03-18   Servicios de Video de Vigilancia, en Residencial Los Castaños y Residencial Villa Florencia (Incluye vigilancia Física) por vivienda al mes $ 12.40

03-03-19   Servicio de Jardinería y Mantenimiento, en Residencial Los Castaños y Residencial Villa Florencia por vivienda al mes $ 1.50

03-03-20   Servicio por el mantenimiento del Sistema de Detención de Caudales (Sistema de Drenajes) en Residencial Los Castaños y Residencial Villa Florencia $ 0.57

 

Art. 4.- La presente ordenanza entrará en vigencia a los ocho días siguientes de la publicación en el Diario Oficial.

 

Dado en el salón de sesiones del Concejo Municipal de la ciudad de Sonzacate, Departamento de Sonsonate a los ocho días del mes de enero del año mil diecinueve.

 

HÉCTOR ANTONIO ORELLANA VALLADARES

ALCALDE MUNICIPAL

 

MANUEL FRANCISCO TORRES ROMUALDO

SÍNDICO MUNICIPAL

 

LIC. JUAN CARLOS CÁRCAMO QUIJANO

SECRETARIO MUNICIPAL

 

Decreto Municipal No. 1 de fecha 08 de enero de 2019, publicado en el Diario Oficial No. 36, Tomo 422 de fecha 21 de febrero de 2019.

DECRETO NÚMERO: 01/2019

 

EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE SONZACATE, DEPARTAMENTO DE SONSONATE.

 

CONSIDERANDO:

I.)     Que de acuerdo con el Art. 203 y 204 numeral 1 y 5 de la Constitución de la República es competencia de los Municipios crear, modificar y suprimir tasas y contribuciones especiales, por la prestación servicios públicos municipales, en las materias de su competencia y la prestación de los servicios;

II.)    Que conforme a los Art. 3 y 30 numeral 4 y 21 del Código Municipal es facultad del Concejo Municipal emitir los acuerdos de creación, modificación y supresión de tasas por los servicios que brinda la municipalidad;

III.)   Que la Ley General Tributaria Municipal en su Art. 77 estipula que compete a los municipios emitir ordenanzas, reglamentos y acuerdos para normar la Administración Tributaria Municipal;

IV.)  Que mediante Acuerdo número uno, inserto en acta número siete, de fecha trece de abril del año dos mil dieciocho el concejo municipal aprobó la ORDENANZA REGULADORA DE TASAS POR SERVICIOS MUNICIPALES DEL MUNICIPIO DE SONZACATE, DEPARTAMENTO DE SONSONATE, siendo imperativo para este concejo municipal actualizarla con nuevos servicios.

 

POR TANTO:

En uso de las facultades que le confiere el Código Municipal y la Ley General Tributaria Municipal.

 

DECRETA:

REFORMA A LA ORDENANZA REGULADORA DE TASAS POR SERVICIOS MUNICIPALES DEL MUNICIPIO DE SONZACATE, DEPARTAMENTO DE SONSONATE, de la siguiente manera:

 

Art. 1 Adiciónese en el Artículo 5 Código 0105 VENTAS EN SITIOS PUBLICOS (PLAZAS, PARQUES, ACERAS, CALLES, Y OTROS SIMILARES) de la siguiente manera:

01-05-09   Ventas en aceras, calles, plazas, parques y otros sitios al día $ 1.00

 

Art. 2 Modifíquese en el Artículo 5 Código 0203 MATRICULAS, PERMISOS, DERECHOS Y LICENICAS, 02-03-06, quedando de la siguiente manera:

02-03-06   Por mantener Torres y antenas para el funcionamiento de telefonía, celular, televisión por cable o radio, cada una al mes $ 250.00

 

Art. 3 Adiciónese en el Artículo 5 Código 02-03 MATRICULAS, PERMISOS, DERECHOS Y LICENCIAS, los siguientes servicios:

02-03-18   Servicios de Video de Vigilancia, en Residencial Los Castaños y Residencial Villa Florencia (Incluye vigilancia Física) por vivienda al mes $ 12.40

03-03-19   Servicio de Jardinería y Mantenimiento, en Residencial Los Castaños y Residencial Villa Florencia por vivienda al mes $ 1.50

03-03-20   Servicio por el mantenimiento del Sistema de Detención de Caudales (Sistema de Drenajes) en Residencial Los Castaños y Residencial Villa Florencia $ 0.57

 

Art. 4.- La presente ordenanza entrará en vigencia a los ocho días siguientes de la publicación en el Diario Oficial.

 

Dado en el salón de sesiones del Concejo Municipal de la ciudad de Sonzacate, Departamento de Sonsonate a los ocho días del mes de enero del año mil diecinueve.

 

HÉCTOR ANTONIO ORELLANA VALLADARES

ALCALDE MUNICIPAL

 

MANUEL FRANCISCO TORRES ROMUALDO

SÍNDICO MUNICIPAL

 

LIC. JUAN CARLOS CÁRCAMO QUIJANO

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Decreto Municipal No. 1 de fecha 08 de enero de 2019, publicado en el Diario Oficial No. 36, Tomo 422 de fecha 21 de febrero de 2019.

DECRETO NÚMERO: 01/2019

 

EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE SONZACATE, DEPARTAMENTO DE SONSONATE.

 

CONSIDERANDO:

I.)     Que de acuerdo con el Art. 203 y 204 numeral 1 y 5 de la Constitución de la República es competencia de los Municipios crear, modificar y suprimir tasas y contribuciones especiales, por la prestación servicios públicos municipales, en las materias de su competencia y la prestación de los servicios;

II.)    Que conforme a los Art. 3 y 30 numeral 4 y 21 del Código Municipal es facultad del Concejo Municipal emitir los acuerdos de creación, modificación y supresión de tasas por los servicios que brinda la municipalidad;

III.)   Que la Ley General Tributaria Municipal en su Art. 77 estipula que compete a los municipios emitir ordenanzas, reglamentos y acuerdos para normar la Administración Tributaria Municipal;

IV.)  Que mediante Acuerdo número uno, inserto en acta número siete, de fecha trece de abril del año dos mil dieciocho el concejo municipal aprobó la ORDENANZA REGULADORA DE TASAS POR SERVICIOS MUNICIPALES DEL MUNICIPIO DE SONZACATE, DEPARTAMENTO DE SONSONATE, siendo imperativo para este concejo municipal actualizarla con nuevos servicios.

 

POR TANTO:

En uso de las facultades que le confiere el Código Municipal y la Ley General Tributaria Municipal.

 

DECRETA:

REFORMA A LA ORDENANZA REGULADORA DE TASAS POR SERVICIOS MUNICIPALES DEL MUNICIPIO DE SONZACATE, DEPARTAMENTO DE SONSONATE, de la siguiente manera:

 

Art. 1 Adiciónese en el Artículo 5 Código 0105 VENTAS EN SITIOS PUBLICOS (PLAZAS, PARQUES, ACERAS, CALLES, Y OTROS SIMILARES) de la siguiente manera:

01-05-09   Ventas en aceras, calles, plazas, parques y otros sitios al día $ 1.00

 

Art. 2 Modifíquese en el Artículo 5 Código 0203 MATRICULAS, PERMISOS, DERECHOS Y LICENICAS, 02-03-06, quedando de la siguiente manera:

02-03-06   Por mantener Torres y antenas para el funcionamiento de telefonía, celular, televisión por cable o radio, cada una al mes $ 250.00

 

Art. 3 Adiciónese en el Artículo 5 Código 02-03 MATRICULAS, PERMISOS, DERECHOS Y LICENCIAS, los siguientes servicios:

02-03-18   Servicios de Video de Vigilancia, en Residencial Los Castaños y Residencial Villa Florencia (Incluye vigilancia Física) por vivienda al mes $ 12.40

03-03-19   Servicio de Jardinería y Mantenimiento, en Residencial Los Castaños y Residencial Villa Florencia por vivienda al mes $ 1.50

03-03-20   Servicio por el mantenimiento del Sistema de Detención de Caudales (Sistema de Drenajes) en Residencial Los Castaños y Residencial Villa Florencia $ 0.57

 

Art. 4.- La presente ordenanza entrará en vigencia a los ocho días siguientes de la publicación en el Diario Oficial.

 

Dado en el salón de sesiones del Concejo Municipal de la ciudad de Sonzacate, Departamento de Sonsonate a los ocho días del mes de enero del año mil diecinueve.

 

HÉCTOR ANTONIO ORELLANA VALLADARES

ALCALDE MUNICIPAL

 

MANUEL FRANCISCO TORRES ROMUALDO

SÍNDICO MUNICIPAL

 

LIC. JUAN CARLOS CÁRCAMO QUIJANO

SECRETARIO MUNICIPAL

 

Decreto Municipal No. 1 de fecha 08 de enero de 2019, publicado en el Diario Oficial No. 36, Tomo 422 de fecha 21 de febrero de 2019.

DECRETO NÚMERO: 01/2019

 

EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE SONZACATE, DEPARTAMENTO DE SONSONATE.

 

CONSIDERANDO:

I.)     Que de acuerdo con el Art. 203 y 204 numeral 1 y 5 de la Constitución de la República es competencia de los Municipios crear, modificar y suprimir tasas y contribuciones especiales, por la prestación servicios públicos municipales, en las materias de su competencia y la prestación de los servicios;

II.)    Que conforme a los Art. 3 y 30 numeral 4 y 21 del Código Municipal es facultad del Concejo Municipal emitir los acuerdos de creación, modificación y supresión de tasas por los servicios que brinda la municipalidad;

III.)   Que la Ley General Tributaria Municipal en su Art. 77 estipula que compete a los municipios emitir ordenanzas, reglamentos y acuerdos para normar la Administración Tributaria Municipal;

IV.)  Que mediante Acuerdo número uno, inserto en acta número siete, de fecha trece de abril del año dos mil dieciocho el concejo municipal aprobó la ORDENANZA REGULADORA DE TASAS POR SERVICIOS MUNICIPALES DEL MUNICIPIO DE SONZACATE, DEPARTAMENTO DE SONSONATE, siendo imperativo para este concejo municipal actualizarla con nuevos servicios.

 

POR TANTO:

En uso de las facultades que le confiere el Código Municipal y la Ley General Tributaria Municipal.

 

DECRETA:

REFORMA A LA ORDENANZA REGULADORA DE TASAS POR SERVICIOS MUNICIPALES DEL MUNICIPIO DE SONZACATE, DEPARTAMENTO DE SONSONATE, de la siguiente manera:

 

Art. 1 Adiciónese en el Artículo 5 Código 0105 VENTAS EN SITIOS PUBLICOS (PLAZAS, PARQUES, ACERAS, CALLES, Y OTROS SIMILARES) de la siguiente manera:

01-05-09   Ventas en aceras, calles, plazas, parques y otros sitios al día $ 1.00

 

Art. 2 Modifíquese en el Artículo 5 Código 0203 MATRICULAS, PERMISOS, DERECHOS Y LICENICAS, 02-03-06, quedando de la siguiente manera:

02-03-06   Por mantener Torres y antenas para el funcionamiento de telefonía, celular, televisión por cable o radio, cada una al mes $ 250.00

 

Art. 3 Adiciónese en el Artículo 5 Código 02-03 MATRICULAS, PERMISOS, DERECHOS Y LICENCIAS, los siguientes servicios:

02-03-18   Servicios de Video de Vigilancia, en Residencial Los Castaños y Residencial Villa Florencia (Incluye vigilancia Física) por vivienda al mes $ 12.40

03-03-19   Servicio de Jardinería y Mantenimiento, en Residencial Los Castaños y Residencial Villa Florencia por vivienda al mes $ 1.50

03-03-20   Servicio por el mantenimiento del Sistema de Detención de Caudales (Sistema de Drenajes) en Residencial Los Castaños y Residencial Villa Florencia $ 0.57

 

Art. 4.- La presente ordenanza entrará en vigencia a los ocho días siguientes de la publicación en el Diario Oficial.

 

Dado en el salón de sesiones del Concejo Municipal de la ciudad de Sonzacate, Departamento de Sonsonate a los ocho días del mes de enero del año mil diecinueve.

 

HÉCTOR ANTONIO ORELLANA VALLADARES

ALCALDE MUNICIPAL

 

MANUEL FRANCISCO TORRES ROMUALDO

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LIC. JUAN CARLOS CÁRCAMO QUIJANO

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Decreto Municipal No. 1 de fecha 08 de enero de 2019, publicado en el Diario Oficial No. 36, Tomo 422 de fecha 21 de febrero de 2019.

DECRETO NÚMERO: 01/2019

 

EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE SONZACATE, DEPARTAMENTO DE SONSONATE.

 

CONSIDERANDO:

I.)     Que de acuerdo con el Art. 203 y 204 numeral 1 y 5 de la Constitución de la República es competencia de los Municipios crear, modificar y suprimir tasas y contribuciones especiales, por la prestación servicios públicos municipales, en las materias de su competencia y la prestación de los servicios;

II.)    Que conforme a los Art. 3 y 30 numeral 4 y 21 del Código Municipal es facultad del Concejo Municipal emitir los acuerdos de creación, modificación y supresión de tasas por los servicios que brinda la municipalidad;

III.)   Que la Ley General Tributaria Municipal en su Art. 77 estipula que compete a los municipios emitir ordenanzas, reglamentos y acuerdos para normar la Administración Tributaria Municipal;

IV.)  Que mediante Acuerdo número uno, inserto en acta número siete, de fecha trece de abril del año dos mil dieciocho el concejo municipal aprobó la ORDENANZA REGULADORA DE TASAS POR SERVICIOS MUNICIPALES DEL MUNICIPIO DE SONZACATE, DEPARTAMENTO DE SONSONATE, siendo imperativo para este concejo municipal actualizarla con nuevos servicios.

 

POR TANTO:

En uso de las facultades que le confiere el Código Municipal y la Ley General Tributaria Municipal.

