EL INFRASCRITO COORDINADOR GENERAL Y SECRETARIO DEL COAMSS, CERTIFICAN: Que en el Acta Número VEINTIDÓS, Sesión Ordinaria, celebrada por el Consejo de Alcaldes del Área Metropolitana de San Salvador (COAMSS), el día nueve de diciembre de dos mil veintiuno, se encuentra el ACUERDO NÚMERO SIETE, que literalmente dice:

 

DECRETO No. 18

 

EL CONSEJO DE ALCALDES DEL ÁREA METROPOLITANA DE SAN SALVADOR -COAMSS

 

CONSIDERANDO:

I.      Que de conformidad al artículo 203 de la Constitución es facultad de los municipios asociarse en el ejercicio de sus facultades autónomas, y el Código Municipal desarrolla los principios constitucionales referentes a la organización, funcionamiento y ejercicio de dichas facultades.

II.     Que de conformidad a la Ley de Desarrollo y Ordenamiento Territorial del Área Metropolitana de San Salvador y de los municipios aledaños LDOTAMSS, la Ley de Ordenamiento y Desarrollo Territorial, LODT, y al marco estatutario del Consejo de Alcaldes del Área Metropolitana de San Salvador, COAMSS este Consejo se define como un organismo administrador descentralizado que ejerce funciones en materia urbanística, autónoma, cuya finalidad principal es la planificación y control del desarrollo del área metropolitana y la OPAMSS como organismo técnico que actúa como su Secretaría Ejecutiva, asesora en materia de trámites, ambas instancias con competencias de aplicación de nivel regional y micro regional, para la unidad urbanística o conurbación compuesta por catorce municipios en dos departamentos de la República.

III.    Que de conformidad a la LDOTAMSS, todo proyecto a desarrollarse en el Área Metropolitana de San Salvador deberá ceñirse a los procedimientos indicados en dicha Ley y su Reglamento; y el artículo 8 de la LDOTAMSS, establece que este Consejo, para el cumplimiento de sus fines y concordancia con las funciones establecidas en su acuerdo de creación podrá, entre otros, aprobar el Reglamento de dicha Ley, asimismo resolver los aspectos no contemplados en la misma, que se consideren necesarios para el logro de sus objetivos.

IV.   Que el Área Metropolitana de San Salvador AMSS, históricamente ha estado expuesta a la amenaza por inundaciones y una situación recurrente año con año la cual va en aumento como consecuencia del crecimiento urbano, en conjunto con eventos de lluvia extremos, causados por el cambio climático, que es un fenómeno meteorológico a nivel mundial.

V.    Que dentro del AMSS se identifican zonas de alto riesgo, inundables, llanuras de inundación y cauces de los ríos, en los cuales ubican asentamientos poblacionales con altos índices de vulnerabilidad social y económica. Que las inundaciones no solo ponen en peligro a las personas, sino que impactan significativamente la infraestructura a nivel general y cambian las condiciones en el medioambiente; todo lo cual conlleva la necesidad de generar medidas correctivas a la problemática del manejo del agua lluvia a nivel urbano; ya que la situación es crítica y la dinámica de desarrollo dentro del AMSS es continua, por aquella población que ocupa zonas.

VI.   Que con la finalidad de continuar con el desarrollo, pero con las herramientas adecuadas para la toma de decisiones a nivel institucional, se vuelve indispensable establecer una guía metodológica para la caracterización de las condiciones hidrológicas e hidráulicas del AMSS, igualmente con el fin de una mejor comprensión y revisión del proyecto, así como la actualización de la red metropolitana de aguas lluvias en constante proceso de construcción, requerir estudios en formato editable.

VII.  Que a efecto de mitigar el impacto hidrológico producido por los procesos urbanísticos, la existente criticidad de la red de aguas lluvias y el aumento de eventos extremos como efectos del cambio climático, se requiere realizar estudios hidrológicos y análisis hidráulicos, o la implementación directa de sistemas de mitigación a través de un instrumento técnico guía.

VIII. Que se hace necesario actualizar el Reglamento a la Ley de Desarrollo y Ordenamiento Territorial del Área Metropolitana de San Salvador y de los Municipios Aledaños, en términos de requisitos, procedimientos sobre impacto hidrológico, a efecto de mitigar la problemática actual de inundaciones y fallos en la infraestructura de aguas lluvias.

 

POR TANTO:

En uso de las facultades legales.

 

DECRETA las siguientes:

Reformas al Reglamento a la Ley de Desarrollo y Ordenamiento Territorial del Área Metropolitana de San Salvador y de los Municipios Aledaños, con sus anexos.

 

Art. 1. Reformase el artículo V.14, así:

Art. V.14.- Elaboración de Estudios, Análisis y Diseños para los Sistemas de Mitigación del Impacto Hidrológico.

Para la mitigación del impacto hidrológico por el desarrollo de proyectos de urbanización y construcción que incrementan áreas impermeables, generando mayor escorrentía en las cuencas, se requerirá de la adopción de medidas o requerimientos establecidos en la tabla 1:

 

Tabla 1 - Requerimientos según superficie impermeable total de los proyectos

Superficie impermeable total del proyecto

Medida o requerimiento*

Menor o igual a 150 m²

Podrá presentar alternativas tipo Sistema Urbanos de Drenajes Sostenible -SUDS

Mayor a 150 m² y menor o igual a 500 m²

Presentará alternativas tipo SUDS, con su memoria de cálculo

Mayor a 500 m²

Presentará estudio hidrológico e hidráulico y Sistemas de Mitigación del impacto Hidrológico - SMIH

*Aplicará en proyectos que no se ubiquen contiguo a cuerpos de agua o en sitios donde no existe infraestructura de drenaje, caso contrario, deberá atender los estudios y análisis correspondientes.

