DECRETO
NÚMERO: 01/2019
EL CONCEJO
MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE SONZACATE, DEPARTAMENTO DE SONSONATE.
CONSIDERANDO:
I.) Que de acuerdo con el Art. 203 y 204
numeral 1 y 5 de la Constitución de la República es competencia de los
Municipios crear, modificar y suprimir tasas y contribuciones especiales, por
la prestación servicios públicos municipales, en las materias de su competencia
y la prestación de los servicios;
II.) Que conforme a los Art. 3 y 30 numeral 4 y
21 del Código Municipal es facultad del Concejo Municipal emitir los acuerdos
de creación, modificación y supresión de tasas por los servicios que brinda la
municipalidad;
III.) Que la Ley General Tributaria Municipal en su
Art. 77 estipula que compete a los municipios emitir ordenanzas, reglamentos y
acuerdos para normar la Administración Tributaria Municipal;
IV.) Que mediante Acuerdo número uno, inserto en
acta número siete, de fecha trece de abril del año dos mil dieciocho el concejo
municipal aprobó la ORDENANZA REGULADORA DE TASAS POR SERVICIOS MUNICIPALES DEL
MUNICIPIO DE SONZACATE, DEPARTAMENTO DE SONSONATE, siendo imperativo para este
concejo municipal actualizarla con nuevos servicios.
POR TANTO:
En
uso de las facultades que le confiere el Código Municipal y la Ley General
Tributaria Municipal.
DECRETA:
REFORMA A LA ORDENANZA REGULADORA DE TASAS POR SERVICIOS
MUNICIPALES DEL MUNICIPIO DE SONZACATE, DEPARTAMENTO DE SONSONATE, de la
siguiente manera:
Art.
1 Adiciónese en el Artículo 5 Código 0105 VENTAS EN SITIOS PUBLICOS (PLAZAS,
PARQUES, ACERAS, CALLES, Y OTROS SIMILARES) de la siguiente manera:
01-05-09 Ventas en aceras, calles, plazas, parques y
otros sitios al día $ 1.00
Art.
2 Modifíquese en el Artículo 5 Código 0203 MATRICULAS, PERMISOS, DERECHOS Y
LICENICAS, 02-03-06, quedando de la siguiente manera:
02-03-06 Por mantener Torres y antenas para el
funcionamiento de telefonía, celular, televisión por cable o radio, cada una al
mes $ 250.00
Art.
3 Adiciónese en el Artículo 5 Código 02-03 MATRICULAS, PERMISOS, DERECHOS Y
LICENCIAS, los siguientes servicios:
02-03-18 Servicios de Video de Vigilancia, en
Residencial Los Castaños y Residencial Villa Florencia (Incluye vigilancia
Física) por vivienda al mes $ 12.40
03-03-19 Servicio de Jardinería y Mantenimiento, en
Residencial Los Castaños y Residencial Villa Florencia por vivienda al mes $
1.50
03-03-20 Servicio por el mantenimiento del Sistema de
Detención de Caudales (Sistema de Drenajes) en Residencial Los Castaños y
Residencial Villa Florencia $ 0.57
Art.
4.- La presente ordenanza entrará en vigencia a los ocho días siguientes de la
publicación en el Diario Oficial.
Dado
en el salón de sesiones del Concejo Municipal de la ciudad de Sonzacate,
Departamento de Sonsonate a los ocho días del mes de enero del año mil
diecinueve.
HÉCTOR ANTONIO ORELLANA VALLADARES
ALCALDE MUNICIPAL
MANUEL FRANCISCO TORRES ROMUALDO
SÍNDICO MUNICIPAL
LIC. JUAN CARLOS CÁRCAMO QUIJANO
SECRETARIO MUNICIPAL
Decreto
Municipal No. 1 de fecha 08 de enero de 2019, publicado en el Diario Oficial
No. 36, Tomo 422 de fecha 21 de febrero de 2019.
DECRETO
NÚMERO: 01/2019
EL CONCEJO
MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE SONZACATE, DEPARTAMENTO DE SONSONATE.
CONSIDERANDO:
I.) Que de acuerdo con el Art. 203 y 204
numeral 1 y 5 de la Constitución de la República es competencia de los
Municipios crear, modificar y suprimir tasas y contribuciones especiales, por
la prestación servicios públicos municipales, en las materias de su competencia
y la prestación de los servicios;
II.) Que conforme a los Art. 3 y 30 numeral 4 y
21 del Código Municipal es facultad del Concejo Municipal emitir los acuerdos
de creación, modificación y supresión de tasas por los servicios que brinda la
municipalidad;
III.) Que la Ley General Tributaria Municipal en su
Art. 77 estipula que compete a los municipios emitir ordenanzas, reglamentos y
acuerdos para normar la Administración Tributaria Municipal;
IV.) Que mediante Acuerdo número uno, inserto en
acta número siete, de fecha trece de abril del año dos mil dieciocho el concejo
municipal aprobó la ORDENANZA REGULADORA DE TASAS POR SERVICIOS MUNICIPALES DEL
MUNICIPIO DE SONZACATE, DEPARTAMENTO DE SONSONATE, siendo imperativo para este
concejo municipal actualizarla con nuevos servicios.
POR TANTO:
En
uso de las facultades que le confiere el Código Municipal y la Ley General
Tributaria Municipal.
DECRETA:
REFORMA A LA ORDENANZA REGULADORA DE TASAS POR SERVICIOS
MUNICIPALES DEL MUNICIPIO DE SONZACATE, DEPARTAMENTO DE SONSONATE, de la
siguiente manera:
Art.
1 Adiciónese en el Artículo 5 Código 0105 VENTAS EN SITIOS PUBLICOS (PLAZAS,
PARQUES, ACERAS, CALLES, Y OTROS SIMILARES) de la siguiente manera:
01-05-09 Ventas en aceras, calles, plazas, parques y
otros sitios al día $ 1.00
Art.
2 Modifíquese en el Artículo 5 Código 0203 MATRICULAS, PERMISOS, DERECHOS Y
LICENICAS, 02-03-06, quedando de la siguiente manera:
02-03-06 Por mantener Torres y antenas para el
funcionamiento de telefonía, celular, televisión por cable o radio, cada una al
mes $ 250.00
Art.
3 Adiciónese en el Artículo 5 Código 02-03 MATRICULAS, PERMISOS, DERECHOS Y
LICENCIAS, los siguientes servicios:
02-03-18 Servicios de Video de Vigilancia, en
Residencial Los Castaños y Residencial Villa Florencia (Incluye vigilancia
Física) por vivienda al mes $ 12.40
03-03-19 Servicio de Jardinería y Mantenimiento, en
Residencial Los Castaños y Residencial Villa Florencia por vivienda al mes $
1.50
03-03-20 Servicio por el mantenimiento del Sistema de
Detención de Caudales (Sistema de Drenajes) en Residencial Los Castaños y
Residencial Villa Florencia $ 0.57
Art.
4.- La presente ordenanza entrará en vigencia a los ocho días siguientes de la
publicación en el Diario Oficial.
Dado
en el salón de sesiones del Concejo Municipal de la ciudad de Sonzacate,
Departamento de Sonsonate a los ocho días del mes de enero del año mil
diecinueve.
HÉCTOR ANTONIO ORELLANA VALLADARES
ALCALDE MUNICIPAL
MANUEL FRANCISCO TORRES ROMUALDO
SÍNDICO MUNICIPAL
LIC. JUAN CARLOS CÁRCAMO QUIJANO
SECRETARIO MUNICIPAL
Decreto
Municipal No. 1 de fecha 08 de enero de 2019, publicado en el Diario Oficial
No. 36, Tomo 422 de fecha 21 de febrero de 2019.
DECRETO
NÚMERO: 01/2019
EL CONCEJO
MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE SONZACATE, DEPARTAMENTO DE SONSONATE.
CONSIDERANDO:
I.) Que de acuerdo con el Art. 203 y 204
numeral 1 y 5 de la Constitución de la República es competencia de los
Municipios crear, modificar y suprimir tasas y contribuciones especiales, por
la prestación servicios públicos municipales, en las materias de su competencia
y la prestación de los servicios;
II.) Que conforme a los Art. 3 y 30 numeral 4 y
21 del Código Municipal es facultad del Concejo Municipal emitir los acuerdos
de creación, modificación y supresión de tasas por los servicios que brinda la
municipalidad;
III.) Que la Ley General Tributaria Municipal en su
Art. 77 estipula que compete a los municipios emitir ordenanzas, reglamentos y
acuerdos para normar la Administración Tributaria Municipal;
IV.) Que mediante Acuerdo número uno, inserto en
acta número siete, de fecha trece de abril del año dos mil dieciocho el concejo
municipal aprobó la ORDENANZA REGULADORA DE TASAS POR SERVICIOS MUNICIPALES DEL
MUNICIPIO DE SONZACATE, DEPARTAMENTO DE SONSONATE, siendo imperativo para este
concejo municipal actualizarla con nuevos servicios.
POR TANTO:
En
uso de las facultades que le confiere el Código Municipal y la Ley General
Tributaria Municipal.
DECRETA:
REFORMA A LA ORDENANZA REGULADORA DE TASAS POR SERVICIOS
MUNICIPALES DEL MUNICIPIO DE SONZACATE, DEPARTAMENTO DE SONSONATE, de la
siguiente manera:
Art.
1 Adiciónese en el Artículo 5 Código 0105 VENTAS EN SITIOS PUBLICOS (PLAZAS,
PARQUES, ACERAS, CALLES, Y OTROS SIMILARES) de la siguiente manera:
01-05-09 Ventas en aceras, calles, plazas, parques y
otros sitios al día $ 1.00
Art.
2 Modifíquese en el Artículo 5 Código 0203 MATRICULAS, PERMISOS, DERECHOS Y
LICENICAS, 02-03-06, quedando de la siguiente manera:
02-03-06 Por mantener Torres y antenas para el
funcionamiento de telefonía, celular, televisión por cable o radio, cada una al
mes $ 250.00
Art.
3 Adiciónese en el Artículo 5 Código 02-03 MATRICULAS, PERMISOS, DERECHOS Y
LICENCIAS, los siguientes servicios:
02-03-18 Servicios de Video de Vigilancia, en
Residencial Los Castaños y Residencial Villa Florencia (Incluye vigilancia
Física) por vivienda al mes $ 12.40
03-03-19 Servicio de Jardinería y Mantenimiento, en
Residencial Los Castaños y Residencial Villa Florencia por vivienda al mes $
1.50
03-03-20 Servicio por el mantenimiento del Sistema de
Detención de Caudales (Sistema de Drenajes) en Residencial Los Castaños y
Residencial Villa Florencia $ 0.57
Art.
4.- La presente ordenanza entrará en vigencia a los ocho días siguientes de la
publicación en el Diario Oficial.
Dado
en el salón de sesiones del Concejo Municipal de la ciudad de Sonzacate,
Departamento de Sonsonate a los ocho días del mes de enero del año mil
diecinueve.
HÉCTOR ANTONIO ORELLANA VALLADARES
ALCALDE MUNICIPAL
MANUEL FRANCISCO TORRES ROMUALDO
SÍNDICO MUNICIPAL
LIC. JUAN CARLOS CÁRCAMO QUIJANO
SECRETARIO MUNICIPAL
Decreto
Municipal No. 1 de fecha 08 de enero de 2019, publicado en el Diario Oficial
No. 36, Tomo 422 de fecha 21 de febrero de 2019.
DECRETO
NÚMERO: 01/2019
EL CONCEJO
MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE SONZACATE, DEPARTAMENTO DE SONSONATE.
CONSIDERANDO:
I.) Que de acuerdo con el Art. 203 y 204
numeral 1 y 5 de la Constitución de la República es competencia de los
Municipios crear, modificar y suprimir tasas y contribuciones especiales, por
la prestación servicios públicos municipales, en las materias de su competencia
y la prestación de los servicios;
II.) Que conforme a los Art. 3 y 30 numeral 4 y
21 del Código Municipal es facultad del Concejo Municipal emitir los acuerdos
de creación, modificación y supresión de tasas por los servicios que brinda la
municipalidad;
III.) Que la Ley General Tributaria Municipal en su
Art. 77 estipula que compete a los municipios emitir ordenanzas, reglamentos y
acuerdos para normar la Administración Tributaria Municipal;
IV.) Que mediante Acuerdo número uno, inserto en
acta número siete, de fecha trece de abril del año dos mil dieciocho el concejo
municipal aprobó la ORDENANZA REGULADORA DE TASAS POR SERVICIOS MUNICIPALES DEL
MUNICIPIO DE SONZACATE, DEPARTAMENTO DE SONSONATE, siendo imperativo para este
concejo municipal actualizarla con nuevos servicios.
POR TANTO:
En
uso de las facultades que le confiere el Código Municipal y la Ley General
Tributaria Municipal.
DECRETA:
REFORMA A LA ORDENANZA REGULADORA DE TASAS POR SERVICIOS
MUNICIPALES DEL MUNICIPIO DE SONZACATE, DEPARTAMENTO DE SONSONATE, de la
siguiente manera:
Art.
1 Adiciónese en el Artículo 5 Código 0105 VENTAS EN SITIOS PUBLICOS (PLAZAS,
PARQUES, ACERAS, CALLES, Y OTROS SIMILARES) de la siguiente manera:
01-05-09 Ventas en aceras, calles, plazas, parques y
otros sitios al día $ 1.00
Art.
2 Modifíquese en el Artículo 5 Código 0203 MATRICULAS, PERMISOS, DERECHOS Y
LICENICAS, 02-03-06, quedando de la siguiente manera:
02-03-06 Por mantener Torres y antenas para el
funcionamiento de telefonía, celular, televisión por cable o radio, cada una al
mes $ 250.00
Art.
3 Adiciónese en el Artículo 5 Código 02-03 MATRICULAS, PERMISOS, DERECHOS Y
LICENCIAS, los siguientes servicios:
02-03-18 Servicios de Video de Vigilancia, en
Residencial Los Castaños y Residencial Villa Florencia (Incluye vigilancia
Física) por vivienda al mes $ 12.40
03-03-19 Servicio de Jardinería y Mantenimiento, en
Residencial Los Castaños y Residencial Villa Florencia por vivienda al mes $
1.50
03-03-20 Servicio por el mantenimiento del Sistema de
Detención de Caudales (Sistema de Drenajes) en Residencial Los Castaños y
Residencial Villa Florencia $ 0.57
Art.
4.- La presente ordenanza entrará en vigencia a los ocho días siguientes de la
publicación en el Diario Oficial.
Dado
en el salón de sesiones del Concejo Municipal de la ciudad de Sonzacate,
Departamento de Sonsonate a los ocho días del mes de enero del año mil
diecinueve.
HÉCTOR ANTONIO ORELLANA VALLADARES
ALCALDE MUNICIPAL
MANUEL FRANCISCO TORRES ROMUALDO
SÍNDICO MUNICIPAL
LIC. JUAN CARLOS CÁRCAMO QUIJANO
SECRETARIO MUNICIPAL
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No. 36, Tomo 422 de fecha 21 de febrero de 2019.
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NÚMERO: 01/2019
EL CONCEJO
MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE SONZACATE, DEPARTAMENTO DE SONSONATE.
CONSIDERANDO:
I.) Que de acuerdo con el Art. 203 y 204
numeral 1 y 5 de la Constitución de la República es competencia de los
Municipios crear, modificar y suprimir tasas y contribuciones especiales, por
la prestación servicios públicos municipales, en las materias de su competencia
y la prestación de los servicios;
II.) Que conforme a los Art. 3 y 30 numeral 4 y
21 del Código Municipal es facultad del Concejo Municipal emitir los acuerdos
de creación, modificación y supresión de tasas por los servicios que brinda la
municipalidad;
III.) Que la Ley General Tributaria Municipal en su
Art. 77 estipula que compete a los municipios emitir ordenanzas, reglamentos y
acuerdos para normar la Administración Tributaria Municipal;
IV.) Que mediante Acuerdo número uno, inserto en
acta número siete, de fecha trece de abril del año dos mil dieciocho el concejo
municipal aprobó la ORDENANZA REGULADORA DE TASAS POR SERVICIOS MUNICIPALES DEL
MUNICIPIO DE SONZACATE, DEPARTAMENTO DE SONSONATE, siendo imperativo para este
concejo municipal actualizarla con nuevos servicios.
POR TANTO:
En
uso de las facultades que le confiere el Código Municipal y la Ley General
Tributaria Municipal.
DECRETA:
REFORMA A LA ORDENANZA REGULADORA DE TASAS POR SERVICIOS
MUNICIPALES DEL MUNICIPIO DE SONZACATE, DEPARTAMENTO DE SONSONATE, de la
siguiente manera:
Art.
1 Adiciónese en el Artículo 5 Código 0105 VENTAS EN SITIOS PUBLICOS (PLAZAS,
PARQUES, ACERAS, CALLES, Y OTROS SIMILARES) de la siguiente manera:
01-05-09 Ventas en aceras, calles, plazas, parques y
otros sitios al día $ 1.00
Art.
2 Modifíquese en el Artículo 5 Código 0203 MATRICULAS, PERMISOS, DERECHOS Y
LICENICAS, 02-03-06, quedando de la siguiente manera:
02-03-06 Por mantener Torres y antenas para el
funcionamiento de telefonía, celular, televisión por cable o radio, cada una al
mes $ 250.00
Art.
3 Adiciónese en el Artículo 5 Código 02-03 MATRICULAS, PERMISOS, DERECHOS Y
LICENCIAS, los siguientes servicios:
02-03-18 Servicios de Video de Vigilancia, en
Residencial Los Castaños y Residencial Villa Florencia (Incluye vigilancia
Física) por vivienda al mes $ 12.40
03-03-19 Servicio de Jardinería y Mantenimiento, en
Residencial Los Castaños y Residencial Villa Florencia por vivienda al mes $
1.50
03-03-20 Servicio por el mantenimiento del Sistema de
Detención de Caudales (Sistema de Drenajes) en Residencial Los Castaños y
Residencial Villa Florencia $ 0.57
Art.
4.- La presente ordenanza entrará en vigencia a los ocho días siguientes de la
publicación en el Diario Oficial.
Dado
en el salón de sesiones del Concejo Municipal de la ciudad de Sonzacate,
Departamento de Sonsonate a los ocho días del mes de enero del año mil
diecinueve.
HÉCTOR ANTONIO ORELLANA VALLADARES
ALCALDE MUNICIPAL
MANUEL FRANCISCO TORRES ROMUALDO
SÍNDICO MUNICIPAL
LIC. JUAN CARLOS CÁRCAMO QUIJANO
SECRETARIO MUNICIPAL
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No. 36, Tomo 422 de fecha 21 de febrero de 2019.
DECRETO
NÚMERO: 01/2019
EL CONCEJO
MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE SONZACATE, DEPARTAMENTO DE SONSONATE.
CONSIDERANDO:
I.) Que de acuerdo con el Art. 203 y 204
numeral 1 y 5 de la Constitución de la República es competencia de los
Municipios crear, modificar y suprimir tasas y contribuciones especiales, por
la prestación servicios públicos municipales, en las materias de su competencia
y la prestación de los servicios;
II.) Que conforme a los Art. 3 y 30 numeral 4 y
21 del Código Municipal es facultad del Concejo Municipal emitir los acuerdos
de creación, modificación y supresión de tasas por los servicios que brinda la
municipalidad;
III.) Que la Ley General Tributaria Municipal en su
Art. 77 estipula que compete a los municipios emitir ordenanzas, reglamentos y
acuerdos para normar la Administración Tributaria Municipal;
IV.) Que mediante Acuerdo número uno, inserto en
acta número siete, de fecha trece de abril del año dos mil dieciocho el concejo
municipal aprobó la ORDENANZA REGULADORA DE TASAS POR SERVICIOS MUNICIPALES DEL
MUNICIPIO DE SONZACATE, DEPARTAMENTO DE SONSONATE, siendo imperativo para este
concejo municipal actualizarla con nuevos servicios.
