DECRETO N° 807.
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE
EL SALVADOR,
CONSIDERANDO:
I.- Que por Decreto Legislativo No. 732, de fecha 14 de octubre de
1999, publicado en el Diario Oficial No. 210, Tomo No. 345, del 11 de noviembre
del mismo año, se emitió la Ley de Inversiones;
II.- Que el Art. 30 de la ley en referencia regula que la misma
entrará en vigencia 45 días después de su publicación en el Diario Oficial, con
el fin de adecuar los mecanismos legales e institucionales necesarios para su
operatividad;
III.- Que a la fecha el plazo a que se ha hecho referencia en el
considerando anterior está por expirar y no ha sido posible completar los
instrumentos legales e institucionales, por lo que se hace necesario prorrogar
por 60 días más la entrada en vigencia de la ley en mención.
POR TANTO,
en uso de sus
facultades constitucionales y a iniciativa de los Diputados Renato Antonio
Pérez, Luis Alberto Cruz, Roberto José D´Aubuisson Munguía y Gerardo Antonio
Suvillaga.
DECRETA:
Art. 1.- Prorrógase
por 60 días a partir del 27 de diciembre de 1999, los efectos del Decreto
Legislativo No. 732, de fecha 14 de octubre de 1999, publicado en el Diario
Oficial No. 210, Tomo No. 345, del 11 de noviembre del presente año, que
contiene Ley de Inversiones.
Art. 2.- El
presente Decreto entrará en vigencia desde el día de su publicación en el
Diario Oficial.
DADO EN EL SALÓN
AZUL DEL PALACIO LEGISLATIVO: San Salvador, a los dieciséis días del mes de
diciembre de mil novecientos noventa y nueve.
JUAN DUCH MARTÍNEZ,
PRESIDENTE.
GERSON MARTÍNEZ,
SEGUNDO VICEPRESIDENTE.
CIRO CRUZ ZEPEDA PEÑA,
PRIMER VICEPRESIDENTE.
RONAL UMAÑA,
TERCER VICEPRESIDENTE.
NORMA FIDELIA GUEVARA DE RAMIRIOS,
CUARTA VICEPRESIDENTA.
JULIO ANTONIO GAMERO QUINTANILLA,
PRIMER SECRETARIO.
JOSÉ RAFAEL MACHUCA ZELAYA,
SEGUNDO SECRETARIO.
ALFONSO ARISTIDES ALVARENGA,
TERCER SECRETARIO.
GERARDO ANTONIO SUVILLAGA,
CUARTO SECRETARIO.
ELVIA VIOLETA MENJIVAR,
QUINTA SECRETARIA.
JORGE ALBERTO VILLACORTA MUÑOZ,
SEXTO SECRETARIO.
CASA PRESIDENCIAL:
San Salvador, a los veintiún días del mes de diciembre de mil novecientos
noventa y nueve.
PUBLIQUESE,
FRANCISCO GUILLERMO FLORES PÉREZ,
Presidente de la República.
MIGUEL E. LACAYO,
Ministro de Economía.
Decreto Legislativo No. 807 de fecha 16 de
diciembre de 1999, publicado en el Diario Oficial No. 240, Tomo 345 de fecha 23
de diciembre de 1999.