DECRETO No. 986
CONSIDERADO:
I. Que por Decreto Legislativo No. 536 de fecha 27 de enero de 1999, publicado en el Diario Oficial N° 30, Tomo 342 del 12 de febrero del mismo año, se emitió
II. Que el artículo 186 de
III. Que con el propósito de dotar de mayor trasparencia el proceso de escrutinio de los resultados de la elección en que participan los Abogados de
POR TANTO, en uso de sus facultades constitucionales y a iniciativa de los diputados María Margarita Velado Puentes y con el apoyo del Diputado Federico Guillermo Ávila Qüelh.
DECRETA
Artículo 1. Refórmase el Art. 55 de la siguiente manera:
"Art. 55. El proceso electoral deberá fundamentarse en principios esencialmente democráticos, que aseguren la participación mayoritaria de las asociaciones representativas de los Abogados y la pureza de los procedimientos previos, durante y posteriores al ejercicio del sufragio. El escrutinio final de la votación será realizado por el Consejo y vigilado por
Son asociaciones representativas de los Abogados, aquellas que acrediten en sus filas, de acuerdo a sus respectivos libros de afiliación, cien o más abogados autorizados."
Artículo 2. Refórmase el Art. 56, de la siguiente manera:
"Art. 56. Concluida la elección, el Consejo procederá a la formación de la lista completa y definitiva de los candidatos a Magistrados de
el Registro Especial de Abogados Elegibles, el Consejo lo rechazará al tener conocimiento oficial e incluirá el nombre del candidato que sustituya al rechazado, quien será el que ocupe la posición inmediata siguiente en el orden arrojado por el resultado de la elección."
Artículo 3. El presente decreto entrará en vigencia el día de su publicación en el Diario Oficial y será aplicable únicamente al proceso electoral del gremio de Abogados a celebrarse en el presente año.
DADO EN EL SALÓN AZUL DEL PALACIO LEGISLATIVO. San Salvador, a los diecinueve días del mes de enero del dos mil doce.
OTHON SIGFRIDO REYES MORALES
PRESIDENTE
CIRO CRUZ ZEPEDA PEÑA
PRIMER VICEPRESIDENTE
GUILLERMO ANTONIO GALLEGOS NAVARRETE
SEGUNDO VICEPRESIDENTE
JOSÉ FRANCISCO MERINO LÓPEZ
TERCER VICEPRESIDENTE
ALBERTO ARMANDO ROMERO RODRÍGUEZ
CUARTO VICEPRESIDENTE
FRANCISCO ROBERTO LORENZANA DURÁN
QUINTO VICEPRESIDENTE
LORENA GUADALUPE PEÑA MENDOZA
PRIMERA SECRETARIA
CÉSAR HUMBERTO GARCÍA AGUILERA
SEGUNDO SECRETARIO
ELIZARDO GONZÁLEZ LOVO
TERCER SECRETARIO
ROBERTO JOSÉ d'AUBUISSON MUNGUÍA
CUARTO SECRETARIO
QUINTA SECRETARIA
IRMA LOURDES PALACIOS VÁSQUEZ
SEXTA SECRETARIA
MARIO ALBERTO TENORIO GUERRERO
SÉPTIMO SECRETARIO
CASA PRESIDENCIAL: San Salvador, a los veintitrés días del mes de enero del año dos mil doce.
PUBLÍQUESE,
CARLOS MAURICIO FUNES CARTAGENA,
PRESIDENTE DE
DAVID VICTORIANO MUNGUÍA PAYÉS,
MINISTRO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD PÚBLICA.
Decreto Legislativo No. 986 de fecha 19 de enero de 2012, publicado en el Diario Oficial No. 14, Tomo 394 de fecha 23 de enero de 2012.