 

Se entenderá como superficie impermeable total, la huella impermeabilizada existente más la huella a impermeabilizar contemplada por el proyecto a desarrollar.

Las medidas o requerimientos detallados en Tabla 1 se presentarán al solicitar el Permiso de Construcción, debiendo ser firmados y sellado por un Ingeniero Civil, quien asumirá la responsabilidad profesional correspondiente.

El diseño de las medidas podrá basarse en la “Guía de Diseño de Sistemas Urbanos de Drenaje Sostenible -SUDS en el AMSS” publicada por OPAMSS. Para los requerimientos deberá utilizar la “Guía Técnica de Drenajes - Aguas Lluvias sobre el contenido de los estudios, análisis y diseños específicos”, contenidos en el ANEXO 38.

A solicitud del interesado, cuando el criterio técnico del profesional responsable difiera de los contenidos de este artículo y del Anexo 38, OPAMSS podrá evaluar otras alternativas técnicas, y de ser necesario requerirá la opinión de un especialista externo, el cual será contratado por el propietario de una terna propuesta por OPAMSS.

De los contenidos de los estudios técnicos

La información y contenido mínimo a desarrollar en los estudios será:

I)      Estudio Hidrológico

       Ubicación del proyecto georreferenciado en un mapa cartográfico o imagen satelital

       Descripción del proyecto a ejecutar

       Delimitación de área de influencia

       Definición de datos de lluvia de diseño

       Métodos de estimación de escorrentía

       Cálculo de Volumen de Escorrentía y Caudales de Diseño

       Conclusiones y recomendaciones.

II)     Análisis Hidráulico

El análisis Hidráulico se clasifica de acuerdo al tipo de proyecto o emplazamiento, y al punto de descarga previsto, pudiendo ser para cuerpo de agua, colectores de aguas lluvias, o especiales.

Complementariamente se presentarán conclusiones y recomendaciones de los resultados; en el caso que, el análisis indique la insuficiencia de los sistemas evaluados o la presencia de riesgos existentes o a generarse por el proyecto, se deberán proponer las obras de mejora necesarias y los SMIH, a costo y cuenta del propietario del proyecto.

III)    Sistemas de Mitigación del Impacto Hidrológico - SMIH

Los SMIH consisten en obras construidas dentro de los proyectos que garanticen que el excedente de agua que se genera a consecuencia de los cambios en la cobertura del suelo tenga un impacto mitigado en los sistemas de drenaje de Aguas Lluvias tanto primarios como secundarios donde se prevé la descarga del proyecto.

Toda obra que recaiga en este acápite deberá ser diseñada para un caudal hidrológico con período de retorno de 25 años, tomando como base los datos de lluvia utilizados en el estudio hidrológico.

En el caso se dictamine que la descarga será hacia el cordón cuneta y que por efectos de los niveles de desarrollo del proyecto el SMIH quede por debajo del punto de descarga, se podrá realizar un planteamiento técnico que sustente la posibilidad de descargar a alguna infraestructura hidráulica existente en el sector, para evitar la necesidad de sistemas de bombeo de aguas lluvias, siempre y cuando las condiciones de los sistemas existentes tengan la capacidad de aceptar el caudal o se mejoren las condiciones a cuenta y costo del propietario del proyecto.

Los poseedores y/o propietarios de los inmuebles de un proyecto de construcción que hacen uso de la infraestructura de los SMIH que se desarrollen, serán responsables del mantenimiento, indistintamente que estos se emplacen en suelo de propiedad pública o privada. Para lo cual deberá presentar documento legal, donde hagan constar su compromiso por cumplir y/o trasladar a los nuevos poseedores o propietarios lo antes mencionado, en el proceso de aprobación del trámite de recepción correspondiente

 

Art. 2. Incorpórese el artículo V.14 A así: para la descripción del contenido para la elaboración del Estudio Hidrológico, Análisis Hidráulico y de los SMIH se aplicará lo que se detalla en la Guía Técnica de Drenajes -Aguas Lluvias, ANEXO 38.

 

Art. 3. Vigencia

Las presentes reformas entrarán en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Oficial.

 

Dado en el Salón de Sesiones del Consejo de Alcaldes del Área Metropolitana de San Salvador, COAMSS; en la Ciudad de San Salvador, a los nueve días del mes de diciembre de dos mil veintiuno.

 

Lic. Mario Edgardo Duran Gavidia

Coordinador General del COAMSS

 

Sr. Saúl Antonio Meléndez

Secretario del COAMSS

 

ANEXO 38 GUÍA TÉCNICA DE DRENAJES - AGUAS LLUVIAS (13)

 

El presente documento, desarrolla los lineamientos técnicos ampliados mencionados en el Art V.14 A del Reglamento a la Ley de Desarrollo y Ordenamiento Territorial del Área Metropolitana de San Salvador, en adelante RLDOTAMSS.

La presente guía, podrá ser revisada, modificada y actualizada periódicamente, según avances en investigaciones, normas o hechos territoriales lo propicien, autorizada por el Consejo de Alcaldes del Área Metropolitana de San Salvador - COAMSS.