 

DECRETA:

REFORMA A LA ORDENANZA REGULADORA DE TASAS POR SERVICIOS MUNICIPALES DEL MUNICIPIO DE SONZACATE, DEPARTAMENTO DE SONSONATE, de la siguiente manera:

 

Art. 1 Adiciónese en el Artículo 5 Código 0105 VENTAS EN SITIOS PUBLICOS (PLAZAS, PARQUES, ACERAS, CALLES, Y OTROS SIMILARES) de la siguiente manera:

01-05-09   Ventas en aceras, calles, plazas, parques y otros sitios al día $ 1.00

 

Art. 2 Modifíquese en el Artículo 5 Código 0203 MATRICULAS, PERMISOS, DERECHOS Y LICENICAS, 02-03-06, quedando de la siguiente manera:

02-03-06   Por mantener Torres y antenas para el funcionamiento de telefonía, celular, televisión por cable o radio, cada una al mes $ 250.00

 

Art. 3 Adiciónese en el Artículo 5 Código 02-03 MATRICULAS, PERMISOS, DERECHOS Y LICENCIAS, los siguientes servicios:

02-03-18   Servicios de Video de Vigilancia, en Residencial Los Castaños y Residencial Villa Florencia (Incluye vigilancia Física) por vivienda al mes $ 12.40

03-03-19   Servicio de Jardinería y Mantenimiento, en Residencial Los Castaños y Residencial Villa Florencia por vivienda al mes $ 1.50

03-03-20   Servicio por el mantenimiento del Sistema de Detención de Caudales (Sistema de Drenajes) en Residencial Los Castaños y Residencial Villa Florencia $ 0.57

 

Art. 4.- La presente ordenanza entrará en vigencia a los ocho días siguientes de la publicación en el Diario Oficial.

 

Dado en el salón de sesiones del Concejo Municipal de la ciudad de Sonzacate, Departamento de Sonsonate a los ocho días del mes de enero del año mil diecinueve.

 

HÉCTOR ANTONIO ORELLANA VALLADARES

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MANUEL FRANCISCO TORRES ROMUALDO

SÍNDICO MUNICIPAL

 

LIC. JUAN CARLOS CÁRCAMO QUIJANO

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Decreto Municipal No. 1 de fecha 08 de enero de 2019, publicado en el Diario Oficial No. 36, Tomo 422 de fecha 21 de febrero de 2019.

DECRETO NÚMERO: 01/2019

 

EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE SONZACATE, DEPARTAMENTO DE SONSONATE.

 

CONSIDERANDO:

I.)     Que de acuerdo con el Art. 203 y 204 numeral 1 y 5 de la Constitución de la República es competencia de los Municipios crear, modificar y suprimir tasas y contribuciones especiales, por la prestación servicios públicos municipales, en las materias de su competencia y la prestación de los servicios;

II.)    Que conforme a los Art. 3 y 30 numeral 4 y 21 del Código Municipal es facultad del Concejo Municipal emitir los acuerdos de creación, modificación y supresión de tasas por los servicios que brinda la municipalidad;

III.)   Que la Ley General Tributaria Municipal en su Art. 77 estipula que compete a los municipios emitir ordenanzas, reglamentos y acuerdos para normar la Administración Tributaria Municipal;

IV.)  Que mediante Acuerdo número uno, inserto en acta número siete, de fecha trece de abril del año dos mil dieciocho el concejo municipal aprobó la ORDENANZA REGULADORA DE TASAS POR SERVICIOS MUNICIPALES DEL MUNICIPIO DE SONZACATE, DEPARTAMENTO DE SONSONATE, siendo imperativo para este concejo municipal actualizarla con nuevos servicios.

 

POR TANTO:

En uso de las facultades que le confiere el Código Municipal y la Ley General Tributaria Municipal.

 

DECRETA:

REFORMA A LA ORDENANZA REGULADORA DE TASAS POR SERVICIOS MUNICIPALES DEL MUNICIPIO DE SONZACATE, DEPARTAMENTO DE SONSONATE, de la siguiente manera:

 

Art. 1 Adiciónese en el Artículo 5 Código 0105 VENTAS EN SITIOS PUBLICOS (PLAZAS, PARQUES, ACERAS, CALLES, Y OTROS SIMILARES) de la siguiente manera:

01-05-09   Ventas en aceras, calles, plazas, parques y otros sitios al día $ 1.00

 

Art. 2 Modifíquese en el Artículo 5 Código 0203 MATRICULAS, PERMISOS, DERECHOS Y LICENICAS, 02-03-06, quedando de la siguiente manera:

02-03-06   Por mantener Torres y antenas para el funcionamiento de telefonía, celular, televisión por cable o radio, cada una al mes $ 250.00

 

Art. 3 Adiciónese en el Artículo 5 Código 02-03 MATRICULAS, PERMISOS, DERECHOS Y LICENCIAS, los siguientes servicios:

02-03-18   Servicios de Video de Vigilancia, en Residencial Los Castaños y Residencial Villa Florencia (Incluye vigilancia Física) por vivienda al mes $ 12.40

03-03-19   Servicio de Jardinería y Mantenimiento, en Residencial Los Castaños y Residencial Villa Florencia por vivienda al mes $ 1.50

03-03-20   Servicio por el mantenimiento del Sistema de Detención de Caudales (Sistema de Drenajes) en Residencial Los Castaños y Residencial Villa Florencia $ 0.57

 

Art. 4.- La presente ordenanza entrará en vigencia a los ocho días siguientes de la publicación en el Diario Oficial.

 

Dado en el salón de sesiones del Concejo Municipal de la ciudad de Sonzacate, Departamento de Sonsonate a los ocho días del mes de enero del año mil diecinueve.

 

HÉCTOR ANTONIO ORELLANA VALLADARES

ALCALDE MUNICIPAL

 

MANUEL FRANCISCO TORRES ROMUALDO

SÍNDICO MUNICIPAL

 

LIC. JUAN CARLOS CÁRCAMO QUIJANO

SECRETARIO MUNICIPAL

 

Decreto Municipal No. 1 de fecha 08 de enero de 2019, publicado en el Diario Oficial No. 36, Tomo 422 de fecha 21 de febrero de 2019.

DECRETO NÚMERO: 01/2019

 

EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE SONZACATE, DEPARTAMENTO DE SONSONATE.

 

CONSIDERANDO:

I.)     Que de acuerdo con el Art. 203 y 204 numeral 1 y 5 de la Constitución de la República es competencia de los Municipios crear, modificar y suprimir tasas y contribuciones especiales, por la prestación servicios públicos municipales, en las materias de su competencia y la prestación de los servicios;

II.)    Que conforme a los Art. 3 y 30 numeral 4 y 21 del Código Municipal es facultad del Concejo Municipal emitir los acuerdos de creación, modificación y supresión de tasas por los servicios que brinda la municipalidad;

III.)   Que la Ley General Tributaria Municipal en su Art. 77 estipula que compete a los municipios emitir ordenanzas, reglamentos y acuerdos para normar la Administración Tributaria Municipal;

IV.)  Que mediante Acuerdo número uno, inserto en acta número siete, de fecha trece de abril del año dos mil dieciocho el concejo municipal aprobó la ORDENANZA REGULADORA DE TASAS POR SERVICIOS MUNICIPALES DEL MUNICIPIO DE SONZACATE, DEPARTAMENTO DE SONSONATE, siendo imperativo para este concejo municipal actualizarla con nuevos servicios.

 

POR TANTO:

En uso de las facultades que le confiere el Código Municipal y la Ley General Tributaria Municipal.

 

DECRETA:

REFORMA A LA ORDENANZA REGULADORA DE TASAS POR SERVICIOS MUNICIPALES DEL MUNICIPIO DE SONZACATE, DEPARTAMENTO DE SONSONATE, de la siguiente manera:

 

Art. 1 Adiciónese en el Artículo 5 Código 0105 VENTAS EN SITIOS PUBLICOS (PLAZAS, PARQUES, ACERAS, CALLES, Y OTROS SIMILARES) de la siguiente manera:

01-05-09   Ventas en aceras, calles, plazas, parques y otros sitios al día $ 1.00

 

Art. 2 Modifíquese en el Artículo 5 Código 0203 MATRICULAS, PERMISOS, DERECHOS Y LICENICAS, 02-03-06, quedando de la siguiente manera:

02-03-06   Por mantener Torres y antenas para el funcionamiento de telefonía, celular, televisión por cable o radio, cada una al mes $ 250.00

 

Art. 3 Adiciónese en el Artículo 5 Código 02-03 MATRICULAS, PERMISOS, DERECHOS Y LICENCIAS, los siguientes servicios:

02-03-18   Servicios de Video de Vigilancia, en Residencial Los Castaños y Residencial Villa Florencia (Incluye vigilancia Física) por vivienda al mes $ 12.40

03-03-19   Servicio de Jardinería y Mantenimiento, en Residencial Los Castaños y Residencial Villa Florencia por vivienda al mes $ 1.50

03-03-20   Servicio por el mantenimiento del Sistema de Detención de Caudales (Sistema de Drenajes) en Residencial Los Castaños y Residencial Villa Florencia $ 0.57

 

Art. 4.- La presente ordenanza entrará en vigencia a los ocho días siguientes de la publicación en el Diario Oficial.

 

Dado en el salón de sesiones del Concejo Municipal de la ciudad de Sonzacate, Departamento de Sonsonate a los ocho días del mes de enero del año mil diecinueve.

 

HÉCTOR ANTONIO ORELLANA VALLADARES

ALCALDE MUNICIPAL

 

MANUEL FRANCISCO TORRES ROMUALDO

SÍNDICO MUNICIPAL

 

LIC. JUAN CARLOS CÁRCAMO QUIJANO

SECRETARIO MUNICIPAL

 

Decreto Municipal No. 1 de fecha 08 de enero de 2019, publicado en el Diario Oficial No. 36, Tomo 422 de fecha 21 de febrero de 2019.

DECRETO NÚMERO: 01/2019

 

EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE SONZACATE, DEPARTAMENTO DE SONSONATE.

 

CONSIDERANDO:

I.)     Que de acuerdo con el Art. 203 y 204 numeral 1 y 5 de la Constitución de la República es competencia de los Municipios crear, modificar y suprimir tasas y contribuciones especiales, por la prestación servicios públicos municipales, en las materias de su competencia y la prestación de los servicios;

II.)    Que conforme a los Art. 3 y 30 numeral 4 y 21 del Código Municipal es facultad del Concejo Municipal emitir los acuerdos de creación, modificación y supresión de tasas por los servicios que brinda la municipalidad;

III.)   Que la Ley General Tributaria Municipal en su Art. 77 estipula que compete a los municipios emitir ordenanzas, reglamentos y acuerdos para normar la Administración Tributaria Municipal;

IV.)  Que mediante Acuerdo número uno, inserto en acta número siete, de fecha trece de abril del año dos mil dieciocho el concejo municipal aprobó la ORDENANZA REGULADORA DE TASAS POR SERVICIOS MUNICIPALES DEL MUNICIPIO DE SONZACATE, DEPARTAMENTO DE SONSONATE, siendo imperativo para este concejo municipal actualizarla con nuevos servicios.

 

POR TANTO:

En uso de las facultades que le confiere el Código Municipal y la Ley General Tributaria Municipal.

 

DECRETA:

REFORMA A LA ORDENANZA REGULADORA DE TASAS POR SERVICIOS MUNICIPALES DEL MUNICIPIO DE SONZACATE, DEPARTAMENTO DE SONSONATE, de la siguiente manera:

 

Art. 1 Adiciónese en el Artículo 5 Código 0105 VENTAS EN SITIOS PUBLICOS (PLAZAS, PARQUES, ACERAS, CALLES, Y OTROS SIMILARES) de la siguiente manera:

01-05-09   Ventas en aceras, calles, plazas, parques y otros sitios al día $ 1.00

 

Art. 2 Modifíquese en el Artículo 5 Código 0203 MATRICULAS, PERMISOS, DERECHOS Y LICENICAS, 02-03-06, quedando de la siguiente manera:

02-03-06   Por mantener Torres y antenas para el funcionamiento de telefonía, celular, televisión por cable o radio, cada una al mes $ 250.00

 

Art. 3 Adiciónese en el Artículo 5 Código 02-03 MATRICULAS, PERMISOS, DERECHOS Y LICENCIAS, los siguientes servicios:

02-03-18   Servicios de Video de Vigilancia, en Residencial Los Castaños y Residencial Villa Florencia (Incluye vigilancia Física) por vivienda al mes $ 12.40

03-03-19   Servicio de Jardinería y Mantenimiento, en Residencial Los Castaños y Residencial Villa Florencia por vivienda al mes $ 1.50

03-03-20   Servicio por el mantenimiento del Sistema de Detención de Caudales (Sistema de Drenajes) en Residencial Los Castaños y Residencial Villa Florencia $ 0.57

 

Art. 4.- La presente ordenanza entrará en vigencia a los ocho días siguientes de la publicación en el Diario Oficial.

 

Dado en el salón de sesiones del Concejo Municipal de la ciudad de Sonzacate, Departamento de Sonsonate a los ocho días del mes de enero del año mil diecinueve.

 

HÉCTOR ANTONIO ORELLANA VALLADARES

ALCALDE MUNICIPAL

 

MANUEL FRANCISCO TORRES ROMUALDO

SÍNDICO MUNICIPAL

 

LIC. JUAN CARLOS CÁRCAMO QUIJANO

SECRETARIO MUNICIPAL

 

Decreto Municipal No. 1 de fecha 08 de enero de 2019, publicado en el Diario Oficial No. 36, Tomo 422 de fecha 21 de febrero de 2019.

DECRETO NÚMERO: 01/2019

 

EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE SONZACATE, DEPARTAMENTO DE SONSONATE.

 

CONSIDERANDO:

I.)     Que de acuerdo con el Art. 203 y 204 numeral 1 y 5 de la Constitución de la República es competencia de los Municipios crear, modificar y suprimir tasas y contribuciones especiales, por la prestación servicios públicos municipales, en las materias de su competencia y la prestación de los servicios;

II.)    Que conforme a los Art. 3 y 30 numeral 4 y 21 del Código Municipal es facultad del Concejo Municipal emitir los acuerdos de creación, modificación y supresión de tasas por los servicios que brinda la municipalidad;

III.)   Que la Ley General Tributaria Municipal en su Art. 77 estipula que compete a los municipios emitir ordenanzas, reglamentos y acuerdos para normar la Administración Tributaria Municipal;

IV.)  Que mediante Acuerdo número uno, inserto en acta número siete, de fecha trece de abril del año dos mil dieciocho el concejo municipal aprobó la ORDENANZA REGULADORA DE TASAS POR SERVICIOS MUNICIPALES DEL MUNICIPIO DE SONZACATE, DEPARTAMENTO DE SONSONATE, siendo imperativo para este concejo municipal actualizarla con nuevos servicios.

 

POR TANTO:

En uso de las facultades que le confiere el Código Municipal y la Ley General Tributaria Municipal.

