DECRETO
NÚMERO DOS
EL CONCEJO
MUNICIPAL DE COATEPEQUE, DEPARTAMENTO DE SANTA ANA.
CONSIDERANDO:
I. Que de conformidad con los artículos 3
numeral 1 y 5 art. 30 numeral 4, y 21 del Código Municipal vigente es facultad
de este Concejo Municipal emitir o modificar ordenanzas para regular las
materias de su competencia y la prestación de servicios.
II. Que es competencia del Concejo crear,
modificar, o suprimir tasas, mediante la emisión de una ordenanza a o reforma
la misma, en cumplimiento a lo dispuesto en el art. 7 inciso segundo. Y 158 de
la Ley General Tributaria Municipal, en relación con los artículos 204 ordinal
1° y 262 de la Constitución de la República.
III. Que es necesario mantener actualizada la
ordenanza de tasas por servicios emitida por decreto 5 de fecha 17 de diciembre
de 2009 y publicada en Diario Oficial Número 7 Tomo Número 386 de fecha 12
enero de 2010. e incorporar la creación de nuevos rubros que vayan encaminados
en beneficio de las finanzas municipales y contribuir a la calidad de vida y
economía de los habitantes de Coatepeque.
IV. Que, por razones de interés público y
fundamento en la capacidad económica de los contribuyentes, en el cumplimiento
de los principios de tributarios de generalidad, igualdad, equitativa
distribución de la carga tributaria y de no confiscación, deben ajustarse
algunas tarifas aplicables a los derechos de uso de suelo y subsuelo.
POR TANTO:
El
Concejo Municipal de Coatepeque, Departamento de Santa Ana, en uso de sus
facultades que le confiere los Artículos 204 ordinal 1 y 5 de la Constitución
de la República de El Salvador, Artículo 3 numeral 1, 3 y 5, artículo 5 del
Código Municipal.
DECRETA:
La
siguiente Reforma a la ordenanza reguladora de tasa por servicios municipales,
del departamento de Santa Ana, emitida por decreto número 5 de fecha diecisiete
de diciembre del 2019 y publicada en el Diario Oficial número 7, Tomo 386 de
fecha Doce de Enero del Año 2010.
Art.
1.- Adiciónese al artículo 3 de tasa por servicios, numeral 02 Servicios
jurídico administrativo Administrativo al número 02-07 Arrendamientos Diversos
los numerales 02-07-03, 02-07-04, 02-07-05,02-07-06,02-07-07 de la siguiente
manera:
02-07-03 por uso de cancha sintética de futbol
rápido en centro turístico Las Delicias por cada hora o fracción $ 7.27
02-07-04 por arrendamiento de las
instalaciones del turicentro Las Delicias. Por cada hora o fracción $ 15.00
02-07-05 por uso de cancha de basquetbol en
centro turístico Las Delicias por cada hora o fracción $ 7.27
02-07-06 por servicios de fotocopiadora por
cada copia $ 0.05
02-07-07 por servicios de impresión por cada
impresión $ 0.10.
Art.
2.- Modifíquese al artículo 3 de tasa por servicios, numeral 02 Servicios
jurídico administrativos, numerales 02-03 Derecho de uso de suelo y sub suelo,
el numeral 02-03-02 Torres, postes y antenas dentro de la jurisdicción, numeral
específico:
02-03-02-10.
02-03-02-10 permiso para mantener instalados postes del
tendido eléctrico cada uno al mes $ 5.00
02-03-02-11 permiso para mantener instalados postes de
red de telecomunicaciones, o de televisión por cable Cada uno al mes $ 2.00
Art.
3.- El presente decreto entrará en vigencia, ocho días después de su
publicación en el Diario Oficial.
Dado
en el Salón de Sesiones del Concejo Municipal de Coatepeque, a los dieciocho
Días del Mes de noviembre del año Dos Mil veintiuno.
HUGO BLADIMIR CENTENO ALVARADO,
ALCALDE MUNICIPAL.
OSCAR ALEXIS ARTIAGA MARROQUIN,
SECRETARIO MUNICIPAL.
Decreto
Municipal No. 2 de fecha 18 de noviembre de 2021, publicado en el Diario
Oficial No. 236, Tomo 433 de fecha 10 de diciembre de 2021.