 

1.     OBJETIVO DE LA GUÍA

El objetivo de la Guía es describir la metodología para la presentación de estudios hidrológicos, análisis hidráulicos y las consideraciones para el diseño de sistemas de mitigación de impacto hidrológico.

 

2.     DEFINICIONES

Cuenca Urbana: Área drenante donde los cuerpos de agua, quebradas o ríos son reemplazados totalmente o en parte, por infraestructuras que conforman un sistema de tuberías, pozos y cajas tragantes que también puede estar influenciada por los patrones de consumo de agua y de residuales de los habitantes de la ciudad.

Sistema de Drenaje Urbano Sostenible: Elementos integrantes de la infraestructura urbano-hidráulico-paisajística cuya misión es captar, filtrar, retener, transportar, almacenar e infiltrar al terreno el agua, de forma que ésta no sufra ningún deterioro e incluso permita la eliminación, de forma natural, de al menos parte de la carga contaminante que haya podido adquirir por procesos de escorrentía urbana previa. Todo ello tratando de reproducir, de la manera más fielmente posible, el ciclo hidrológico natural previo a la urbanización o actuación del hombre.

Condición de funcionamiento Normal: Condiciones de funcionamiento de un sistema de transporte de aguas lluvias (primario o secundario) que, bajo condiciones de lluvia establecidas en los parámetros de diseño (Tiempo de Retorno), definidos por parámetros hidráulicos (velocidad, tirante, presión y aquellos más adecuados para determinar algún efecto específico) que se mantienen razonablemente y constantemente por debajo de los valores que determinan niveles de riesgo no aceptables para la infraestructura misma y para el entorno.

Condición de funcionamiento Sobrecargado: Condiciones de funcionamiento de un sistema de transporte de aguas lluvias (primario o secundario) que, bajo condiciones de lluvia establecidas en los parámetros de diseño (Tiempo de Retorno), definidos por parámetros hidráulicos (velocidad, tirante, presión y aquellos más adecuados para determinar algún efecto específico) que alcanzan o superan, aun ocasionalmente, los valores que determinan niveles de riesgo no aceptables para la infraestructura misma y para el entorno.

 

3.     FINALIDAD DE LOS ESTUDIOS

El estudio hidrológico y el análisis hidráulico de las condiciones del sector analizaran y caracterizaran el manejo actual de la escorrentía pluvial en el sitio donde se desarrollará el proyecto, con el objetivo de definir la capacidad de conducción que posee la infraestructura de drenaje de aguas lluvias aledaña al mismo; ya sea un sistema primario o secundario, y que la OPAMSS pueda emitir un dictamen de las condiciones a generar en cuanto al manejo de la escorrentía.

Cuando la descarga sea directa a un sistema primario, no exista punto de descarga cercano al proyecto, o exista insuficiente capacidad hidráulica, OPAMSS solicitará para el caso específico análisis hidráulicos especiales, conforme a lo establecido en Art. VIII.7 literal c.

 

4.     ESTUDIO HIDROLÓGICO

Ubicación del Proyecto

Se deberá presentar de manera gráfica la ubicación del proyecto, mediante un mapa que indique de manera georreferenciada la ubicación del área a intervenir dentro de un mapa cartográfico del CNR o una imagen satelital reciente (pudiendo incluir análisis en el tiempo), que demuestre el entorno hidrológico del mismo. A tal fin se podrá utilizar el Geoportal de OPAMSS.

 

Descripción del Proyecto

Se deberá realizar una descripción del proyecto a ejecutar; para el caso de edificaciones también las características arquitectónicas y de infraestructura por implementar, para urbanizaciones, las características del desarrollo urbano, incluyendo en ambos casos un cuadro de áreas permeables e impermeables, y una descripción del entorno en cuanto al manejo actual de la escorrentía del sitio, identificación de riesgos o vulnerabilidades existentes, por ejemplo, inundaciones históricas, con registro fotográfico realizado por el responsable del estudio, considerando las posibles afectaciones del proyecto en el sitio o aguas abajo.

 

Delimitación del Área de Influencia

Se deberá describir el proceso y presentar de manera mapa georreferenciada con escala adecuada de la delimitación del área de influencia en donde se muestre la altimetría del sector mediante curvas de nivel y el sistema hidrográfico del área de influencia hacia el punto de interés; considerando para el caso de cuenca urbana, se deberá definir el área de aporte de la red de colectores de aguas lluvias de interés; además con proyección cónica Lambert, Datum norteamericano de 1927 y esferoide de Clarke 1866. Y serán presentados en formatos editables para su verificación

 

Definición de datos de lluvia de diseño

Mientras se generan y publican las curvas IDF para el AMSS, en coordinación con el Ministerio de Medio Ambiente y recursos Naturales -MARN, se podrán aplicar las siguientes prescripciones, entre otros métodos que los profesionales consideren técnicamente viable:

El Estudio deberá contener la justificación de los datos de lluvia de la estación hidrometereológica a utilizar, con base a la ubicación del proyecto y del área de influencia.

Los datos de lluvia considerados son los obtenidos de la información oficial de la DGOA-MARN, los cuales consisten en Datos de Intensidad de Precipitación Máxima Anual convertidos a curvas de Intensidad - Duración - Frecuencia para las siguientes estaciones del AMSS:

a)    Estación Aeropuerto Ilopango (S-10)

b)    Estación ITIC (S-04)

c)     Estación Santa Tecla (L-08)

d)    Estación Boquerón (L-18)

Para el caso de establecer la intensidad media de diseño en una cuenca, en la cual interactúen más de 3 estaciones, se recomienda utilizar el método de Thiessen. En la medida de lo posible, se utilizarán los datos de una sola estación, si la ubicación del proyecto se encuentra en el radio de influencia de 5 km de esa estación.