 

DECRETA:

REFORMA A LA ORDENANZA REGULADORA DE TASAS POR SERVICIOS MUNICIPALES DEL MUNICIPIO DE SONZACATE, DEPARTAMENTO DE SONSONATE, de la siguiente manera:

 

Art. 1 Adiciónese en el Artículo 5 Código 0105 VENTAS EN SITIOS PUBLICOS (PLAZAS, PARQUES, ACERAS, CALLES, Y OTROS SIMILARES) de la siguiente manera:

01-05-09   Ventas en aceras, calles, plazas, parques y otros sitios al día $ 1.00

 

Art. 2 Modifíquese en el Artículo 5 Código 0203 MATRICULAS, PERMISOS, DERECHOS Y LICENICAS, 02-03-06, quedando de la siguiente manera:

02-03-06   Por mantener Torres y antenas para el funcionamiento de telefonía, celular, televisión por cable o radio, cada una al mes $ 250.00

 

Art. 3 Adiciónese en el Artículo 5 Código 02-03 MATRICULAS, PERMISOS, DERECHOS Y LICENCIAS, los siguientes servicios:

02-03-18   Servicios de Video de Vigilancia, en Residencial Los Castaños y Residencial Villa Florencia (Incluye vigilancia Física) por vivienda al mes $ 12.40

03-03-19   Servicio de Jardinería y Mantenimiento, en Residencial Los Castaños y Residencial Villa Florencia por vivienda al mes $ 1.50

03-03-20   Servicio por el mantenimiento del Sistema de Detención de Caudales (Sistema de Drenajes) en Residencial Los Castaños y Residencial Villa Florencia $ 0.57

 

Art. 4.- La presente ordenanza entrará en vigencia a los ocho días siguientes de la publicación en el Diario Oficial.

 

Dado en el salón de sesiones del Concejo Municipal de la ciudad de Sonzacate, Departamento de Sonsonate a los ocho días del mes de enero del año mil diecinueve.

 

HÉCTOR ANTONIO ORELLANA VALLADARES

ALCALDE MUNICIPAL

 

MANUEL FRANCISCO TORRES ROMUALDO

SÍNDICO MUNICIPAL

 

LIC. JUAN CARLOS CÁRCAMO QUIJANO

SECRETARIO MUNICIPAL

 

Decreto Municipal No. 1 de fecha 08 de enero de 2019, publicado en el Diario Oficial No. 36, Tomo 422 de fecha 21 de febrero de 2019.

DECRETO NÚMERO: 01/2019

 

EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE SONZACATE, DEPARTAMENTO DE SONSONATE.

 

CONSIDERANDO:

I.)     Que de acuerdo con el Art. 203 y 204 numeral 1 y 5 de la Constitución de la República es competencia de los Municipios crear, modificar y suprimir tasas y contribuciones especiales, por la prestación servicios públicos municipales, en las materias de su competencia y la prestación de los servicios;

II.)    Que conforme a los Art. 3 y 30 numeral 4 y 21 del Código Municipal es facultad del Concejo Municipal emitir los acuerdos de creación, modificación y supresión de tasas por los servicios que brinda la municipalidad;

III.)   Que la Ley General Tributaria Municipal en su Art. 77 estipula que compete a los municipios emitir ordenanzas, reglamentos y acuerdos para normar la Administración Tributaria Municipal;

IV.)  Que mediante Acuerdo número uno, inserto en acta número siete, de fecha trece de abril del año dos mil dieciocho el concejo municipal aprobó la ORDENANZA REGULADORA DE TASAS POR SERVICIOS MUNICIPALES DEL MUNICIPIO DE SONZACATE, DEPARTAMENTO DE SONSONATE, siendo imperativo para este concejo municipal actualizarla con nuevos servicios.

 

POR TANTO:

En uso de las facultades que le confiere el Código Municipal y la Ley General Tributaria Municipal.

 

DECRETA:

REFORMA A LA ORDENANZA REGULADORA DE TASAS POR SERVICIOS MUNICIPALES DEL MUNICIPIO DE SONZACATE, DEPARTAMENTO DE SONSONATE, de la siguiente manera:

 

Art. 1 Adiciónese en el Artículo 5 Código 0105 VENTAS EN SITIOS PUBLICOS (PLAZAS, PARQUES, ACERAS, CALLES, Y OTROS SIMILARES) de la siguiente manera:

01-05-09   Ventas en aceras, calles, plazas, parques y otros sitios al día $ 1.00

 

Art. 2 Modifíquese en el Artículo 5 Código 0203 MATRICULAS, PERMISOS, DERECHOS Y LICENICAS, 02-03-06, quedando de la siguiente manera:

02-03-06   Por mantener Torres y antenas para el funcionamiento de telefonía, celular, televisión por cable o radio, cada una al mes $ 250.00

 

Art. 3 Adiciónese en el Artículo 5 Código 02-03 MATRICULAS, PERMISOS, DERECHOS Y LICENCIAS, los siguientes servicios:

02-03-18   Servicios de Video de Vigilancia, en Residencial Los Castaños y Residencial Villa Florencia (Incluye vigilancia Física) por vivienda al mes $ 12.40

03-03-19   Servicio de Jardinería y Mantenimiento, en Residencial Los Castaños y Residencial Villa Florencia por vivienda al mes $ 1.50

03-03-20   Servicio por el mantenimiento del Sistema de Detención de Caudales (Sistema de Drenajes) en Residencial Los Castaños y Residencial Villa Florencia $ 0.57

 

Art. 4.- La presente ordenanza entrará en vigencia a los ocho días siguientes de la publicación en el Diario Oficial.

 

Dado en el salón de sesiones del Concejo Municipal de la ciudad de Sonzacate, Departamento de Sonsonate a los ocho días del mes de enero del año mil diecinueve.

 

HÉCTOR ANTONIO ORELLANA VALLADARES

ALCALDE MUNICIPAL

 

MANUEL FRANCISCO TORRES ROMUALDO

SÍNDICO MUNICIPAL

 

LIC. JUAN CARLOS CÁRCAMO QUIJANO

SECRETARIO MUNICIPAL

 

Decreto Municipal No. 1 de fecha 08 de enero de 2019, publicado en el Diario Oficial No. 36, Tomo 422 de fecha 21 de febrero de 2019.

DECRETO NÚMERO: 01/2019

 

EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE SONZACATE, DEPARTAMENTO DE SONSONATE.

 

CONSIDERANDO:

I.)     Que de acuerdo con el Art. 203 y 204 numeral 1 y 5 de la Constitución de la República es competencia de los Municipios crear, modificar y suprimir tasas y contribuciones especiales, por la prestación servicios públicos municipales, en las materias de su competencia y la prestación de los servicios;

II.)    Que conforme a los Art. 3 y 30 numeral 4 y 21 del Código Municipal es facultad del Concejo Municipal emitir los acuerdos de creación, modificación y supresión de tasas por los servicios que brinda la municipalidad;

III.)   Que la Ley General Tributaria Municipal en su Art. 77 estipula que compete a los municipios emitir ordenanzas, reglamentos y acuerdos para normar la Administración Tributaria Municipal;

IV.)  Que mediante Acuerdo número uno, inserto en acta número siete, de fecha trece de abril del año dos mil dieciocho el concejo municipal aprobó la ORDENANZA REGULADORA DE TASAS POR SERVICIOS MUNICIPALES DEL MUNICIPIO DE SONZACATE, DEPARTAMENTO DE SONSONATE, siendo imperativo para este concejo municipal actualizarla con nuevos servicios.

 

POR TANTO:

En uso de las facultades que le confiere el Código Municipal y la Ley General Tributaria Municipal.

 

DECRETA:

REFORMA A LA ORDENANZA REGULADORA DE TASAS POR SERVICIOS MUNICIPALES DEL MUNICIPIO DE SONZACATE, DEPARTAMENTO DE SONSONATE, de la siguiente manera:

 

Art. 1 Adiciónese en el Artículo 5 Código 0105 VENTAS EN SITIOS PUBLICOS (PLAZAS, PARQUES, ACERAS, CALLES, Y OTROS SIMILARES) de la siguiente manera:

01-05-09   Ventas en aceras, calles, plazas, parques y otros sitios al día $ 1.00

 

Art. 2 Modifíquese en el Artículo 5 Código 0203 MATRICULAS, PERMISOS, DERECHOS Y LICENICAS, 02-03-06, quedando de la siguiente manera:

02-03-06   Por mantener Torres y antenas para el funcionamiento de telefonía, celular, televisión por cable o radio, cada una al mes $ 250.00

 

Art. 3 Adiciónese en el Artículo 5 Código 02-03 MATRICULAS, PERMISOS, DERECHOS Y LICENCIAS, los siguientes servicios:

02-03-18   Servicios de Video de Vigilancia, en Residencial Los Castaños y Residencial Villa Florencia (Incluye vigilancia Física) por vivienda al mes $ 12.40

03-03-19   Servicio de Jardinería y Mantenimiento, en Residencial Los Castaños y Residencial Villa Florencia por vivienda al mes $ 1.50

03-03-20   Servicio por el mantenimiento del Sistema de Detención de Caudales (Sistema de Drenajes) en Residencial Los Castaños y Residencial Villa Florencia $ 0.57

 

Art. 4.- La presente ordenanza entrará en vigencia a los ocho días siguientes de la publicación en el Diario Oficial.

 

Dado en el salón de sesiones del Concejo Municipal de la ciudad de Sonzacate, Departamento de Sonsonate a los ocho días del mes de enero del año mil diecinueve.

 

HÉCTOR ANTONIO ORELLANA VALLADARES

ALCALDE MUNICIPAL

 

MANUEL FRANCISCO TORRES ROMUALDO

SÍNDICO MUNICIPAL

 

LIC. JUAN CARLOS CÁRCAMO QUIJANO

SECRETARIO MUNICIPAL

 

Decreto Municipal No. 1 de fecha 08 de enero de 2019, publicado en el Diario Oficial No. 36, Tomo 422 de fecha 21 de febrero de 2019.

DECRETO NÚMERO: 01/2019

 

EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE SONZACATE, DEPARTAMENTO DE SONSONATE.

 

CONSIDERANDO:

I.)     Que de acuerdo con el Art. 203 y 204 numeral 1 y 5 de la Constitución de la República es competencia de los Municipios crear, modificar y suprimir tasas y contribuciones especiales, por la prestación servicios públicos municipales, en las materias de su competencia y la prestación de los servicios;

II.)    Que conforme a los Art. 3 y 30 numeral 4 y 21 del Código Municipal es facultad del Concejo Municipal emitir los acuerdos de creación, modificación y supresión de tasas por los servicios que brinda la municipalidad;

III.)   Que la Ley General Tributaria Municipal en su Art. 77 estipula que compete a los municipios emitir ordenanzas, reglamentos y acuerdos para normar la Administración Tributaria Municipal;

IV.)  Que mediante Acuerdo número uno, inserto en acta número siete, de fecha trece de abril del año dos mil dieciocho el concejo municipal aprobó la ORDENANZA REGULADORA DE TASAS POR SERVICIOS MUNICIPALES DEL MUNICIPIO DE SONZACATE, DEPARTAMENTO DE SONSONATE, siendo imperativo para este concejo municipal actualizarla con nuevos servicios.

 

POR TANTO:

En uso de las facultades que le confiere el Código Municipal y la Ley General Tributaria Municipal.

 

DECRETA:

REFORMA A LA ORDENANZA REGULADORA DE TASAS POR SERVICIOS MUNICIPALES DEL MUNICIPIO DE SONZACATE, DEPARTAMENTO DE SONSONATE, de la siguiente manera:

 

Art. 1 Adiciónese en el Artículo 5 Código 0105 VENTAS EN SITIOS PUBLICOS (PLAZAS, PARQUES, ACERAS, CALLES, Y OTROS SIMILARES) de la siguiente manera:

01-05-09   Ventas en aceras, calles, plazas, parques y otros sitios al día $ 1.00

 

Art. 2 Modifíquese en el Artículo 5 Código 0203 MATRICULAS, PERMISOS, DERECHOS Y LICENICAS, 02-03-06, quedando de la siguiente manera:

02-03-06   Por mantener Torres y antenas para el funcionamiento de telefonía, celular, televisión por cable o radio, cada una al mes $ 250.00

 

Art. 3 Adiciónese en el Artículo 5 Código 02-03 MATRICULAS, PERMISOS, DERECHOS Y LICENCIAS, los siguientes servicios:

02-03-18   Servicios de Video de Vigilancia, en Residencial Los Castaños y Residencial Villa Florencia (Incluye vigilancia Física) por vivienda al mes $ 12.40

03-03-19   Servicio de Jardinería y Mantenimiento, en Residencial Los Castaños y Residencial Villa Florencia por vivienda al mes $ 1.50

03-03-20   Servicio por el mantenimiento del Sistema de Detención de Caudales (Sistema de Drenajes) en Residencial Los Castaños y Residencial Villa Florencia $ 0.57

 

Art. 4.- La presente ordenanza entrará en vigencia a los ocho días siguientes de la publicación en el Diario Oficial.

 

Dado en el salón de sesiones del Concejo Municipal de la ciudad de Sonzacate, Departamento de Sonsonate a los ocho días del mes de enero del año mil diecinueve.

 

HÉCTOR ANTONIO ORELLANA VALLADARES

ALCALDE MUNICIPAL

 

MANUEL FRANCISCO TORRES ROMUALDO

SÍNDICO MUNICIPAL

 

LIC. JUAN CARLOS CÁRCAMO QUIJANO

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Decreto Municipal No. 1 de fecha 08 de enero de 2019, publicado en el Diario Oficial No. 36, Tomo 422 de fecha 21 de febrero de 2019.

DECRETO NÚMERO: 01/2019

 

EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE SONZACATE, DEPARTAMENTO DE SONSONATE.

 

CONSIDERANDO:

I.)     Que de acuerdo con el Art. 203 y 204 numeral 1 y 5 de la Constitución de la República es competencia de los Municipios crear, modificar y suprimir tasas y contribuciones especiales, por la prestación servicios públicos municipales, en las materias de su competencia y la prestación de los servicios;

II.)    Que conforme a los Art. 3 y 30 numeral 4 y 21 del Código Municipal es facultad del Concejo Municipal emitir los acuerdos de creación, modificación y supresión de tasas por los servicios que brinda la municipalidad;

III.)   Que la Ley General Tributaria Municipal en su Art. 77 estipula que compete a los municipios emitir ordenanzas, reglamentos y acuerdos para normar la Administración Tributaria Municipal;

IV.)  Que mediante Acuerdo número uno, inserto en acta número siete, de fecha trece de abril del año dos mil dieciocho el concejo municipal aprobó la ORDENANZA REGULADORA DE TASAS POR SERVICIOS MUNICIPALES DEL MUNICIPIO DE SONZACATE, DEPARTAMENTO DE SONSONATE, siendo imperativo para este concejo municipal actualizarla con nuevos servicios.

 

POR TANTO:

En uso de las facultades que le confiere el Código Municipal y la Ley General Tributaria Municipal.