POR TANTO:
En
uso de las facultades que le confiere el Código Municipal y la Ley General
Tributaria Municipal.
DECRETA:
REFORMA A LA ORDENANZA REGULADORA DE TASAS POR SERVICIOS
MUNICIPALES DEL MUNICIPIO DE SONZACATE, DEPARTAMENTO DE SONSONATE, de la
siguiente manera:
Art.
1 Adiciónese en el Artículo 5 Código 0105 VENTAS EN SITIOS PUBLICOS (PLAZAS,
PARQUES, ACERAS, CALLES, Y OTROS SIMILARES) de la siguiente manera:
01-05-09 Ventas en aceras, calles, plazas, parques y
otros sitios al día $ 1.00
Art.
2 Modifíquese en el Artículo 5 Código 0203 MATRICULAS, PERMISOS, DERECHOS Y
LICENICAS, 02-03-06, quedando de la siguiente manera:
02-03-06 Por mantener Torres y antenas para el
funcionamiento de telefonía, celular, televisión por cable o radio, cada una al
mes $ 250.00
Art.
3 Adiciónese en el Artículo 5 Código 02-03 MATRICULAS, PERMISOS, DERECHOS Y
LICENCIAS, los siguientes servicios:
02-03-18 Servicios de Video de Vigilancia, en
Residencial Los Castaños y Residencial Villa Florencia (Incluye vigilancia
Física) por vivienda al mes $ 12.40
03-03-19 Servicio de Jardinería y Mantenimiento, en
Residencial Los Castaños y Residencial Villa Florencia por vivienda al mes $
1.50
03-03-20 Servicio por el mantenimiento del Sistema de
Detención de Caudales (Sistema de Drenajes) en Residencial Los Castaños y
Residencial Villa Florencia $ 0.57
Art.
4.- La presente ordenanza entrará en vigencia a los ocho días siguientes de la
publicación en el Diario Oficial.
Dado
en el salón de sesiones del Concejo Municipal de la ciudad de Sonzacate,
Departamento de Sonsonate a los ocho días del mes de enero del año mil
diecinueve.
HÉCTOR ANTONIO ORELLANA VALLADARES
ALCALDE MUNICIPAL
MANUEL FRANCISCO TORRES ROMUALDO
SÍNDICO MUNICIPAL
LIC. JUAN CARLOS CÁRCAMO QUIJANO
SECRETARIO MUNICIPAL
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No. 36, Tomo 422 de fecha 21 de febrero de 2019.
DECRETO
NÚMERO: 01/2019
EL CONCEJO
MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE SONZACATE, DEPARTAMENTO DE SONSONATE.
CONSIDERANDO:
I.) Que de acuerdo con el Art. 203 y 204
numeral 1 y 5 de la Constitución de la República es competencia de los
Municipios crear, modificar y suprimir tasas y contribuciones especiales, por
la prestación servicios públicos municipales, en las materias de su competencia
y la prestación de los servicios;
II.) Que conforme a los Art. 3 y 30 numeral 4 y
21 del Código Municipal es facultad del Concejo Municipal emitir los acuerdos
de creación, modificación y supresión de tasas por los servicios que brinda la
municipalidad;
III.) Que la Ley General Tributaria Municipal en su
Art. 77 estipula que compete a los municipios emitir ordenanzas, reglamentos y
acuerdos para normar la Administración Tributaria Municipal;
IV.) Que mediante Acuerdo número uno, inserto en
acta número siete, de fecha trece de abril del año dos mil dieciocho el concejo
municipal aprobó la ORDENANZA REGULADORA DE TASAS POR SERVICIOS MUNICIPALES DEL
MUNICIPIO DE SONZACATE, DEPARTAMENTO DE SONSONATE, siendo imperativo para este
concejo municipal actualizarla con nuevos servicios.
POR TANTO:
En
uso de las facultades que le confiere el Código Municipal y la Ley General
Tributaria Municipal.
DECRETA:
REFORMA A LA ORDENANZA REGULADORA DE TASAS POR SERVICIOS
MUNICIPALES DEL MUNICIPIO DE SONZACATE, DEPARTAMENTO DE SONSONATE, de la
siguiente manera:
Art.
1 Adiciónese en el Artículo 5 Código 0105 VENTAS EN SITIOS PUBLICOS (PLAZAS,
PARQUES, ACERAS, CALLES, Y OTROS SIMILARES) de la siguiente manera:
01-05-09 Ventas en aceras, calles, plazas, parques y
otros sitios al día $ 1.00
Art.
2 Modifíquese en el Artículo 5 Código 0203 MATRICULAS, PERMISOS, DERECHOS Y
LICENICAS, 02-03-06, quedando de la siguiente manera:
02-03-06 Por mantener Torres y antenas para el
funcionamiento de telefonía, celular, televisión por cable o radio, cada una al
mes $ 250.00
Art.
3 Adiciónese en el Artículo 5 Código 02-03 MATRICULAS, PERMISOS, DERECHOS Y
LICENCIAS, los siguientes servicios:
02-03-18 Servicios de Video de Vigilancia, en
Residencial Los Castaños y Residencial Villa Florencia (Incluye vigilancia
Física) por vivienda al mes $ 12.40
03-03-19 Servicio de Jardinería y Mantenimiento, en
Residencial Los Castaños y Residencial Villa Florencia por vivienda al mes $
1.50
03-03-20 Servicio por el mantenimiento del Sistema de
Detención de Caudales (Sistema de Drenajes) en Residencial Los Castaños y
Residencial Villa Florencia $ 0.57
Art.
4.- La presente ordenanza entrará en vigencia a los ocho días siguientes de la
publicación en el Diario Oficial.
Dado
en el salón de sesiones del Concejo Municipal de la ciudad de Sonzacate,
Departamento de Sonsonate a los ocho días del mes de enero del año mil
diecinueve.
HÉCTOR ANTONIO ORELLANA VALLADARES
ALCALDE MUNICIPAL
MANUEL FRANCISCO TORRES ROMUALDO
SÍNDICO MUNICIPAL
LIC. JUAN CARLOS CÁRCAMO QUIJANO
SECRETARIO MUNICIPAL
Decreto
Municipal No. 1 de fecha 08 de enero de 2019, publicado en el Diario Oficial
No. 36, Tomo 422 de fecha 21 de febrero de 2019.
DECRETO
NÚMERO: 01/2019
EL CONCEJO
MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE SONZACATE, DEPARTAMENTO DE SONSONATE.
CONSIDERANDO:
I.) Que de acuerdo con el Art. 203 y 204
numeral 1 y 5 de la Constitución de la República es competencia de los
Municipios crear, modificar y suprimir tasas y contribuciones especiales, por
la prestación servicios públicos municipales, en las materias de su competencia
y la prestación de los servicios;
II.) Que conforme a los Art. 3 y 30 numeral 4 y
21 del Código Municipal es facultad del Concejo Municipal emitir los acuerdos
de creación, modificación y supresión de tasas por los servicios que brinda la
municipalidad;
III.) Que la Ley General Tributaria Municipal en su
Art. 77 estipula que compete a los municipios emitir ordenanzas, reglamentos y
acuerdos para normar la Administración Tributaria Municipal;
IV.) Que mediante Acuerdo número uno, inserto en
acta número siete, de fecha trece de abril del año dos mil dieciocho el concejo
municipal aprobó la ORDENANZA REGULADORA DE TASAS POR SERVICIOS MUNICIPALES DEL
MUNICIPIO DE SONZACATE, DEPARTAMENTO DE SONSONATE, siendo imperativo para este
concejo municipal actualizarla con nuevos servicios.
POR TANTO:
En
uso de las facultades que le confiere el Código Municipal y la Ley General
Tributaria Municipal.
DECRETA:
REFORMA A LA ORDENANZA REGULADORA DE TASAS POR SERVICIOS
MUNICIPALES DEL MUNICIPIO DE SONZACATE, DEPARTAMENTO DE SONSONATE, de la
siguiente manera:
Art.
1 Adiciónese en el Artículo 5 Código 0105 VENTAS EN SITIOS PUBLICOS (PLAZAS,
PARQUES, ACERAS, CALLES, Y OTROS SIMILARES) de la siguiente manera:
01-05-09 Ventas en aceras, calles, plazas, parques y
otros sitios al día $ 1.00
Art.
2 Modifíquese en el Artículo 5 Código 0203 MATRICULAS, PERMISOS, DERECHOS Y
LICENICAS, 02-03-06, quedando de la siguiente manera:
02-03-06 Por mantener Torres y antenas para el
funcionamiento de telefonía, celular, televisión por cable o radio, cada una al
mes $ 250.00
Art.
3 Adiciónese en el Artículo 5 Código 02-03 MATRICULAS, PERMISOS, DERECHOS Y
LICENCIAS, los siguientes servicios:
02-03-18 Servicios de Video de Vigilancia, en
Residencial Los Castaños y Residencial Villa Florencia (Incluye vigilancia
Física) por vivienda al mes $ 12.40
03-03-19 Servicio de Jardinería y Mantenimiento, en
Residencial Los Castaños y Residencial Villa Florencia por vivienda al mes $
1.50
03-03-20 Servicio por el mantenimiento del Sistema de
Detención de Caudales (Sistema de Drenajes) en Residencial Los Castaños y
Residencial Villa Florencia $ 0.57
Art.
4.- La presente ordenanza entrará en vigencia a los ocho días siguientes de la
publicación en el Diario Oficial.
Dado
en el salón de sesiones del Concejo Municipal de la ciudad de Sonzacate,
Departamento de Sonsonate a los ocho días del mes de enero del año mil
diecinueve.
HÉCTOR ANTONIO ORELLANA VALLADARES
ALCALDE MUNICIPAL
MANUEL FRANCISCO TORRES ROMUALDO
SÍNDICO MUNICIPAL
LIC. JUAN CARLOS CÁRCAMO QUIJANO
SECRETARIO MUNICIPAL
Decreto
Municipal No. 1 de fecha 08 de enero de 2019, publicado en el Diario Oficial
No. 36, Tomo 422 de fecha 21 de febrero de 2019.
DECRETO
NÚMERO: 01/2019
EL CONCEJO
MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE SONZACATE, DEPARTAMENTO DE SONSONATE.
CONSIDERANDO:
I.) Que de acuerdo con el Art. 203 y 204
numeral 1 y 5 de la Constitución de la República es competencia de los
Municipios crear, modificar y suprimir tasas y contribuciones especiales, por
la prestación servicios públicos municipales, en las materias de su competencia
y la prestación de los servicios;
II.) Que conforme a los Art. 3 y 30 numeral 4 y
21 del Código Municipal es facultad del Concejo Municipal emitir los acuerdos
de creación, modificación y supresión de tasas por los servicios que brinda la
municipalidad;
III.) Que la Ley General Tributaria Municipal en su
Art. 77 estipula que compete a los municipios emitir ordenanzas, reglamentos y
acuerdos para normar la Administración Tributaria Municipal;
IV.) Que mediante Acuerdo número uno, inserto en
acta número siete, de fecha trece de abril del año dos mil dieciocho el concejo
municipal aprobó la ORDENANZA REGULADORA DE TASAS POR SERVICIOS MUNICIPALES DEL
MUNICIPIO DE SONZACATE, DEPARTAMENTO DE SONSONATE, siendo imperativo para este
concejo municipal actualizarla con nuevos servicios.
POR TANTO:
En
uso de las facultades que le confiere el Código Municipal y la Ley General
Tributaria Municipal.
DECRETA:
REFORMA A LA ORDENANZA REGULADORA DE TASAS POR SERVICIOS
MUNICIPALES DEL MUNICIPIO DE SONZACATE, DEPARTAMENTO DE SONSONATE, de la
siguiente manera:
Art.
1 Adiciónese en el Artículo 5 Código 0105 VENTAS EN SITIOS PUBLICOS (PLAZAS,
PARQUES, ACERAS, CALLES, Y OTROS SIMILARES) de la siguiente manera:
01-05-09 Ventas en aceras, calles, plazas, parques y
otros sitios al día $ 1.00
Art.
2 Modifíquese en el Artículo 5 Código 0203 MATRICULAS, PERMISOS, DERECHOS Y
LICENICAS, 02-03-06, quedando de la siguiente manera:
02-03-06 Por mantener Torres y antenas para el
funcionamiento de telefonía, celular, televisión por cable o radio, cada una al
mes $ 250.00
Art.
3 Adiciónese en el Artículo 5 Código 02-03 MATRICULAS, PERMISOS, DERECHOS Y
LICENCIAS, los siguientes servicios:
02-03-18 Servicios de Video de Vigilancia, en
Residencial Los Castaños y Residencial Villa Florencia (Incluye vigilancia
Física) por vivienda al mes $ 12.40
03-03-19 Servicio de Jardinería y Mantenimiento, en
Residencial Los Castaños y Residencial Villa Florencia por vivienda al mes $
1.50
03-03-20 Servicio por el mantenimiento del Sistema de
Detención de Caudales (Sistema de Drenajes) en Residencial Los Castaños y
Residencial Villa Florencia $ 0.57
Art.
4.- La presente ordenanza entrará en vigencia a los ocho días siguientes de la
publicación en el Diario Oficial.
Dado
en el salón de sesiones del Concejo Municipal de la ciudad de Sonzacate,
Departamento de Sonsonate a los ocho días del mes de enero del año mil
diecinueve.
HÉCTOR ANTONIO ORELLANA VALLADARES
ALCALDE MUNICIPAL
MANUEL FRANCISCO TORRES ROMUALDO
SÍNDICO MUNICIPAL
LIC. JUAN CARLOS CÁRCAMO QUIJANO
SECRETARIO MUNICIPAL
Decreto
Municipal No. 1 de fecha 08 de enero de 2019, publicado en el Diario Oficial
No. 36, Tomo 422 de fecha 21 de febrero de 2019.
DECRETO
NÚMERO: 01/2019
EL CONCEJO
MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE SONZACATE, DEPARTAMENTO DE SONSONATE.
CONSIDERANDO:
I.) Que de acuerdo con el Art. 203 y 204
numeral 1 y 5 de la Constitución de la República es competencia de los
Municipios crear, modificar y suprimir tasas y contribuciones especiales, por
la prestación servicios públicos municipales, en las materias de su competencia
y la prestación de los servicios;
II.) Que conforme a los Art. 3 y 30 numeral 4 y
21 del Código Municipal es facultad del Concejo Municipal emitir los acuerdos
de creación, modificación y supresión de tasas por los servicios que brinda la
municipalidad;
III.) Que la Ley General Tributaria Municipal en su
Art. 77 estipula que compete a los municipios emitir ordenanzas, reglamentos y
acuerdos para normar la Administración Tributaria Municipal;
IV.) Que mediante Acuerdo número uno, inserto en
acta número siete, de fecha trece de abril del año dos mil dieciocho el concejo
municipal aprobó la ORDENANZA REGULADORA DE TASAS POR SERVICIOS MUNICIPALES DEL
MUNICIPIO DE SONZACATE, DEPARTAMENTO DE SONSONATE, siendo imperativo para este
concejo municipal actualizarla con nuevos servicios.
POR TANTO:
En
uso de las facultades que le confiere el Código Municipal y la Ley General
Tributaria Municipal.
DECRETA:
REFORMA A LA ORDENANZA REGULADORA DE TASAS POR SERVICIOS
MUNICIPALES DEL MUNICIPIO DE SONZACATE, DEPARTAMENTO DE SONSONATE, de la
siguiente manera:
Art.
1 Adiciónese en el Artículo 5 Código 0105 VENTAS EN SITIOS PUBLICOS (PLAZAS,
PARQUES, ACERAS, CALLES, Y OTROS SIMILARES) de la siguiente manera:
01-05-09 Ventas en aceras, calles, plazas, parques y
otros sitios al día $ 1.00
Art.
2 Modifíquese en el Artículo 5 Código 0203 MATRICULAS, PERMISOS, DERECHOS Y
LICENICAS, 02-03-06, quedando de la siguiente manera:
02-03-06 Por mantener Torres y antenas para el
funcionamiento de telefonía, celular, televisión por cable o radio, cada una al
mes $ 250.00
Art.
3 Adiciónese en el Artículo 5 Código 02-03 MATRICULAS, PERMISOS, DERECHOS Y
LICENCIAS, los siguientes servicios:
02-03-18 Servicios de Video de Vigilancia, en
Residencial Los Castaños y Residencial Villa Florencia (Incluye vigilancia
Física) por vivienda al mes $ 12.40
03-03-19 Servicio de Jardinería y Mantenimiento, en
Residencial Los Castaños y Residencial Villa Florencia por vivienda al mes $
1.50
03-03-20 Servicio por el mantenimiento del Sistema de
Detención de Caudales (Sistema de Drenajes) en Residencial Los Castaños y
Residencial Villa Florencia $ 0.57
Art.
4.- La presente ordenanza entrará en vigencia a los ocho días siguientes de la
publicación en el Diario Oficial.
Dado
en el salón de sesiones del Concejo Municipal de la ciudad de Sonzacate,
Departamento de Sonsonate a los ocho días del mes de enero del año mil
diecinueve.
HÉCTOR ANTONIO ORELLANA VALLADARES
ALCALDE MUNICIPAL
MANUEL FRANCISCO TORRES ROMUALDO
SÍNDICO MUNICIPAL
LIC. JUAN CARLOS CÁRCAMO QUIJANO
SECRETARIO MUNICIPAL
Decreto
Municipal No. 1 de fecha 08 de enero de 2019, publicado en el Diario Oficial
No. 36, Tomo 422 de fecha 21 de febrero de 2019.
DECRETO
NÚMERO: 01/2019
EL CONCEJO
MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE SONZACATE, DEPARTAMENTO DE SONSONATE.
CONSIDERANDO:
I.) Que de acuerdo con el Art. 203 y 204
numeral 1 y 5 de la Constitución de la República es competencia de los
Municipios crear, modificar y suprimir tasas y contribuciones especiales, por
la prestación servicios públicos municipales, en las materias de su competencia
y la prestación de los servicios;
II.) Que conforme a los Art. 3 y 30 numeral 4 y
21 del Código Municipal es facultad del Concejo Municipal emitir los acuerdos
de creación, modificación y supresión de tasas por los servicios que brinda la
municipalidad;
III.) Que la Ley General Tributaria Municipal en su
Art. 77 estipula que compete a los municipios emitir ordenanzas, reglamentos y
acuerdos para normar la Administración Tributaria Municipal;
IV.) Que mediante Acuerdo número uno, inserto en
acta número siete, de fecha trece de abril del año dos mil dieciocho el concejo
municipal aprobó la ORDENANZA REGULADORA DE TASAS POR SERVICIOS MUNICIPALES DEL
MUNICIPIO DE SONZACATE, DEPARTAMENTO DE SONSONATE, siendo imperativo para este
concejo municipal actualizarla con nuevos servicios.
POR TANTO:
En
uso de las facultades que le confiere el Código Municipal y la Ley General
Tributaria Municipal.
DECRETA:
REFORMA A LA ORDENANZA REGULADORA DE TASAS POR SERVICIOS
MUNICIPALES DEL MUNICIPIO DE SONZACATE, DEPARTAMENTO DE SONSONATE, de la
siguiente manera:
Art.
1 Adiciónese en el Artículo 5 Código 0105 VENTAS EN SITIOS PUBLICOS (PLAZAS,
PARQUES, ACERAS, CALLES, Y OTROS SIMILARES) de la siguiente manera:
01-05-09 Ventas en aceras, calles, plazas, parques y
otros sitios al día $ 1.00
Art.
