ACUERDO No. 56/2013-2015(VI)

 

LA ASAMBLEA GENERAL UNIVERSITARIA DE LA UNIVERSIDAD DE EL SALVADOR.

 

CONSIDERANDO QUE:

I.      Mediante Acuerdo No. 106/2011-2013 (V) de la Asamblea General Universitaria, de fecha diecisiete de mayo de dos mil trece, se aprobó el Reglamento de la Gestión Académico-Administrativa de la Universidad de El Salvador, que fue publicado en el Diario Oficial 123, Tomo 400 de fecha 05 de julio de 2013.

II.     En la aplicación del mencionado Reglamento se han advertido inconsistencias, por lo que es necesario reformar el mismo, con el fin de regular adecuadamente la integración de los grupos para los trabajos de Graduación requisito con el que se debe cumplir previamente a la obtención del respectivo grado y título académico en la Universidad de El Salvador.

III.    Al ser aprobado el Reglamento de la Gestión Académico-Administrativa de la Universidad de El Salvador, un buen número de estudiantes tenían inscritos sus perfiles, en proceso de revisión y a la espera del trámite de aprobación en la Junta Directiva de la respectiva Facultad, enfrentando los estudiantes dificultades para realizar su tesis después de haber invertido tiempo y esfuerzo en preparar su perfil de trabajo de grado.

IV.   Que el artículo 19 literal "c" de la Ley Orgánica de la Universidad de El Salvador, establece que es competencia de la Asamblea General Universitaria, aprobar los Reglamentos Generales y Específicos de todas la Facultades y dependencias universitarias, así como sus reformas.

 

POR TANTO:

La Asamblea General Universitaria, en uso de sus atribuciones legales y en cumplimiento del artículo 19 literal "c" de la Ley Orgánica de la Universidad de El Salvador, por 52 votos a favor, 0 en contra y 4 abstenciones.

 

ACUERDA:

Emitir la siguiente reforma al Reglamento de la Gestión Académico-Administrativa de la Universidad de El Salvador.

 

Art. 1.- Refórmase el artículo 193 relativo a la "Participación Individual o Colectiva", como se detalla a continuación:

Participación Individual o Colectiva.

Artículo 193.- Los estudiantes inscritos, podrán participar en el Trabajo de Grado y desarrollar su investigación en forma individual o colectiva, en este último caso, el número será de un máximo de tres participantes y podrá ser ampliado de acuerdo a la magnitud de la investigación hasta cinco estudiantes conforme a circunstancias especiales calificadas por la Junta Directiva de la Facultad. La investigación individual o colectiva estará determinada por la naturaleza y complejidad del objeto de la misma, a juicio de la coordinación del proceso de graduación.

 

Art. 2.- La presente reforma entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Oficial.

 

DADO EN EL SALÓN DE SESIONES DE LA ASAMBLEA GENERAL UNIVERSITARIA DE LA UNIVERSIDAD DE EL SALVADOR. Ciudad Universitaria, San Salvador, a los once días del mes de julio de dos mil catorce.

 

ING. AGR. NELSON BERNABÉ GRANADOS ALVARADO,

PRESIDENTE.

 

BR. MARVIN ENEMÍAS ORTIZ DIAZ,

VICEPRESIDENTE.

 

DRA. GLORIA ESTELA GÓMEZ DE PÉREZ,

SECRETARIA.

 

DRA. CARMEN ELIZABETH RODRÍGUEZ DE RIVAS,

VOCAL.

 

BR. BRENDA ESTEFANI MONTANO RAMÍREZ,

VOCAL.

 

Acuerdo Institucional No. 56/2013-2015(VI) de fecha 11 de julio de 2014, publicado en el Diario Oficial No. 157, Tomo 404 de fecha 27 de agosto de 2014.