ACUERDO No. 1277.

 

MINISTERIO DE HACIENDA, DIRECCIÓN DE ASUNTOS JURÍDICOS. San Salvador, a las trece horas con quince minutos del día dieciséis de diciembre del año dos mil veinte.

 

CONSIDERANDO:

I.      Que de conformidad a las facultades conferidas en el artículo 84 de la Disposiciones Generales de Presupuestos, el Órgano Ejecutivo en el Ramo de Hacienda, puede modificar por circunstancias especiales que lo requieran, el horario de trabajo del sector público, a través de Acuerdo Ejecutivo.

II.     Que mediante Acuerdo Ejecutivo N° 1025 de fecha 24 de julio de 2018, publicado en el Diario Oficial N° 137, Tomo N°420, de esa misma fecha, se modificó el horario de despacho de las oficinas públicas de lunes a viernes en una sola jornada comprendida de las siete horas treinta minutos a las quince horas treinta minutos, y se confirmó el horario para toma de alimentos, de las doce horas a las doce horas cuarenta minutos, el cual entró en vigencia a partir del día 7 de agosto de 2018, siendo la última prórroga aprobada de dicho horario la referente al Acuerdo Ejecutivo N° 1895 Bis, del 18 de diciembre de 2019, que prorrogó el horario de lunes a viernes en una sola jornada de las siete horas treinta minutos a las quince horas treinta minutos y el horario para la toma de alimentos de las doce a las doce horas con cuarenta minutos, para el periodo comprendido del 1 de enero al 31 de diciembre de 2020.

III.    Que el horario de ingreso del personal a las diferentes oficinas gubernamentales, incide grandemente en el tránsito de vehículos a nivel nacional, y considerando que la Pandemia por COVID-19 ha generado un incremento en la flota vehicular que circula en el país, es necesario prorrogar el cambio de horario en referencia, para no afectar las diferentes programaciones que las instituciones poseen a la fecha.

 

POR TANTO:

En vista de las consideraciones que anteceden y conforme a lo regulado en el artículo 84 de las Disposiciones Generales de Presupuestos, el Órgano Ejecutivo en el Ramo de Hacienda,

 

ACUERDA:

 

A)    PRORROGAR EL HORARIO DE DESPACHO DE LAS OFICINAS PÚBLICAS DE LUNES A VIERNES EN UNA SOLA JORNADA DE LAS SIETE HORAS TREINTA MINUTOS A LAS QUINCE HORAS TREINTA MINUTOS.

B)    CONFIRMASE EL HORARIO PARA TOMA DE ALIMENTOS, DE LAS DOCE HORAS A LAS DOCE HORAS CUARENTA MINUTOS.

 

El presente Acuerdo, entrará en vigencia el día uno de enero de dos mil veintiuno, y sus efectos salvo modificación emitida por este medio, caducarán el día treinta y uno de diciembre de ese mismo año. TRANSCRIBASE Y COMUNIQUESE. "J.A" Ministro de Hacienda. RUBRICADA.

 

Acuerdo Ejecutivo No. 1277 de fecha 16 de diciembre de 2020, publicado en el Diario Oficial No. 255, Tomo 429 de fecha 23 de diciembre de 2020.