Cuando las estaciones más cercanas se encuentren entre 5 km y 10 km, se podrá recurrir a una ponderación de las estaciones que se encuentren en esa franja, para determinar datos base para la construcción de las curvas IDF. El peso de cada estación será determinado por el inverso de las distancias del proyecto a las estaciones. En ningún caso los valores obtenidos por ponderación podrán ser inferiores al 85% del mayor valor entre las estaciones consideradas.

En el caso de que el proyecto se ubique en zonas cuya estación más cercana se encuentre a más de 10 km de distancia, se podrá utilizar:

La estación S-04 para los Municipios de

a)    Tonacatepeque

b)    Delgado

c)     Cuscatancingo (sector sur)

La estación L-18 para los Municipios de

a)    Apopa

b)    Nejapa

c)     Cuscatancingo (sector norte)

d)    Ayutuxtepeque

e)    Mejicanos

La estación L-08 para los Municipios de

a)    San Salvador

b)    Antiguo Cuscatlán

c)     San Marcos

d)    Santa Tecla

La estación S-10 para los Municipios de

a)    Soyapango

b)    Ilopango

c)     San Martín

En cualquier caso, las estaciones que no presenten una serie completa de datos (la necesaria para el correcto establecimiento de los TR requeridos) deberán ser complementadas por extrapolación de la estación del Aeropuerto de Ilopango, ajustando oportunamente los valores por relación entre las estaciones).

Así mismo, los valores de intensidad deberán ser analizados por el responsable del Estudio para corregir las eventuales inversiones de tendencia de las láminas de agua obtenidas a partir de las intensidades de lluvias publicadas.

 

Métodos de estimación de escorrentía

Se establecen dos métodos de definición de volumen de escorrentía:

a)    Método de coeficiente de escorrentía

b)    Método de curva número de SCS

El método de coeficiente de escorrentía “C” es el que obtiene de la relación entre el caudal de escorrentía y la lluvia observada, en una superficie con uso de suelo definida. Los valores de coeficiente de escorrentía que se adoptarán para los Estudios que se presentarán a OPAMSS, se establecen en la siguiente tabla:

 

PARA ÁREAS URBANAS O SEMI URBANAS

Uso de suelo

Coeficientes de escorrentía

 

Valor Mínimo

Valor Recomendado

Valor Máximo

Comercio

0.80

0.90

0.95

Residencial alta densidad

0.70

0.75

0.80

Residencial media densidad

0.60

0.65

0.70

Residencial baja densidad

0.50

0.55

0.60

Industria] más del 70% impermeable

0.70

0.80

0.90

Industrial hasta el 70% impermeable

0.65

0.75

0.85

Parques y cementerios

 

 

 

Área verde permeable mayor al 80%

0.20

0.25

0.30

Área verde permeable entre 40% y 80%

0.30

0.35

0.40

Área verde permeable menor al 40%

0.50

0.65

0.75

Pavimentos, parqueos, vías pavimentadas

0.85

0.90

0.95

Pavimento de Concreto Permeable

 

 

 

Con base granular drenada = 20cm

0.70

0.75

0.80

Con base granular drenada > 20cm

0.60

0.65

0.70

Sin base granular o con base no drenada

0.70

0.80

0.85

Áreas peatonales

0.80

0.85

0.85

Techos

0.80

0.90

0.95

Techos verdes con capa de drenaje

 

 

 

Espesor de suelo vegetal = 20cm

0.65

0.70

075

Espesor de suelo vegetal > 20cm

0.55

0.60

0.65

 

En caso de que el responsable del diseño decida utilizar valores entre el valor mínimo y el valor recomendado indicados en la tabla anterior, se podrá estimar los coeficientes de escorrentía mediante otros métodos, como por ejemplo el NRCS, o tabla 15.1.1 “Coeficientes de escorrentía para ser usados en el método racional” del Libro Hidrología Aplicada de Ven Te Chow.

 

OTROS TIPOS DE ÁREA

Uso del suelo

Coeficientes de escorrentía

Cultivos. Pendiente hasta el 1%

0.50

Cultivos. Pendiente entre 1-5%

0.55

Cultivos. Pendiente entre 5-20%

0.60

Cultivos. Pendiente entre 20-50%

0.65

Cultivos. Pendiente más del 50%

0.70

Vegetación ligera. Pendiente hasta el 1%

0.45

Vegetación ligera. Pendiente entre 1-5%

0.50

Vegetación ligera. Pendiente entre 5-20%

0.55

Vegetación ligera. Pendiente entre 20-50%

0.60

Vegetación ligera. Pendiente entre 50%

0.65

Bosque de sombra. Pendiente hasta el 1 %

0.15

Bosque de sombra. Pendiente entre 1-5%

0.20

Bosque de sombra. Pendiente entre 5-20%

0.25

Bosque de sombra. Pendiente entre 20-50%

0.30

Bosque de sombra. Pendiente entre 1-5%

0.30

 

En el caso del método de la curva número (CN), el cual es un parámetro empírico utilizado para la predicción directa de escurrimiento o infiltración de la lluvia en exceso, desarrollado por el Servicio de Conservación de Suelos de los Estados Unidos de América, los valores que se adoptarán para los Estudios que se presentarán a OPAMSS y para la condición de Humedad Antecedente II, se establecen en la siguiente tabla:

 

Uso de la tierra

Prácticas de cultivo

Condiciones hidrológicas

Características hidrológicas del suelo

A

B

C

D

Barbecho

Surco recto

Pobre

77

86

91

94

Cultivos en hilera

Surco recto

Surco recto

Curvas a nivel

Curvas a nivel

Curvas a nivel/terrazas

Curvas a nivel/terrazas

Pobre

Bueno

Pobre

Bueno

Pobre

Bueno

72

67

70

65

66

62

81

78

79

75

74

71

88

85

81

82

80

78

91

89

88

86

82

81

Grano pequeño

Surco recto

Surco recto

Curvas a nivel

Curvas a nivel

Curvas a nivel/terrazas

Curvas a nivel/terrazas

Pobre

Bueno

Pobre

Bueno

Pobre

Bueno

65

63

63

61

61

59

76

75

74

73

72

70

84

83

82

81

79

78

88

87

85

84

82

81

Legumbres o praderas rotativas

Surco recto

Surco recto

Curvas a nivel

Curvas a nivel

Curvas a nivel/terrazas

Curvas a nivel/terrazas

Pobre

Bueno

Pobre

Bueno

Pobre

Bueno

66

58

64

55

63

51

77

72

75

69

73

67

85

81

83

78

80

76

89

85

85

83

83

80

Pastizales

Curvas a nivel

 

Curvas a nivel

 

Curvas a nivel

Pobre

Regular

Bueno

Pobre

Regular

Bueno

68

49

39

47

25

6

79

69

61

67

59

35

86

79

74

81

75

70

89

84

80

88

83

79

Praderas (perm)

 

Bueno

30

58

71

78

Bosques

Con cobertura pobre

Con buena cobertura

Pobre

Regular

Bueno

45

36

25

66

60

55

77

73

70

83

79

77

Granjas

 

 

59

74

82

86

Caminos terracería

Caminos pavimentados sin cunetas

Caminos pavimentados con cunetas

Áreas comerciales (80% impermeable)

Áreas industriales (72% impermeable)

Áreas residenciales (65% impermeable)

Áreas residenciales (25% impermeables)

Pavimento y tejados (superficies impermeables)

 

72

74

98

89

81

77

54

100

82

84

98

92

88

85

70

100

87

90

98

94

91

90

80

100

89

92

98

95

93

92

85

100

 

GRUPO A:

Suelos con alta capacidad de infiltración. Suelos profundos, arenas y gravas bien o excesivamente drenadas.

GRUPO B

Suelos con moderada capacidad de infiltración. Suelos de moderadamente profundos a profundos, con texturas moderadamente gruesas

GRUPO C

Suelos con baja capacidad de infiltración. Suelos con estratos que impiden el movimiento hacia abajo del agua o suelos con textura de moderadamente fina a fina.

GRUPO D

Suelos con muy baja capacidad de infiltración. Suelos arcillosos, suelos con altas napas freáticas permanentes o con materiales impermeables cerca de la superficie.

 

El responsable del diseño deberá presentar en su memoria de cálculo, el análisis tanto en condiciones de Humedad Antecedente II así como en condiciones de Humedad Antecedente III, para lo cual deberá realizar las conversiones de los valores de CN considerados en la tabla anterior a los nuevos valores de CN que deben ser utilizados en el cálculo, según la fórmula siguiente:

 

 

Para el diseño de los sistemas de conducción, captación y cálculo de los sistemas de retención/laminación de los sistemas de mitigación del Impacto Hidrológico, se utilizarán los resultados que se obtengan en condiciones de Humedad Antecedente III. Las evaluaciones de procesos de infiltración y evapotranspiración podrán hacer referencia a los resultados obtenidos en condiciones de Humedad Antecedente II.

En la selección del GRUPO de Suelo para la selección del apropiado CN, se deberán considerar los aspectos hidrogeológicos, en especial la absorción de los suelos, considerando un comportamiento promedio de los primeros 10 metros de materiales por debajo de la superficie expuesta, para lo cual el responsable del estudio podrá realizar campañas de campo o utilizar los mapas correspondientes de OPAMSS una vez disponibles como el Mapa de Curva Numero para el AMSS a ser actualizado periódicamente.

En ambos métodos se podrán hacer ponderaciones utilizando el área o porción de ella caracterizadas por un solo valor de “C” o “CN” utilizando el valor del área como peso de la ponderación. Podrán ser utilizados algoritmos de cálculo que integren las áreas y determinen el exceso de lluvia (escorrentía) en función del tiempo, para lo cual se ampliará más adelante.

Sin perjuicio de lo anterior, se podrán presentar otros métodos de cálculo, como por ejemplo el del Hidrograma Triangular, siempre y cuando sea justificado su uso y respaldado mediante demostración teórica de los parámetros adoptados.

 

Cálculo de Volumen de Escorrentía y Caudales de Diseño

Para la definición del caudal hidrológico se utilizará un período de retomo de 50 años como mínimo, aun cuando la OPAMSS podrá solicitar la modificación del cálculo del caudal para un período de retorno mayor en base a los antecedentes de la escorrentía del sitio y/o a la envergadura del proyecto a ejecutar, para 100 años.

La metodología para el cálculo del caudal hidrológico se define tomando como base el valor del área de influencia:

      Método Racional para áreas con extensión igual o menor a 2.5 km²

      Métodos de Modelación Hidrológica en todas las demás condiciones y en toda evaluación que involucre el sistema de drenaje primario.