2 Modifíquese en el Artículo 5 Código 0203 MATRICULAS, PERMISOS, DERECHOS Y
LICENICAS, 02-03-06, quedando de la siguiente manera:
02-03-06 Por mantener Torres y antenas para el
funcionamiento de telefonía, celular, televisión por cable o radio, cada una al
mes $ 250.00
Art.
3 Adiciónese en el Artículo 5 Código 02-03 MATRICULAS, PERMISOS, DERECHOS Y
LICENCIAS, los siguientes servicios:
02-03-18 Servicios de Video de Vigilancia, en
Residencial Los Castaños y Residencial Villa Florencia (Incluye vigilancia
Física) por vivienda al mes $ 12.40
03-03-19 Servicio de Jardinería y Mantenimiento, en
Residencial Los Castaños y Residencial Villa Florencia por vivienda al mes $
1.50
03-03-20 Servicio por el mantenimiento del Sistema de
Detención de Caudales (Sistema de Drenajes) en Residencial Los Castaños y
Residencial Villa Florencia $ 0.57
Art.
4.- La presente ordenanza entrará en vigencia a los ocho días siguientes de la
publicación en el Diario Oficial.
Dado
en el salón de sesiones del Concejo Municipal de la ciudad de Sonzacate,
Departamento de Sonsonate a los ocho días del mes de enero del año mil
diecinueve.
HÉCTOR ANTONIO ORELLANA VALLADARES
ALCALDE MUNICIPAL
MANUEL FRANCISCO TORRES ROMUALDO
SÍNDICO MUNICIPAL
LIC. JUAN CARLOS CÁRCAMO QUIJANO
SECRETARIO MUNICIPAL
Decreto
Municipal No. 1 de fecha 08 de enero de 2019, publicado en el Diario Oficial
No. 36, Tomo 422 de fecha 21 de febrero de 2019.
DECRETO
NÚMERO: 01/2019
EL CONCEJO
MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE SONZACATE, DEPARTAMENTO DE SONSONATE.
CONSIDERANDO:
I.) Que de acuerdo con el Art. 203 y 204
numeral 1 y 5 de la Constitución de la República es competencia de los
Municipios crear, modificar y suprimir tasas y contribuciones especiales, por
la prestación servicios públicos municipales, en las materias de su competencia
y la prestación de los servicios;
II.) Que conforme a los Art. 3 y 30 numeral 4 y
21 del Código Municipal es facultad del Concejo Municipal emitir los acuerdos
de creación, modificación y supresión de tasas por los servicios que brinda la
municipalidad;
III.) Que la Ley General Tributaria Municipal en su
Art. 77 estipula que compete a los municipios emitir ordenanzas, reglamentos y
acuerdos para normar la Administración Tributaria Municipal;
IV.) Que mediante Acuerdo número uno, inserto en
acta número siete, de fecha trece de abril del año dos mil dieciocho el concejo
municipal aprobó la ORDENANZA REGULADORA DE TASAS POR SERVICIOS MUNICIPALES DEL
MUNICIPIO DE SONZACATE, DEPARTAMENTO DE SONSONATE, siendo imperativo para este
concejo municipal actualizarla con nuevos servicios.
POR TANTO:
En
uso de las facultades que le confiere el Código Municipal y la Ley General
Tributaria Municipal.
DECRETA:
REFORMA A LA ORDENANZA REGULADORA DE TASAS POR SERVICIOS
MUNICIPALES DEL MUNICIPIO DE SONZACATE, DEPARTAMENTO DE SONSONATE, de la
siguiente manera:
Art.
1 Adiciónese en el Artículo 5 Código 0105 VENTAS EN SITIOS PUBLICOS (PLAZAS,
PARQUES, ACERAS, CALLES, Y OTROS SIMILARES) de la siguiente manera:
01-05-09 Ventas en aceras, calles, plazas, parques y
otros sitios al día $ 1.00
Art.
2 Modifíquese en el Artículo 5 Código 0203 MATRICULAS, PERMISOS, DERECHOS Y
LICENICAS, 02-03-06, quedando de la siguiente manera:
02-03-06 Por mantener Torres y antenas para el
funcionamiento de telefonía, celular, televisión por cable o radio, cada una al
mes $ 250.00
Art.
3 Adiciónese en el Artículo 5 Código 02-03 MATRICULAS, PERMISOS, DERECHOS Y
LICENCIAS, los siguientes servicios:
02-03-18 Servicios de Video de Vigilancia, en
Residencial Los Castaños y Residencial Villa Florencia (Incluye vigilancia
Física) por vivienda al mes $ 12.40
03-03-19 Servicio de Jardinería y Mantenimiento, en
Residencial Los Castaños y Residencial Villa Florencia por vivienda al mes $
1.50
03-03-20 Servicio por el mantenimiento del Sistema de
Detención de Caudales (Sistema de Drenajes) en Residencial Los Castaños y
Residencial Villa Florencia $ 0.57
Art.
4.- La presente ordenanza entrará en vigencia a los ocho días siguientes de la
publicación en el Diario Oficial.
Dado
en el salón de sesiones del Concejo Municipal de la ciudad de Sonzacate,
Departamento de Sonsonate a los ocho días del mes de enero del año mil
diecinueve.
HÉCTOR ANTONIO ORELLANA VALLADARES
ALCALDE MUNICIPAL
MANUEL FRANCISCO TORRES ROMUALDO
SÍNDICO MUNICIPAL
LIC. JUAN CARLOS CÁRCAMO QUIJANO
SECRETARIO MUNICIPAL
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No. 36, Tomo 422 de fecha 21 de febrero de 2019.
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NÚMERO: 01/2019
EL CONCEJO
MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE SONZACATE, DEPARTAMENTO DE SONSONATE.
CONSIDERANDO:
I.) Que de acuerdo con el Art. 203 y 204
numeral 1 y 5 de la Constitución de la República es competencia de los
Municipios crear, modificar y suprimir tasas y contribuciones especiales, por
la prestación servicios públicos municipales, en las materias de su competencia
y la prestación de los servicios;
II.) Que conforme a los Art. 3 y 30 numeral 4 y
21 del Código Municipal es facultad del Concejo Municipal emitir los acuerdos
de creación, modificación y supresión de tasas por los servicios que brinda la
municipalidad;
III.) Que la Ley General Tributaria Municipal en su
Art. 77 estipula que compete a los municipios emitir ordenanzas, reglamentos y
acuerdos para normar la Administración Tributaria Municipal;
IV.) Que mediante Acuerdo número uno, inserto en
acta número siete, de fecha trece de abril del año dos mil dieciocho el concejo
municipal aprobó la ORDENANZA REGULADORA DE TASAS POR SERVICIOS MUNICIPALES DEL
MUNICIPIO DE SONZACATE, DEPARTAMENTO DE SONSONATE, siendo imperativo para este
concejo municipal actualizarla con nuevos servicios.
POR TANTO:
En
uso de las facultades que le confiere el Código Municipal y la Ley General
Tributaria Municipal.
DECRETA:
REFORMA A LA ORDENANZA REGULADORA DE TASAS POR SERVICIOS
MUNICIPALES DEL MUNICIPIO DE SONZACATE, DEPARTAMENTO DE SONSONATE, de la
siguiente manera:
Art.
1 Adiciónese en el Artículo 5 Código 0105 VENTAS EN SITIOS PUBLICOS (PLAZAS,
PARQUES, ACERAS, CALLES, Y OTROS SIMILARES) de la siguiente manera:
01-05-09 Ventas en aceras, calles, plazas, parques y
otros sitios al día $ 1.00
Art.
2 Modifíquese en el Artículo 5 Código 0203 MATRICULAS, PERMISOS, DERECHOS Y
LICENICAS, 02-03-06, quedando de la siguiente manera:
02-03-06 Por mantener Torres y antenas para el
funcionamiento de telefonía, celular, televisión por cable o radio, cada una al
mes $ 250.00
Art.
3 Adiciónese en el Artículo 5 Código 02-03 MATRICULAS, PERMISOS, DERECHOS Y
LICENCIAS, los siguientes servicios:
02-03-18 Servicios de Video de Vigilancia, en
Residencial Los Castaños y Residencial Villa Florencia (Incluye vigilancia
Física) por vivienda al mes $ 12.40
03-03-19 Servicio de Jardinería y Mantenimiento, en
Residencial Los Castaños y Residencial Villa Florencia por vivienda al mes $
1.50
03-03-20 Servicio por el mantenimiento del Sistema de
Detención de Caudales (Sistema de Drenajes) en Residencial Los Castaños y
Residencial Villa Florencia $ 0.57
Art.
4.- La presente ordenanza entrará en vigencia a los ocho días siguientes de la
publicación en el Diario Oficial.
Dado
en el salón de sesiones del Concejo Municipal de la ciudad de Sonzacate,
Departamento de Sonsonate a los ocho días del mes de enero del año mil
diecinueve.
HÉCTOR ANTONIO ORELLANA VALLADARES
ALCALDE MUNICIPAL
MANUEL FRANCISCO TORRES ROMUALDO
SÍNDICO MUNICIPAL
LIC. JUAN CARLOS CÁRCAMO QUIJANO
SECRETARIO MUNICIPAL
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No. 36, Tomo 422 de fecha 21 de febrero de 2019.
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NÚMERO: 01/2019
EL CONCEJO
MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE SONZACATE, DEPARTAMENTO DE SONSONATE.
CONSIDERANDO:
I.) Que de acuerdo con el Art. 203 y 204
numeral 1 y 5 de la Constitución de la República es competencia de los
Municipios crear, modificar y suprimir tasas y contribuciones especiales, por
la prestación servicios públicos municipales, en las materias de su competencia
y la prestación de los servicios;
II.) Que conforme a los Art. 3 y 30 numeral 4 y
21 del Código Municipal es facultad del Concejo Municipal emitir los acuerdos
de creación, modificación y supresión de tasas por los servicios que brinda la
municipalidad;
III.) Que la Ley General Tributaria Municipal en su
Art. 77 estipula que compete a los municipios emitir ordenanzas, reglamentos y
acuerdos para normar la Administración Tributaria Municipal;
IV.) Que mediante Acuerdo número uno, inserto en
acta número siete, de fecha trece de abril del año dos mil dieciocho el concejo
municipal aprobó la ORDENANZA REGULADORA DE TASAS POR SERVICIOS MUNICIPALES DEL
MUNICIPIO DE SONZACATE, DEPARTAMENTO DE SONSONATE, siendo imperativo para este
concejo municipal actualizarla con nuevos servicios.
POR TANTO:
En
uso de las facultades que le confiere el Código Municipal y la Ley General
Tributaria Municipal.
DECRETA:
REFORMA A LA ORDENANZA REGULADORA DE TASAS POR SERVICIOS
MUNICIPALES DEL MUNICIPIO DE SONZACATE, DEPARTAMENTO DE SONSONATE, de la
siguiente manera:
Art.
1 Adiciónese en el Artículo 5 Código 0105 VENTAS EN SITIOS PUBLICOS (PLAZAS,
PARQUES, ACERAS, CALLES, Y OTROS SIMILARES) de la siguiente manera:
01-05-09 Ventas en aceras, calles, plazas, parques y
otros sitios al día $ 1.00
Art.
2 Modifíquese en el Artículo 5 Código 0203 MATRICULAS, PERMISOS, DERECHOS Y
LICENICAS, 02-03-06, quedando de la siguiente manera:
02-03-06 Por mantener Torres y antenas para el
funcionamiento de telefonía, celular, televisión por cable o radio, cada una al
mes $ 250.00
Art.
3 Adiciónese en el Artículo 5 Código 02-03 MATRICULAS, PERMISOS, DERECHOS Y
LICENCIAS, los siguientes servicios:
02-03-18 Servicios de Video de Vigilancia, en
Residencial Los Castaños y Residencial Villa Florencia (Incluye vigilancia
Física) por vivienda al mes $ 12.40
03-03-19 Servicio de Jardinería y Mantenimiento, en
Residencial Los Castaños y Residencial Villa Florencia por vivienda al mes $
1.50
03-03-20 Servicio por el mantenimiento del Sistema de
Detención de Caudales (Sistema de Drenajes) en Residencial Los Castaños y
Residencial Villa Florencia $ 0.57
Art.
4.- La presente ordenanza entrará en vigencia a los ocho días siguientes de la
publicación en el Diario Oficial.
Dado
en el salón de sesiones del Concejo Municipal de la ciudad de Sonzacate,
Departamento de Sonsonate a los ocho días del mes de enero del año mil
diecinueve.
HÉCTOR ANTONIO ORELLANA VALLADARES
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MANUEL FRANCISCO TORRES ROMUALDO
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No. 36, Tomo 422 de fecha 21 de febrero de 2019.
DECRETO
NÚMERO: 01/2019
EL CONCEJO
MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE SONZACATE, DEPARTAMENTO DE SONSONATE.
CONSIDERANDO:
I.) Que de acuerdo con el Art. 203 y 204
numeral 1 y 5 de la Constitución de la República es competencia de los
Municipios crear, modificar y suprimir tasas y contribuciones especiales, por
la prestación servicios públicos municipales, en las materias de su competencia
y la prestación de los servicios;
II.) Que conforme a los Art. 3 y 30 numeral 4 y
21 del Código Municipal es facultad del Concejo Municipal emitir los acuerdos
de creación, modificación y supresión de tasas por los servicios que brinda la
municipalidad;
III.) Que la Ley General Tributaria Municipal en su
Art. 77 estipula que compete a los municipios emitir ordenanzas, reglamentos y
acuerdos para normar la Administración Tributaria Municipal;
IV.) Que mediante Acuerdo número uno, inserto en
acta número siete, de fecha trece de abril del año dos mil dieciocho el concejo
municipal aprobó la ORDENANZA REGULADORA DE TASAS POR SERVICIOS MUNICIPALES DEL
MUNICIPIO DE SONZACATE, DEPARTAMENTO DE SONSONATE, siendo imperativo para este
concejo municipal actualizarla con nuevos servicios.
POR TANTO:
En
uso de las facultades que le confiere el Código Municipal y la Ley General
Tributaria Municipal.
DECRETA:
REFORMA A LA ORDENANZA REGULADORA DE TASAS POR SERVICIOS
MUNICIPALES DEL MUNICIPIO DE SONZACATE, DEPARTAMENTO DE SONSONATE, de la
siguiente manera:
Art.
1 Adiciónese en el Artículo 5 Código 0105 VENTAS EN SITIOS PUBLICOS (PLAZAS,
PARQUES, ACERAS, CALLES, Y OTROS SIMILARES) de la siguiente manera:
01-05-09 Ventas en aceras, calles, plazas, parques y
otros sitios al día $ 1.00
Art.
2 Modifíquese en el Artículo 5 Código 0203 MATRICULAS, PERMISOS, DERECHOS Y
LICENICAS, 02-03-06, quedando de la siguiente manera:
02-03-06 Por mantener Torres y antenas para el
funcionamiento de telefonía, celular, televisión por cable o radio, cada una al
mes $ 250.00
Art.
3 Adiciónese en el Artículo 5 Código 02-03 MATRICULAS, PERMISOS, DERECHOS Y
LICENCIAS, los siguientes servicios:
02-03-18 Servicios de Video de Vigilancia, en
Residencial Los Castaños y Residencial Villa Florencia (Incluye vigilancia
Física) por vivienda al mes $ 12.40
03-03-19 Servicio de Jardinería y Mantenimiento, en
Residencial Los Castaños y Residencial Villa Florencia por vivienda al mes $
1.50
03-03-20 Servicio por el mantenimiento del Sistema de
Detención de Caudales (Sistema de Drenajes) en Residencial Los Castaños y
Residencial Villa Florencia $ 0.57
Art.
4.- La presente ordenanza entrará en vigencia a los ocho días siguientes de la
publicación en el Diario Oficial.
Dado
en el salón de sesiones del Concejo Municipal de la ciudad de Sonzacate,
Departamento de Sonsonate a los ocho días del mes de enero del año mil
diecinueve.
HÉCTOR ANTONIO ORELLANA VALLADARES
ALCALDE MUNICIPAL
MANUEL FRANCISCO TORRES ROMUALDO
SÍNDICO MUNICIPAL
LIC. JUAN CARLOS CÁRCAMO QUIJANO
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Decreto
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NÚMERO: 01/2019
EL CONCEJO
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CONSIDERANDO:
I.) Que de acuerdo con el Art. 203 y 204
numeral 1 y 5 de la Constitución de la República es competencia de los
Municipios crear, modificar y suprimir tasas y contribuciones especiales, por
la prestación servicios públicos municipales, en las materias de su competencia
y la prestación de los servicios;
II.) Que conforme a los Art. 3 y 30 numeral 4 y
21 del Código Municipal es facultad del Concejo Municipal emitir los acuerdos
de creación, modificación y supresión de tasas por los servicios que brinda la
municipalidad;
III.) Que la Ley General Tributaria Municipal en su
Art. 77 estipula que compete a los municipios emitir ordenanzas, reglamentos y
acuerdos para normar la Administración Tributaria Municipal;
IV.) Que mediante Acuerdo número uno, inserto en
acta número siete, de fecha trece de abril del año dos mil dieciocho el concejo
municipal aprobó la ORDENANZA REGULADORA DE TASAS POR SERVICIOS MUNICIPALES DEL
MUNICIPIO DE SONZACATE, DEPARTAMENTO DE SONSONATE, siendo imperativo para este
concejo municipal actualizarla con nuevos servicios.
POR TANTO:
En
uso de las facultades que le confiere el Código Municipal y la Ley General
Tributaria Municipal.
DECRETA:
REFORMA A LA ORDENANZA REGULADORA DE TASAS POR SERVICIOS
MUNICIPALES DEL MUNICIPIO DE SONZACATE, DEPARTAMENTO DE SONSONATE, de la
siguiente manera:
Art.
1 Adiciónese en el Artículo 5 Código 0105 VENTAS EN SITIOS PUBLICOS (PLAZAS,
PARQUES, ACERAS, CALLES, Y OTROS SIMILARES) de la siguiente manera:
01-05-09 Ventas en aceras, calles, plazas, parques y
otros sitios al día $ 1.00
Art.
2 Modifíquese en el Artículo 5 Código 0203 MATRICULAS, PERMISOS, DERECHOS Y
LICENICAS, 02-03-06, quedando de la siguiente manera:
02-03-06 Por mantener Torres y antenas para el
funcionamiento de telefonía, celular, televisión por cable o radio, cada una al
mes $ 250.00
Art.
3 Adiciónese en el Artículo 5 Código 02-03 MATRICULAS, PERMISOS, DERECHOS Y
LICENCIAS, los siguientes servicios:
02-03-18 Servicios de Video de Vigilancia, en
Residencial Los Castaños y Residencial Villa Florencia (Incluye vigilancia
Física) por vivienda al mes $ 12.40
03-03-19 Servicio de Jardinería y Mantenimiento, en
Residencial Los Castaños y Residencial Villa Florencia por vivienda al mes $
1.50
03-03-20 Servicio por el mantenimiento del Sistema de
Detención de Caudales (Sistema de Drenajes) en Residencial Los Castaños y
Residencial Villa Florencia $ 0.57
Art.
4.- La presente ordenanza entrará en vigencia a los ocho días siguientes de la
publicación en el Diario Oficial.
Dado
en el salón de sesiones del Concejo Municipal de la ciudad de Sonzacate,
Departamento de Sonsonate a los ocho días del mes de enero del año mil
diecinueve.
HÉCTOR ANTONIO ORELLANA VALLADARES
ALCALDE MUNICIPAL
MANUEL FRANCISCO TORRES ROMUALDO
SÍNDICO MUNICIPAL
LIC. JUAN CARLOS CÁRCAMO QUIJANO
SECRETARIO MUNICIPAL
Decreto
Municipal No. 1 de fecha 08 de enero de 2019, publicado en el Diario Oficial
No. 36, Tomo 422 de fecha 21 de febrero de 2019.