 

DECRETA:

REFORMA A LA ORDENANZA REGULADORA DE TASAS POR SERVICIOS MUNICIPALES DEL MUNICIPIO DE SONZACATE, DEPARTAMENTO DE SONSONATE, de la siguiente manera:

 

Art. 1 Adiciónese en el Artículo 5 Código 0105 VENTAS EN SITIOS PUBLICOS (PLAZAS, PARQUES, ACERAS, CALLES, Y OTROS SIMILARES) de la siguiente manera:

01-05-09   Ventas en aceras, calles, plazas, parques y otros sitios al día $ 1.00

 

Art. 2 Modifíquese en el Artículo 5 Código 0203 MATRICULAS, PERMISOS, DERECHOS Y LICENICAS, 02-03-06, quedando de la siguiente manera:

02-03-06   Por mantener Torres y antenas para el funcionamiento de telefonía, celular, televisión por cable o radio, cada una al mes $ 250.00

 

Art. 3 Adiciónese en el Artículo 5 Código 02-03 MATRICULAS, PERMISOS, DERECHOS Y LICENCIAS, los siguientes servicios:

02-03-18   Servicios de Video de Vigilancia, en Residencial Los Castaños y Residencial Villa Florencia (Incluye vigilancia Física) por vivienda al mes $ 12.40

03-03-19   Servicio de Jardinería y Mantenimiento, en Residencial Los Castaños y Residencial Villa Florencia por vivienda al mes $ 1.50

03-03-20   Servicio por el mantenimiento del Sistema de Detención de Caudales (Sistema de Drenajes) en Residencial Los Castaños y Residencial Villa Florencia $ 0.57

 

Art. 4.- La presente ordenanza entrará en vigencia a los ocho días siguientes de la publicación en el Diario Oficial.

 

Dado en el salón de sesiones del Concejo Municipal de la ciudad de Sonzacate, Departamento de Sonsonate a los ocho días del mes de enero del año mil diecinueve.

 

HÉCTOR ANTONIO ORELLANA VALLADARES

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MANUEL FRANCISCO TORRES ROMUALDO

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LIC. JUAN CARLOS CÁRCAMO QUIJANO

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Decreto Municipal No. 1 de fecha 08 de enero de 2019, publicado en el Diario Oficial No. 36, Tomo 422 de fecha 21 de febrero de 2019.

DECRETO NÚMERO: 01/2019

 

EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE SONZACATE, DEPARTAMENTO DE SONSONATE.

 

CONSIDERANDO:

I.)     Que de acuerdo con el Art. 203 y 204 numeral 1 y 5 de la Constitución de la República es competencia de los Municipios crear, modificar y suprimir tasas y contribuciones especiales, por la prestación servicios públicos municipales, en las materias de su competencia y la prestación de los servicios;

II.)    Que conforme a los Art. 3 y 30 numeral 4 y 21 del Código Municipal es facultad del Concejo Municipal emitir los acuerdos de creación, modificación y supresión de tasas por los servicios que brinda la municipalidad;

III.)   Que la Ley General Tributaria Municipal en su Art. 77 estipula que compete a los municipios emitir ordenanzas, reglamentos y acuerdos para normar la Administración Tributaria Municipal;

IV.)  Que mediante Acuerdo número uno, inserto en acta número siete, de fecha trece de abril del año dos mil dieciocho el concejo municipal aprobó la ORDENANZA REGULADORA DE TASAS POR SERVICIOS MUNICIPALES DEL MUNICIPIO DE SONZACATE, DEPARTAMENTO DE SONSONATE, siendo imperativo para este concejo municipal actualizarla con nuevos servicios.

 

POR TANTO:

En uso de las facultades que le confiere el Código Municipal y la Ley General Tributaria Municipal.

 

DECRETA:

REFORMA A LA ORDENANZA REGULADORA DE TASAS POR SERVICIOS MUNICIPALES DEL MUNICIPIO DE SONZACATE, DEPARTAMENTO DE SONSONATE, de la siguiente manera:

 

Art. 1 Adiciónese en el Artículo 5 Código 0105 VENTAS EN SITIOS PUBLICOS (PLAZAS, PARQUES, ACERAS, CALLES, Y OTROS SIMILARES) de la siguiente manera:

01-05-09   Ventas en aceras, calles, plazas, parques y otros sitios al día $ 1.00

 

Art. 2 Modifíquese en el Artículo 5 Código 0203 MATRICULAS, PERMISOS, DERECHOS Y LICENICAS, 02-03-06, quedando de la siguiente manera:

02-03-06   Por mantener Torres y antenas para el funcionamiento de telefonía, celular, televisión por cable o radio, cada una al mes $ 250.00

 

Art. 3 Adiciónese en el Artículo 5 Código 02-03 MATRICULAS, PERMISOS, DERECHOS Y LICENCIAS, los siguientes servicios:

02-03-18   Servicios de Video de Vigilancia, en Residencial Los Castaños y Residencial Villa Florencia (Incluye vigilancia Física) por vivienda al mes $ 12.40

03-03-19   Servicio de Jardinería y Mantenimiento, en Residencial Los Castaños y Residencial Villa Florencia por vivienda al mes $ 1.50

03-03-20   Servicio por el mantenimiento del Sistema de Detención de Caudales (Sistema de Drenajes) en Residencial Los Castaños y Residencial Villa Florencia $ 0.57

 

Art. 4.- La presente ordenanza entrará en vigencia a los ocho días siguientes de la publicación en el Diario Oficial.

 

Dado en el salón de sesiones del Concejo Municipal de la ciudad de Sonzacate, Departamento de Sonsonate a los ocho días del mes de enero del año mil diecinueve.

 

HÉCTOR ANTONIO ORELLANA VALLADARES

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MANUEL FRANCISCO TORRES ROMUALDO

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LIC. JUAN CARLOS CÁRCAMO QUIJANO

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Decreto Municipal No. 1 de fecha 08 de enero de 2019, publicado en el Diario Oficial No. 36, Tomo 422 de fecha 21 de febrero de 2019.

DECRETO NÚMERO: 01/2019

 

EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE SONZACATE, DEPARTAMENTO DE SONSONATE.

 

CONSIDERANDO:

I.)     Que de acuerdo con el Art. 203 y 204 numeral 1 y 5 de la Constitución de la República es competencia de los Municipios crear, modificar y suprimir tasas y contribuciones especiales, por la prestación servicios públicos municipales, en las materias de su competencia y la prestación de los servicios;

II.)    Que conforme a los Art. 3 y 30 numeral 4 y 21 del Código Municipal es facultad del Concejo Municipal emitir los acuerdos de creación, modificación y supresión de tasas por los servicios que brinda la municipalidad;

III.)   Que la Ley General Tributaria Municipal en su Art. 77 estipula que compete a los municipios emitir ordenanzas, reglamentos y acuerdos para normar la Administración Tributaria Municipal;

IV.)  Que mediante Acuerdo número uno, inserto en acta número siete, de fecha trece de abril del año dos mil dieciocho el concejo municipal aprobó la ORDENANZA REGULADORA DE TASAS POR SERVICIOS MUNICIPALES DEL MUNICIPIO DE SONZACATE, DEPARTAMENTO DE SONSONATE, siendo imperativo para este concejo municipal actualizarla con nuevos servicios.

 

POR TANTO:

En uso de las facultades que le confiere el Código Municipal y la Ley General Tributaria Municipal.

 

DECRETA:

REFORMA A LA ORDENANZA REGULADORA DE TASAS POR SERVICIOS MUNICIPALES DEL MUNICIPIO DE SONZACATE, DEPARTAMENTO DE SONSONATE, de la siguiente manera:

 

Art. 1 Adiciónese en el Artículo 5 Código 0105 VENTAS EN SITIOS PUBLICOS (PLAZAS, PARQUES, ACERAS, CALLES, Y OTROS SIMILARES) de la siguiente manera:

01-05-09   Ventas en aceras, calles, plazas, parques y otros sitios al día $ 1.00

 

Art. 2 Modifíquese en el Artículo 5 Código 0203 MATRICULAS, PERMISOS, DERECHOS Y LICENICAS, 02-03-06, quedando de la siguiente manera:

02-03-06   Por mantener Torres y antenas para el funcionamiento de telefonía, celular, televisión por cable o radio, cada una al mes $ 250.00

 

Art. 3 Adiciónese en el Artículo 5 Código 02-03 MATRICULAS, PERMISOS, DERECHOS Y LICENCIAS, los siguientes servicios:

02-03-18   Servicios de Video de Vigilancia, en Residencial Los Castaños y Residencial Villa Florencia (Incluye vigilancia Física) por vivienda al mes $ 12.40

03-03-19   Servicio de Jardinería y Mantenimiento, en Residencial Los Castaños y Residencial Villa Florencia por vivienda al mes $ 1.50

03-03-20   Servicio por el mantenimiento del Sistema de Detención de Caudales (Sistema de Drenajes) en Residencial Los Castaños y Residencial Villa Florencia $ 0.57

 

Art. 4.- La presente ordenanza entrará en vigencia a los ocho días siguientes de la publicación en el Diario Oficial.

 

Dado en el salón de sesiones del Concejo Municipal de la ciudad de Sonzacate, Departamento de Sonsonate a los ocho días del mes de enero del año mil diecinueve.

 

HÉCTOR ANTONIO ORELLANA VALLADARES

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MANUEL FRANCISCO TORRES ROMUALDO

SÍNDICO MUNICIPAL

 

LIC. JUAN CARLOS CÁRCAMO QUIJANO

SECRETARIO MUNICIPAL

 

Decreto Municipal No. 1 de fecha 08 de enero de 2019, publicado en el Diario Oficial No. 36, Tomo 422 de fecha 21 de febrero de 2019.

DECRETO NÚMERO: 01/2019

 

EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE SONZACATE, DEPARTAMENTO DE SONSONATE.

 

CONSIDERANDO:

I.)     Que de acuerdo con el Art. 203 y 204 numeral 1 y 5 de la Constitución de la República es competencia de los Municipios crear, modificar y suprimir tasas y contribuciones especiales, por la prestación servicios públicos municipales, en las materias de su competencia y la prestación de los servicios;

II.)    Que conforme a los Art. 3 y 30 numeral 4 y 21 del Código Municipal es facultad del Concejo Municipal emitir los acuerdos de creación, modificación y supresión de tasas por los servicios que brinda la municipalidad;

III.)   Que la Ley General Tributaria Municipal en su Art. 77 estipula que compete a los municipios emitir ordenanzas, reglamentos y acuerdos para normar la Administración Tributaria Municipal;

IV.)  Que mediante Acuerdo número uno, inserto en acta número siete, de fecha trece de abril del año dos mil dieciocho el concejo municipal aprobó la ORDENANZA REGULADORA DE TASAS POR SERVICIOS MUNICIPALES DEL MUNICIPIO DE SONZACATE, DEPARTAMENTO DE SONSONATE, siendo imperativo para este concejo municipal actualizarla con nuevos servicios.

 

POR TANTO:

En uso de las facultades que le confiere el Código Municipal y la Ley General Tributaria Municipal.

 

DECRETA:

REFORMA A LA ORDENANZA REGULADORA DE TASAS POR SERVICIOS MUNICIPALES DEL MUNICIPIO DE SONZACATE, DEPARTAMENTO DE SONSONATE, de la siguiente manera:

 

Art. 1 Adiciónese en el Artículo 5 Código 0105 VENTAS EN SITIOS PUBLICOS (PLAZAS, PARQUES, ACERAS, CALLES, Y OTROS SIMILARES) de la siguiente manera:

01-05-09   Ventas en aceras, calles, plazas, parques y otros sitios al día $ 1.00

 

Art. 2 Modifíquese en el Artículo 5 Código 0203 MATRICULAS, PERMISOS, DERECHOS Y LICENICAS, 02-03-06, quedando de la siguiente manera:

02-03-06   Por mantener Torres y antenas para el funcionamiento de telefonía, celular, televisión por cable o radio, cada una al mes $ 250.00

 

Art. 3 Adiciónese en el Artículo 5 Código 02-03 MATRICULAS, PERMISOS, DERECHOS Y LICENCIAS, los siguientes servicios:

02-03-18   Servicios de Video de Vigilancia, en Residencial Los Castaños y Residencial Villa Florencia (Incluye vigilancia Física) por vivienda al mes $ 12.40

03-03-19   Servicio de Jardinería y Mantenimiento, en Residencial Los Castaños y Residencial Villa Florencia por vivienda al mes $ 1.50

03-03-20   Servicio por el mantenimiento del Sistema de Detención de Caudales (Sistema de Drenajes) en Residencial Los Castaños y Residencial Villa Florencia $ 0.57

 

Art. 4.- La presente ordenanza entrará en vigencia a los ocho días siguientes de la publicación en el Diario Oficial.

 

Dado en el salón de sesiones del Concejo Municipal de la ciudad de Sonzacate, Departamento de Sonsonate a los ocho días del mes de enero del año mil diecinueve.

 

HÉCTOR ANTONIO ORELLANA VALLADARES

ALCALDE MUNICIPAL

 

MANUEL FRANCISCO TORRES ROMUALDO

SÍNDICO MUNICIPAL

 

LIC. JUAN CARLOS CÁRCAMO QUIJANO

SECRETARIO MUNICIPAL

 

Decreto Municipal No. 1 de fecha 08 de enero de 2019, publicado en el Diario Oficial No. 36, Tomo 422 de fecha 21 de febrero de 2019.

DECRETO NÚMERO: 01/2019

 

EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE SONZACATE, DEPARTAMENTO DE SONSONATE.

 

CONSIDERANDO:

I.)     Que de acuerdo con el Art. 203 y 204 numeral 1 y 5 de la Constitución de la República es competencia de los Municipios crear, modificar y suprimir tasas y contribuciones especiales, por la prestación servicios públicos municipales, en las materias de su competencia y la prestación de los servicios;

II.)    Que conforme a los Art. 3 y 30 numeral 4 y 21 del Código Municipal es facultad del Concejo Municipal emitir los acuerdos de creación, modificación y supresión de tasas por los servicios que brinda la municipalidad;

III.)   Que la Ley General Tributaria Municipal en su Art. 77 estipula que compete a los municipios emitir ordenanzas, reglamentos y acuerdos para normar la Administración Tributaria Municipal;

IV.)  Que mediante Acuerdo número uno, inserto en acta número siete, de fecha trece de abril del año dos mil dieciocho el concejo municipal aprobó la ORDENANZA REGULADORA DE TASAS POR SERVICIOS MUNICIPALES DEL MUNICIPIO DE SONZACATE, DEPARTAMENTO DE SONSONATE, siendo imperativo para este concejo municipal actualizarla con nuevos servicios.

