DECRETO No. TRES.

 

EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN CARLOS, DEPARTAMENTO DE MORAZAN

 

CONSIDERANDO:

I.      Que el artículo 203 de la Constitución otorga autonomía al municipio en lo económico, técnico y en lo administrativo. Asimismo, el artículo doscientos cuatro numeral primero de la Carta Magna, prescribe la facultad del municipio para crear, modificar y suprimir tasas.

II.     Que el inciso segundo del Art. 7 de la Ley General Tributaria Municipal prescribe, que es competencia de los Concejos Municipales, crear, modificar o suprimir tasas y contribuciones especiales, mediante la emisión de ordenanzas; todo en virtud de la facultad consagrada en la Constitución de la República.

III.    Que la actual Ordenanza Reguladora de Tasas por Servicios Municipales y la reforma emitida en el D. O. No. 47 TOMO 390 de fecha 8 de marzo de 2011 no se apega a la realidad municipal y siendo necesario que éstos cubran los costos para la prestación eficaz de los servicios Municipales y en armonía con la Ley de Integración Monetaria.

 

POR TANTO:

En usos de sus facultades legales este Concejo Municipal.

 

DECRETA:

 

LA SIGUIENTE REFORMA A LA MODIFICACION DE LA ORDENANZA DE TASAS POR SERVICIOS MUNICIPALES SEGÚN DECRETO NUMERO DOS PUBLICADO EN DIARIO OFICIAL NUMERO 47 TOMO 390 EL DIA 8 DE MARZO DE 2011.

 

ASI:

Se reforma el artículo 7

PLAZA Y SITIOS PUBLICOS

Ventas transitorias en general, cada metro cuadrado tiempo de feria: $3.50

 

RASTRO Y TIANGUE MUNICIPAL

TIANGUE

Revisión de visto bueno de ganado mayor por cabeza: $1.67

 

SERVICIOS JURIDICOS ADMINISTRATIVOS

Auténticas de firmas de cualquier documento $3.24

Certificaciones y constancias $2.29

Del registro del Estado Familiar cada una $2.05

Por cualquier otro servicio administrativo $2.29

 

OTROS SERVICIOS

Carnet de minoridad $1.81

 

La presente reforma entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Oficial.

 

Dado en el Salón de Sesiones de la Alcaldía Municipal de San Carlos, el día Diez de Septiembre del año dos mil veintidós.

 

LICENCIADO WALTER ISAÍ ROMERO ESPINAL,

ALCALDE MUNICIPAL.

 

JOSÉ SALOMÉ CABALLERO,

SÍNDICO MUNICIPAL.

 

LICDA. SENIA MAYDELÍ RAMÍREZ ESCOBA,

PRIMER REGIDOR PROPIETARIO.

 

NILO CATALINO GARCÍA PÉREZ,

SEGUNDO REGIDOR PROPIETARIO.

 

LICDA. YANCIS GAUDALUPE GRANADOS BLANCO,

SECRETARIA MUNICIPAL.

 

Decreto Municipal No. 3 de fecha 10 de septiembre de 2022, publicado en el Diario Oficial No. 193, Tomo 437 de fecha 13 de octubre de 2022.