DECRETO
NÚMERO: 01/2019
EL CONCEJO
MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE SONZACATE, DEPARTAMENTO DE SONSONATE.
CONSIDERANDO:
I.) Que de acuerdo con el Art. 203 y 204
numeral 1 y 5 de la Constitución de la República es competencia de los
Municipios crear, modificar y suprimir tasas y contribuciones especiales, por
la prestación servicios públicos municipales, en las materias de su competencia
y la prestación de los servicios;
II.) Que conforme a los Art. 3 y 30 numeral 4 y
21 del Código Municipal es facultad del Concejo Municipal emitir los acuerdos
de creación, modificación y supresión de tasas por los servicios que brinda la
municipalidad;
III.) Que la Ley General Tributaria Municipal en su
Art. 77 estipula que compete a los municipios emitir ordenanzas, reglamentos y
acuerdos para normar la Administración Tributaria Municipal;
IV.) Que mediante Acuerdo número uno, inserto en
acta número siete, de fecha trece de abril del año dos mil dieciocho el concejo
municipal aprobó la ORDENANZA REGULADORA DE TASAS POR SERVICIOS MUNICIPALES DEL
MUNICIPIO DE SONZACATE, DEPARTAMENTO DE SONSONATE, siendo imperativo para este
concejo municipal actualizarla con nuevos servicios.
POR TANTO:
En
uso de las facultades que le confiere el Código Municipal y la Ley General
Tributaria Municipal.
DECRETA:
REFORMA A LA ORDENANZA REGULADORA DE TASAS POR SERVICIOS
MUNICIPALES DEL MUNICIPIO DE SONZACATE, DEPARTAMENTO DE SONSONATE, de la
siguiente manera:
Art.
1 Adiciónese en el Artículo 5 Código 0105 VENTAS EN SITIOS PUBLICOS (PLAZAS,
PARQUES, ACERAS, CALLES, Y OTROS SIMILARES) de la siguiente manera:
01-05-09 Ventas en aceras, calles, plazas, parques y
otros sitios al día $ 1.00
Art.
2 Modifíquese en el Artículo 5 Código 0203 MATRICULAS, PERMISOS, DERECHOS Y
LICENICAS, 02-03-06, quedando de la siguiente manera:
02-03-06 Por mantener Torres y antenas para el
funcionamiento de telefonía, celular, televisión por cable o radio, cada una al
mes $ 250.00
Art.
3 Adiciónese en el Artículo 5 Código 02-03 MATRICULAS, PERMISOS, DERECHOS Y
LICENCIAS, los siguientes servicios:
02-03-18 Servicios de Video de Vigilancia, en
Residencial Los Castaños y Residencial Villa Florencia (Incluye vigilancia
Física) por vivienda al mes $ 12.40
03-03-19 Servicio de Jardinería y Mantenimiento, en
Residencial Los Castaños y Residencial Villa Florencia por vivienda al mes $
1.50
03-03-20 Servicio por el mantenimiento del Sistema de
Detención de Caudales (Sistema de Drenajes) en Residencial Los Castaños y
Residencial Villa Florencia $ 0.57
Art.
4.- La presente ordenanza entrará en vigencia a los ocho días siguientes de la
publicación en el Diario Oficial.
Dado
en el salón de sesiones del Concejo Municipal de la ciudad de Sonzacate,
Departamento de Sonsonate a los ocho días del mes de enero del año mil
diecinueve.
HÉCTOR ANTONIO ORELLANA VALLADARES
ALCALDE MUNICIPAL
MANUEL FRANCISCO TORRES ROMUALDO
SÍNDICO MUNICIPAL
LIC. JUAN CARLOS CÁRCAMO QUIJANO
SECRETARIO MUNICIPAL
Decreto
Municipal No. 1 de fecha 08 de enero de 2019, publicado en el Diario Oficial
No. 36, Tomo 422 de fecha 21 de febrero de 2019.
DECRETO
NÚMERO: 01/2019
EL CONCEJO
MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE SONZACATE, DEPARTAMENTO DE SONSONATE.
CONSIDERANDO:
I.) Que de acuerdo con el Art. 203 y 204
numeral 1 y 5 de la Constitución de la República es competencia de los
Municipios crear, modificar y suprimir tasas y contribuciones especiales, por
la prestación servicios públicos municipales, en las materias de su competencia
y la prestación de los servicios;
II.) Que conforme a los Art. 3 y 30 numeral 4 y
21 del Código Municipal es facultad del Concejo Municipal emitir los acuerdos
de creación, modificación y supresión de tasas por los servicios que brinda la
municipalidad;
III.) Que la Ley General Tributaria Municipal en su
Art. 77 estipula que compete a los municipios emitir ordenanzas, reglamentos y
acuerdos para normar la Administración Tributaria Municipal;
IV.) Que mediante Acuerdo número uno, inserto en
acta número siete, de fecha trece de abril del año dos mil dieciocho el concejo
municipal aprobó la ORDENANZA REGULADORA DE TASAS POR SERVICIOS MUNICIPALES DEL
MUNICIPIO DE SONZACATE, DEPARTAMENTO DE SONSONATE, siendo imperativo para este
concejo municipal actualizarla con nuevos servicios.
POR TANTO:
En
uso de las facultades que le confiere el Código Municipal y la Ley General
Tributaria Municipal.
DECRETA:
REFORMA A LA ORDENANZA REGULADORA DE TASAS POR SERVICIOS
MUNICIPALES DEL MUNICIPIO DE SONZACATE, DEPARTAMENTO DE SONSONATE, de la
siguiente manera:
Art.
1 Adiciónese en el Artículo 5 Código 0105 VENTAS EN SITIOS PUBLICOS (PLAZAS,
PARQUES, ACERAS, CALLES, Y OTROS SIMILARES) de la siguiente manera:
01-05-09 Ventas en aceras, calles, plazas, parques y
otros sitios al día $ 1.00
Art.
2 Modifíquese en el Artículo 5 Código 0203 MATRICULAS, PERMISOS, DERECHOS Y
LICENICAS, 02-03-06, quedando de la siguiente manera:
02-03-06 Por mantener Torres y antenas para el
funcionamiento de telefonía, celular, televisión por cable o radio, cada una al
mes $ 250.00
Art.
3 Adiciónese en el Artículo 5 Código 02-03 MATRICULAS, PERMISOS, DERECHOS Y
LICENCIAS, los siguientes servicios:
02-03-18 Servicios de Video de Vigilancia, en
Residencial Los Castaños y Residencial Villa Florencia (Incluye vigilancia
Física) por vivienda al mes $ 12.40
03-03-19 Servicio de Jardinería y Mantenimiento, en
Residencial Los Castaños y Residencial Villa Florencia por vivienda al mes $
1.50
03-03-20 Servicio por el mantenimiento del Sistema de
Detención de Caudales (Sistema de Drenajes) en Residencial Los Castaños y
Residencial Villa Florencia $ 0.57
Art.
4.- La presente ordenanza entrará en vigencia a los ocho días siguientes de la
publicación en el Diario Oficial.
Dado
en el salón de sesiones del Concejo Municipal de la ciudad de Sonzacate,
Departamento de Sonsonate a los ocho días del mes de enero del año mil
diecinueve.
HÉCTOR ANTONIO ORELLANA VALLADARES
ALCALDE MUNICIPAL
MANUEL FRANCISCO TORRES ROMUALDO
SÍNDICO MUNICIPAL
LIC. JUAN CARLOS CÁRCAMO QUIJANO
SECRETARIO MUNICIPAL
Decreto
Municipal No. 1 de fecha 08 de enero de 2019, publicado en el Diario Oficial
No. 36, Tomo 422 de fecha 21 de febrero de 2019.
DECRETO
NÚMERO: 01/2019
EL CONCEJO
MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE SONZACATE, DEPARTAMENTO DE SONSONATE.
CONSIDERANDO:
I.) Que de acuerdo con el Art. 203 y 204
numeral 1 y 5 de la Constitución de la República es competencia de los
Municipios crear, modificar y suprimir tasas y contribuciones especiales, por
la prestación servicios públicos municipales, en las materias de su competencia
y la prestación de los servicios;
II.) Que conforme a los Art. 3 y 30 numeral 4 y
21 del Código Municipal es facultad del Concejo Municipal emitir los acuerdos
de creación, modificación y supresión de tasas por los servicios que brinda la
municipalidad;
III.) Que la Ley General Tributaria Municipal en su
Art. 77 estipula que compete a los municipios emitir ordenanzas, reglamentos y
acuerdos para normar la Administración Tributaria Municipal;
IV.) Que mediante Acuerdo número uno, inserto en
acta número siete, de fecha trece de abril del año dos mil dieciocho el concejo
municipal aprobó la ORDENANZA REGULADORA DE TASAS POR SERVICIOS MUNICIPALES DEL
MUNICIPIO DE SONZACATE, DEPARTAMENTO DE SONSONATE, siendo imperativo para este
concejo municipal actualizarla con nuevos servicios.
POR TANTO:
En
uso de las facultades que le confiere el Código Municipal y la Ley General
Tributaria Municipal.
DECRETA:
REFORMA A LA ORDENANZA REGULADORA DE TASAS POR SERVICIOS
MUNICIPALES DEL MUNICIPIO DE SONZACATE, DEPARTAMENTO DE SONSONATE, de la
siguiente manera:
Art.
1 Adiciónese en el Artículo 5 Código 0105 VENTAS EN SITIOS PUBLICOS (PLAZAS,
PARQUES, ACERAS, CALLES, Y OTROS SIMILARES) de la siguiente manera:
01-05-09 Ventas en aceras, calles, plazas, parques y
otros sitios al día $ 1.00
Art.
2 Modifíquese en el Artículo 5 Código 0203 MATRICULAS, PERMISOS, DERECHOS Y
LICENICAS, 02-03-06, quedando de la siguiente manera:
02-03-06 Por mantener Torres y antenas para el
funcionamiento de telefonía, celular, televisión por cable o radio, cada una al
mes $ 250.00
Art.
3 Adiciónese en el Artículo 5 Código 02-03 MATRICULAS, PERMISOS, DERECHOS Y
LICENCIAS, los siguientes servicios:
02-03-18 Servicios de Video de Vigilancia, en
Residencial Los Castaños y Residencial Villa Florencia (Incluye vigilancia
Física) por vivienda al mes $ 12.40
03-03-19 Servicio de Jardinería y Mantenimiento, en
Residencial Los Castaños y Residencial Villa Florencia por vivienda al mes $
1.50
03-03-20 Servicio por el mantenimiento del Sistema de
Detención de Caudales (Sistema de Drenajes) en Residencial Los Castaños y
Residencial Villa Florencia $ 0.57
Art.
4.- La presente ordenanza entrará en vigencia a los ocho días siguientes de la
publicación en el Diario Oficial.
Dado
en el salón de sesiones del Concejo Municipal de la ciudad de Sonzacate,
Departamento de Sonsonate a los ocho días del mes de enero del año mil
diecinueve.
HÉCTOR ANTONIO ORELLANA VALLADARES
ALCALDE MUNICIPAL
MANUEL FRANCISCO TORRES ROMUALDO
SÍNDICO MUNICIPAL
LIC. JUAN CARLOS CÁRCAMO QUIJANO
SECRETARIO MUNICIPAL
Decreto
Municipal No. 1 de fecha 08 de enero de 2019, publicado en el Diario Oficial
No. 36, Tomo 422 de fecha 21 de febrero de 2019.
DECRETO
NÚMERO: 01/2019
EL CONCEJO
MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE SONZACATE, DEPARTAMENTO DE SONSONATE.
CONSIDERANDO:
I.) Que de acuerdo con el Art. 203 y 204
numeral 1 y 5 de la Constitución de la República es competencia de los
Municipios crear, modificar y suprimir tasas y contribuciones especiales, por
la prestación servicios públicos municipales, en las materias de su competencia
y la prestación de los servicios;
II.) Que conforme a los Art. 3 y 30 numeral 4 y
21 del Código Municipal es facultad del Concejo Municipal emitir los acuerdos
de creación, modificación y supresión de tasas por los servicios que brinda la
municipalidad;
III.) Que la Ley General Tributaria Municipal en su
Art. 77 estipula que compete a los municipios emitir ordenanzas, reglamentos y
acuerdos para normar la Administración Tributaria Municipal;
IV.) Que mediante Acuerdo número uno, inserto en
acta número siete, de fecha trece de abril del año dos mil dieciocho el concejo
municipal aprobó la ORDENANZA REGULADORA DE TASAS POR SERVICIOS MUNICIPALES DEL
MUNICIPIO DE SONZACATE, DEPARTAMENTO DE SONSONATE, siendo imperativo para este
concejo municipal actualizarla con nuevos servicios.
POR TANTO:
En
uso de las facultades que le confiere el Código Municipal y la Ley General
Tributaria Municipal.
DECRETA:
REFORMA A LA ORDENANZA REGULADORA DE TASAS POR SERVICIOS
MUNICIPALES DEL MUNICIPIO DE SONZACATE, DEPARTAMENTO DE SONSONATE, de la
siguiente manera:
Art.
1 Adiciónese en el Artículo 5 Código 0105 VENTAS EN SITIOS PUBLICOS (PLAZAS,
PARQUES, ACERAS, CALLES, Y OTROS SIMILARES) de la siguiente manera:
01-05-09 Ventas en aceras, calles, plazas, parques y
otros sitios al día $ 1.00
Art.
2 Modifíquese en el Artículo 5 Código 0203 MATRICULAS, PERMISOS, DERECHOS Y
LICENICAS, 02-03-06, quedando de la siguiente manera:
02-03-06 Por mantener Torres y antenas para el
funcionamiento de telefonía, celular, televisión por cable o radio, cada una al
mes $ 250.00
Art.
3 Adiciónese en el Artículo 5 Código 02-03 MATRICULAS, PERMISOS, DERECHOS Y
LICENCIAS, los siguientes servicios:
02-03-18 Servicios de Video de Vigilancia, en
Residencial Los Castaños y Residencial Villa Florencia (Incluye vigilancia
Física) por vivienda al mes $ 12.40
03-03-19 Servicio de Jardinería y Mantenimiento, en
Residencial Los Castaños y Residencial Villa Florencia por vivienda al mes $
1.50
03-03-20 Servicio por el mantenimiento del Sistema de
Detención de Caudales (Sistema de Drenajes) en Residencial Los Castaños y
Residencial Villa Florencia $ 0.57
Art.
4.- La presente ordenanza entrará en vigencia a los ocho días siguientes de la
publicación en el Diario Oficial.
Dado
en el salón de sesiones del Concejo Municipal de la ciudad de Sonzacate,
Departamento de Sonsonate a los ocho días del mes de enero del año mil
diecinueve.
HÉCTOR ANTONIO ORELLANA VALLADARES
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MANUEL FRANCISCO TORRES ROMUALDO
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LIC. JUAN CARLOS CÁRCAMO QUIJANO
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NÚMERO: 01/2019
EL CONCEJO
MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE SONZACATE, DEPARTAMENTO DE SONSONATE.
CONSIDERANDO:
I.) Que de acuerdo con el Art. 203 y 204
numeral 1 y 5 de la Constitución de la República es competencia de los
Municipios crear, modificar y suprimir tasas y contribuciones especiales, por
la prestación servicios públicos municipales, en las materias de su competencia
y la prestación de los servicios;
II.) Que conforme a los Art. 3 y 30 numeral 4 y
21 del Código Municipal es facultad del Concejo Municipal emitir los acuerdos
de creación, modificación y supresión de tasas por los servicios que brinda la
municipalidad;
III.) Que la Ley General Tributaria Municipal en su
Art. 77 estipula que compete a los municipios emitir ordenanzas, reglamentos y
acuerdos para normar la Administración Tributaria Municipal;
IV.) Que mediante Acuerdo número uno, inserto en
acta número siete, de fecha trece de abril del año dos mil dieciocho el concejo
municipal aprobó la ORDENANZA REGULADORA DE TASAS POR SERVICIOS MUNICIPALES DEL
MUNICIPIO DE SONZACATE, DEPARTAMENTO DE SONSONATE, siendo imperativo para este
concejo municipal actualizarla con nuevos servicios.
POR TANTO:
En
uso de las facultades que le confiere el Código Municipal y la Ley General
Tributaria Municipal.
DECRETA:
REFORMA A LA ORDENANZA REGULADORA DE TASAS POR SERVICIOS
MUNICIPALES DEL MUNICIPIO DE SONZACATE, DEPARTAMENTO DE SONSONATE, de la
siguiente manera:
Art.
1 Adiciónese en el Artículo 5 Código 0105 VENTAS EN SITIOS PUBLICOS (PLAZAS,
PARQUES, ACERAS, CALLES, Y OTROS SIMILARES) de la siguiente manera:
01-05-09 Ventas en aceras, calles, plazas, parques y
otros sitios al día $ 1.00
Art.
2 Modifíquese en el Artículo 5 Código 0203 MATRICULAS, PERMISOS, DERECHOS Y
LICENICAS, 02-03-06, quedando de la siguiente manera:
02-03-06 Por mantener Torres y antenas para el
funcionamiento de telefonía, celular, televisión por cable o radio, cada una al
mes $ 250.00
Art.
3 Adiciónese en el Artículo 5 Código 02-03 MATRICULAS, PERMISOS, DERECHOS Y
LICENCIAS, los siguientes servicios:
02-03-18 Servicios de Video de Vigilancia, en
Residencial Los Castaños y Residencial Villa Florencia (Incluye vigilancia
Física) por vivienda al mes $ 12.40
03-03-19 Servicio de Jardinería y Mantenimiento, en
Residencial Los Castaños y Residencial Villa Florencia por vivienda al mes $
1.50
03-03-20 Servicio por el mantenimiento del Sistema de
Detención de Caudales (Sistema de Drenajes) en Residencial Los Castaños y
Residencial Villa Florencia $ 0.57
Art.
4.- La presente ordenanza entrará en vigencia a los ocho días siguientes de la
publicación en el Diario Oficial.
Dado
en el salón de sesiones del Concejo Municipal de la ciudad de Sonzacate,
Departamento de Sonsonate a los ocho días del mes de enero del año mil
diecinueve.
HÉCTOR ANTONIO ORELLANA VALLADARES
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MANUEL FRANCISCO TORRES ROMUALDO
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LIC. JUAN CARLOS CÁRCAMO QUIJANO
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NÚMERO: 01/2019
EL CONCEJO
MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE SONZACATE, DEPARTAMENTO DE SONSONATE.
CONSIDERANDO:
I.) Que de acuerdo con el Art. 203 y 204
numeral 1 y 5 de la Constitución de la República es competencia de los
Municipios crear, modificar y suprimir tasas y contribuciones especiales, por
la prestación servicios públicos municipales, en las materias de su competencia
y la prestación de los servicios;
II.) Que conforme a los Art. 3 y 30 numeral 4 y
21 del Código Municipal es facultad del Concejo Municipal emitir los acuerdos
de creación, modificación y supresión de tasas por los servicios que brinda la
municipalidad;
III.) Que la Ley General Tributaria Municipal en su
Art. 77 estipula que compete a los municipios emitir ordenanzas, reglamentos y
acuerdos para normar la Administración Tributaria Municipal;
IV.) Que mediante Acuerdo número uno, inserto en
acta número siete, de fecha trece de abril del año dos mil dieciocho el concejo
municipal aprobó la ORDENANZA REGULADORA DE TASAS POR SERVICIOS MUNICIPALES DEL
MUNICIPIO DE SONZACATE, DEPARTAMENTO DE SONSONATE, siendo imperativo para este
concejo municipal actualizarla con nuevos servicios.