 

POR TANTO:

En uso de las facultades que le confiere el Código Municipal y la Ley General Tributaria Municipal.

 

DECRETA:

REFORMA A LA ORDENANZA REGULADORA DE TASAS POR SERVICIOS MUNICIPALES DEL MUNICIPIO DE SONZACATE, DEPARTAMENTO DE SONSONATE, de la siguiente manera:

 

Art. 1 Adiciónese en el Artículo 5 Código 0105 VENTAS EN SITIOS PUBLICOS (PLAZAS, PARQUES, ACERAS, CALLES, Y OTROS SIMILARES) de la siguiente manera:

01-05-09   Ventas en aceras, calles, plazas, parques y otros sitios al día $ 1.00

 

Art. 2 Modifíquese en el Artículo 5 Código 0203 MATRICULAS, PERMISOS, DERECHOS Y LICENICAS, 02-03-06, quedando de la siguiente manera:

02-03-06   Por mantener Torres y antenas para el funcionamiento de telefonía, celular, televisión por cable o radio, cada una al mes $ 250.00

 

Art. 3 Adiciónese en el Artículo 5 Código 02-03 MATRICULAS, PERMISOS, DERECHOS Y LICENCIAS, los siguientes servicios:

02-03-18   Servicios de Video de Vigilancia, en Residencial Los Castaños y Residencial Villa Florencia (Incluye vigilancia Física) por vivienda al mes $ 12.40

03-03-19   Servicio de Jardinería y Mantenimiento, en Residencial Los Castaños y Residencial Villa Florencia por vivienda al mes $ 1.50

03-03-20   Servicio por el mantenimiento del Sistema de Detención de Caudales (Sistema de Drenajes) en Residencial Los Castaños y Residencial Villa Florencia $ 0.57

 

Art. 4.- La presente ordenanza entrará en vigencia a los ocho días siguientes de la publicación en el Diario Oficial.

 

Dado en el salón de sesiones del Concejo Municipal de la ciudad de Sonzacate, Departamento de Sonsonate a los ocho días del mes de enero del año mil diecinueve.

 

HÉCTOR ANTONIO ORELLANA VALLADARES

ALCALDE MUNICIPAL

 

MANUEL FRANCISCO TORRES ROMUALDO

SÍNDICO MUNICIPAL

 

LIC. JUAN CARLOS CÁRCAMO QUIJANO

SECRETARIO MUNICIPAL

 

Decreto Municipal No. 1 de fecha 08 de enero de 2019, publicado en el Diario Oficial No. 36, Tomo 422 de fecha 21 de febrero de 2019.

DECRETO NÚMERO: 01/2019

 

EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE SONZACATE, DEPARTAMENTO DE SONSONATE.

 

CONSIDERANDO:

I.)     Que de acuerdo con el Art. 203 y 204 numeral 1 y 5 de la Constitución de la República es competencia de los Municipios crear, modificar y suprimir tasas y contribuciones especiales, por la prestación servicios públicos municipales, en las materias de su competencia y la prestación de los servicios;

II.)    Que conforme a los Art. 3 y 30 numeral 4 y 21 del Código Municipal es facultad del Concejo Municipal emitir los acuerdos de creación, modificación y supresión de tasas por los servicios que brinda la municipalidad;

III.)   Que la Ley General Tributaria Municipal en su Art. 77 estipula que compete a los municipios emitir ordenanzas, reglamentos y acuerdos para normar la Administración Tributaria Municipal;

IV.)  Que mediante Acuerdo número uno, inserto en acta número siete, de fecha trece de abril del año dos mil dieciocho el concejo municipal aprobó la ORDENANZA REGULADORA DE TASAS POR SERVICIOS MUNICIPALES DEL MUNICIPIO DE SONZACATE, DEPARTAMENTO DE SONSONATE, siendo imperativo para este concejo municipal actualizarla con nuevos servicios.

 

POR TANTO:

En uso de las facultades que le confiere el Código Municipal y la Ley General Tributaria Municipal.

 

DECRETA:

REFORMA A LA ORDENANZA REGULADORA DE TASAS POR SERVICIOS MUNICIPALES DEL MUNICIPIO DE SONZACATE, DEPARTAMENTO DE SONSONATE, de la siguiente manera:

 

Art. 1 Adiciónese en el Artículo 5 Código 0105 VENTAS EN SITIOS PUBLICOS (PLAZAS, PARQUES, ACERAS, CALLES, Y OTROS SIMILARES) de la siguiente manera:

01-05-09   Ventas en aceras, calles, plazas, parques y otros sitios al día $ 1.00

 

Art. 2 Modifíquese en el Artículo 5 Código 0203 MATRICULAS, PERMISOS, DERECHOS Y LICENICAS, 02-03-06, quedando de la siguiente manera:

02-03-06   Por mantener Torres y antenas para el funcionamiento de telefonía, celular, televisión por cable o radio, cada una al mes $ 250.00

 

Art. 3 Adiciónese en el Artículo 5 Código 02-03 MATRICULAS, PERMISOS, DERECHOS Y LICENCIAS, los siguientes servicios:

02-03-18   Servicios de Video de Vigilancia, en Residencial Los Castaños y Residencial Villa Florencia (Incluye vigilancia Física) por vivienda al mes $ 12.40

03-03-19   Servicio de Jardinería y Mantenimiento, en Residencial Los Castaños y Residencial Villa Florencia por vivienda al mes $ 1.50

03-03-20   Servicio por el mantenimiento del Sistema de Detención de Caudales (Sistema de Drenajes) en Residencial Los Castaños y Residencial Villa Florencia $ 0.57

 

Art. 4.- La presente ordenanza entrará en vigencia a los ocho días siguientes de la publicación en el Diario Oficial.

 

Dado en el salón de sesiones del Concejo Municipal de la ciudad de Sonzacate, Departamento de Sonsonate a los ocho días del mes de enero del año mil diecinueve.

 

HÉCTOR ANTONIO ORELLANA VALLADARES

ALCALDE MUNICIPAL

 

MANUEL FRANCISCO TORRES ROMUALDO

SÍNDICO MUNICIPAL

 

LIC. JUAN CARLOS CÁRCAMO QUIJANO

SECRETARIO MUNICIPAL

 

Decreto Municipal No. 1 de fecha 08 de enero de 2019, publicado en el Diario Oficial No. 36, Tomo 422 de fecha 21 de febrero de 2019.

DECRETO NÚMERO: 01/2019

 

EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE SONZACATE, DEPARTAMENTO DE SONSONATE.

 

CONSIDERANDO:

I.)     Que de acuerdo con el Art. 203 y 204 numeral 1 y 5 de la Constitución de la República es competencia de los Municipios crear, modificar y suprimir tasas y contribuciones especiales, por la prestación servicios públicos municipales, en las materias de su competencia y la prestación de los servicios;

II.)    Que conforme a los Art. 3 y 30 numeral 4 y 21 del Código Municipal es facultad del Concejo Municipal emitir los acuerdos de creación, modificación y supresión de tasas por los servicios que brinda la municipalidad;

III.)   Que la Ley General Tributaria Municipal en su Art. 77 estipula que compete a los municipios emitir ordenanzas, reglamentos y acuerdos para normar la Administración Tributaria Municipal;

IV.)  Que mediante Acuerdo número uno, inserto en acta número siete, de fecha trece de abril del año dos mil dieciocho el concejo municipal aprobó la ORDENANZA REGULADORA DE TASAS POR SERVICIOS MUNICIPALES DEL MUNICIPIO DE SONZACATE, DEPARTAMENTO DE SONSONATE, siendo imperativo para este concejo municipal actualizarla con nuevos servicios.

 

POR TANTO:

En uso de las facultades que le confiere el Código Municipal y la Ley General Tributaria Municipal.

 

DECRETA:

REFORMA A LA ORDENANZA REGULADORA DE TASAS POR SERVICIOS MUNICIPALES DEL MUNICIPIO DE SONZACATE, DEPARTAMENTO DE SONSONATE, de la siguiente manera:

 

Art. 1 Adiciónese en el Artículo 5 Código 0105 VENTAS EN SITIOS PUBLICOS (PLAZAS, PARQUES, ACERAS, CALLES, Y OTROS SIMILARES) de la siguiente manera:

01-05-09   Ventas en aceras, calles, plazas, parques y otros sitios al día $ 1.00

 

Art. 2 Modifíquese en el Artículo 5 Código 0203 MATRICULAS, PERMISOS, DERECHOS Y LICENICAS, 02-03-06, quedando de la siguiente manera:

02-03-06   Por mantener Torres y antenas para el funcionamiento de telefonía, celular, televisión por cable o radio, cada una al mes $ 250.00

 

Art. 3 Adiciónese en el Artículo 5 Código 02-03 MATRICULAS, PERMISOS, DERECHOS Y LICENCIAS, los siguientes servicios:

02-03-18   Servicios de Video de Vigilancia, en Residencial Los Castaños y Residencial Villa Florencia (Incluye vigilancia Física) por vivienda al mes $ 12.40

03-03-19   Servicio de Jardinería y Mantenimiento, en Residencial Los Castaños y Residencial Villa Florencia por vivienda al mes $ 1.50

03-03-20   Servicio por el mantenimiento del Sistema de Detención de Caudales (Sistema de Drenajes) en Residencial Los Castaños y Residencial Villa Florencia $ 0.57

 

Art. 4.- La presente ordenanza entrará en vigencia a los ocho días siguientes de la publicación en el Diario Oficial.

 

Dado en el salón de sesiones del Concejo Municipal de la ciudad de Sonzacate, Departamento de Sonsonate a los ocho días del mes de enero del año mil diecinueve.

 

HÉCTOR ANTONIO ORELLANA VALLADARES

ALCALDE MUNICIPAL

 

MANUEL FRANCISCO TORRES ROMUALDO

SÍNDICO MUNICIPAL

 

LIC. JUAN CARLOS CÁRCAMO QUIJANO

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Decreto Municipal No. 1 de fecha 08 de enero de 2019, publicado en el Diario Oficial No. 36, Tomo 422 de fecha 21 de febrero de 2019.

DECRETO NÚMERO: 01/2019

 

EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE SONZACATE, DEPARTAMENTO DE SONSONATE.

 

CONSIDERANDO:

I.)     Que de acuerdo con el Art. 203 y 204 numeral 1 y 5 de la Constitución de la República es competencia de los Municipios crear, modificar y suprimir tasas y contribuciones especiales, por la prestación servicios públicos municipales, en las materias de su competencia y la prestación de los servicios;

II.)    Que conforme a los Art. 3 y 30 numeral 4 y 21 del Código Municipal es facultad del Concejo Municipal emitir los acuerdos de creación, modificación y supresión de tasas por los servicios que brinda la municipalidad;

III.)   Que la Ley General Tributaria Municipal en su Art. 77 estipula que compete a los municipios emitir ordenanzas, reglamentos y acuerdos para normar la Administración Tributaria Municipal;

IV.)  Que mediante Acuerdo número uno, inserto en acta número siete, de fecha trece de abril del año dos mil dieciocho el concejo municipal aprobó la ORDENANZA REGULADORA DE TASAS POR SERVICIOS MUNICIPALES DEL MUNICIPIO DE SONZACATE, DEPARTAMENTO DE SONSONATE, siendo imperativo para este concejo municipal actualizarla con nuevos servicios.

 

POR TANTO:

En uso de las facultades que le confiere el Código Municipal y la Ley General Tributaria Municipal.

 

DECRETA:

REFORMA A LA ORDENANZA REGULADORA DE TASAS POR SERVICIOS MUNICIPALES DEL MUNICIPIO DE SONZACATE, DEPARTAMENTO DE SONSONATE, de la siguiente manera:

 

Art. 1 Adiciónese en el Artículo 5 Código 0105 VENTAS EN SITIOS PUBLICOS (PLAZAS, PARQUES, ACERAS, CALLES, Y OTROS SIMILARES) de la siguiente manera:

01-05-09   Ventas en aceras, calles, plazas, parques y otros sitios al día $ 1.00

 

Art. 2 Modifíquese en el Artículo 5 Código 0203 MATRICULAS, PERMISOS, DERECHOS Y LICENICAS, 02-03-06, quedando de la siguiente manera:

02-03-06   Por mantener Torres y antenas para el funcionamiento de telefonía, celular, televisión por cable o radio, cada una al mes $ 250.00

 

Art. 3 Adiciónese en el Artículo 5 Código 02-03 MATRICULAS, PERMISOS, DERECHOS Y LICENCIAS, los siguientes servicios:

02-03-18   Servicios de Video de Vigilancia, en Residencial Los Castaños y Residencial Villa Florencia (Incluye vigilancia Física) por vivienda al mes $ 12.40

03-03-19   Servicio de Jardinería y Mantenimiento, en Residencial Los Castaños y Residencial Villa Florencia por vivienda al mes $ 1.50

03-03-20   Servicio por el mantenimiento del Sistema de Detención de Caudales (Sistema de Drenajes) en Residencial Los Castaños y Residencial Villa Florencia $ 0.57

 

Art. 4.- La presente ordenanza entrará en vigencia a los ocho días siguientes de la publicación en el Diario Oficial.

 

Dado en el salón de sesiones del Concejo Municipal de la ciudad de Sonzacate, Departamento de Sonsonate a los ocho días del mes de enero del año mil diecinueve.

 

HÉCTOR ANTONIO ORELLANA VALLADARES

ALCALDE MUNICIPAL

 

MANUEL FRANCISCO TORRES ROMUALDO

SÍNDICO MUNICIPAL

 

LIC. JUAN CARLOS CÁRCAMO QUIJANO

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Decreto Municipal No. 1 de fecha 08 de enero de 2019, publicado en el Diario Oficial No. 36, Tomo 422 de fecha 21 de febrero de 2019.

DECRETO NÚMERO: 01/2019

 

EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE SONZACATE, DEPARTAMENTO DE SONSONATE.

 

CONSIDERANDO:

I.)     Que de acuerdo con el Art. 203 y 204 numeral 1 y 5 de la Constitución de la República es competencia de los Municipios crear, modificar y suprimir tasas y contribuciones especiales, por la prestación servicios públicos municipales, en las materias de su competencia y la prestación de los servicios;

II.)    Que conforme a los Art. 3 y 30 numeral 4 y 21 del Código Municipal es facultad del Concejo Municipal emitir los acuerdos de creación, modificación y supresión de tasas por los servicios que brinda la municipalidad;

III.)   Que la Ley General Tributaria Municipal en su Art. 77 estipula que compete a los municipios emitir ordenanzas, reglamentos y acuerdos para normar la Administración Tributaria Municipal;

IV.)  Que mediante Acuerdo número uno, inserto en acta número siete, de fecha trece de abril del año dos mil dieciocho el concejo municipal aprobó la ORDENANZA REGULADORA DE TASAS POR SERVICIOS MUNICIPALES DEL MUNICIPIO DE SONZACATE, DEPARTAMENTO DE SONSONATE, siendo imperativo para este concejo municipal actualizarla con nuevos servicios.

