DECRETO No. 112

 

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR,

 

CONSIDERANDO:

I.      Que el inciso primero del artículo 1 de la Constitución de la República, establece que: "El Salvador reconoce a la persona humana como el origen y el fin de la actividad del Estado, que está organizado para la consecución de la justicia, de la seguridad jurídica y del bien común".

II.     Que la Ley General de Educación, aprobada mediante Decreto Legislativo No. 917, de fecha 12 de diciembre de 1996, publicada en el Diario Oficial No. 242, Tomo No. 333, de fecha 21 de diciembre de 1996, establece en su artículo 1° que: "La educación es un proceso de formación permanente, personal, cultural y social que se fundamenta en una concepción integral de la persona humana, de su dignidad, de sus derechos y de sus deberes".

III.    Que según cifras oficiales del Ministerio de Educación, la matrícula escolar para el presente año registra una significativa disminución de estudiantes en comparación al anterior año, presumiblemente la mayoría como consecuencia de los crecientes índices de violencia y la migración de familias que se han visto en la necesidad de abandonar sus lugares de residencia en busca de mejores condiciones de seguridad para sus hijos.

IV.   Que la movilidad de las y los estudiantes no sólo obedece a factores de inseguridad, sino que existen otras causas por las que éstos se ven en la necesidad de cambiarse a otro centro educativo, como cambio de domicilio y necesidades educativas especiales, entre otros; por lo que es necesario reformar la Ley General de Educación a fin de garantizar la continuidad de los estudios durante el mismo año lectivo, en cada uno de los grados y niveles educativos, de aquellos niños, jóvenes o adultos que por diversas razones se ven obligados a abandonar sus estudios.

 

POR TANTO,

en uso de sus facultades constitucionales y a iniciativa de las diputadas: Lucía del Carmen Ayala de León, Ana Mercedes Larrave de Ayala, Patricia Elena Valdivieso de Gallardo, y del diputado Juan Alberto Valiente Álvarez.

 

DECRETA, la siguiente:

 

REFORMA A LA LEY GENERAL DE EDUCACIÓN

 

Art. 1.- Adiciónase un inciso segundo al artículo 64 de la Ley General de Educación de la siguiente manera:

"El Ministerio de Educación normará y regulará la movilidad de los estudiantes cuando por causa justificada necesitaren trasladarse de un centro educativo a otro, durante el mismo año lectivo. La ejecución de dicha medida estará a cargo de los Directores y Directoras de cada centro educativo, a petición de la persona interesada, respetando los procedimientos y presentando la documentación respectiva".

 

Art. 2.- El presente Decreto entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Oficial.

 

DADO EN EL SALÓN AZUL DEL PALACIO LEGISLATIVO. San Salvador, a los diez días del mes de septiembre del año dos mil quince.

 

LORENA GUADALUPE PEÑA MENDOZA,

PRESIDENTA.

 

GUILLERMO ANTONIO GALLEGOS NAVARRETE,

PRIMER VICEPRESIDENTE.

 

ANA VILMA ALBANEZ DE ESCOBAR,

SEGUNDA VICEPRESIDENTA.

 

JOSE SERAFIN ORANTES RODRIGUEZ,

TERCER VICEPRESIDENTE.

 

NORMAN NOEL QUIJANO GONZALEZ,

CUARTO VICEPRESIDENTE.

 

SANTIAGO FLORES ALFARO,

QUINTO VICEPRESIDENTE.

 

GUILLERMO FRANCISCO MATA BENNETT,

PRIMER SECRETARIO.

 

DAVID ERNESTO REYES MOLINA,

SEGUNDO SECRETARIO.

 

MARIO ALBERTO TENORIO GUERRERO,

TERCER SECRETARIO.

 

REYNALDO ANTONIO LOPEZ CARDOZA,

CUARTO SECRETARIO.

 

JACKELINE NOEMI RIVERA AVALOS,

QUINTA SECRETARIA.

 

JORGE ALBERTO ESCOBAR BERNAL,

SEXTO SECRETARIO.

 

ABILIO ORESTES RODRIGUEZ MENJIVAR,

SEPTIMO SECRETARIO.

 

JOSE FRANCISCO MERINO LOPEZ,

OCTAVO SECRETARIO.

 

CASA PRESIDENCIAL: San Salvador, a los veintiocho días del mes de septiembre del año dos mil quince.

 

PUBLÍQUESE,

 

SALVADOR SÁNCHEZ CERÉN,

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA.

 

FRANCISCO HUMBERTO CASTANEDA MONTERROSA,

VICEMINISTRO DE EDUCACIÓN, ENCARGADO DEL DESPACHO.

 

Decreto Legislativo No. 112 de fecha 10 de septiembre de 2015, publicado en el Diario Oficial No. 179, Tomo 409 de fecha 01 de octubre de 2015.