POR TANTO:
En
uso de las facultades que le confiere el Código Municipal y la Ley General
Tributaria Municipal.
DECRETA:
REFORMA A LA ORDENANZA REGULADORA DE TASAS POR SERVICIOS
MUNICIPALES DEL MUNICIPIO DE SONZACATE, DEPARTAMENTO DE SONSONATE, de la
siguiente manera:
Art.
1 Adiciónese en el Artículo 5 Código 0105 VENTAS EN SITIOS PUBLICOS (PLAZAS,
PARQUES, ACERAS, CALLES, Y OTROS SIMILARES) de la siguiente manera:
01-05-09 Ventas en aceras, calles, plazas, parques y
otros sitios al día $ 1.00
Art.
2 Modifíquese en el Artículo 5 Código 0203 MATRICULAS, PERMISOS, DERECHOS Y
LICENICAS, 02-03-06, quedando de la siguiente manera:
02-03-06 Por mantener Torres y antenas para el
funcionamiento de telefonía, celular, televisión por cable o radio, cada una al
mes $ 250.00
Art.
3 Adiciónese en el Artículo 5 Código 02-03 MATRICULAS, PERMISOS, DERECHOS Y
LICENCIAS, los siguientes servicios:
02-03-18 Servicios de Video de Vigilancia, en
Residencial Los Castaños y Residencial Villa Florencia (Incluye vigilancia
Física) por vivienda al mes $ 12.40
03-03-19 Servicio de Jardinería y Mantenimiento, en
Residencial Los Castaños y Residencial Villa Florencia por vivienda al mes $
1.50
03-03-20 Servicio por el mantenimiento del Sistema de
Detención de Caudales (Sistema de Drenajes) en Residencial Los Castaños y
Residencial Villa Florencia $ 0.57
Art.
4.- La presente ordenanza entrará en vigencia a los ocho días siguientes de la
publicación en el Diario Oficial.
Dado
en el salón de sesiones del Concejo Municipal de la ciudad de Sonzacate,
Departamento de Sonsonate a los ocho días del mes de enero del año mil
diecinueve.
HÉCTOR ANTONIO ORELLANA VALLADARES
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MANUEL FRANCISCO TORRES ROMUALDO
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NÚMERO: 01/2019
EL CONCEJO
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CONSIDERANDO:
I.) Que de acuerdo con el Art. 203 y 204
numeral 1 y 5 de la Constitución de la República es competencia de los
Municipios crear, modificar y suprimir tasas y contribuciones especiales, por
la prestación servicios públicos municipales, en las materias de su competencia
y la prestación de los servicios;
II.) Que conforme a los Art. 3 y 30 numeral 4 y
21 del Código Municipal es facultad del Concejo Municipal emitir los acuerdos
de creación, modificación y supresión de tasas por los servicios que brinda la
municipalidad;
III.) Que la Ley General Tributaria Municipal en su
Art. 77 estipula que compete a los municipios emitir ordenanzas, reglamentos y
acuerdos para normar la Administración Tributaria Municipal;
IV.) Que mediante Acuerdo número uno, inserto en
acta número siete, de fecha trece de abril del año dos mil dieciocho el concejo
municipal aprobó la ORDENANZA REGULADORA DE TASAS POR SERVICIOS MUNICIPALES DEL
MUNICIPIO DE SONZACATE, DEPARTAMENTO DE SONSONATE, siendo imperativo para este
concejo municipal actualizarla con nuevos servicios.
POR TANTO:
En
uso de las facultades que le confiere el Código Municipal y la Ley General
Tributaria Municipal.
DECRETA:
REFORMA A LA ORDENANZA REGULADORA DE TASAS POR SERVICIOS
MUNICIPALES DEL MUNICIPIO DE SONZACATE, DEPARTAMENTO DE SONSONATE, de la
siguiente manera:
Art.
1 Adiciónese en el Artículo 5 Código 0105 VENTAS EN SITIOS PUBLICOS (PLAZAS,
PARQUES, ACERAS, CALLES, Y OTROS SIMILARES) de la siguiente manera:
01-05-09 Ventas en aceras, calles, plazas, parques y
otros sitios al día $ 1.00
Art.
2 Modifíquese en el Artículo 5 Código 0203 MATRICULAS, PERMISOS, DERECHOS Y
LICENICAS, 02-03-06, quedando de la siguiente manera:
02-03-06 Por mantener Torres y antenas para el
funcionamiento de telefonía, celular, televisión por cable o radio, cada una al
mes $ 250.00
Art.
3 Adiciónese en el Artículo 5 Código 02-03 MATRICULAS, PERMISOS, DERECHOS Y
LICENCIAS, los siguientes servicios:
02-03-18 Servicios de Video de Vigilancia, en
Residencial Los Castaños y Residencial Villa Florencia (Incluye vigilancia
Física) por vivienda al mes $ 12.40
03-03-19 Servicio de Jardinería y Mantenimiento, en
Residencial Los Castaños y Residencial Villa Florencia por vivienda al mes $
1.50
03-03-20 Servicio por el mantenimiento del Sistema de
Detención de Caudales (Sistema de Drenajes) en Residencial Los Castaños y
Residencial Villa Florencia $ 0.57
Art.
4.- La presente ordenanza entrará en vigencia a los ocho días siguientes de la
publicación en el Diario Oficial.
Dado
en el salón de sesiones del Concejo Municipal de la ciudad de Sonzacate,
Departamento de Sonsonate a los ocho días del mes de enero del año mil
diecinueve.
HÉCTOR ANTONIO ORELLANA VALLADARES
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MANUEL FRANCISCO TORRES ROMUALDO
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CONSIDERANDO:
I.) Que de acuerdo con el Art. 203 y 204
numeral 1 y 5 de la Constitución de la República es competencia de los
Municipios crear, modificar y suprimir tasas y contribuciones especiales, por
la prestación servicios públicos municipales, en las materias de su competencia
y la prestación de los servicios;
II.) Que conforme a los Art. 3 y 30 numeral 4 y
21 del Código Municipal es facultad del Concejo Municipal emitir los acuerdos
de creación, modificación y supresión de tasas por los servicios que brinda la
municipalidad;
III.) Que la Ley General Tributaria Municipal en su
Art. 77 estipula que compete a los municipios emitir ordenanzas, reglamentos y
acuerdos para normar la Administración Tributaria Municipal;
IV.) Que mediante Acuerdo número uno, inserto en
acta número siete, de fecha trece de abril del año dos mil dieciocho el concejo
municipal aprobó la ORDENANZA REGULADORA DE TASAS POR SERVICIOS MUNICIPALES DEL
MUNICIPIO DE SONZACATE, DEPARTAMENTO DE SONSONATE, siendo imperativo para este
concejo municipal actualizarla con nuevos servicios.
POR TANTO:
En
uso de las facultades que le confiere el Código Municipal y la Ley General
Tributaria Municipal.
DECRETA:
REFORMA A LA ORDENANZA REGULADORA DE TASAS POR SERVICIOS
MUNICIPALES DEL MUNICIPIO DE SONZACATE, DEPARTAMENTO DE SONSONATE, de la
siguiente manera:
Art.
1 Adiciónese en el Artículo 5 Código 0105 VENTAS EN SITIOS PUBLICOS (PLAZAS,
PARQUES, ACERAS, CALLES, Y OTROS SIMILARES) de la siguiente manera:
01-05-09 Ventas en aceras, calles, plazas, parques y
otros sitios al día $ 1.00
Art.
2 Modifíquese en el Artículo 5 Código 0203 MATRICULAS, PERMISOS, DERECHOS Y
LICENICAS, 02-03-06, quedando de la siguiente manera:
02-03-06 Por mantener Torres y antenas para el
funcionamiento de telefonía, celular, televisión por cable o radio, cada una al
mes $ 250.00
Art.
3 Adiciónese en el Artículo 5 Código 02-03 MATRICULAS, PERMISOS, DERECHOS Y
LICENCIAS, los siguientes servicios:
02-03-18 Servicios de Video de Vigilancia, en
Residencial Los Castaños y Residencial Villa Florencia (Incluye vigilancia
Física) por vivienda al mes $ 12.40
03-03-19 Servicio de Jardinería y Mantenimiento, en
Residencial Los Castaños y Residencial Villa Florencia por vivienda al mes $
1.50
03-03-20 Servicio por el mantenimiento del Sistema de
Detención de Caudales (Sistema de Drenajes) en Residencial Los Castaños y
Residencial Villa Florencia $ 0.57
Art.
4.- La presente ordenanza entrará en vigencia a los ocho días siguientes de la
publicación en el Diario Oficial.
Dado
en el salón de sesiones del Concejo Municipal de la ciudad de Sonzacate,
Departamento de Sonsonate a los ocho días del mes de enero del año mil
diecinueve.
HÉCTOR ANTONIO ORELLANA VALLADARES
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CONSIDERANDO:
I.) Que de acuerdo con el Art. 203 y 204
numeral 1 y 5 de la Constitución de la República es competencia de los
Municipios crear, modificar y suprimir tasas y contribuciones especiales, por
la prestación servicios públicos municipales, en las materias de su competencia
y la prestación de los servicios;
II.) Que conforme a los Art. 3 y 30 numeral 4 y
21 del Código Municipal es facultad del Concejo Municipal emitir los acuerdos
de creación, modificación y supresión de tasas por los servicios que brinda la
municipalidad;
III.) Que la Ley General Tributaria Municipal en su
Art. 77 estipula que compete a los municipios emitir ordenanzas, reglamentos y
acuerdos para normar la Administración Tributaria Municipal;
IV.) Que mediante Acuerdo número uno, inserto en
acta número siete, de fecha trece de abril del año dos mil dieciocho el concejo
municipal aprobó la ORDENANZA REGULADORA DE TASAS POR SERVICIOS MUNICIPALES DEL
MUNICIPIO DE SONZACATE, DEPARTAMENTO DE SONSONATE, siendo imperativo para este
concejo municipal actualizarla con nuevos servicios.
POR TANTO:
En
uso de las facultades que le confiere el Código Municipal y la Ley General
Tributaria Municipal.
DECRETA:
REFORMA A LA ORDENANZA REGULADORA DE TASAS POR SERVICIOS
MUNICIPALES DEL MUNICIPIO DE SONZACATE, DEPARTAMENTO DE SONSONATE, de la
siguiente manera:
Art.
1 Adiciónese en el Artículo 5 Código 0105 VENTAS EN SITIOS PUBLICOS (PLAZAS,
PARQUES, ACERAS, CALLES, Y OTROS SIMILARES) de la siguiente manera:
01-05-09 Ventas en aceras, calles, plazas, parques y
otros sitios al día $ 1.00
Art.
2 Modifíquese en el Artículo 5 Código 0203 MATRICULAS, PERMISOS, DERECHOS Y
LICENICAS, 02-03-06, quedando de la siguiente manera:
02-03-06 Por mantener Torres y antenas para el
funcionamiento de telefonía, celular, televisión por cable o radio, cada una al
mes $ 250.00
Art.
3 Adiciónese en el Artículo 5 Código 02-03 MATRICULAS, PERMISOS, DERECHOS Y
LICENCIAS, los siguientes servicios:
02-03-18 Servicios de Video de Vigilancia, en
Residencial Los Castaños y Residencial Villa Florencia (Incluye vigilancia
Física) por vivienda al mes $ 12.40
03-03-19 Servicio de Jardinería y Mantenimiento, en
Residencial Los Castaños y Residencial Villa Florencia por vivienda al mes $
1.50
03-03-20 Servicio por el mantenimiento del Sistema de
Detención de Caudales (Sistema de Drenajes) en Residencial Los Castaños y
Residencial Villa Florencia $ 0.57
Art.
4.- La presente ordenanza entrará en vigencia a los ocho días siguientes de la
publicación en el Diario Oficial.
Dado
en el salón de sesiones del Concejo Municipal de la ciudad de Sonzacate,
Departamento de Sonsonate a los ocho días del mes de enero del año mil
diecinueve.
HÉCTOR ANTONIO ORELLANA VALLADARES
ALCALDE MUNICIPAL
MANUEL FRANCISCO TORRES ROMUALDO
SÍNDICO MUNICIPAL
LIC. JUAN CARLOS CÁRCAMO QUIJANO
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DECRETO
NÚMERO: 01/2019
EL CONCEJO
MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE SONZACATE, DEPARTAMENTO DE SONSONATE.
CONSIDERANDO:
I.) Que de acuerdo con el Art. 203 y 204
numeral 1 y 5 de la Constitución de la República es competencia de los
Municipios crear, modificar y suprimir tasas y contribuciones especiales, por
la prestación servicios públicos municipales, en las materias de su competencia
y la prestación de los servicios;
II.) Que conforme a los Art. 3 y 30 numeral 4 y
21 del Código Municipal es facultad del Concejo Municipal emitir los acuerdos
de creación, modificación y supresión de tasas por los servicios que brinda la
municipalidad;
III.) Que la Ley General Tributaria Municipal en su
Art. 77 estipula que compete a los municipios emitir ordenanzas, reglamentos y
acuerdos para normar la Administración Tributaria Municipal;
IV.) Que mediante Acuerdo número uno, inserto en
acta número siete, de fecha trece de abril del año dos mil dieciocho el concejo
municipal aprobó la ORDENANZA REGULADORA DE TASAS POR SERVICIOS MUNICIPALES DEL
MUNICIPIO DE SONZACATE, DEPARTAMENTO DE SONSONATE, siendo imperativo para este
concejo municipal actualizarla con nuevos servicios.
POR TANTO:
En
uso de las facultades que le confiere el Código Municipal y la Ley General
Tributaria Municipal.
DECRETA:
REFORMA A LA ORDENANZA REGULADORA DE TASAS POR SERVICIOS
MUNICIPALES DEL MUNICIPIO DE SONZACATE, DEPARTAMENTO DE SONSONATE, de la
siguiente manera:
Art.
1 Adiciónese en el Artículo 5 Código 0105 VENTAS EN SITIOS PUBLICOS (PLAZAS,
PARQUES, ACERAS, CALLES, Y OTROS SIMILARES) de la siguiente manera:
01-05-09 Ventas en aceras, calles, plazas, parques y
otros sitios al día $ 1.00
Art.
2 Modifíquese en el Artículo 5 Código 0203 MATRICULAS, PERMISOS, DERECHOS Y
LICENICAS, 02-03-06, quedando de la siguiente manera:
02-03-06 Por mantener Torres y antenas para el
funcionamiento de telefonía, celular, televisión por cable o radio, cada una al
mes $ 250.00
Art.
3 Adiciónese en el Artículo 5 Código 02-03 MATRICULAS, PERMISOS, DERECHOS Y
LICENCIAS, los siguientes servicios:
02-03-18 Servicios de Video de Vigilancia, en
Residencial Los Castaños y Residencial Villa Florencia (Incluye vigilancia
Física) por vivienda al mes $ 12.40
03-03-19 Servicio de Jardinería y Mantenimiento, en
Residencial Los Castaños y Residencial Villa Florencia por vivienda al mes $
1.50
03-03-20 Servicio por el mantenimiento del Sistema de
Detención de Caudales (Sistema de Drenajes) en Residencial Los Castaños y
Residencial Villa Florencia $ 0.57
Art.
4.- La presente ordenanza entrará en vigencia a los ocho días siguientes de la
publicación en el Diario Oficial.
Dado
en el salón de sesiones del Concejo Municipal de la ciudad de Sonzacate,
Departamento de Sonsonate a los ocho días del mes de enero del año mil
diecinueve.
HÉCTOR ANTONIO ORELLANA VALLADARES
ALCALDE MUNICIPAL
MANUEL FRANCISCO TORRES ROMUALDO
SÍNDICO MUNICIPAL
LIC. JUAN CARLOS CÁRCAMO QUIJANO
SECRETARIO MUNICIPAL
Decreto
Municipal No. 1 de fecha 08 de enero de 2019, publicado en el Diario Oficial
No. 36, Tomo 422 de fecha 21 de febrero de 2019.
DECRETO
NÚMERO: 01/2019
EL CONCEJO
MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE SONZACATE, DEPARTAMENTO DE SONSONATE.
CONSIDERANDO:
I.) Que de acuerdo con el Art. 203 y 204
numeral 1 y 5 de la Constitución de la República es competencia de los
Municipios crear, modificar y suprimir tasas y contribuciones especiales, por
la prestación servicios públicos municipales, en las materias de su competencia
y la prestación de los servicios;
II.) Que conforme a los Art. 3 y 30 numeral 4 y
21 del Código Municipal es facultad del Concejo Municipal emitir los acuerdos
de creación, modificación y supresión de tasas por los servicios que brinda la
municipalidad;
III.) Que la Ley General Tributaria Municipal en su
Art. 77 estipula que compete a los municipios emitir ordenanzas, reglamentos y
acuerdos para normar la Administración Tributaria Municipal;
IV.) Que mediante Acuerdo número uno, inserto en
acta número siete, de fecha trece de abril del año dos mil dieciocho el concejo
municipal aprobó la ORDENANZA REGULADORA DE TASAS POR SERVICIOS MUNICIPALES DEL
MUNICIPIO DE SONZACATE, DEPARTAMENTO DE SONSONATE, siendo imperativo para este
concejo municipal actualizarla con nuevos servicios.
POR TANTO:
En
uso de las facultades que le confiere el Código Municipal y la Ley General
Tributaria Municipal.
DECRETA:
REFORMA A LA ORDENANZA REGULADORA DE TASAS POR SERVICIOS
MUNICIPALES DEL MUNICIPIO DE SONZACATE, DEPARTAMENTO DE SONSONATE, de la
siguiente manera:
Art.
1 Adiciónese en el Artículo 5 Código 0105 VENTAS EN SITIOS PUBLICOS (PLAZAS,
PARQUES, ACERAS, CALLES, Y OTROS SIMILARES) de la siguiente manera:
01-05-09 Ventas en aceras, calles, plazas, parques y
otros sitios al día $ 1.00
Art.
2 Modifíquese en el Artículo 5 Código 0203 MATRICULAS, PERMISOS, DERECHOS Y
LICENICAS, 02-03-06, quedando de la siguiente manera:
02-03-06 Por mantener Torres y antenas para el
funcionamiento de telefonía, celular, televisión por cable o radio, cada una al
mes $ 250.00
Art.
3 Adiciónese en el Artículo 5 Código 02-03 MATRICULAS, PERMISOS, DERECHOS Y
LICENCIAS, los siguientes servicios:
02-03-18 Servicios de Video de Vigilancia, en
Residencial Los Castaños y Residencial Villa Florencia (Incluye vigilancia
Física) por vivienda al mes $ 12.40
03-03-19 Servicio de Jardinería y Mantenimiento, en
Residencial Los Castaños y Residencial Villa Florencia por vivienda al mes $
1.50
03-03-20 Servicio por el mantenimiento del Sistema de
Detención de Caudales (Sistema de Drenajes) en Residencial Los Castaños y
Residencial Villa Florencia $ 0.57
Art.
4.- La presente ordenanza entrará en vigencia a los ocho días siguientes de la
publicación en el Diario Oficial.
Dado
en el salón de sesiones del Concejo Municipal de la ciudad de Sonzacate,
Departamento de Sonsonate a los ocho días del mes de enero del año mil
diecinueve.
HÉCTOR ANTONIO ORELLANA VALLADARES
ALCALDE MUNICIPAL
MANUEL FRANCISCO TORRES ROMUALDO
SÍNDICO MUNICIPAL
LIC. JUAN CARLOS CÁRCAMO QUIJANO
SECRETARIO MUNICIPAL
Decreto
Municipal No. 1 de fecha 08 de enero de 2019, publicado en el Diario Oficial
No. 36, Tomo 422 de fecha 21 de febrero de 2019.
DECRETO
NÚMERO: 01/2019
EL CONCEJO
MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE SONZACATE, DEPARTAMENTO DE SONSONATE.