 

POR TANTO:

En uso de las facultades que le confiere el Código Municipal y la Ley General Tributaria Municipal.

 

DECRETA:

REFORMA A LA ORDENANZA REGULADORA DE TASAS POR SERVICIOS MUNICIPALES DEL MUNICIPIO DE SONZACATE, DEPARTAMENTO DE SONSONATE, de la siguiente manera:

 

Art. 1 Adiciónese en el Artículo 5 Código 0105 VENTAS EN SITIOS PUBLICOS (PLAZAS, PARQUES, ACERAS, CALLES, Y OTROS SIMILARES) de la siguiente manera:

01-05-09   Ventas en aceras, calles, plazas, parques y otros sitios al día $ 1.00

 

Art. 2 Modifíquese en el Artículo 5 Código 0203 MATRICULAS, PERMISOS, DERECHOS Y LICENICAS, 02-03-06, quedando de la siguiente manera:

02-03-06   Por mantener Torres y antenas para el funcionamiento de telefonía, celular, televisión por cable o radio, cada una al mes $ 250.00

 

Art. 3 Adiciónese en el Artículo 5 Código 02-03 MATRICULAS, PERMISOS, DERECHOS Y LICENCIAS, los siguientes servicios:

02-03-18   Servicios de Video de Vigilancia, en Residencial Los Castaños y Residencial Villa Florencia (Incluye vigilancia Física) por vivienda al mes $ 12.40

03-03-19   Servicio de Jardinería y Mantenimiento, en Residencial Los Castaños y Residencial Villa Florencia por vivienda al mes $ 1.50

03-03-20   Servicio por el mantenimiento del Sistema de Detención de Caudales (Sistema de Drenajes) en Residencial Los Castaños y Residencial Villa Florencia $ 0.57

 

Art. 4.- La presente ordenanza entrará en vigencia a los ocho días siguientes de la publicación en el Diario Oficial.

 

Dado en el salón de sesiones del Concejo Municipal de la ciudad de Sonzacate, Departamento de Sonsonate a los ocho días del mes de enero del año mil diecinueve.

 

HÉCTOR ANTONIO ORELLANA VALLADARES

ALCALDE MUNICIPAL

 

MANUEL FRANCISCO TORRES ROMUALDO

SÍNDICO MUNICIPAL

 

LIC. JUAN CARLOS CÁRCAMO QUIJANO

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Decreto Municipal No. 1 de fecha 08 de enero de 2019, publicado en el Diario Oficial No. 36, Tomo 422 de fecha 21 de febrero de 2019.

DECRETO NÚMERO: 01/2019

 

EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE SONZACATE, DEPARTAMENTO DE SONSONATE.

 

CONSIDERANDO:

I.)     Que de acuerdo con el Art. 203 y 204 numeral 1 y 5 de la Constitución de la República es competencia de los Municipios crear, modificar y suprimir tasas y contribuciones especiales, por la prestación servicios públicos municipales, en las materias de su competencia y la prestación de los servicios;

II.)    Que conforme a los Art. 3 y 30 numeral 4 y 21 del Código Municipal es facultad del Concejo Municipal emitir los acuerdos de creación, modificación y supresión de tasas por los servicios que brinda la municipalidad;

III.)   Que la Ley General Tributaria Municipal en su Art. 77 estipula que compete a los municipios emitir ordenanzas, reglamentos y acuerdos para normar la Administración Tributaria Municipal;

IV.)  Que mediante Acuerdo número uno, inserto en acta número siete, de fecha trece de abril del año dos mil dieciocho el concejo municipal aprobó la ORDENANZA REGULADORA DE TASAS POR SERVICIOS MUNICIPALES DEL MUNICIPIO DE SONZACATE, DEPARTAMENTO DE SONSONATE, siendo imperativo para este concejo municipal actualizarla con nuevos servicios.

 

POR TANTO:

En uso de las facultades que le confiere el Código Municipal y la Ley General Tributaria Municipal.

 

DECRETA:

REFORMA A LA ORDENANZA REGULADORA DE TASAS POR SERVICIOS MUNICIPALES DEL MUNICIPIO DE SONZACATE, DEPARTAMENTO DE SONSONATE, de la siguiente manera:

 

Art. 1 Adiciónese en el Artículo 5 Código 0105 VENTAS EN SITIOS PUBLICOS (PLAZAS, PARQUES, ACERAS, CALLES, Y OTROS SIMILARES) de la siguiente manera:

01-05-09   Ventas en aceras, calles, plazas, parques y otros sitios al día $ 1.00

 

Art. 2 Modifíquese en el Artículo 5 Código 0203 MATRICULAS, PERMISOS, DERECHOS Y LICENICAS, 02-03-06, quedando de la siguiente manera:

02-03-06   Por mantener Torres y antenas para el funcionamiento de telefonía, celular, televisión por cable o radio, cada una al mes $ 250.00

 

Art. 3 Adiciónese en el Artículo 5 Código 02-03 MATRICULAS, PERMISOS, DERECHOS Y LICENCIAS, los siguientes servicios:

02-03-18   Servicios de Video de Vigilancia, en Residencial Los Castaños y Residencial Villa Florencia (Incluye vigilancia Física) por vivienda al mes $ 12.40

03-03-19   Servicio de Jardinería y Mantenimiento, en Residencial Los Castaños y Residencial Villa Florencia por vivienda al mes $ 1.50

03-03-20   Servicio por el mantenimiento del Sistema de Detención de Caudales (Sistema de Drenajes) en Residencial Los Castaños y Residencial Villa Florencia $ 0.57

 

Art. 4.- La presente ordenanza entrará en vigencia a los ocho días siguientes de la publicación en el Diario Oficial.

 

Dado en el salón de sesiones del Concejo Municipal de la ciudad de Sonzacate, Departamento de Sonsonate a los ocho días del mes de enero del año mil diecinueve.

 

HÉCTOR ANTONIO ORELLANA VALLADARES

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MANUEL FRANCISCO TORRES ROMUALDO

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LIC. JUAN CARLOS CÁRCAMO QUIJANO

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Decreto Municipal No. 1 de fecha 08 de enero de 2019, publicado en el Diario Oficial No. 36, Tomo 422 de fecha 21 de febrero de 2019.

DECRETO NÚMERO: 01/2019

 

EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE SONZACATE, DEPARTAMENTO DE SONSONATE.

 

CONSIDERANDO:

I.)     Que de acuerdo con el Art. 203 y 204 numeral 1 y 5 de la Constitución de la República es competencia de los Municipios crear, modificar y suprimir tasas y contribuciones especiales, por la prestación servicios públicos municipales, en las materias de su competencia y la prestación de los servicios;

II.)    Que conforme a los Art. 3 y 30 numeral 4 y 21 del Código Municipal es facultad del Concejo Municipal emitir los acuerdos de creación, modificación y supresión de tasas por los servicios que brinda la municipalidad;

III.)   Que la Ley General Tributaria Municipal en su Art. 77 estipula que compete a los municipios emitir ordenanzas, reglamentos y acuerdos para normar la Administración Tributaria Municipal;

IV.)  Que mediante Acuerdo número uno, inserto en acta número siete, de fecha trece de abril del año dos mil dieciocho el concejo municipal aprobó la ORDENANZA REGULADORA DE TASAS POR SERVICIOS MUNICIPALES DEL MUNICIPIO DE SONZACATE, DEPARTAMENTO DE SONSONATE, siendo imperativo para este concejo municipal actualizarla con nuevos servicios.

 

POR TANTO:

En uso de las facultades que le confiere el Código Municipal y la Ley General Tributaria Municipal.

 

DECRETA:

REFORMA A LA ORDENANZA REGULADORA DE TASAS POR SERVICIOS MUNICIPALES DEL MUNICIPIO DE SONZACATE, DEPARTAMENTO DE SONSONATE, de la siguiente manera:

 

Art. 1 Adiciónese en el Artículo 5 Código 0105 VENTAS EN SITIOS PUBLICOS (PLAZAS, PARQUES, ACERAS, CALLES, Y OTROS SIMILARES) de la siguiente manera:

01-05-09   Ventas en aceras, calles, plazas, parques y otros sitios al día $ 1.00

 

Art. 2 Modifíquese en el Artículo 5 Código 0203 MATRICULAS, PERMISOS, DERECHOS Y LICENICAS, 02-03-06, quedando de la siguiente manera:

02-03-06   Por mantener Torres y antenas para el funcionamiento de telefonía, celular, televisión por cable o radio, cada una al mes $ 250.00

 

Art. 3 Adiciónese en el Artículo 5 Código 02-03 MATRICULAS, PERMISOS, DERECHOS Y LICENCIAS, los siguientes servicios:

02-03-18   Servicios de Video de Vigilancia, en Residencial Los Castaños y Residencial Villa Florencia (Incluye vigilancia Física) por vivienda al mes $ 12.40

03-03-19   Servicio de Jardinería y Mantenimiento, en Residencial Los Castaños y Residencial Villa Florencia por vivienda al mes $ 1.50

03-03-20   Servicio por el mantenimiento del Sistema de Detención de Caudales (Sistema de Drenajes) en Residencial Los Castaños y Residencial Villa Florencia $ 0.57

 

Art. 4.- La presente ordenanza entrará en vigencia a los ocho días siguientes de la publicación en el Diario Oficial.

 

Dado en el salón de sesiones del Concejo Municipal de la ciudad de Sonzacate, Departamento de Sonsonate a los ocho días del mes de enero del año mil diecinueve.

 

HÉCTOR ANTONIO ORELLANA VALLADARES

ALCALDE MUNICIPAL

 

MANUEL FRANCISCO TORRES ROMUALDO

SÍNDICO MUNICIPAL

 

LIC. JUAN CARLOS CÁRCAMO QUIJANO

SECRETARIO MUNICIPAL

 

Decreto Municipal No. 1 de fecha 08 de enero de 2019, publicado en el Diario Oficial No. 36, Tomo 422 de fecha 21 de febrero de 2019.

DECRETO NÚMERO: 01/2019

 

EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE SONZACATE, DEPARTAMENTO DE SONSONATE.

 

CONSIDERANDO:

I.)     Que de acuerdo con el Art. 203 y 204 numeral 1 y 5 de la Constitución de la República es competencia de los Municipios crear, modificar y suprimir tasas y contribuciones especiales, por la prestación servicios públicos municipales, en las materias de su competencia y la prestación de los servicios;

II.)    Que conforme a los Art. 3 y 30 numeral 4 y 21 del Código Municipal es facultad del Concejo Municipal emitir los acuerdos de creación, modificación y supresión de tasas por los servicios que brinda la municipalidad;

III.)   Que la Ley General Tributaria Municipal en su Art. 77 estipula que compete a los municipios emitir ordenanzas, reglamentos y acuerdos para normar la Administración Tributaria Municipal;

IV.)  Que mediante Acuerdo número uno, inserto en acta número siete, de fecha trece de abril del año dos mil dieciocho el concejo municipal aprobó la ORDENANZA REGULADORA DE TASAS POR SERVICIOS MUNICIPALES DEL MUNICIPIO DE SONZACATE, DEPARTAMENTO DE SONSONATE, siendo imperativo para este concejo municipal actualizarla con nuevos servicios.

 

POR TANTO:

En uso de las facultades que le confiere el Código Municipal y la Ley General Tributaria Municipal.

 

DECRETA:

REFORMA A LA ORDENANZA REGULADORA DE TASAS POR SERVICIOS MUNICIPALES DEL MUNICIPIO DE SONZACATE, DEPARTAMENTO DE SONSONATE, de la siguiente manera:

 

Art. 1 Adiciónese en el Artículo 5 Código 0105 VENTAS EN SITIOS PUBLICOS (PLAZAS, PARQUES, ACERAS, CALLES, Y OTROS SIMILARES) de la siguiente manera:

01-05-09   Ventas en aceras, calles, plazas, parques y otros sitios al día $ 1.00

 

Art. 2 Modifíquese en el Artículo 5 Código 0203 MATRICULAS, PERMISOS, DERECHOS Y LICENICAS, 02-03-06, quedando de la siguiente manera:

02-03-06   Por mantener Torres y antenas para el funcionamiento de telefonía, celular, televisión por cable o radio, cada una al mes $ 250.00

 

Art. 3 Adiciónese en el Artículo 5 Código 02-03 MATRICULAS, PERMISOS, DERECHOS Y LICENCIAS, los siguientes servicios:

02-03-18   Servicios de Video de Vigilancia, en Residencial Los Castaños y Residencial Villa Florencia (Incluye vigilancia Física) por vivienda al mes $ 12.40

03-03-19   Servicio de Jardinería y Mantenimiento, en Residencial Los Castaños y Residencial Villa Florencia por vivienda al mes $ 1.50

03-03-20   Servicio por el mantenimiento del Sistema de Detención de Caudales (Sistema de Drenajes) en Residencial Los Castaños y Residencial Villa Florencia $ 0.57

 

Art. 4.- La presente ordenanza entrará en vigencia a los ocho días siguientes de la publicación en el Diario Oficial.

 

Dado en el salón de sesiones del Concejo Municipal de la ciudad de Sonzacate, Departamento de Sonsonate a los ocho días del mes de enero del año mil diecinueve.

 

HÉCTOR ANTONIO ORELLANA VALLADARES

ALCALDE MUNICIPAL

 

MANUEL FRANCISCO TORRES ROMUALDO

SÍNDICO MUNICIPAL

 

LIC. JUAN CARLOS CÁRCAMO QUIJANO

SECRETARIO MUNICIPAL

 

Decreto Municipal No. 1 de fecha 08 de enero de 2019, publicado en el Diario Oficial No. 36, Tomo 422 de fecha 21 de febrero de 2019.

DECRETO NÚMERO: 01/2019

 

EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE SONZACATE, DEPARTAMENTO DE SONSONATE.