Para el Método Racional se deberán respaldar los valores asignados a cada uno de los parámetros de la ecuación. En particular, la definición del valor de intensidad (I) deberá ser demostrada por medio de la aplicación de por lo menos 3 fórmulas a criterio del profesional responsable, para establecer el tiempo de concentración. Las fórmulas escogidas para el cálculo del Tiempo de Concentración deben ser reconocidas y ajustarse razonablemente a las condiciones estudiadas.

Para determinar el Tiempo de Concentración para evaluar la intensidad “I”, TCi, se deberá calcular antes el Tiempo de Concentración de Cálculo, TCc, pudiendo seleccionar el valor que considere más oportuno entre los 3 evaluados siempre y cuando ese valor no sea mayor del promedio de todos los valores utilizados más el 50% de la diferencia máxima (diferencia entre el mayor y el menor TC considerados), en cuyo caso, se podrá adoptar, al máximo, este último.

 

Ejemplo 1:

Los Tiempos de concentración obtenidos por tres métodos diferentes escogidos por el responsable del estudio y razonablemente aplicables a las condiciones del proyecto, son (en segundos):

TC1         240

TC2         340

TC3         360

 

El valor promedio de los anteriores es:

 

     313.3

 

y el valor promedio más el 50% de la diferencia máxima resulta ser:

 

 

Al ser el valor máximo de los tres seleccionados menor que el promedio más el 50% de la diferencia máxima, el responsable del Estudio podrá considerar como TC cualquiera de los TC calculados con las 3 fórmulas o un promedio de esos, dado que el tiempo máximo de concentración de cálculo es:

 

 

que coincide con el TC3

 

Ejemplo 2:

Los Tiempos de concentración obtenidos por tres métodos diferentes escogidos por el responsable del estudio y razonablemente aplicables a las condiciones del proyecto, son (en segundos):

TC1         275

TC2         282

TC3         300

 

El valor promedio de los anteriores es:

 

TCmed  = 285.7

 

y el valor promedio más el 50% de la diferencia máxima resulta ser:

 

 

Al ser el valor máximo de los tres seleccionados mayor que el promedio más el 50% de la diferencia máxima, el responsable del Estudio podrá considerar como TC cualquiera de los TC calculados con las 3 fórmulas o un promedio de esos con tal que el valor no exceda el tiempo máximo de concentración de cálculo:

 

TCc max = 298.2

 

que es menor que el valor máximo de entre los calculados, TC3

 

El valor final del Tiempo de Concentración para la evaluación de “l”, TCi, será igual a:

 

TCc  =  0.65*TCc

 

Para el método por modelación hidrológica se podrá utilizar el programa HEC-HMS, que es un software distribuido de manera gratuita por el Cuerpo de Ingenieros del Ejército de Estados Unidos u otro que el profesional responsable considere.

Para cualquier modelo de calado que se utilice, se deberán presentar en editadle los resultados del modelo hidrológico, así como todos los valores que se introdujeron al mismo para la obtención del caudal.

 

Conclusiones y Recomendaciones

Se deberán presentar conclusiones y recomendaciones, donde se detallen los impactos del proyecto al entorno y aguas abajo, propuestas de obras de mitigación, así como brindar las recomendaciones para el análisis hidráulico, como, por ejemplo, ampliar el análisis por susceptibilidad a flujos de escombros, o que se consideren análisis de transporte de sedimentos según la cuenca particular, además incluir una propuesta para el manejo de la escorrentía superficial del proyecto.

 

5.     ANÁLISIS HIDRÁULICO

5.1  Análisis Hidráulico de Cuerpo de Agua.

Cuando, dentro del límite del proyecto o en cualquiera de sus colindancias, exista un cuerpo de agua, será obligación del responsable del Estudio, realizar el análisis hidráulico del o de los cuerpos de agua, con el fin de analizar las posibles descargas de aguas lluvias del proyecto al cuerpo de agua, y para brindar parte de los insumos tomados en cuenta para generar la zona de protección.

Se ampliará el análisis aguas arriba o aguas abajo del tramo de influencia del proyecto, con la finalidad de revisar el comportamiento hidráulico del cauce por alguna condición particular existente.

Para la realización de un análisis hidráulico de cuerpo de agua, será necesario presentar el levantamiento topográfico a lo largo del cuerpo de agua con secciones cada 50 metros como mínimo en los tramos aproximadamente rectos y a cada 20 m en tramos de cambios de dirección sustanciales y secciones adicionales en cualquier cambio de sección transversal tanto en estrechamiento como en ampliación y 4 secciones en cada obra de paso (2 adyacentes a la obra y 2 colocadas de cada lado a una distancia aproximada de 4 veces el ancho del cauce en el tramo), considerando todo el tramo de influencia del proyecto sobre el cuerpo de agua, como mínimo el análisis deberá presentar 3 secciones en puntos más desfavorables cuando el terreno en estudio en colindancia con el cauce tenga longitud limitada (hasta un máximo de 3 veces el ancho del cauce). Si en el caso de estudio existiera infraestructuras hidráulicas en el cauce, estas deberán ser levantadas con topografía y deberán ser analizadas hidráulicamente.