CONSIDERANDO:
I.) Que de acuerdo con el Art. 203 y 204
numeral 1 y 5 de la Constitución de la República es competencia de los
Municipios crear, modificar y suprimir tasas y contribuciones especiales, por
la prestación servicios públicos municipales, en las materias de su competencia
y la prestación de los servicios;
II.) Que conforme a los Art. 3 y 30 numeral 4 y
21 del Código Municipal es facultad del Concejo Municipal emitir los acuerdos
de creación, modificación y supresión de tasas por los servicios que brinda la
municipalidad;
III.) Que la Ley General Tributaria Municipal en su
Art. 77 estipula que compete a los municipios emitir ordenanzas, reglamentos y
acuerdos para normar la Administración Tributaria Municipal;
IV.) Que mediante Acuerdo número uno, inserto en
acta número siete, de fecha trece de abril del año dos mil dieciocho el concejo
municipal aprobó la ORDENANZA REGULADORA DE TASAS POR SERVICIOS MUNICIPALES DEL
MUNICIPIO DE SONZACATE, DEPARTAMENTO DE SONSONATE, siendo imperativo para este
concejo municipal actualizarla con nuevos servicios.
POR TANTO:
En
uso de las facultades que le confiere el Código Municipal y la Ley General
Tributaria Municipal.
DECRETA:
REFORMA A LA ORDENANZA REGULADORA DE TASAS POR SERVICIOS
MUNICIPALES DEL MUNICIPIO DE SONZACATE, DEPARTAMENTO DE SONSONATE, de la
siguiente manera:
Art.
1 Adiciónese en el Artículo 5 Código 0105 VENTAS EN SITIOS PUBLICOS (PLAZAS,
PARQUES, ACERAS, CALLES, Y OTROS SIMILARES) de la siguiente manera:
01-05-09 Ventas en aceras, calles, plazas, parques y
otros sitios al día $ 1.00
Art.
2 Modifíquese en el Artículo 5 Código 0203 MATRICULAS, PERMISOS, DERECHOS Y
LICENICAS, 02-03-06, quedando de la siguiente manera:
02-03-06 Por mantener Torres y antenas para el
funcionamiento de telefonía, celular, televisión por cable o radio, cada una al
mes $ 250.00
Art.
3 Adiciónese en el Artículo 5 Código 02-03 MATRICULAS, PERMISOS, DERECHOS Y
LICENCIAS, los siguientes servicios:
02-03-18 Servicios de Video de Vigilancia, en
Residencial Los Castaños y Residencial Villa Florencia (Incluye vigilancia
Física) por vivienda al mes $ 12.40
03-03-19 Servicio de Jardinería y Mantenimiento, en
Residencial Los Castaños y Residencial Villa Florencia por vivienda al mes $
1.50
03-03-20 Servicio por el mantenimiento del Sistema de
Detención de Caudales (Sistema de Drenajes) en Residencial Los Castaños y
Residencial Villa Florencia $ 0.57
Art.
4.- La presente ordenanza entrará en vigencia a los ocho días siguientes de la
publicación en el Diario Oficial.
Dado
en el salón de sesiones del Concejo Municipal de la ciudad de Sonzacate,
Departamento de Sonsonate a los ocho días del mes de enero del año mil
diecinueve.
HÉCTOR ANTONIO ORELLANA VALLADARES
ALCALDE MUNICIPAL
MANUEL FRANCISCO TORRES ROMUALDO
SÍNDICO MUNICIPAL
LIC. JUAN CARLOS CÁRCAMO QUIJANO
SECRETARIO MUNICIPAL
Decreto
Municipal No. 1 de fecha 08 de enero de 2019, publicado en el Diario Oficial
No. 36, Tomo 422 de fecha 21 de febrero de 2019.
DECRETO
NÚMERO: 01/2019
EL CONCEJO
MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE SONZACATE, DEPARTAMENTO DE SONSONATE.
CONSIDERANDO:
I.) Que de acuerdo con el Art. 203 y 204
numeral 1 y 5 de la Constitución de la República es competencia de los
Municipios crear, modificar y suprimir tasas y contribuciones especiales, por
la prestación servicios públicos municipales, en las materias de su competencia
y la prestación de los servicios;
II.) Que conforme a los Art. 3 y 30 numeral 4 y
21 del Código Municipal es facultad del Concejo Municipal emitir los acuerdos
de creación, modificación y supresión de tasas por los servicios que brinda la
municipalidad;
III.) Que la Ley General Tributaria Municipal en su
Art. 77 estipula que compete a los municipios emitir ordenanzas, reglamentos y
acuerdos para normar la Administración Tributaria Municipal;
IV.) Que mediante Acuerdo número uno, inserto en
acta número siete, de fecha trece de abril del año dos mil dieciocho el concejo
municipal aprobó la ORDENANZA REGULADORA DE TASAS POR SERVICIOS MUNICIPALES DEL
MUNICIPIO DE SONZACATE, DEPARTAMENTO DE SONSONATE, siendo imperativo para este
concejo municipal actualizarla con nuevos servicios.
POR TANTO:
En
uso de las facultades que le confiere el Código Municipal y la Ley General
Tributaria Municipal.
DECRETA:
REFORMA A LA ORDENANZA REGULADORA DE TASAS POR SERVICIOS
MUNICIPALES DEL MUNICIPIO DE SONZACATE, DEPARTAMENTO DE SONSONATE, de la
siguiente manera:
Art.
1 Adiciónese en el Artículo 5 Código 0105 VENTAS EN SITIOS PUBLICOS (PLAZAS,
PARQUES, ACERAS, CALLES, Y OTROS SIMILARES) de la siguiente manera:
01-05-09 Ventas en aceras, calles, plazas, parques y
otros sitios al día $ 1.00
Art.
2 Modifíquese en el Artículo 5 Código 0203 MATRICULAS, PERMISOS, DERECHOS Y
LICENICAS, 02-03-06, quedando de la siguiente manera:
02-03-06 Por mantener Torres y antenas para el
funcionamiento de telefonía, celular, televisión por cable o radio, cada una al
mes $ 250.00
Art.
3 Adiciónese en el Artículo 5 Código 02-03 MATRICULAS, PERMISOS, DERECHOS Y
LICENCIAS, los siguientes servicios:
02-03-18 Servicios de Video de Vigilancia, en
Residencial Los Castaños y Residencial Villa Florencia (Incluye vigilancia
Física) por vivienda al mes $ 12.40
03-03-19 Servicio de Jardinería y Mantenimiento, en
Residencial Los Castaños y Residencial Villa Florencia por vivienda al mes $
1.50
03-03-20 Servicio por el mantenimiento del Sistema de
Detención de Caudales (Sistema de Drenajes) en Residencial Los Castaños y
Residencial Villa Florencia $ 0.57
Art.
4.- La presente ordenanza entrará en vigencia a los ocho días siguientes de la
publicación en el Diario Oficial.
Dado
en el salón de sesiones del Concejo Municipal de la ciudad de Sonzacate,
Departamento de Sonsonate a los ocho días del mes de enero del año mil
diecinueve.
HÉCTOR ANTONIO ORELLANA VALLADARES
ALCALDE MUNICIPAL
MANUEL FRANCISCO TORRES ROMUALDO
SÍNDICO MUNICIPAL
LIC. JUAN CARLOS CÁRCAMO QUIJANO
SECRETARIO MUNICIPAL
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No. 36, Tomo 422 de fecha 21 de febrero de 2019.
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NÚMERO: 01/2019
EL CONCEJO
MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE SONZACATE, DEPARTAMENTO DE SONSONATE.
CONSIDERANDO:
I.) Que de acuerdo con el Art. 203 y 204
numeral 1 y 5 de la Constitución de la República es competencia de los
Municipios crear, modificar y suprimir tasas y contribuciones especiales, por
la prestación servicios públicos municipales, en las materias de su competencia
y la prestación de los servicios;
II.) Que conforme a los Art. 3 y 30 numeral 4 y
21 del Código Municipal es facultad del Concejo Municipal emitir los acuerdos
de creación, modificación y supresión de tasas por los servicios que brinda la
municipalidad;
III.) Que la Ley General Tributaria Municipal en su
Art. 77 estipula que compete a los municipios emitir ordenanzas, reglamentos y
acuerdos para normar la Administración Tributaria Municipal;
IV.) Que mediante Acuerdo número uno, inserto en
acta número siete, de fecha trece de abril del año dos mil dieciocho el concejo
municipal aprobó la ORDENANZA REGULADORA DE TASAS POR SERVICIOS MUNICIPALES DEL
MUNICIPIO DE SONZACATE, DEPARTAMENTO DE SONSONATE, siendo imperativo para este
concejo municipal actualizarla con nuevos servicios.
POR TANTO:
En
uso de las facultades que le confiere el Código Municipal y la Ley General
Tributaria Municipal.
DECRETA:
REFORMA A LA ORDENANZA REGULADORA DE TASAS POR SERVICIOS
MUNICIPALES DEL MUNICIPIO DE SONZACATE, DEPARTAMENTO DE SONSONATE, de la
siguiente manera:
Art.
1 Adiciónese en el Artículo 5 Código 0105 VENTAS EN SITIOS PUBLICOS (PLAZAS,
PARQUES, ACERAS, CALLES, Y OTROS SIMILARES) de la siguiente manera:
01-05-09 Ventas en aceras, calles, plazas, parques y
otros sitios al día $ 1.00
Art.
2 Modifíquese en el Artículo 5 Código 0203 MATRICULAS, PERMISOS, DERECHOS Y
LICENICAS, 02-03-06, quedando de la siguiente manera:
02-03-06 Por mantener Torres y antenas para el
funcionamiento de telefonía, celular, televisión por cable o radio, cada una al
mes $ 250.00
Art.
3 Adiciónese en el Artículo 5 Código 02-03 MATRICULAS, PERMISOS, DERECHOS Y
LICENCIAS, los siguientes servicios:
02-03-18 Servicios de Video de Vigilancia, en
Residencial Los Castaños y Residencial Villa Florencia (Incluye vigilancia
Física) por vivienda al mes $ 12.40
03-03-19 Servicio de Jardinería y Mantenimiento, en
Residencial Los Castaños y Residencial Villa Florencia por vivienda al mes $
1.50
03-03-20 Servicio por el mantenimiento del Sistema de
Detención de Caudales (Sistema de Drenajes) en Residencial Los Castaños y
Residencial Villa Florencia $ 0.57
Art.
4.- La presente ordenanza entrará en vigencia a los ocho días siguientes de la
publicación en el Diario Oficial.
Dado
en el salón de sesiones del Concejo Municipal de la ciudad de Sonzacate,
Departamento de Sonsonate a los ocho días del mes de enero del año mil
diecinueve.
HÉCTOR ANTONIO ORELLANA VALLADARES
ALCALDE MUNICIPAL
MANUEL FRANCISCO TORRES ROMUALDO
SÍNDICO MUNICIPAL
LIC. JUAN CARLOS CÁRCAMO QUIJANO
SECRETARIO MUNICIPAL
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No. 36, Tomo 422 de fecha 21 de febrero de 2019.
DECRETO
NÚMERO: 01/2019
EL CONCEJO
MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE SONZACATE, DEPARTAMENTO DE SONSONATE.
CONSIDERANDO:
I.) Que de acuerdo con el Art. 203 y 204
numeral 1 y 5 de la Constitución de la República es competencia de los
Municipios crear, modificar y suprimir tasas y contribuciones especiales, por
la prestación servicios públicos municipales, en las materias de su competencia
y la prestación de los servicios;
II.) Que conforme a los Art. 3 y 30 numeral 4 y
21 del Código Municipal es facultad del Concejo Municipal emitir los acuerdos
de creación, modificación y supresión de tasas por los servicios que brinda la
municipalidad;
III.) Que la Ley General Tributaria Municipal en su
Art. 77 estipula que compete a los municipios emitir ordenanzas, reglamentos y
acuerdos para normar la Administración Tributaria Municipal;
IV.) Que mediante Acuerdo número uno, inserto en
acta número siete, de fecha trece de abril del año dos mil dieciocho el concejo
municipal aprobó la ORDENANZA REGULADORA DE TASAS POR SERVICIOS MUNICIPALES DEL
MUNICIPIO DE SONZACATE, DEPARTAMENTO DE SONSONATE, siendo imperativo para este
concejo municipal actualizarla con nuevos servicios.
POR TANTO:
En
uso de las facultades que le confiere el Código Municipal y la Ley General
Tributaria Municipal.
DECRETA:
REFORMA A LA ORDENANZA REGULADORA DE TASAS POR SERVICIOS
MUNICIPALES DEL MUNICIPIO DE SONZACATE, DEPARTAMENTO DE SONSONATE, de la
siguiente manera:
Art.
1 Adiciónese en el Artículo 5 Código 0105 VENTAS EN SITIOS PUBLICOS (PLAZAS,
PARQUES, ACERAS, CALLES, Y OTROS SIMILARES) de la siguiente manera:
01-05-09 Ventas en aceras, calles, plazas, parques y
otros sitios al día $ 1.00
Art.
2 Modifíquese en el Artículo 5 Código 0203 MATRICULAS, PERMISOS, DERECHOS Y
LICENICAS, 02-03-06, quedando de la siguiente manera:
02-03-06 Por mantener Torres y antenas para el
funcionamiento de telefonía, celular, televisión por cable o radio, cada una al
mes $ 250.00
Art.
3 Adiciónese en el Artículo 5 Código 02-03 MATRICULAS, PERMISOS, DERECHOS Y
LICENCIAS, los siguientes servicios:
02-03-18 Servicios de Video de Vigilancia, en
Residencial Los Castaños y Residencial Villa Florencia (Incluye vigilancia
Física) por vivienda al mes $ 12.40
03-03-19 Servicio de Jardinería y Mantenimiento, en
Residencial Los Castaños y Residencial Villa Florencia por vivienda al mes $
1.50
03-03-20 Servicio por el mantenimiento del Sistema de
Detención de Caudales (Sistema de Drenajes) en Residencial Los Castaños y
Residencial Villa Florencia $ 0.57
Art.
4.- La presente ordenanza entrará en vigencia a los ocho días siguientes de la
publicación en el Diario Oficial.
Dado
en el salón de sesiones del Concejo Municipal de la ciudad de Sonzacate,
Departamento de Sonsonate a los ocho días del mes de enero del año mil
diecinueve.
HÉCTOR ANTONIO ORELLANA VALLADARES
ALCALDE MUNICIPAL
MANUEL FRANCISCO TORRES ROMUALDO
SÍNDICO MUNICIPAL
LIC. JUAN CARLOS CÁRCAMO QUIJANO
SECRETARIO MUNICIPAL
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No. 36, Tomo 422 de fecha 21 de febrero de 2019.
DECRETO
NÚMERO: 01/2019
EL CONCEJO
MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE SONZACATE, DEPARTAMENTO DE SONSONATE.
CONSIDERANDO:
I.) Que de acuerdo con el Art. 203 y 204
numeral 1 y 5 de la Constitución de la República es competencia de los
Municipios crear, modificar y suprimir tasas y contribuciones especiales, por
la prestación servicios públicos municipales, en las materias de su competencia
y la prestación de los servicios;
II.) Que conforme a los Art. 3 y 30 numeral 4 y
21 del Código Municipal es facultad del Concejo Municipal emitir los acuerdos
de creación, modificación y supresión de tasas por los servicios que brinda la
municipalidad;
III.) Que la Ley General Tributaria Municipal en su
Art. 77 estipula que compete a los municipios emitir ordenanzas, reglamentos y
acuerdos para normar la Administración Tributaria Municipal;
IV.) Que mediante Acuerdo número uno, inserto en
acta número siete, de fecha trece de abril del año dos mil dieciocho el concejo
municipal aprobó la ORDENANZA REGULADORA DE TASAS POR SERVICIOS MUNICIPALES DEL
MUNICIPIO DE SONZACATE, DEPARTAMENTO DE SONSONATE, siendo imperativo para este
concejo municipal actualizarla con nuevos servicios.
POR TANTO:
En
uso de las facultades que le confiere el Código Municipal y la Ley General
Tributaria Municipal.
DECRETA:
REFORMA A LA ORDENANZA REGULADORA DE TASAS POR SERVICIOS
MUNICIPALES DEL MUNICIPIO DE SONZACATE, DEPARTAMENTO DE SONSONATE, de la
siguiente manera:
Art.
1 Adiciónese en el Artículo 5 Código 0105 VENTAS EN SITIOS PUBLICOS (PLAZAS,
PARQUES, ACERAS, CALLES, Y OTROS SIMILARES) de la siguiente manera:
01-05-09 Ventas en aceras, calles, plazas, parques y
otros sitios al día $ 1.00
Art.
2 Modifíquese en el Artículo 5 Código 0203 MATRICULAS, PERMISOS, DERECHOS Y
LICENICAS, 02-03-06, quedando de la siguiente manera:
02-03-06 Por mantener Torres y antenas para el
funcionamiento de telefonía, celular, televisión por cable o radio, cada una al
mes $ 250.00
Art.
3 Adiciónese en el Artículo 5 Código 02-03 MATRICULAS, PERMISOS, DERECHOS Y
LICENCIAS, los siguientes servicios:
02-03-18 Servicios de Video de Vigilancia, en
Residencial Los Castaños y Residencial Villa Florencia (Incluye vigilancia
Física) por vivienda al mes $ 12.40
03-03-19 Servicio de Jardinería y Mantenimiento, en
Residencial Los Castaños y Residencial Villa Florencia por vivienda al mes $
1.50
03-03-20 Servicio por el mantenimiento del Sistema de
Detención de Caudales (Sistema de Drenajes) en Residencial Los Castaños y
Residencial Villa Florencia $ 0.57
Art.
4.- La presente ordenanza entrará en vigencia a los ocho días siguientes de la
publicación en el Diario Oficial.
Dado
en el salón de sesiones del Concejo Municipal de la ciudad de Sonzacate,
Departamento de Sonsonate a los ocho días del mes de enero del año mil
diecinueve.
HÉCTOR ANTONIO ORELLANA VALLADARES
ALCALDE MUNICIPAL
MANUEL FRANCISCO TORRES ROMUALDO
SÍNDICO MUNICIPAL
LIC. JUAN CARLOS CÁRCAMO QUIJANO
SECRETARIO MUNICIPAL
Decreto
Municipal No. 1 de fecha 08 de enero de 2019, publicado en el Diario Oficial
No. 36, Tomo 422 de fecha 21 de febrero de 2019.
DECRETO
NÚMERO: 01/2019
EL CONCEJO
MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE SONZACATE, DEPARTAMENTO DE SONSONATE.
CONSIDERANDO:
I.) Que de acuerdo con el Art. 203 y 204
numeral 1 y 5 de la Constitución de la República es competencia de los
Municipios crear, modificar y suprimir tasas y contribuciones especiales, por
la prestación servicios públicos municipales, en las materias de su competencia
y la prestación de los servicios;
II.) Que conforme a los Art. 3 y 30 numeral 4 y
21 del Código Municipal es facultad del Concejo Municipal emitir los acuerdos
de creación, modificación y supresión de tasas por los servicios que brinda la
municipalidad;
III.) Que la Ley General Tributaria Municipal en su
Art. 77 estipula que compete a los municipios emitir ordenanzas, reglamentos y
acuerdos para normar la Administración Tributaria Municipal;
IV.) Que mediante Acuerdo número uno, inserto en
acta número siete, de fecha trece de abril del año dos mil dieciocho el concejo
municipal aprobó la ORDENANZA REGULADORA DE TASAS POR SERVICIOS MUNICIPALES DEL
MUNICIPIO DE SONZACATE, DEPARTAMENTO DE SONSONATE, siendo imperativo para este
concejo municipal actualizarla con nuevos servicios.
