DECRETO No. 14.-

 

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR,

 

CONSIDERANDO:

I.      Que de conformidad al Art. 159, inciso primero de la Constitución de la República, el Órgano Ejecutivo contará con las Secretarías de Estado que fueren necesarias para la gestión de los negocios públicos, entre las cuales se distribuirán los diferentes Ramos de la Administración. Asimismo, cada Secretaría estará a cargo de un Ministro, quien actuará con la colaboración de uno o más Viceministros;

II.     Que mediante Decreto Ejecutivo No. 13, de fecha 6 de marzo de 2000, publicado en el Diario Oficial No. 50, Tomo No. 346, del 10 de ese mismo mes y año, se creó el Viceministerio de Relaciones Exteriores, Integración y Promoción Económica, como parte del Ministerio de Relaciones Exteriores, como ente rector en el área de la integración y promoción económica externa del país; y,

III.    Que en atención a la nueva organización del Órgano Ejecutivo, es procedente derogar el decreto de creación de dicho Viceministerio, a través de un instrumento normativo de idéntica jerarquía al que le dio vigencia; siendo oportuno, por tanto, emitir el presente decreto, con el objeto de proporcionar seguridad jurídica sobre la conformación del Ministerio de Relaciones Exteriores, que obedezca al cumplimiento del Plan General del Gobierno.

 

POR TANTO,

en uso de sus facultades constitucionales,

 

DECRETA:

Art. 1.- Derógase el Decreto Ejecutivo No. 13, de fecha 6 de marzo de 2000, publicado en el Diario Oficial No. 50, Tomo No. 346, del 10 de ese mismo mes y año, por el que se creó el Viceministerio de Relaciones Exteriores, Integración y Promoción Económica.

 

Art. 2.- El presente decreto entrará en vigencia a partir del día de su publicación en el Diario Oficial.

 

DADO EN CASA PRESIDENCIAL: San Salvador, a los once días del mes de mayo de dos mil veintiuno.

 

NAYIB ARMANDO BUKELE ORTEZ,

Presidente de la República.

 

JUANA ALEXANDRA HILL TINOCO,

Ministra de Relaciones Exteriores.

 

Decreto Ejecutivo No. 14 de fecha 11 de mayo de 2021, publicado en el Diario Oficial No. 90, Tomo 431 de fecha 13 de mayo de 2021.