DECRETO N° 807.

 

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR,

 

CONSIDERANDO:

I.-     Que por Decreto Legislativo No. 732, de fecha 14 de octubre de 1999, publicado en el Diario Oficial No. 210, Tomo No. 345, del 11 de noviembre del mismo año, se emitió la Ley de Inversiones;

II.-    Que el Art. 30 de la ley en referencia regula que la misma entrará en vigencia 45 días después de su publicación en el Diario Oficial, con el fin de adecuar los mecanismos legales e institucionales necesarios para su operatividad;

III.-   Que a la fecha el plazo a que se ha hecho referencia en el considerando anterior está por expirar y no ha sido posible completar los instrumentos legales e institucionales, por lo que se hace necesario prorrogar por 60 días más la entrada en vigencia de la ley en mención.

 

POR TANTO,

en uso de sus facultades constitucionales y a iniciativa de los Diputados Renato Antonio Pérez, Luis Alberto Cruz, Roberto José D´Aubuisson Munguía y Gerardo Antonio Suvillaga.

 

DECRETA:

 

Art. 1.- Prorrógase por 60 días a partir del 27 de diciembre de 1999, los efectos del Decreto Legislativo No. 732, de fecha 14 de octubre de 1999, publicado en el Diario Oficial No. 210, Tomo No. 345, del 11 de noviembre del presente año, que contiene Ley de Inversiones.

 

Art. 2.- El presente Decreto entrará en vigencia desde el día de su publicación en el Diario Oficial.

 

DADO EN EL SALÓN AZUL DEL PALACIO LEGISLATIVO: San Salvador, a los dieciséis días del mes de diciembre de mil novecientos noventa y nueve.

 

JUAN DUCH MARTÍNEZ,

PRESIDENTE.

 

GERSON MARTÍNEZ,

SEGUNDO VICEPRESIDENTE.

 

CIRO CRUZ ZEPEDA PEÑA,

PRIMER VICEPRESIDENTE.

 

RONAL UMAÑA,

TERCER VICEPRESIDENTE.

 

NORMA FIDELIA GUEVARA DE RAMIRIOS,

CUARTA VICEPRESIDENTA.

 

JULIO ANTONIO GAMERO QUINTANILLA,

PRIMER SECRETARIO.

 

JOSÉ RAFAEL MACHUCA ZELAYA,

SEGUNDO SECRETARIO.

 

ALFONSO ARISTIDES ALVARENGA,

TERCER SECRETARIO.

 

GERARDO ANTONIO SUVILLAGA,

CUARTO SECRETARIO.

 

ELVIA VIOLETA MENJIVAR,

QUINTA SECRETARIA.

 

JORGE ALBERTO VILLACORTA MUÑOZ,

SEXTO SECRETARIO.

 

CASA PRESIDENCIAL: San Salvador, a los veintiún días del mes de diciembre de mil novecientos noventa y nueve.

 

PUBLIQUESE,

 

FRANCISCO GUILLERMO FLORES PÉREZ,

Presidente de la República.

 

MIGUEL E. LACAYO,

Ministro de Economía.

 

Decreto Legislativo No. 807 de fecha 16 de diciembre de 1999, publicado en el Diario Oficial No. 240, Tomo 345 de fecha 23 de diciembre de 1999.