DECRETO NÚMERO DOS

 

EL CONCEJO MUNICIPAL DE COATEPEQUE, DEPARTAMENTO DE SANTA ANA.

 

CONSIDERANDO:

I.      Que de conformidad con los artículos 3 numeral 1 y 5 art. 30 numeral 4, y 21 del Código Municipal vigente es facultad de este Concejo Municipal emitir o modificar ordenanzas para regular las materias de su competencia y la prestación de servicios.

II.     Que es competencia del Concejo crear, modificar, o suprimir tasas, mediante la emisión de una ordenanza a o reforma la misma, en cumplimiento a lo dispuesto en el art. 7 inciso segundo. Y 158 de la Ley General Tributaria Municipal, en relación con los artículos 204 ordinal 1° y 262 de la Constitución de la República.

III.    Que es necesario mantener actualizada la ordenanza de tasas por servicios emitida por decreto 5 de fecha 17 de diciembre de 2009 y publicada en Diario Oficial Número 7 Tomo Número 386 de fecha 12 enero de 2010. e incorporar la creación de nuevos rubros que vayan encaminados en beneficio de las finanzas municipales y contribuir a la calidad de vida y economía de los habitantes de Coatepeque.

IV.   Que, por razones de interés público y fundamento en la capacidad económica de los contribuyentes, en el cumplimiento de los principios de tributarios de generalidad, igualdad, equitativa distribución de la carga tributaria y de no confiscación, deben ajustarse algunas tarifas aplicables a los derechos de uso de suelo y subsuelo.

 

POR TANTO:

El Concejo Municipal de Coatepeque, Departamento de Santa Ana, en uso de sus facultades que le confiere los Artículos 204 ordinal 1 y 5 de la Constitución de la República de El Salvador, Artículo 3 numeral 1, 3 y 5, artículo 5 del Código Municipal.

 

DECRETA:

La siguiente Reforma a la ordenanza reguladora de tasa por servicios municipales, del departamento de Santa Ana, emitida por decreto número 5 de fecha diecisiete de diciembre del 2019 y publicada en el Diario Oficial número 7, Tomo 386 de fecha Doce de Enero del Año 2010.

 

Art. 1.- Adiciónese al artículo 3 de tasa por servicios, numeral 02 Servicios jurídico administrativo Administrativo al número 02-07 Arrendamientos Diversos los numerales 02-07-03, 02-07-04, 02-07-05,02-07-06,02-07-07 de la siguiente manera:

02-07-03           por uso de cancha sintética de futbol rápido en centro turístico Las Delicias por cada hora o fracción $ 7.27

02-07-04           por arrendamiento de las instalaciones del turicentro Las Delicias. Por cada hora o fracción $ 15.00

02-07-05           por uso de cancha de basquetbol en centro turístico Las Delicias por cada hora o fracción $ 7.27

02-07-06           por servicios de fotocopiadora por cada copia $ 0.05

02-07-07           por servicios de impresión por cada impresión $ 0.10.

 

Art. 2.- Modifíquese al artículo 3 de tasa por servicios, numeral 02 Servicios jurídico administrativos, numerales 02-03 Derecho de uso de suelo y sub suelo, el numeral 02-03-02 Torres, postes y antenas dentro de la jurisdicción, numeral específico:

02-03-02-10.

02-03-02-10     permiso para mantener instalados postes del tendido eléctrico cada uno al mes $ 5.00

02-03-02-11     permiso para mantener instalados postes de red de telecomunicaciones, o de televisión por cable Cada uno al mes $ 2.00

 

Art. 3.- El presente decreto entrará en vigencia, ocho días después de su publicación en el Diario Oficial.

 

Dado en el Salón de Sesiones del Concejo Municipal de Coatepeque, a los dieciocho Días del Mes de noviembre del año Dos Mil veintiuno.

 

HUGO BLADIMIR CENTENO ALVARADO,

ALCALDE MUNICIPAL.

 

OSCAR ALEXIS ARTIAGA MARROQUIN,

SECRETARIO MUNICIPAL.

 

Decreto Municipal No. 2 de fecha 18 de noviembre de 2021, publicado en el Diario Oficial No. 236, Tomo 433 de fecha 10 de diciembre de 2021.