ACUERDO No. 2010.

 

MINISTERIO DE HACIENDA, DEPARTAMENTO JURIDICO. San Salvador, a las diez horas con treinta minutos del día diecisiete de diciembre del año dos mil doce.

 

Y CONSIDERANDO:

I-      Que de conformidad al artículo 84 de las Disposiciones Generales de Presupuestos compete al Órgano Ejecutivo en el Ramo de Hacienda, cuando por circunstancias que lo requieren el modificar el horario de trabajo de todas las oficinas públicas, dentro del marco legal correspondiente.

II-     Que mediante Acuerdo Ejecutivo en el Ramo de Hacienda No. 630 de fecha 27 de julio de 2005, publicado en el Diario Oficial No. 141 Tomo 368 del día 28 de ese mismo mes y año, se modificó el horario de despacho de las oficinas públicas, de lunes a viernes en una sola jornada de 7 horas y 30 minutos a las 15 horas 30 minutos a partir del día 7 de agosto de 2005 hasta el día 10 de octubre de ese año, el cual se ha mantenido vigente en atención a las correspondientes prórrogas emitidas en su oportunidad.

III-    Que por medio de Acuerdo Ejecutivo número 1313 de fecha 8 de diciembre de 2011, emitido por el Órgano Ejecutivo en el Ramo de Hacienda, publicado en el Diario Oficial número 231 Tomo 393 de fecha 9 del mismo mes y año, se prorrogó hasta el día 31 de diciembre de 2012, la modificación del horario de trabajo en referencia.

IV-   Que en razón de que las circunstancias que originaron la modificación de dicho horario y sus respectivas prórrogas son las mismas, es necesario mantener el mismo horario por un nuevo período, en consecuencia se vuelve imperativo, prorrogar los efectos del citado Acuerdo.

 

POR TANTO:

En atención a las consideraciones que anteceden y fundamentado en lo que al efecto estatuye el artículo 84 de las Disposiciones Generales de Presupuestos, el Órgano Ejecutivo en el Ramo de Hacienda,

 

ACUERDA:

 

PRORRÓGASE LA MODIFICACIÓN EN EL CAMBIO DE HORARIO DE DESPACHO DE LAS OFICINAS PÚBLICAS DE LUNES A VIERNES EN UNA SOLA JORNADA DE LAS SIETE HORAS TREINTA MINUTOS A LAS QUINCE HORAS Y TREINTA MINUTOS.

 

El presente acuerdo entrará en vigencia el día 1 de enero de 2013, y sus efectos caducarán el día 31 de diciembre de ese mismo año. (f) CACERES. MINISTRO DE HACIENDA.

 

Acuerdo Ejecutivo No. 2010 de fecha 17 de diciembre de 2012, publicado en el Diario Oficial No. 239, Tomo 397 de fecha 20 de diciembre de 2012.