Para el análisis hidráulico se establece una longitud mínima de 200 metros aguas arriba y 300 metros aguas abajo medidas a partir del inicio y fin de la zona de influencia directa, respectivamente. Si en el extremo de aguas abajo, esta zona de influencia se traslapara con la zona de posible remanso de una obra de paso, el área de estudio se amplía hasta abarcar 300 m aguas abajo de la obra de paso. Se define como zona de posible remanso la longitud que se obtiene considerando un tirante igual al mínimo entre 2 veces la altura libre para el paso del agua en la obra de paso y la altura del cauce en la obra de paso entre la pendiente promedio del cauce, con un máximo de 300 m.

Para la realización del análisis hidráulico se recomienda la utilización del programa HEC-RAS que es un software distribuido de manera gratuita por el Cuerpo de Ingenieros del Ejército de Estados Unidos o del Hydraulic Toolbox, Se deberá presentar los resultados del modelo hidráulico, así como la comprobación de valores con las que se realizó dicha modelación, incluyendo proyecto en editable. El caudal que será utilizado en la modelación será el definido en el estudio hidrológico.

Todos los parámetros de la modelación hidráulica del cuerpo de agua deberán ser justificados y respaldados anexando la fuente de los valores adoptados y explicando el motivo de la selección de los valores utilizados.

Adicionalmente, se deberá presentar un plano a escala adecuada en donde se defina la ocupación que alcanza el cuerpo de agua en planimetría y el nivel de aguas máximas en las secciones analizadas.

En el caso que exista infraestructura hidráulica en el cauce, se deberá presentar el análisis particular de la misma y verificar su comportamiento y capacidad hidráulica. Si el estudio demostrare que la infraestructura hidráulica no posee la capacidad necesaria, OPAMSS podrá solicitar evaluaciones adicionales a su criterio y en función del problema específico identificado.

Se definirá la zona hidráulica a partir de las informaciones obtenidas con el plano de ocupación del cuerpo de agua y de las secciones transversales donde se observa la altura alcanzada por el agua en el cuerpo de agua y será insumo para la definición de la zona de Protección establecida en el Art. V.13.

En caso de que aplique, se podrá requerir considerar un análisis de transporte de sedimentos que brinde datos de capacidad hidráulica del cauce o de las obras en condición solo agua y mixtura de agua y sedimentos.

 

5.2  Análisis Hidráulico de Colectores de Aguas Lluvias.

Si dentro de la parcela donde se desarrollará el proyecto o en sus colindancias, existieran colectores de Aguas Lluvias en los cuales se prevé la descarga, y se desconoce su capacidad hidráulica, es decir, datos de la red con su descripción y estado físico (diámetros, materiales, etc.) y su comportamiento hidráulico, se deberá presentar como mínimo el análisis hidráulico del colector o colectores existentes donde se prevé la descarga del proyecto.

La OPAMSS podrá solicitar que se amplié el análisis hidráulico del sistema de aguas lluvias, basándose en los antecedentes de la escorrentía del sitio y/o a la envergadura del proyecto a ejecutar. Tal y como se indica en el Art. VIII.7 c)

Se deberá presentar una descripción del sistema de aguas lluvias hasta la descarga al cuerpo de agua cuando aplique y el análisis hidráulico correspondiente con y sin el aporte del proyecto. Asimismo, realizar un levantamiento topográfico de la red de aguas lluvias existente aledaña al proyecto.

Para el análisis hidráulico del colector se podrán aplicar ecuaciones hidráulicas como la Manning o programas que realicen dicho análisis con base a ecuaciones reconocidas. La definición del caudal con el que se analizará el sistema será el determinado a partir del área de influencia del colector, los patrones de lluvia utilizados en el análisis hidrológico, pero para un período de retorno mínimo 25 años, las condiciones de uso de suelo definidas en el área de influencia y la aplicación del método racional, considerando como tiempo de concentración el valor de cinco minutos para la determinación del valor de intensidad de lluvia en el cálculo de aportes a los tragantes en las calles.

Alternativamente se podrá utilizar un sistema de cálculo que considere la variable “tiempo” en cuyo caso se deberá utilizar un hidrograma de lluvia tipo “Chicago” o de bloques alternativos de 5 minutos de duración de cada bloque La misma unidad de tiempo aplica al análisis en general.

 

5.3  Análisis Hidráulico Especiales.

Si el proyecto a ejecutar tiene un impacto directo dentro del cuerpo de agua, o no existe punto de descarga cercano al proyecto o en otras condiciones que no pueden ser incluidas dentro de los puntos desarrollados anteriormente, y no obstante esto, el inversionista insista en ejecutarlo, la OPAMSS podrá valorar y solicitar la ampliación o modificación a los requerimientos del análisis hidrológico e hidráulico. Estas modificaciones o ampliaciones serán considerando los potenciales efectos que el proyecto pueda generar en el cuerpo de agua y de este a sus colindancias por lo que se considerará no solamente el proyecto, sino que las particulares condiciones del sector en la zona de impacto y aguas debajo de éste conforme a lo establecido en Art. VIII.7 literal c. Algunos ejemplos sin limitarse a ellos, pueden ser sectores donde no exista infraestructura para la descarga de las aguas lluvias, zonas inundables, sectores susceptibles a flujos de escombros, y con erosión intensa. En casos especiales donde OPAMSS considere necesaria la intervención de perfiles profesionales adecuados para la envergadura del problema, se podrá requerir la intervención de un TERCERO, profesional seleccionado por el propietario del proyecto de entre una terna que será propuesta por OPAMSS. Los costos y honorarios de este TERCERO serán a cargo del Propietario del Proyecto. También el TERCERO trabajará bajo el principio de Responsabilidad Profesional y será por lo tanto responsable personalmente del trabajo que realice y de las recomendaciones y diseños (de haberlos) que presente.