POR TANTO:
En
uso de las facultades que le confiere el Código Municipal y la Ley General
Tributaria Municipal.
DECRETA:
REFORMA A LA ORDENANZA REGULADORA DE TASAS POR SERVICIOS
MUNICIPALES DEL MUNICIPIO DE SONZACATE, DEPARTAMENTO DE SONSONATE, de la
siguiente manera:
Art.
1 Adiciónese en el Artículo 5 Código 0105 VENTAS EN SITIOS PUBLICOS (PLAZAS,
PARQUES, ACERAS, CALLES, Y OTROS SIMILARES) de la siguiente manera:
01-05-09 Ventas en aceras, calles, plazas, parques y
otros sitios al día $ 1.00
Art.
2 Modifíquese en el Artículo 5 Código 0203 MATRICULAS, PERMISOS, DERECHOS Y
LICENICAS, 02-03-06, quedando de la siguiente manera:
02-03-06 Por mantener Torres y antenas para el
funcionamiento de telefonía, celular, televisión por cable o radio, cada una al
mes $ 250.00
Art.
3 Adiciónese en el Artículo 5 Código 02-03 MATRICULAS, PERMISOS, DERECHOS Y
LICENCIAS, los siguientes servicios:
02-03-18 Servicios de Video de Vigilancia, en
Residencial Los Castaños y Residencial Villa Florencia (Incluye vigilancia
Física) por vivienda al mes $ 12.40
03-03-19 Servicio de Jardinería y Mantenimiento, en
Residencial Los Castaños y Residencial Villa Florencia por vivienda al mes $
1.50
03-03-20 Servicio por el mantenimiento del Sistema de
Detención de Caudales (Sistema de Drenajes) en Residencial Los Castaños y
Residencial Villa Florencia $ 0.57
Art.
4.- La presente ordenanza entrará en vigencia a los ocho días siguientes de la
publicación en el Diario Oficial.
Dado
en el salón de sesiones del Concejo Municipal de la ciudad de Sonzacate,
Departamento de Sonsonate a los ocho días del mes de enero del año mil
diecinueve.
HÉCTOR ANTONIO ORELLANA VALLADARES
ALCALDE MUNICIPAL
MANUEL FRANCISCO TORRES ROMUALDO
SÍNDICO MUNICIPAL
LIC. JUAN CARLOS CÁRCAMO QUIJANO
SECRETARIO MUNICIPAL
Decreto
Municipal No. 1 de fecha 08 de enero de 2019, publicado en el Diario Oficial
No. 36, Tomo 422 de fecha 21 de febrero de 2019.
DECRETO
NÚMERO: 01/2019
EL CONCEJO
MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE SONZACATE, DEPARTAMENTO DE SONSONATE.
CONSIDERANDO:
I.) Que de acuerdo con el Art. 203 y 204
numeral 1 y 5 de la Constitución de la República es competencia de los
Municipios crear, modificar y suprimir tasas y contribuciones especiales, por
la prestación servicios públicos municipales, en las materias de su competencia
y la prestación de los servicios;
II.) Que conforme a los Art. 3 y 30 numeral 4 y
21 del Código Municipal es facultad del Concejo Municipal emitir los acuerdos
de creación, modificación y supresión de tasas por los servicios que brinda la
municipalidad;
III.) Que la Ley General Tributaria Municipal en su
Art. 77 estipula que compete a los municipios emitir ordenanzas, reglamentos y
acuerdos para normar la Administración Tributaria Municipal;
IV.) Que mediante Acuerdo número uno, inserto en
acta número siete, de fecha trece de abril del año dos mil dieciocho el concejo
municipal aprobó la ORDENANZA REGULADORA DE TASAS POR SERVICIOS MUNICIPALES DEL
MUNICIPIO DE SONZACATE, DEPARTAMENTO DE SONSONATE, siendo imperativo para este
concejo municipal actualizarla con nuevos servicios.
POR TANTO:
En
uso de las facultades que le confiere el Código Municipal y la Ley General
Tributaria Municipal.
DECRETA:
REFORMA A LA ORDENANZA REGULADORA DE TASAS POR SERVICIOS
MUNICIPALES DEL MUNICIPIO DE SONZACATE, DEPARTAMENTO DE SONSONATE, de la
siguiente manera:
Art.
1 Adiciónese en el Artículo 5 Código 0105 VENTAS EN SITIOS PUBLICOS (PLAZAS,
PARQUES, ACERAS, CALLES, Y OTROS SIMILARES) de la siguiente manera:
01-05-09 Ventas en aceras, calles, plazas, parques y
otros sitios al día $ 1.00
Art.
2 Modifíquese en el Artículo 5 Código 0203 MATRICULAS, PERMISOS, DERECHOS Y
LICENICAS, 02-03-06, quedando de la siguiente manera:
02-03-06 Por mantener Torres y antenas para el
funcionamiento de telefonía, celular, televisión por cable o radio, cada una al
mes $ 250.00
Art.
3 Adiciónese en el Artículo 5 Código 02-03 MATRICULAS, PERMISOS, DERECHOS Y
LICENCIAS, los siguientes servicios:
02-03-18 Servicios de Video de Vigilancia, en
Residencial Los Castaños y Residencial Villa Florencia (Incluye vigilancia
Física) por vivienda al mes $ 12.40
03-03-19 Servicio de Jardinería y Mantenimiento, en
Residencial Los Castaños y Residencial Villa Florencia por vivienda al mes $
1.50
03-03-20 Servicio por el mantenimiento del Sistema de
Detención de Caudales (Sistema de Drenajes) en Residencial Los Castaños y
Residencial Villa Florencia $ 0.57
Art.
4.- La presente ordenanza entrará en vigencia a los ocho días siguientes de la
publicación en el Diario Oficial.
Dado
en el salón de sesiones del Concejo Municipal de la ciudad de Sonzacate,
Departamento de Sonsonate a los ocho días del mes de enero del año mil
diecinueve.
HÉCTOR ANTONIO ORELLANA VALLADARES
ALCALDE MUNICIPAL
MANUEL FRANCISCO TORRES ROMUALDO
SÍNDICO MUNICIPAL
LIC. JUAN CARLOS CÁRCAMO QUIJANO
SECRETARIO MUNICIPAL
Decreto
Municipal No. 1 de fecha 08 de enero de 2019, publicado en el Diario Oficial
No. 36, Tomo 422 de fecha 21 de febrero de 2019.
DECRETO
NÚMERO: 01/2019
EL CONCEJO
MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE SONZACATE, DEPARTAMENTO DE SONSONATE.
CONSIDERANDO:
I.) Que de acuerdo con el Art. 203 y 204
numeral 1 y 5 de la Constitución de la República es competencia de los
Municipios crear, modificar y suprimir tasas y contribuciones especiales, por
la prestación servicios públicos municipales, en las materias de su competencia
y la prestación de los servicios;
II.) Que conforme a los Art. 3 y 30 numeral 4 y
21 del Código Municipal es facultad del Concejo Municipal emitir los acuerdos
de creación, modificación y supresión de tasas por los servicios que brinda la
municipalidad;
III.) Que la Ley General Tributaria Municipal en su
Art. 77 estipula que compete a los municipios emitir ordenanzas, reglamentos y
acuerdos para normar la Administración Tributaria Municipal;
IV.) Que mediante Acuerdo número uno, inserto en
acta número siete, de fecha trece de abril del año dos mil dieciocho el concejo
municipal aprobó la ORDENANZA REGULADORA DE TASAS POR SERVICIOS MUNICIPALES DEL
MUNICIPIO DE SONZACATE, DEPARTAMENTO DE SONSONATE, siendo imperativo para este
concejo municipal actualizarla con nuevos servicios.
POR TANTO:
En
uso de las facultades que le confiere el Código Municipal y la Ley General
Tributaria Municipal.
DECRETA:
REFORMA A LA ORDENANZA REGULADORA DE TASAS POR SERVICIOS
MUNICIPALES DEL MUNICIPIO DE SONZACATE, DEPARTAMENTO DE SONSONATE, de la
siguiente manera:
Art.
1 Adiciónese en el Artículo 5 Código 0105 VENTAS EN SITIOS PUBLICOS (PLAZAS,
PARQUES, ACERAS, CALLES, Y OTROS SIMILARES) de la siguiente manera:
01-05-09 Ventas en aceras, calles, plazas, parques y
otros sitios al día $ 1.00
Art.
2 Modifíquese en el Artículo 5 Código 0203 MATRICULAS, PERMISOS, DERECHOS Y
LICENICAS, 02-03-06, quedando de la siguiente manera:
02-03-06 Por mantener Torres y antenas para el
funcionamiento de telefonía, celular, televisión por cable o radio, cada una al
mes $ 250.00
Art.
3 Adiciónese en el Artículo 5 Código 02-03 MATRICULAS, PERMISOS, DERECHOS Y
LICENCIAS, los siguientes servicios:
02-03-18 Servicios de Video de Vigilancia, en
Residencial Los Castaños y Residencial Villa Florencia (Incluye vigilancia
Física) por vivienda al mes $ 12.40
03-03-19 Servicio de Jardinería y Mantenimiento, en
Residencial Los Castaños y Residencial Villa Florencia por vivienda al mes $
1.50
03-03-20 Servicio por el mantenimiento del Sistema de
Detención de Caudales (Sistema de Drenajes) en Residencial Los Castaños y
Residencial Villa Florencia $ 0.57
Art.
4.- La presente ordenanza entrará en vigencia a los ocho días siguientes de la
publicación en el Diario Oficial.
Dado
en el salón de sesiones del Concejo Municipal de la ciudad de Sonzacate,
Departamento de Sonsonate a los ocho días del mes de enero del año mil
diecinueve.
HÉCTOR ANTONIO ORELLANA VALLADARES
ALCALDE MUNICIPAL
MANUEL FRANCISCO TORRES ROMUALDO
SÍNDICO MUNICIPAL
LIC. JUAN CARLOS CÁRCAMO QUIJANO
SECRETARIO MUNICIPAL
Decreto
Municipal No. 1 de fecha 08 de enero de 2019, publicado en el Diario Oficial
No. 36, Tomo 422 de fecha 21 de febrero de 2019.
DECRETO
NÚMERO: 01/2019
EL CONCEJO
MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE SONZACATE, DEPARTAMENTO DE SONSONATE.
CONSIDERANDO:
I.) Que de acuerdo con el Art. 203 y 204
numeral 1 y 5 de la Constitución de la República es competencia de los
Municipios crear, modificar y suprimir tasas y contribuciones especiales, por
la prestación servicios públicos municipales, en las materias de su competencia
y la prestación de los servicios;
II.) Que conforme a los Art. 3 y 30 numeral 4 y
21 del Código Municipal es facultad del Concejo Municipal emitir los acuerdos
de creación, modificación y supresión de tasas por los servicios que brinda la
municipalidad;
III.) Que la Ley General Tributaria Municipal en su
Art. 77 estipula que compete a los municipios emitir ordenanzas, reglamentos y
acuerdos para normar la Administración Tributaria Municipal;
IV.) Que mediante Acuerdo número uno, inserto en
acta número siete, de fecha trece de abril del año dos mil dieciocho el concejo
municipal aprobó la ORDENANZA REGULADORA DE TASAS POR SERVICIOS MUNICIPALES DEL
MUNICIPIO DE SONZACATE, DEPARTAMENTO DE SONSONATE, siendo imperativo para este
concejo municipal actualizarla con nuevos servicios.
POR TANTO:
En
uso de las facultades que le confiere el Código Municipal y la Ley General
Tributaria Municipal.
DECRETA:
REFORMA A LA ORDENANZA REGULADORA DE TASAS POR SERVICIOS
MUNICIPALES DEL MUNICIPIO DE SONZACATE, DEPARTAMENTO DE SONSONATE, de la
siguiente manera:
Art.
1 Adiciónese en el Artículo 5 Código 0105 VENTAS EN SITIOS PUBLICOS (PLAZAS,
PARQUES, ACERAS, CALLES, Y OTROS SIMILARES) de la siguiente manera:
01-05-09 Ventas en aceras, calles, plazas, parques y
otros sitios al día $ 1.00
Art.
2 Modifíquese en el Artículo 5 Código 0203 MATRICULAS, PERMISOS, DERECHOS Y
LICENICAS, 02-03-06, quedando de la siguiente manera:
02-03-06 Por mantener Torres y antenas para el
funcionamiento de telefonía, celular, televisión por cable o radio, cada una al
mes $ 250.00
Art.
3 Adiciónese en el Artículo 5 Código 02-03 MATRICULAS, PERMISOS, DERECHOS Y
LICENCIAS, los siguientes servicios:
02-03-18 Servicios de Video de Vigilancia, en
Residencial Los Castaños y Residencial Villa Florencia (Incluye vigilancia
Física) por vivienda al mes $ 12.40
03-03-19 Servicio de Jardinería y Mantenimiento, en
Residencial Los Castaños y Residencial Villa Florencia por vivienda al mes $
1.50
03-03-20 Servicio por el mantenimiento del Sistema de
Detención de Caudales (Sistema de Drenajes) en Residencial Los Castaños y
Residencial Villa Florencia $ 0.57
Art.
4.- La presente ordenanza entrará en vigencia a los ocho días siguientes de la
publicación en el Diario Oficial.
Dado
en el salón de sesiones del Concejo Municipal de la ciudad de Sonzacate,
Departamento de Sonsonate a los ocho días del mes de enero del año mil
diecinueve.
HÉCTOR ANTONIO ORELLANA VALLADARES
ALCALDE MUNICIPAL
MANUEL FRANCISCO TORRES ROMUALDO
SÍNDICO MUNICIPAL
LIC. JUAN CARLOS CÁRCAMO QUIJANO
SECRETARIO MUNICIPAL
Decreto
Municipal No. 1 de fecha 08 de enero de 2019, publicado en el Diario Oficial
No. 36, Tomo 422 de fecha 21 de febrero de 2019.
DECRETO
NÚMERO: 01/2019
EL CONCEJO
MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE SONZACATE, DEPARTAMENTO DE SONSONATE.
CONSIDERANDO:
I.) Que de acuerdo con el Art. 203 y 204
numeral 1 y 5 de la Constitución de la República es competencia de los
Municipios crear, modificar y suprimir tasas y contribuciones especiales, por
la prestación servicios públicos municipales, en las materias de su competencia
y la prestación de los servicios;
II.) Que conforme a los Art. 3 y 30 numeral 4 y
21 del Código Municipal es facultad del Concejo Municipal emitir los acuerdos
de creación, modificación y supresión de tasas por los servicios que brinda la
municipalidad;
III.) Que la Ley General Tributaria Municipal en su
Art. 77 estipula que compete a los municipios emitir ordenanzas, reglamentos y
acuerdos para normar la Administración Tributaria Municipal;
IV.) Que mediante Acuerdo número uno, inserto en
acta número siete, de fecha trece de abril del año dos mil dieciocho el concejo
municipal aprobó la ORDENANZA REGULADORA DE TASAS POR SERVICIOS MUNICIPALES DEL
MUNICIPIO DE SONZACATE, DEPARTAMENTO DE SONSONATE, siendo imperativo para este
concejo municipal actualizarla con nuevos servicios.
POR TANTO:
En
uso de las facultades que le confiere el Código Municipal y la Ley General
Tributaria Municipal.
DECRETA:
REFORMA A LA ORDENANZA REGULADORA DE TASAS POR SERVICIOS
MUNICIPALES DEL MUNICIPIO DE SONZACATE, DEPARTAMENTO DE SONSONATE, de la
siguiente manera:
Art.
1 Adiciónese en el Artículo 5 Código 0105 VENTAS EN SITIOS PUBLICOS (PLAZAS,
PARQUES, ACERAS, CALLES, Y OTROS SIMILARES) de la siguiente manera:
01-05-09 Ventas en aceras, calles, plazas, parques y
otros sitios al día $ 1.00
Art.
2 Modifíquese en el Artículo 5 Código 0203 MATRICULAS, PERMISOS, DERECHOS Y
LICENICAS, 02-03-06, quedando de la siguiente manera:
02-03-06 Por mantener Torres y antenas para el
funcionamiento de telefonía, celular, televisión por cable o radio, cada una al
mes $ 250.00
Art.
3 Adiciónese en el Artículo 5 Código 02-03 MATRICULAS, PERMISOS, DERECHOS Y
LICENCIAS, los siguientes servicios:
02-03-18 Servicios de Video de Vigilancia, en
Residencial Los Castaños y Residencial Villa Florencia (Incluye vigilancia
Física) por vivienda al mes $ 12.40
03-03-19 Servicio de Jardinería y Mantenimiento, en
Residencial Los Castaños y Residencial Villa Florencia por vivienda al mes $
1.50
03-03-20 Servicio por el mantenimiento del Sistema de
Detención de Caudales (Sistema de Drenajes) en Residencial Los Castaños y
Residencial Villa Florencia $ 0.57
Art.
4.- La presente ordenanza entrará en vigencia a los ocho días siguientes de la
publicación en el Diario Oficial.
Dado
en el salón de sesiones del Concejo Municipal de la ciudad de Sonzacate,
Departamento de Sonsonate a los ocho días del mes de enero del año mil
diecinueve.
HÉCTOR ANTONIO ORELLANA VALLADARES
ALCALDE MUNICIPAL
MANUEL FRANCISCO TORRES ROMUALDO
SÍNDICO MUNICIPAL
LIC. JUAN CARLOS CÁRCAMO QUIJANO
SECRETARIO MUNICIPAL
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No. 36, Tomo 422 de fecha 21 de febrero de 2019.
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NÚMERO: 01/2019
EL CONCEJO
MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE SONZACATE, DEPARTAMENTO DE SONSONATE.
CONSIDERANDO:
I.) Que de acuerdo con el Art. 203 y 204
numeral 1 y 5 de la Constitución de la República es competencia de los
Municipios crear, modificar y suprimir tasas y contribuciones especiales, por
la prestación servicios públicos municipales, en las materias de su competencia
y la prestación de los servicios;
II.) Que conforme a los Art. 3 y 30 numeral 4 y
21 del Código Municipal es facultad del Concejo Municipal emitir los acuerdos
de creación, modificación y supresión de tasas por los servicios que brinda la
municipalidad;
III.) Que la Ley General Tributaria Municipal en su
Art. 77 estipula que compete a los municipios emitir ordenanzas, reglamentos y
acuerdos para normar la Administración Tributaria Municipal;
IV.) Que mediante Acuerdo número uno, inserto en
acta número siete, de fecha trece de abril del año dos mil dieciocho el concejo
municipal aprobó la ORDENANZA REGULADORA DE TASAS POR SERVICIOS MUNICIPALES DEL
MUNICIPIO DE SONZACATE, DEPARTAMENTO DE SONSONATE, siendo imperativo para este
concejo municipal actualizarla con nuevos servicios.
POR TANTO:
En
uso de las facultades que le confiere el Código Municipal y la Ley General
Tributaria Municipal.
DECRETA:
REFORMA A LA ORDENANZA REGULADORA DE TASAS POR SERVICIOS
MUNICIPALES DEL MUNICIPIO DE SONZACATE, DEPARTAMENTO DE SONSONATE, de la
siguiente manera:
Art.
1 Adiciónese en el Artículo 5 Código 0105 VENTAS EN SITIOS PUBLICOS (PLAZAS,
PARQUES, ACERAS, CALLES, Y OTROS SIMILARES) de la siguiente manera:
01-05-09 Ventas en aceras, calles, plazas, parques y
otros sitios al día $ 1.00
Art.
2 Modifíquese en el Artículo 5 Código 0203 MATRICULAS, PERMISOS, DERECHOS Y
LICENICAS, 02-03-06, quedando de la siguiente manera:
02-03-06 Por mantener Torres y antenas para el
funcionamiento de telefonía, celular, televisión por cable o radio, cada una al
mes $ 250.00
Art.
