DECRETO No 4/2013.
EL CONCEJO MUNICIPAL DEL MUNICIPIO DE EL PARAÍSO, DEPARTAMENTO DE CHALATENANGO,
CONSIDERANDO:
I. Que de acuerdo al artículo 204, numerales 1 y 5 de la Constitución de la República, compete a los municipios; crear, modificar y suprimir Tasas y contribuciones públicas por la prestación de los servicios públicos municipales.
II. Que conforme al artículo 30, numeral 21 del Código Municipal, es facultad del Concejo Municipal, emitir los acuerdos de creación, modificación y supresión de Tasas por los servicios que brinda la Municipalidad.
III. Que la Ley General Tributaria Municipal, en su artículo 77, establece que corresponde a los Concejos Municipales fijar las políticas, criterios y regulaciones generales, a los cuales deben ajustar el ejercicio de sus funciones los Alcaldes y organismos dependientes de la Administración Tributaria Municipal. Así mismo le compete emitir Ordenanzas, Reglamentos y Acuerdos, para normar la Administración Tributaria Municipal.
IV. Que según lo establecido en el artículo 72 de la Ley General Tributaria Municipal; la determinación, aplicación, verificación, control, y recaudación de los Tributos Municipales; conforman las funciones básicas de la administración tributaria municipal, las cuales serán ejercidas por los Concejos Municipales, Alcaldes Municipales y sus Organismos Independientes, a quienes competerá la aplicación de esta Ley, las Leyes y Ordenanzas de creación de Tributos Municipales; las disposiciones reglamentarias y Ordenanzas Municipales.
V. Que las Tasas vigentes, establecidas en la Ordenanza que regula los Servicios Municipales del Municipio de El Paraíso, departamento de Chalatenango, contienen tributos que no están de acuerdo a la realidad, ni permiten recuperar los costos que implica la prestación de los servicios.
POR TANTO:
Este Concejo en uso de las facultades que señala el artículo 204, ordinales 1° y 5° de la Constitución de la República, el artículo 30 numeral 21 del Código Municipal y artículo 77 de la Ley General Tributaria Municipal.
DECRETA: Las siguientes:
REFORMAS A LA ORDENANZA REGULADORA DE TASAS POR SERVICIOS MUNICIPALES DELMUNICIPIO DE EL PARAÍSO, DEPARTAMENTO DE CHALATENANGO.
MODIFÍQUESE EL ARTÍCULO 7, LITERALES.
A.- SERVICIOS MUNICIPALES.
No. 5. GANADERIA.
f) OTROS SERVICIOS DE GANADERÍA.
1) Visto bueno, por cabeza $ 1.69
B. SER VICIOS DE OFICINA.
No 2. CERTIFICACIONES Y CONSTANCIAS.
a) Certificaciones y constancias extendidas por el Registro del Estado Familiar.
01.- Partidas de nacimientos fotocopiadas $ 1.43
02.- Partidas de nacimientos digitadas $ 1.90
03.- Partidas de matrimonio $ 2.38
04.- Partidas de divorcio $ 2.38
05.- Partida de defunción $ 1.90
06.- Acta de matrimonio $ 2.38
No. 3. OTROS SERVICIOS ADMINISTRATIVOS.
Agréguese literal.
e) Expedición de carnet de minoridad $ 2.00
No. 4. DERECHOS POR USO DE SUELO Y SUBSUELO.
Modifíquese.
a) Para instalar y mantener postes del tendido eléctrico en la jurisdicción del municipio ya sea en sitios públicos o particulares, por cada uno al mes.
Agréguese numeral
3. Por mantener instalado un poste de madera o tubo galvanizado dentro del Municipio para empresas de cable y otras similares por cada uno al mes $ 1.00
d) Para instalar y mantener torres de transmisión telefónica y de tendido eléctrico así como para cualquier otro servicio de comunicaciones.
1) Por su instalación una sola cuota de $ 476.19
2) Por mantener cada torre instalada en sitios públicos o particulares al mes $ 238.10
h) Para extraer piedras, arena u otros minerales de aluviones, cauces o minas.
3) Por cada carretada de arena que se extraiga $ 1.00
No. 5. LICENCIAS.
Modifíquese el literal.
d) Para construir chalets en sitios públicos y particulares $ 50.00
g) Para romper pavimento, adoquinado o compactaciones en las calles con el objeto de hacer reparaciones o conexiones de agua, alcantarillados o para cualquier otra finalidad, por cada metro cuadrado $ 5.00
j) Para el funcionamiento de club nocturnos y otros similares $ 200.00
l) Por cada árbol que se tale en zona urbana $ 5.00
Agréguese los siguientes literales:
m) Por extraer arena de río por cada año $ 50.00
n) Por vender cerveza cada año $ 100.00
ñ) Para perforación de pozos para uso industrial $ 300.00
o) Para el funcionamiento de radios de circuito cerrado $ 25.00
p) Para el uso del suelo subterráneo en forma permanente para uso de redes telefónicas u otras $ 150.00
q) Para mantener cajas de distribución de redes telefónicas por cada una al mes $ 100.00
r) Permiso para la realización de proyectos nuevos o ampliaciones de empresas eléctricas o telefónicas $ 3,000.00
s) Para el funcionamiento de discotecas, bares y restaurantes y otros similares $ 150.00
t) Para el funcionamiento de granjas al año $ 285.71
Dado en el Salón de Sesiones del Concejo Municipal del Municipio de El Paraíso, Departamento de Chalatenango, a los veintidós días del mes de octubre del año dos mil trece.
JOSE ALBERTO LEON GALDAMEZ,
ALCALDE MUNICIPAL.
TONY MANZUR CASTILLO CORTEZ,
SINDICO MUNICIPAL.
JOSE PEDRO ALBERTO LARA,
PRIMER REGIDOR PROPIETARIO,
MANUEL ANTONIO AGUILAR,
SEGUNDOR REGIDOR PROPIETARIO.
JULIO ALBERTO ZAMORA ARTIAGA,
TERCERO REGIDOR PROPIETARIO.
MORENA HERCULES LOPEZ,
CUARTA REGIDORA PROPIETARIA.
JESUS ELIAS SIBRIAN ORTIZ,
QUINTO REGIDOR PROPIETARIO.
JOSE ERNESTO ROMERO,
SEXTO REGIDOR PROPIETARIO.
Ante Mí
LIC. FRANCISCO EDMUNDO HUEZO VALLE,
SECRETARIO MUNICIPAL.
Decreto Municipal No. 4 de fecha 22 de octubre de 2013, publicado en el Diario Oficial No. 213, Tomo 401 de fecha 14 de noviembre de 2013.