Para el caso de un análisis especial, se podrá definir el contenido mínimo.

 

1.1  Conclusiones y Recomendaciones

Se tendrán que presentar conclusiones y recomendaciones de los resultados del análisis hidráulico para cualquiera de los puntos anteriores. Si los análisis desarrollados arrojaren condiciones de afectación que superan las condiciones antes del proyecto, se considerará necesario el diseño por parte del responsable del Análisis (o en su defecto por el Propietario del Proyecto) de todas las obras de protección necesarias o medidas de mitigación. Todo lo anterior será a costo y cuenta del Propietario del Proyecto.

 

6.     SISTEMAS DE MITIGACIÓN DE IMPACTO HIDROLÓGICO

Los sistemas de mitigación del impacto hidrológico se consideran como aquellas obras que capten, infiltren, retengan (para reúso) o detengan el agua de escorrentía superficial modificando así el caudal que alcanza la descarga.

Se pueden plantear propuestas que tomen en consideración el uso de Sistemas Urbanos de Drenaje Sostenible -SUDS, pudiendo usar de base la Guía Técnica de Diseño de SUÜS, siempre y cuando sea viable su implementación y mantenimiento a lo largo de la vida útil del proyecto.

Los sistemas que incluyan la infiltración podrán ser considerados siempre y cuando la condición de materiales existentes en el inmueble y las condiciones en la colindancia (actuales o previsibles) lo permitan, para lo cual deberá investigar las condiciones hidrogeológicas y realizar pruebas de infiltración del sitio, tomando en cuenta la calidad de las aguas que se pretenden infiltrar y su posible impacto en las colindancias.

Las condiciones de diseño, es decir el caudal y el punto de descarga, serán definidos por OPAMSS y deberá ser retomado por el estudio hidrológico y análisis hidráulico presentado para el proyecto, tomando en consideración la situación del manejo de la escorrentía del entorno. Se determinará un valor de reducción del caudal con respecto a la condición antes del desarrollo (condición antes de la intervención propuesta, cualquiera que fuere y aún en áreas anteriormente intervenidas) entre un valor mínimo del 50% a un máximo del 90% en función de las condiciones actuales del área aledaña en cuanto al sistema de drenaje primario o secundario, según la tabla a continuación:

 

Tabla 2 Porcentajes de reducción de caudales

Condición de funcionamiento actual de los sistemas aledaños al proyecto (zona de influencia directa hidráulica)

Porcentaje de reducción

Primario

Secundario

Normal

Normal

50%

Normal

Sobrecargado

70%

Sobrecargado

Normal

80%

Sobrecargado

Sobrecargado

90%

 

El diseño de verificación de las obras de este acápite podrá realizarse por medio de métodos basados sobre modelaciones hidrológicas - hidráulicas y que tomen en consideración la capacidad de infiltración del suelo (en caso de ser aplicado) y la relación de hidrograma de escorrentía (entrada) con el volumen de detención/laminación y el orificio de control.

Para el caso de cualquier sistema de retención/laminación, se deberá de proponer siempre un orificio de control el cual descargue a una cámara adicional inspeccionable, para luego generar la tubería de conducción que va hacia la descarga. Así mismo, se deberá plantear la ejecución de un vertedero de excedencia, como mínimo cinco centímetros por debajo del nivel más bajo de tubería de llegada. Se deberá comprobar que dicho vertedero, tenga la capacidad suficiente para descargar el caudal de entrada al sistema, menos el máximo caudal que descargaría el orificio de control. Este vertedero deberá estar conectado a la misma cámara adicional a la que descarga el orificio de control y el caudal deberá ser considerado en la verificación hidráulica del tubo de descarga.

La tubería que va hacia la descarga deberá poseer la capacidad suficiente para conducir el caudal de pico que entra al sistema de retención/laminación sin considerar el efecto de la función de laminación del sistema, esto por efectos de que un evento de lluvia exceda los patrones de lluvia utilizados para el diseño y entre en funcionamiento el vertedero de excedencia. El sistema de excedencia y su conexión a la cámara de descarga (donde descarga el orificio) deben ser construidos para poder ingresar a inspeccionar.

Los sistemas de retención/laminación podrán poseer cámaras con función de filtro para la detención de sólidos gruesos previos al ingreso del agua al sistema, según lo defina el profesional responsable del diseño. La dimensión máxima de sólidos que puedan superar los filtros será igual o menor que 1/3 de la dimensión transversal mínima del orificio o del vertedero de excedencia.

En el caso de que la salida del sistema de retención/laminación se encuentre por debajo del punto de descarga, será necesario la implementación de un rebombeo de aguas lluvias. Para la definición de la capacidad de la bomba, se tomará como base el caudal máximo de descarga y la carga dinámica total a superar sin considerar perdidas. Se deberá dejar previsto la instalación de dos equipos con las mismas características por efectos de que al momento del evento de lluvia uno pudiera fallar, así como y por el mismo motivo, de un respaldo -backup eléctrico de emergencia con sistema automático de encendido y switch. La tubería de impelencia deberá ser diseñada para el caudal máximo de descarga y está deberá llegar a una caja de registro, en la cual desfogue de manera adecuada para luego incorporarse por gravedad al punto de descarga.

 

Decreto Municipal No. 18 de fecha 09 de diciembre de 2021, publicado en el Diario Oficial No. 4, Tomo 434 de fecha 06 de enero de 2022.