3 Adiciónese en el Artículo 5 Código 02-03 MATRICULAS, PERMISOS, DERECHOS Y
LICENCIAS, los siguientes servicios:
02-03-18 Servicios de Video de Vigilancia, en
Residencial Los Castaños y Residencial Villa Florencia (Incluye vigilancia
Física) por vivienda al mes $ 12.40
03-03-19 Servicio de Jardinería y Mantenimiento, en
Residencial Los Castaños y Residencial Villa Florencia por vivienda al mes $
1.50
03-03-20 Servicio por el mantenimiento del Sistema de
Detención de Caudales (Sistema de Drenajes) en Residencial Los Castaños y
Residencial Villa Florencia $ 0.57
Art.
4.- La presente ordenanza entrará en vigencia a los ocho días siguientes de la
publicación en el Diario Oficial.
Dado
en el salón de sesiones del Concejo Municipal de la ciudad de Sonzacate,
Departamento de Sonsonate a los ocho días del mes de enero del año mil
diecinueve.
HÉCTOR ANTONIO ORELLANA VALLADARES
ALCALDE MUNICIPAL
MANUEL FRANCISCO TORRES ROMUALDO
SÍNDICO MUNICIPAL
LIC. JUAN CARLOS CÁRCAMO QUIJANO
SECRETARIO MUNICIPAL
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No. 36, Tomo 422 de fecha 21 de febrero de 2019.
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NÚMERO: 01/2019
EL CONCEJO
MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE SONZACATE, DEPARTAMENTO DE SONSONATE.
CONSIDERANDO:
I.) Que de acuerdo con el Art. 203 y 204
numeral 1 y 5 de la Constitución de la República es competencia de los
Municipios crear, modificar y suprimir tasas y contribuciones especiales, por
la prestación servicios públicos municipales, en las materias de su competencia
y la prestación de los servicios;
II.) Que conforme a los Art. 3 y 30 numeral 4 y
21 del Código Municipal es facultad del Concejo Municipal emitir los acuerdos
de creación, modificación y supresión de tasas por los servicios que brinda la
municipalidad;
III.) Que la Ley General Tributaria Municipal en su
Art. 77 estipula que compete a los municipios emitir ordenanzas, reglamentos y
acuerdos para normar la Administración Tributaria Municipal;
IV.) Que mediante Acuerdo número uno, inserto en
acta número siete, de fecha trece de abril del año dos mil dieciocho el concejo
municipal aprobó la ORDENANZA REGULADORA DE TASAS POR SERVICIOS MUNICIPALES DEL
MUNICIPIO DE SONZACATE, DEPARTAMENTO DE SONSONATE, siendo imperativo para este
concejo municipal actualizarla con nuevos servicios.
POR TANTO:
En
uso de las facultades que le confiere el Código Municipal y la Ley General
Tributaria Municipal.
DECRETA:
REFORMA A LA ORDENANZA REGULADORA DE TASAS POR SERVICIOS
MUNICIPALES DEL MUNICIPIO DE SONZACATE, DEPARTAMENTO DE SONSONATE, de la
siguiente manera:
Art.
1 Adiciónese en el Artículo 5 Código 0105 VENTAS EN SITIOS PUBLICOS (PLAZAS,
PARQUES, ACERAS, CALLES, Y OTROS SIMILARES) de la siguiente manera:
01-05-09 Ventas en aceras, calles, plazas, parques y
otros sitios al día $ 1.00
Art.
2 Modifíquese en el Artículo 5 Código 0203 MATRICULAS, PERMISOS, DERECHOS Y
LICENICAS, 02-03-06, quedando de la siguiente manera:
02-03-06 Por mantener Torres y antenas para el
funcionamiento de telefonía, celular, televisión por cable o radio, cada una al
mes $ 250.00
Art.
3 Adiciónese en el Artículo 5 Código 02-03 MATRICULAS, PERMISOS, DERECHOS Y
LICENCIAS, los siguientes servicios:
02-03-18 Servicios de Video de Vigilancia, en
Residencial Los Castaños y Residencial Villa Florencia (Incluye vigilancia
Física) por vivienda al mes $ 12.40
03-03-19 Servicio de Jardinería y Mantenimiento, en
Residencial Los Castaños y Residencial Villa Florencia por vivienda al mes $
1.50
03-03-20 Servicio por el mantenimiento del Sistema de
Detención de Caudales (Sistema de Drenajes) en Residencial Los Castaños y
Residencial Villa Florencia $ 0.57
Art.
4.- La presente ordenanza entrará en vigencia a los ocho días siguientes de la
publicación en el Diario Oficial.
Dado
en el salón de sesiones del Concejo Municipal de la ciudad de Sonzacate,
Departamento de Sonsonate a los ocho días del mes de enero del año mil
diecinueve.
HÉCTOR ANTONIO ORELLANA VALLADARES
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MANUEL FRANCISCO TORRES ROMUALDO
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No. 36, Tomo 422 de fecha 21 de febrero de 2019.
DECRETO
NÚMERO: 01/2019
EL CONCEJO
MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE SONZACATE, DEPARTAMENTO DE SONSONATE.
CONSIDERANDO:
I.) Que de acuerdo con el Art. 203 y 204
numeral 1 y 5 de la Constitución de la República es competencia de los
Municipios crear, modificar y suprimir tasas y contribuciones especiales, por
la prestación servicios públicos municipales, en las materias de su competencia
y la prestación de los servicios;
II.) Que conforme a los Art. 3 y 30 numeral 4 y
21 del Código Municipal es facultad del Concejo Municipal emitir los acuerdos
de creación, modificación y supresión de tasas por los servicios que brinda la
municipalidad;
III.) Que la Ley General Tributaria Municipal en su
Art. 77 estipula que compete a los municipios emitir ordenanzas, reglamentos y
acuerdos para normar la Administración Tributaria Municipal;
IV.) Que mediante Acuerdo número uno, inserto en
acta número siete, de fecha trece de abril del año dos mil dieciocho el concejo
municipal aprobó la ORDENANZA REGULADORA DE TASAS POR SERVICIOS MUNICIPALES DEL
MUNICIPIO DE SONZACATE, DEPARTAMENTO DE SONSONATE, siendo imperativo para este
concejo municipal actualizarla con nuevos servicios.
POR TANTO:
En
uso de las facultades que le confiere el Código Municipal y la Ley General
Tributaria Municipal.
DECRETA:
REFORMA A LA ORDENANZA REGULADORA DE TASAS POR SERVICIOS
MUNICIPALES DEL MUNICIPIO DE SONZACATE, DEPARTAMENTO DE SONSONATE, de la
siguiente manera:
Art.
1 Adiciónese en el Artículo 5 Código 0105 VENTAS EN SITIOS PUBLICOS (PLAZAS,
PARQUES, ACERAS, CALLES, Y OTROS SIMILARES) de la siguiente manera:
01-05-09 Ventas en aceras, calles, plazas, parques y
otros sitios al día $ 1.00
Art.
2 Modifíquese en el Artículo 5 Código 0203 MATRICULAS, PERMISOS, DERECHOS Y
LICENICAS, 02-03-06, quedando de la siguiente manera:
02-03-06 Por mantener Torres y antenas para el
funcionamiento de telefonía, celular, televisión por cable o radio, cada una al
mes $ 250.00
Art.
3 Adiciónese en el Artículo 5 Código 02-03 MATRICULAS, PERMISOS, DERECHOS Y
LICENCIAS, los siguientes servicios:
02-03-18 Servicios de Video de Vigilancia, en
Residencial Los Castaños y Residencial Villa Florencia (Incluye vigilancia
Física) por vivienda al mes $ 12.40
03-03-19 Servicio de Jardinería y Mantenimiento, en
Residencial Los Castaños y Residencial Villa Florencia por vivienda al mes $
1.50
03-03-20 Servicio por el mantenimiento del Sistema de
Detención de Caudales (Sistema de Drenajes) en Residencial Los Castaños y
Residencial Villa Florencia $ 0.57
Art.
4.- La presente ordenanza entrará en vigencia a los ocho días siguientes de la
publicación en el Diario Oficial.
Dado
en el salón de sesiones del Concejo Municipal de la ciudad de Sonzacate,
Departamento de Sonsonate a los ocho días del mes de enero del año mil
diecinueve.
HÉCTOR ANTONIO ORELLANA VALLADARES
ALCALDE MUNICIPAL
MANUEL FRANCISCO TORRES ROMUALDO
SÍNDICO MUNICIPAL
LIC. JUAN CARLOS CÁRCAMO QUIJANO
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Decreto
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NÚMERO: 01/2019
EL CONCEJO
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CONSIDERANDO:
I.) Que de acuerdo con el Art. 203 y 204
numeral 1 y 5 de la Constitución de la República es competencia de los
Municipios crear, modificar y suprimir tasas y contribuciones especiales, por
la prestación servicios públicos municipales, en las materias de su competencia
y la prestación de los servicios;
II.) Que conforme a los Art. 3 y 30 numeral 4 y
21 del Código Municipal es facultad del Concejo Municipal emitir los acuerdos
de creación, modificación y supresión de tasas por los servicios que brinda la
municipalidad;
III.) Que la Ley General Tributaria Municipal en su
Art. 77 estipula que compete a los municipios emitir ordenanzas, reglamentos y
acuerdos para normar la Administración Tributaria Municipal;
IV.) Que mediante Acuerdo número uno, inserto en
acta número siete, de fecha trece de abril del año dos mil dieciocho el concejo
municipal aprobó la ORDENANZA REGULADORA DE TASAS POR SERVICIOS MUNICIPALES DEL
MUNICIPIO DE SONZACATE, DEPARTAMENTO DE SONSONATE, siendo imperativo para este
concejo municipal actualizarla con nuevos servicios.
POR TANTO:
En
uso de las facultades que le confiere el Código Municipal y la Ley General
Tributaria Municipal.
DECRETA:
REFORMA A LA ORDENANZA REGULADORA DE TASAS POR SERVICIOS
MUNICIPALES DEL MUNICIPIO DE SONZACATE, DEPARTAMENTO DE SONSONATE, de la
siguiente manera:
Art.
1 Adiciónese en el Artículo 5 Código 0105 VENTAS EN SITIOS PUBLICOS (PLAZAS,
PARQUES, ACERAS, CALLES, Y OTROS SIMILARES) de la siguiente manera:
01-05-09 Ventas en aceras, calles, plazas, parques y
otros sitios al día $ 1.00
Art.
2 Modifíquese en el Artículo 5 Código 0203 MATRICULAS, PERMISOS, DERECHOS Y
LICENICAS, 02-03-06, quedando de la siguiente manera:
02-03-06 Por mantener Torres y antenas para el
funcionamiento de telefonía, celular, televisión por cable o radio, cada una al
mes $ 250.00
Art.
3 Adiciónese en el Artículo 5 Código 02-03 MATRICULAS, PERMISOS, DERECHOS Y
LICENCIAS, los siguientes servicios:
02-03-18 Servicios de Video de Vigilancia, en
Residencial Los Castaños y Residencial Villa Florencia (Incluye vigilancia
Física) por vivienda al mes $ 12.40
03-03-19 Servicio de Jardinería y Mantenimiento, en
Residencial Los Castaños y Residencial Villa Florencia por vivienda al mes $
1.50
03-03-20 Servicio por el mantenimiento del Sistema de
Detención de Caudales (Sistema de Drenajes) en Residencial Los Castaños y
Residencial Villa Florencia $ 0.57
Art.
4.- La presente ordenanza entrará en vigencia a los ocho días siguientes de la
publicación en el Diario Oficial.
Dado
en el salón de sesiones del Concejo Municipal de la ciudad de Sonzacate,
Departamento de Sonsonate a los ocho días del mes de enero del año mil
diecinueve.
HÉCTOR ANTONIO ORELLANA VALLADARES
ALCALDE MUNICIPAL
MANUEL FRANCISCO TORRES ROMUALDO
SÍNDICO MUNICIPAL
LIC. JUAN CARLOS CÁRCAMO QUIJANO
SECRETARIO MUNICIPAL
Decreto
Municipal No. 1 de fecha 08 de enero de 2019, publicado en el Diario Oficial
No. 36, Tomo 422 de fecha 21 de febrero de 2019.
DECRETO
NÚMERO: 01/2019
EL CONCEJO
MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE SONZACATE, DEPARTAMENTO DE SONSONATE.
CONSIDERANDO:
I.) Que de acuerdo con el Art. 203 y 204
numeral 1 y 5 de la Constitución de la República es competencia de los
Municipios crear, modificar y suprimir tasas y contribuciones especiales, por
la prestación servicios públicos municipales, en las materias de su competencia
y la prestación de los servicios;
II.) Que conforme a los Art. 3 y 30 numeral 4 y
21 del Código Municipal es facultad del Concejo Municipal emitir los acuerdos
de creación, modificación y supresión de tasas por los servicios que brinda la
municipalidad;
III.) Que la Ley General Tributaria Municipal en su
Art. 77 estipula que compete a los municipios emitir ordenanzas, reglamentos y
acuerdos para normar la Administración Tributaria Municipal;
IV.) Que mediante Acuerdo número uno, inserto en
acta número siete, de fecha trece de abril del año dos mil dieciocho el concejo
municipal aprobó la ORDENANZA REGULADORA DE TASAS POR SERVICIOS MUNICIPALES DEL
MUNICIPIO DE SONZACATE, DEPARTAMENTO DE SONSONATE, siendo imperativo para este
concejo municipal actualizarla con nuevos servicios.
POR TANTO:
En
uso de las facultades que le confiere el Código Municipal y la Ley General
Tributaria Municipal.
DECRETA:
REFORMA A LA ORDENANZA REGULADORA DE TASAS POR SERVICIOS
MUNICIPALES DEL MUNICIPIO DE SONZACATE, DEPARTAMENTO DE SONSONATE, de la
siguiente manera:
Art.
1 Adiciónese en el Artículo 5 Código 0105 VENTAS EN SITIOS PUBLICOS (PLAZAS,
PARQUES, ACERAS, CALLES, Y OTROS SIMILARES) de la siguiente manera:
01-05-09 Ventas en aceras, calles, plazas, parques y
otros sitios al día $ 1.00
Art.
2 Modifíquese en el Artículo 5 Código 0203 MATRICULAS, PERMISOS, DERECHOS Y
LICENICAS, 02-03-06, quedando de la siguiente manera:
02-03-06 Por mantener Torres y antenas para el
funcionamiento de telefonía, celular, televisión por cable o radio, cada una al
mes $ 250.00
Art.
3 Adiciónese en el Artículo 5 Código 02-03 MATRICULAS, PERMISOS, DERECHOS Y
LICENCIAS, los siguientes servicios:
02-03-18 Servicios de Video de Vigilancia, en
Residencial Los Castaños y Residencial Villa Florencia (Incluye vigilancia
Física) por vivienda al mes $ 12.40
03-03-19 Servicio de Jardinería y Mantenimiento, en
Residencial Los Castaños y Residencial Villa Florencia por vivienda al mes $
1.50
03-03-20 Servicio por el mantenimiento del Sistema de
Detención de Caudales (Sistema de Drenajes) en Residencial Los Castaños y
Residencial Villa Florencia $ 0.57
Art.
4.- La presente ordenanza entrará en vigencia a los ocho días siguientes de la
publicación en el Diario Oficial.
Dado
en el salón de sesiones del Concejo Municipal de la ciudad de Sonzacate,
Departamento de Sonsonate a los ocho días del mes de enero del año mil
diecinueve.
HÉCTOR ANTONIO ORELLANA VALLADARES
ALCALDE MUNICIPAL
MANUEL FRANCISCO TORRES ROMUALDO
SÍNDICO MUNICIPAL
LIC. JUAN CARLOS CÁRCAMO QUIJANO
SECRETARIO MUNICIPAL
Decreto
Municipal No. 1 de fecha 08 de enero de 2019, publicado en el Diario Oficial
No. 36, Tomo 422 de fecha 21 de febrero de 2019.
DECRETO
NÚMERO: 01/2019
EL CONCEJO
MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE SONZACATE, DEPARTAMENTO DE SONSONATE.
CONSIDERANDO:
I.) Que de acuerdo con el Art. 203 y 204
numeral 1 y 5 de la Constitución de la República es competencia de los
Municipios crear, modificar y suprimir tasas y contribuciones especiales, por
la prestación servicios públicos municipales, en las materias de su competencia
y la prestación de los servicios;
II.) Que conforme a los Art. 3 y 30 numeral 4 y
21 del Código Municipal es facultad del Concejo Municipal emitir los acuerdos
de creación, modificación y supresión de tasas por los servicios que brinda la
municipalidad;
III.) Que la Ley General Tributaria Municipal en su
Art. 77 estipula que compete a los municipios emitir ordenanzas, reglamentos y
acuerdos para normar la Administración Tributaria Municipal;
IV.) Que mediante Acuerdo número uno, inserto en
acta número siete, de fecha trece de abril del año dos mil dieciocho el concejo
municipal aprobó la ORDENANZA REGULADORA DE TASAS POR SERVICIOS MUNICIPALES DEL
MUNICIPIO DE SONZACATE, DEPARTAMENTO DE SONSONATE, siendo imperativo para este
concejo municipal actualizarla con nuevos servicios.
POR TANTO:
En
uso de las facultades que le confiere el Código Municipal y la Ley General
Tributaria Municipal.
DECRETA:
REFORMA A LA ORDENANZA REGULADORA DE TASAS POR SERVICIOS
MUNICIPALES DEL MUNICIPIO DE SONZACATE, DEPARTAMENTO DE SONSONATE, de la
siguiente manera:
Art.
1 Adiciónese en el Artículo 5 Código 0105 VENTAS EN SITIOS PUBLICOS (PLAZAS,
PARQUES, ACERAS, CALLES, Y OTROS SIMILARES) de la siguiente manera:
01-05-09 Ventas en aceras, calles, plazas, parques y
otros sitios al día $ 1.00
Art.
2 Modifíquese en el Artículo 5 Código 0203 MATRICULAS, PERMISOS, DERECHOS Y
LICENICAS, 02-03-06, quedando de la siguiente manera:
02-03-06 Por mantener Torres y antenas para el
funcionamiento de telefonía, celular, televisión por cable o radio, cada una al
mes $ 250.00
Art.
3 Adiciónese en el Artículo 5 Código 02-03 MATRICULAS, PERMISOS, DERECHOS Y
LICENCIAS, los siguientes servicios:
02-03-18 Servicios de Video de Vigilancia, en
Residencial Los Castaños y Residencial Villa Florencia (Incluye vigilancia
Física) por vivienda al mes $ 12.40
03-03-19 Servicio de Jardinería y Mantenimiento, en
Residencial Los Castaños y Residencial Villa Florencia por vivienda al mes $
1.50
03-03-20 Servicio por el mantenimiento del Sistema de
Detención de Caudales (Sistema de Drenajes) en Residencial Los Castaños y
Residencial Villa Florencia $ 0.57
Art.
4.- La presente ordenanza entrará en vigencia a los ocho días siguientes de la
publicación en el Diario Oficial.
Dado
en el salón de sesiones del Concejo Municipal de la ciudad de Sonzacate,
Departamento de Sonsonate a los ocho días del mes de enero del año mil
diecinueve.
HÉCTOR ANTONIO ORELLANA VALLADARES
ALCALDE MUNICIPAL
MANUEL FRANCISCO TORRES ROMUALDO
SÍNDICO MUNICIPAL
LIC. JUAN CARLOS CÁRCAMO QUIJANO
SECRETARIO MUNICIPAL
Decreto
Municipal No. 1 de fecha 08 de enero de 2019, publicado en el Diario Oficial
No. 36, Tomo 422 de fecha 21 de febrero de 2019.