 

CONSIDERANDO:

I.)     Que de acuerdo con el Art. 203 y 204 numeral 1 y 5 de la Constitución de la República es competencia de los Municipios crear, modificar y suprimir tasas y contribuciones especiales, por la prestación servicios públicos municipales, en las materias de su competencia y la prestación de los servicios;

II.)    Que conforme a los Art. 3 y 30 numeral 4 y 21 del Código Municipal es facultad del Concejo Municipal emitir los acuerdos de creación, modificación y supresión de tasas por los servicios que brinda la municipalidad;

III.)   Que la Ley General Tributaria Municipal en su Art. 77 estipula que compete a los municipios emitir ordenanzas, reglamentos y acuerdos para normar la Administración Tributaria Municipal;

IV.)  Que mediante Acuerdo número uno, inserto en acta número siete, de fecha trece de abril del año dos mil dieciocho el concejo municipal aprobó la ORDENANZA REGULADORA DE TASAS POR SERVICIOS MUNICIPALES DEL MUNICIPIO DE SONZACATE, DEPARTAMENTO DE SONSONATE, siendo imperativo para este concejo municipal actualizarla con nuevos servicios.

 

POR TANTO:

En uso de las facultades que le confiere el Código Municipal y la Ley General Tributaria Municipal.

 

DECRETA:

REFORMA A LA ORDENANZA REGULADORA DE TASAS POR SERVICIOS MUNICIPALES DEL MUNICIPIO DE SONZACATE, DEPARTAMENTO DE SONSONATE, de la siguiente manera:

 

Art. 1 Adiciónese en el Artículo 5 Código 0105 VENTAS EN SITIOS PUBLICOS (PLAZAS, PARQUES, ACERAS, CALLES, Y OTROS SIMILARES) de la siguiente manera:

01-05-09   Ventas en aceras, calles, plazas, parques y otros sitios al día $ 1.00

 

Art. 2 Modifíquese en el Artículo 5 Código 0203 MATRICULAS, PERMISOS, DERECHOS Y LICENICAS, 02-03-06, quedando de la siguiente manera:

02-03-06   Por mantener Torres y antenas para el funcionamiento de telefonía, celular, televisión por cable o radio, cada una al mes $ 250.00

 

Art. 3 Adiciónese en el Artículo 5 Código 02-03 MATRICULAS, PERMISOS, DERECHOS Y LICENCIAS, los siguientes servicios:

02-03-18   Servicios de Video de Vigilancia, en Residencial Los Castaños y Residencial Villa Florencia (Incluye vigilancia Física) por vivienda al mes $ 12.40

03-03-19   Servicio de Jardinería y Mantenimiento, en Residencial Los Castaños y Residencial Villa Florencia por vivienda al mes $ 1.50

03-03-20   Servicio por el mantenimiento del Sistema de Detención de Caudales (Sistema de Drenajes) en Residencial Los Castaños y Residencial Villa Florencia $ 0.57

 

Art. 4.- La presente ordenanza entrará en vigencia a los ocho días siguientes de la publicación en el Diario Oficial.

 

Dado en el salón de sesiones del Concejo Municipal de la ciudad de Sonzacate, Departamento de Sonsonate a los ocho días del mes de enero del año mil diecinueve.

 

HÉCTOR ANTONIO ORELLANA VALLADARES

ALCALDE MUNICIPAL

 

MANUEL FRANCISCO TORRES ROMUALDO

SÍNDICO MUNICIPAL

 

LIC. JUAN CARLOS CÁRCAMO QUIJANO

SECRETARIO MUNICIPAL

 

Decreto Municipal No. 1 de fecha 08 de enero de 2019, publicado en el Diario Oficial No. 36, Tomo 422 de fecha 21 de febrero de 2019.

DECRETO NÚMERO: 01/2019

 

EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE SONZACATE, DEPARTAMENTO DE SONSONATE.

 

CONSIDERANDO:

I.)     Que de acuerdo con el Art. 203 y 204 numeral 1 y 5 de la Constitución de la República es competencia de los Municipios crear, modificar y suprimir tasas y contribuciones especiales, por la prestación servicios públicos municipales, en las materias de su competencia y la prestación de los servicios;

II.)    Que conforme a los Art. 3 y 30 numeral 4 y 21 del Código Municipal es facultad del Concejo Municipal emitir los acuerdos de creación, modificación y supresión de tasas por los servicios que brinda la municipalidad;

III.)   Que la Ley General Tributaria Municipal en su Art. 77 estipula que compete a los municipios emitir ordenanzas, reglamentos y acuerdos para normar la Administración Tributaria Municipal;

IV.)  Que mediante Acuerdo número uno, inserto en acta número siete, de fecha trece de abril del año dos mil dieciocho el concejo municipal aprobó la ORDENANZA REGULADORA DE TASAS POR SERVICIOS MUNICIPALES DEL MUNICIPIO DE SONZACATE, DEPARTAMENTO DE SONSONATE, siendo imperativo para este concejo municipal actualizarla con nuevos servicios.

 

POR TANTO:

En uso de las facultades que le confiere el Código Municipal y la Ley General Tributaria Municipal.

 

DECRETA:

REFORMA A LA ORDENANZA REGULADORA DE TASAS POR SERVICIOS MUNICIPALES DEL MUNICIPIO DE SONZACATE, DEPARTAMENTO DE SONSONATE, de la siguiente manera:

 

Art. 1 Adiciónese en el Artículo 5 Código 0105 VENTAS EN SITIOS PUBLICOS (PLAZAS, PARQUES, ACERAS, CALLES, Y OTROS SIMILARES) de la siguiente manera:

01-05-09   Ventas en aceras, calles, plazas, parques y otros sitios al día $ 1.00

 

Art. 2 Modifíquese en el Artículo 5 Código 0203 MATRICULAS, PERMISOS, DERECHOS Y LICENICAS, 02-03-06, quedando de la siguiente manera:

02-03-06   Por mantener Torres y antenas para el funcionamiento de telefonía, celular, televisión por cable o radio, cada una al mes $ 250.00

 

Art. 3 Adiciónese en el Artículo 5 Código 02-03 MATRICULAS, PERMISOS, DERECHOS Y LICENCIAS, los siguientes servicios:

02-03-18   Servicios de Video de Vigilancia, en Residencial Los Castaños y Residencial Villa Florencia (Incluye vigilancia Física) por vivienda al mes $ 12.40

03-03-19   Servicio de Jardinería y Mantenimiento, en Residencial Los Castaños y Residencial Villa Florencia por vivienda al mes $ 1.50

03-03-20   Servicio por el mantenimiento del Sistema de Detención de Caudales (Sistema de Drenajes) en Residencial Los Castaños y Residencial Villa Florencia $ 0.57

 

Art. 4.- La presente ordenanza entrará en vigencia a los ocho días siguientes de la publicación en el Diario Oficial.

 

Dado en el salón de sesiones del Concejo Municipal de la ciudad de Sonzacate, Departamento de Sonsonate a los ocho días del mes de enero del año mil diecinueve.

 

HÉCTOR ANTONIO ORELLANA VALLADARES

ALCALDE MUNICIPAL

 

MANUEL FRANCISCO TORRES ROMUALDO

SÍNDICO MUNICIPAL

 

LIC. JUAN CARLOS CÁRCAMO QUIJANO

SECRETARIO MUNICIPAL

 

Decreto Municipal No. 1 de fecha 08 de enero de 2019, publicado en el Diario Oficial No. 36, Tomo 422 de fecha 21 de febrero de 2019.

DECRETO NÚMERO: 01/2019

 

EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE SONZACATE, DEPARTAMENTO DE SONSONATE.

 

CONSIDERANDO:

I.)     Que de acuerdo con el Art. 203 y 204 numeral 1 y 5 de la Constitución de la República es competencia de los Municipios crear, modificar y suprimir tasas y contribuciones especiales, por la prestación servicios públicos municipales, en las materias de su competencia y la prestación de los servicios;

II.)    Que conforme a los Art. 3 y 30 numeral 4 y 21 del Código Municipal es facultad del Concejo Municipal emitir los acuerdos de creación, modificación y supresión de tasas por los servicios que brinda la municipalidad;

III.)   Que la Ley General Tributaria Municipal en su Art. 77 estipula que compete a los municipios emitir ordenanzas, reglamentos y acuerdos para normar la Administración Tributaria Municipal;

IV.)  Que mediante Acuerdo número uno, inserto en acta número siete, de fecha trece de abril del año dos mil dieciocho el concejo municipal aprobó la ORDENANZA REGULADORA DE TASAS POR SERVICIOS MUNICIPALES DEL MUNICIPIO DE SONZACATE, DEPARTAMENTO DE SONSONATE, siendo imperativo para este concejo municipal actualizarla con nuevos servicios.

 

POR TANTO:

En uso de las facultades que le confiere el Código Municipal y la Ley General Tributaria Municipal.

 

DECRETA:

REFORMA A LA ORDENANZA REGULADORA DE TASAS POR SERVICIOS MUNICIPALES DEL MUNICIPIO DE SONZACATE, DEPARTAMENTO DE SONSONATE, de la siguiente manera:

 

Art. 1 Adiciónese en el Artículo 5 Código 0105 VENTAS EN SITIOS PUBLICOS (PLAZAS, PARQUES, ACERAS, CALLES, Y OTROS SIMILARES) de la siguiente manera:

01-05-09   Ventas en aceras, calles, plazas, parques y otros sitios al día $ 1.00

 

Art. 2 Modifíquese en el Artículo 5 Código 0203 MATRICULAS, PERMISOS, DERECHOS Y LICENICAS, 02-03-06, quedando de la siguiente manera:

02-03-06   Por mantener Torres y antenas para el funcionamiento de telefonía, celular, televisión por cable o radio, cada una al mes $ 250.00

 

Art. 3 Adiciónese en el Artículo 5 Código 02-03 MATRICULAS, PERMISOS, DERECHOS Y LICENCIAS, los siguientes servicios:

02-03-18   Servicios de Video de Vigilancia, en Residencial Los Castaños y Residencial Villa Florencia (Incluye vigilancia Física) por vivienda al mes $ 12.40

03-03-19   Servicio de Jardinería y Mantenimiento, en Residencial Los Castaños y Residencial Villa Florencia por vivienda al mes $ 1.50

03-03-20   Servicio por el mantenimiento del Sistema de Detención de Caudales (Sistema de Drenajes) en Residencial Los Castaños y Residencial Villa Florencia $ 0.57

 

Art. 4.- La presente ordenanza entrará en vigencia a los ocho días siguientes de la publicación en el Diario Oficial.

 

Dado en el salón de sesiones del Concejo Municipal de la ciudad de Sonzacate, Departamento de Sonsonate a los ocho días del mes de enero del año mil diecinueve.

 

HÉCTOR ANTONIO ORELLANA VALLADARES

ALCALDE MUNICIPAL

 

MANUEL FRANCISCO TORRES ROMUALDO

SÍNDICO MUNICIPAL

 

LIC. JUAN CARLOS CÁRCAMO QUIJANO

SECRETARIO MUNICIPAL

 

Decreto Municipal No. 1 de fecha 08 de enero de 2019, publicado en el Diario Oficial No. 36, Tomo 422 de fecha 21 de febrero de 2019.

DECRETO NÚMERO: 01/2019

 

EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE SONZACATE, DEPARTAMENTO DE SONSONATE.

 

CONSIDERANDO:

I.)     Que de acuerdo con el Art. 203 y 204 numeral 1 y 5 de la Constitución de la República es competencia de los Municipios crear, modificar y suprimir tasas y contribuciones especiales, por la prestación servicios públicos municipales, en las materias de su competencia y la prestación de los servicios;

II.)    Que conforme a los Art. 3 y 30 numeral 4 y 21 del Código Municipal es facultad del Concejo Municipal emitir los acuerdos de creación, modificación y supresión de tasas por los servicios que brinda la municipalidad;

III.)   Que la Ley General Tributaria Municipal en su Art. 77 estipula que compete a los municipios emitir ordenanzas, reglamentos y acuerdos para normar la Administración Tributaria Municipal;

IV.)  Que mediante Acuerdo número uno, inserto en acta número siete, de fecha trece de abril del año dos mil dieciocho el concejo municipal aprobó la ORDENANZA REGULADORA DE TASAS POR SERVICIOS MUNICIPALES DEL MUNICIPIO DE SONZACATE, DEPARTAMENTO DE SONSONATE, siendo imperativo para este concejo municipal actualizarla con nuevos servicios.

 

POR TANTO:

En uso de las facultades que le confiere el Código Municipal y la Ley General Tributaria Municipal.

 

DECRETA:

REFORMA A LA ORDENANZA REGULADORA DE TASAS POR SERVICIOS MUNICIPALES DEL MUNICIPIO DE SONZACATE, DEPARTAMENTO DE SONSONATE, de la siguiente manera:

 

Art. 1 Adiciónese en el Artículo 5 Código 0105 VENTAS EN SITIOS PUBLICOS (PLAZAS, PARQUES, ACERAS, CALLES, Y OTROS SIMILARES) de la siguiente manera:

01-05-09   Ventas en aceras, calles, plazas, parques y otros sitios al día $ 1.00

 

Art. 2 Modifíquese en el Artículo 5 Código 0203 MATRICULAS, PERMISOS, DERECHOS Y LICENICAS, 02-03-06, quedando de la siguiente manera:

02-03-06   Por mantener Torres y antenas para el funcionamiento de telefonía, celular, televisión por cable o radio, cada una al mes $ 250.00

 

Art. 3 Adiciónese en el Artículo 5 Código 02-03 MATRICULAS, PERMISOS, DERECHOS Y LICENCIAS, los siguientes servicios:

02-03-18   Servicios de Video de Vigilancia, en Residencial Los Castaños y Residencial Villa Florencia (Incluye vigilancia Física) por vivienda al mes $ 12.40

03-03-19   Servicio de Jardinería y Mantenimiento, en Residencial Los Castaños y Residencial Villa Florencia por vivienda al mes $ 1.50

03-03-20   Servicio por el mantenimiento del Sistema de Detención de Caudales (Sistema de Drenajes) en Residencial Los Castaños y Residencial Villa Florencia $ 0.57

 

Art. 4.- La presente ordenanza entrará en vigencia a los ocho días siguientes de la publicación en el Diario Oficial.

 

Dado en el salón de sesiones del Concejo Municipal de la ciudad de Sonzacate, Departamento de Sonsonate a los ocho días del mes de enero del año mil diecinueve.

 

HÉCTOR ANTONIO ORELLANA VALLADARES

ALCALDE MUNICIPAL

 

MANUEL FRANCISCO TORRES ROMUALDO

SÍNDICO MUNICIPAL

 

LIC. JUAN CARLOS CÁRCAMO QUIJANO

SECRETARIO MUNICIPAL

 

Decreto Municipal No. 1 de fecha 08 de enero de 2019, publicado en el Diario Oficial No. 36, Tomo 422 de fecha 21 de febrero de 2019.

DECRETO NÚMERO: 01/2019

 

EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE SONZACATE, DEPARTAMENTO DE SONSONATE.

 

CONSIDERANDO:

I.)     Que de acuerdo con el Art. 203 y 204 numeral 1 y 5 de la Constitución de la República es competencia de los Municipios crear, modificar y suprimir tasas y contribuciones especiales, por la prestación servicios públicos municipales, en las materias de su competencia y la prestación de los servicios;

II.)    Que conforme a los Art. 3 y 30 numeral 4 y 21 del Código Municipal es facultad del Concejo Municipal emitir los acuerdos de creación, modificación y supresión de tasas por los servicios que brinda la municipalidad;

III.)   Que la Ley General Tributaria Municipal en su Art. 77 estipula que compete a los municipios emitir ordenanzas, reglamentos y acuerdos para normar la Administración Tributaria Municipal;

IV.)  Que mediante Acuerdo número uno, inserto en acta número siete, de fecha trece de abril del año dos mil dieciocho el concejo municipal aprobó la ORDENANZA REGULADORA DE TASAS POR SERVICIOS MUNICIPALES DEL MUNICIPIO DE SONZACATE, DEPARTAMENTO DE SONSONATE, siendo imperativo para este concejo municipal actualizarla con nuevos servicios.

 

POR TANTO:

En uso de las facultades que le confiere el Código Municipal y la Ley General Tributaria Municipal.

 

DECRETA:

REFORMA A LA ORDENANZA REGULADORA DE TASAS POR SERVICIOS MUNICIPALES DEL MUNICIPIO DE SONZACATE, DEPARTAMENTO DE SONSONATE, de la siguiente manera:

 

Art. 1 Adiciónese en el Artículo 5 Código 0105 VENTAS EN SITIOS PUBLICOS (PLAZAS, PARQUES, ACERAS, CALLES, Y OTROS SIMILARES) de la siguiente manera:

01-05-09   Ventas en aceras, calles, plazas, parques y otros sitios al día $ 1.00

 

Art. 2 Modifíquese en el Artículo 5 Código 0203 MATRICULAS, PERMISOS, DERECHOS Y LICENICAS, 02-03-06, quedando de la siguiente manera:

02-03-06   Por mantener Torres y antenas para el funcionamiento de telefonía, celular, televisión por cable o radio, cada una al mes $ 250.00

 

Art. 3 Adiciónese en el Artículo 5 Código 02-03 MATRICULAS, PERMISOS, DERECHOS Y LICENCIAS, los siguientes servicios:

02-03-18   Servicios de Video de Vigilancia, en Residencial Los Castaños y Residencial Villa Florencia (Incluye vigilancia Física) por vivienda al mes $ 12.40

03-03-19   Servicio de Jardinería y Mantenimiento, en Residencial Los Castaños y Residencial Villa Florencia por vivienda al mes $ 1.50

03-03-20   Servicio por el mantenimiento del Sistema de Detención de Caudales (Sistema de Drenajes) en Residencial Los Castaños y Residencial Villa Florencia $ 0.57

 

Art. 4.- La presente ordenanza entrará en vigencia a los ocho días siguientes de la publicación en el Diario Oficial.

 

Dado en el salón de sesiones del Concejo Municipal de la ciudad de Sonzacate, Departamento de Sonsonate a los ocho días del mes de enero del año mil diecinueve.

 

HÉCTOR ANTONIO ORELLANA VALLADARES

ALCALDE MUNICIPAL

 

MANUEL FRANCISCO TORRES ROMUALDO

SÍNDICO MUNICIPAL

 

LIC. JUAN CARLOS CÁRCAMO QUIJANO

SECRETARIO MUNICIPAL

 

Decreto Municipal No. 1 de fecha 08 de enero de 2019, publicado en el Diario Oficial No. 36, Tomo 422 de fecha 21 de febrero de 2019.

DECRETO NÚMERO: 01/2019

 

EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE SONZACATE, DEPARTAMENTO DE SONSONATE.

 

CONSIDERANDO:

I.)     Que de acuerdo con el Art. 203 y 204 numeral 1 y 5 de la Constitución de la República es competencia de los Municipios crear, modificar y suprimir tasas y contribuciones especiales, por la prestación servicios públicos municipales, en las materias de su competencia y la prestación de los servicios;

II.)    Que conforme a los Art. 3 y 30 numeral 4 y 21 del Código Municipal es facultad del Concejo Municipal emitir los acuerdos de creación, modificación y supresión de tasas por los servicios que brinda la municipalidad;

III.)   Que la Ley General Tributaria Municipal en su Art. 77 estipula que compete a los municipios emitir ordenanzas, reglamentos y acuerdos para normar la Administración Tributaria Municipal;

IV.)  Que mediante Acuerdo número uno, inserto en acta número siete, de fecha trece de abril del año dos mil dieciocho el concejo municipal aprobó la ORDENANZA REGULADORA DE TASAS POR SERVICIOS MUNICIPALES DEL MUNICIPIO DE SONZACATE, DEPARTAMENTO DE SONSONATE, siendo imperativo para este concejo municipal actualizarla con nuevos servicios.

 

POR TANTO:

En uso de las facultades que le confiere el Código Municipal y la Ley General Tributaria Municipal.

 

DECRETA:

REFORMA A LA ORDENANZA REGULADORA DE TASAS POR SERVICIOS MUNICIPALES DEL MUNICIPIO DE SONZACATE, DEPARTAMENTO DE SONSONATE, de la siguiente manera:

 

Art. 1 Adiciónese en el Artículo 5 Código 0105 VENTAS EN SITIOS PUBLICOS (PLAZAS, PARQUES, ACERAS, CALLES, Y OTROS SIMILARES) de la siguiente manera:

01-05-09   Ventas en aceras, calles, plazas, parques y otros sitios al día $ 1.00

 

Art. 2 Modifíquese en el Artículo 5 Código 0203 MATRICULAS, PERMISOS, DERECHOS Y LICENICAS, 02-03-06, quedando de la siguiente manera:

02-03-06   Por mantener Torres y antenas para el funcionamiento de telefonía, celular, televisión por cable o radio, cada una al mes $ 250.00

 

Art. 3 Adiciónese en el Artículo 5 Código 02-03 MATRICULAS, PERMISOS, DERECHOS Y LICENCIAS, los siguientes servicios:

02-03-18   Servicios de Video de Vigilancia, en Residencial Los Castaños y Residencial Villa Florencia (Incluye vigilancia Física) por vivienda al mes $ 12.40

03-03-19   Servicio de Jardinería y Mantenimiento, en Residencial Los Castaños y Residencial Villa Florencia por vivienda al mes $ 1.50

03-03-20   Servicio por el mantenimiento del Sistema de Detención de Caudales (Sistema de Drenajes) en Residencial Los Castaños y Residencial Villa Florencia $ 0.57

 

Art. 4.- La presente ordenanza entrará en vigencia a los ocho días siguientes de la publicación en el Diario Oficial.

 

Dado en el salón de sesiones del Concejo Municipal de la ciudad de Sonzacate, Departamento de Sonsonate a los ocho días del mes de enero del año mil diecinueve.

 

HÉCTOR ANTONIO ORELLANA VALLADARES

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MANUEL FRANCISCO TORRES ROMUALDO

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LIC. JUAN CARLOS CÁRCAMO QUIJANO

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Decreto Municipal No. 1 de fecha 08 de enero de 2019, publicado en el Diario Oficial No. 36, Tomo 422 de fecha 21 de febrero de 2019.

DECRETO NÚMERO: 01/2019

 

EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE SONZACATE, DEPARTAMENTO DE SONSONATE.

 

CONSIDERANDO:

I.)     Que de acuerdo con el Art. 203 y 204 numeral 1 y 5 de la Constitución de la República es competencia de los Municipios crear, modificar y suprimir tasas y contribuciones especiales, por la prestación servicios públicos municipales, en las materias de su competencia y la prestación de los servicios;

II.)    Que conforme a los Art. 3 y 30 numeral 4 y 21 del Código Municipal es facultad del Concejo Municipal emitir los acuerdos de creación, modificación y supresión de tasas por los servicios que brinda la municipalidad;

III.)   Que la Ley General Tributaria Municipal en su Art. 77 estipula que compete a los municipios emitir ordenanzas, reglamentos y acuerdos para normar la Administración Tributaria Municipal;

IV.)  Que mediante Acuerdo número uno, inserto en acta número siete, de fecha trece de abril del año dos mil dieciocho el concejo municipal aprobó la ORDENANZA REGULADORA DE TASAS POR SERVICIOS MUNICIPALES DEL MUNICIPIO DE SONZACATE, DEPARTAMENTO DE SONSONATE, siendo imperativo para este concejo municipal actualizarla con nuevos servicios.

 

POR TANTO:

En uso de las facultades que le confiere el Código Municipal y la Ley General Tributaria Municipal.

 

DECRETA:

REFORMA A LA ORDENANZA REGULADORA DE TASAS POR SERVICIOS MUNICIPALES DEL MUNICIPIO DE SONZACATE, DEPARTAMENTO DE SONSONATE, de la siguiente manera:

 

Art. 1 Adiciónese en el Artículo 5 Código 0105 VENTAS EN SITIOS PUBLICOS (PLAZAS, PARQUES, ACERAS, CALLES, Y OTROS SIMILARES) de la siguiente manera:

01-05-09   Ventas en aceras, calles, plazas, parques y otros sitios al día $ 1.00

 

Art. 2 Modifíquese en el Artículo 5 Código 0203 MATRICULAS, PERMISOS, DERECHOS Y LICENICAS, 02-03-06, quedando de la siguiente manera:

02-03-06   Por mantener Torres y antenas para el funcionamiento de telefonía, celular, televisión por cable o radio, cada una al mes $ 250.00

 

Art. 3 Adiciónese en el Artículo 5 Código 02-03 MATRICULAS, PERMISOS, DERECHOS Y LICENCIAS, los siguientes servicios:

02-03-18   Servicios de Video de Vigilancia, en Residencial Los Castaños y Residencial Villa Florencia (Incluye vigilancia Física) por vivienda al mes $ 12.40

03-03-19   Servicio de Jardinería y Mantenimiento, en Residencial Los Castaños y Residencial Villa Florencia por vivienda al mes $ 1.50

03-03-20   Servicio por el mantenimiento del Sistema de Detención de Caudales (Sistema de Drenajes) en Residencial Los Castaños y Residencial Villa Florencia $ 0.57

 

Art. 4.- La presente ordenanza entrará en vigencia a los ocho días siguientes de la publicación en el Diario Oficial.

 

Dado en el salón de sesiones del Concejo Municipal de la ciudad de Sonzacate, Departamento de Sonsonate a los ocho días del mes de enero del año mil diecinueve.

 

HÉCTOR ANTONIO ORELLANA VALLADARES

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MANUEL FRANCISCO TORRES ROMUALDO

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LIC. JUAN CARLOS CÁRCAMO QUIJANO

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Decreto Municipal No. 1 de fecha 08 de enero de 2019, publicado en el Diario Oficial No. 36, Tomo 422 de fecha 21 de febrero de 2019.

DECRETO NÚMERO: 01/2019

 

EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE SONZACATE, DEPARTAMENTO DE SONSONATE.

 

CONSIDERANDO:

I.)     Que de acuerdo con el Art. 203 y 204 numeral 1 y 5 de la Constitución de la República es competencia de los Municipios crear, modificar y suprimir tasas y contribuciones especiales, por la prestación servicios públicos municipales, en las materias de su competencia y la prestación de los servicios;

II.)    Que conforme a los Art. 3 y 30 numeral 4 y 21 del Código Municipal es facultad del Concejo Municipal emitir los acuerdos de creación, modificación y supresión de tasas por los servicios que brinda la municipalidad;

III.)   Que la Ley General Tributaria Municipal en su Art. 77 estipula que compete a los municipios emitir ordenanzas, reglamentos y acuerdos para normar la Administración Tributaria Municipal;

IV.)  Que mediante Acuerdo número uno, inserto en acta número siete, de fecha trece de abril del año dos mil dieciocho el concejo municipal aprobó la ORDENANZA REGULADORA DE TASAS POR SERVICIOS MUNICIPALES DEL MUNICIPIO DE SONZACATE, DEPARTAMENTO DE SONSONATE, siendo imperativo para este concejo municipal actualizarla con nuevos servicios.

 

POR TANTO:

En uso de las facultades que le confiere el Código Municipal y la Ley General Tributaria Municipal.

 

DECRETA:

REFORMA A LA ORDENANZA REGULADORA DE TASAS POR SERVICIOS MUNICIPALES DEL MUNICIPIO DE SONZACATE, DEPARTAMENTO DE SONSONATE, de la siguiente manera:

 

Art. 1 Adiciónese en el Artículo 5 Código 0105 VENTAS EN SITIOS PUBLICOS (PLAZAS, PARQUES, ACERAS, CALLES, Y OTROS SIMILARES) de la siguiente manera:

01-05-09   Ventas en aceras, calles, plazas, parques y otros sitios al día $ 1.00

 

Art. 2 Modifíquese en el Artículo 5 Código 0203 MATRICULAS, PERMISOS, DERECHOS Y LICENICAS, 02-03-06, quedando de la siguiente manera:

02-03-06   Por mantener Torres y antenas para el funcionamiento de telefonía, celular, televisión por cable o radio, cada una al mes $ 250.00

 

Art. 3 Adiciónese en el Artículo 5 Código 02-03 MATRICULAS, PERMISOS, DERECHOS Y LICENCIAS, los siguientes servicios:

02-03-18   Servicios de Video de Vigilancia, en Residencial Los Castaños y Residencial Villa Florencia (Incluye vigilancia Física) por vivienda al mes $ 12.40

03-03-19   Servicio de Jardinería y Mantenimiento, en Residencial Los Castaños y Residencial Villa Florencia por vivienda al mes $ 1.50

03-03-20   Servicio por el mantenimiento del Sistema de Detención de Caudales (Sistema de Drenajes) en Residencial Los Castaños y Residencial Villa Florencia $ 0.57

 

Art. 4.- La presente ordenanza entrará en vigencia a los ocho días siguientes de la publicación en el Diario Oficial.

 

Dado en el salón de sesiones del Concejo Municipal de la ciudad de Sonzacate, Departamento de Sonsonate a los ocho días del mes de enero del año mil diecinueve.

 

HÉCTOR ANTONIO ORELLANA VALLADARES

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MANUEL FRANCISCO TORRES ROMUALDO

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LIC. JUAN CARLOS CÁRCAMO QUIJANO

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Decreto Municipal No. 1 de fecha 08 de enero de 2019, publicado en el Diario Oficial No. 36, Tomo 422 de fecha 21 de febrero de 2019.