EL
INFRASCRITO COORDINADOR GENERAL Y SECRETARIO DEL COAMSS, CERTIFICAN: Que en el
Acta Número VEINTIDÓS, Sesión Ordinaria, celebrada por el Consejo de Alcaldes
del Área Metropolitana de San Salvador (COAMSS), el día nueve de diciembre de
dos mil veintiuno, se encuentra el ACUERDO NÚMERO SIETE, que literalmente dice:
DECRETO No.
18
EL CONSEJO
DE ALCALDES DEL ÁREA METROPOLITANA DE SAN SALVADOR -COAMSS
CONSIDERANDO:
I. Que de conformidad al artículo 203 de la
Constitución es facultad de los municipios asociarse en el ejercicio de sus
facultades autónomas, y el Código Municipal desarrolla los principios
constitucionales referentes a la organización, funcionamiento y ejercicio de
dichas facultades.
II. Que de conformidad a la Ley de Desarrollo y
Ordenamiento Territorial del Área Metropolitana de San Salvador y de los
municipios aledaños LDOTAMSS, la Ley de Ordenamiento y Desarrollo Territorial,
LODT, y al marco estatutario del Consejo de Alcaldes del Área Metropolitana de
San Salvador, COAMSS este Consejo se define como un organismo administrador
descentralizado que ejerce funciones en materia urbanística, autónoma, cuya
finalidad principal es la planificación y control del desarrollo del área
metropolitana y la OPAMSS como organismo técnico que actúa como su Secretaría
Ejecutiva, asesora en materia de trámites, ambas instancias con competencias de
aplicación de nivel regional y micro regional, para la unidad urbanística o
conurbación compuesta por catorce municipios en dos departamentos de la
República.
III. Que de conformidad a la LDOTAMSS, todo
proyecto a desarrollarse en el Área Metropolitana de San Salvador deberá
ceñirse a los procedimientos indicados en dicha Ley y su Reglamento; y el
artículo 8 de la LDOTAMSS, establece que este Consejo, para el cumplimiento de
sus fines y concordancia con las funciones establecidas en su acuerdo de
creación podrá, entre otros, aprobar el Reglamento de dicha Ley, asimismo
resolver los aspectos no contemplados en la misma, que se consideren necesarios
para el logro de sus objetivos.
IV. Que el Área Metropolitana de San Salvador
AMSS, históricamente ha estado expuesta a la amenaza por inundaciones y una
situación recurrente año con año la cual va en aumento como consecuencia del
crecimiento urbano, en conjunto con eventos de lluvia extremos, causados por el
cambio climático, que es un fenómeno meteorológico a nivel mundial.
V. Que dentro del AMSS se identifican zonas de
alto riesgo, inundables, llanuras de inundación y cauces de los ríos, en los
cuales ubican asentamientos poblacionales con altos índices de vulnerabilidad
social y económica. Que las inundaciones no solo ponen en peligro a las
personas, sino que impactan significativamente la infraestructura a nivel
general y cambian las condiciones en el medioambiente; todo lo cual conlleva la
necesidad de generar medidas correctivas a la problemática del manejo del agua
lluvia a nivel urbano; ya que la situación es crítica y la dinámica de
desarrollo dentro del AMSS es continua, por aquella población que ocupa zonas.
VI. Que con la finalidad de continuar con el
desarrollo, pero con las herramientas adecuadas para la toma de decisiones a
nivel institucional, se vuelve indispensable establecer una guía metodológica
para la caracterización de las condiciones hidrológicas e hidráulicas del AMSS,
igualmente con el fin de una mejor comprensión y revisión del proyecto, así
como la actualización de la red metropolitana de aguas lluvias en constante
proceso de construcción, requerir estudios en formato editable.
VII. Que a efecto de mitigar el impacto hidrológico
producido por los procesos urbanísticos, la existente criticidad de la red de
aguas lluvias y el aumento de eventos extremos como efectos del cambio
climático, se requiere realizar estudios hidrológicos y análisis hidráulicos, o
la implementación directa de sistemas de mitigación a través de un instrumento
técnico guía.
VIII. Que se hace necesario actualizar el Reglamento
a la Ley de Desarrollo y Ordenamiento Territorial del Área Metropolitana de San
Salvador y de los Municipios Aledaños, en términos de requisitos,
procedimientos sobre impacto hidrológico, a efecto de mitigar la problemática
actual de inundaciones y fallos en la infraestructura de aguas lluvias.
POR TANTO:
En
uso de las facultades legales.
DECRETA las
siguientes:
Reformas
al Reglamento a la Ley de Desarrollo y Ordenamiento Territorial del Área
Metropolitana de San Salvador y de los Municipios Aledaños, con sus anexos.
Art. 1. Reformase el artículo V.14, así:
Art. V.14.-
Elaboración de Estudios, Análisis y Diseños para los Sistemas de Mitigación del
Impacto Hidrológico.
Para
la mitigación del impacto hidrológico por el desarrollo de proyectos de
urbanización y construcción que incrementan áreas impermeables, generando mayor
escorrentía en las cuencas, se requerirá de la adopción de medidas o
requerimientos establecidos en la tabla 1:
Tabla
1 - Requerimientos según superficie impermeable total de los proyectos
|
Superficie
impermeable total del proyecto |
Medida o
requerimiento* |
|
Menor o
igual a 150 m² |
Podrá
presentar alternativas tipo Sistema Urbanos de Drenajes Sostenible -SUDS |
|
Mayor a
150 m² y menor o igual a 500 m² |
Presentará
alternativas tipo SUDS, con su memoria de cálculo |
|
Mayor a
500 m² |
Presentará
estudio hidrológico e hidráulico y Sistemas de Mitigación del impacto
Hidrológico - SMIH |
*Aplicará en
proyectos que no se ubiquen contiguo a cuerpos de agua o en sitios donde no
existe infraestructura de drenaje, caso contrario, deberá atender los estudios
y análisis correspondientes.
Se
entenderá como superficie impermeable total, la huella impermeabilizada
existente más la huella a impermeabilizar contemplada por el proyecto a
desarrollar.
Las
medidas o requerimientos detallados en Tabla 1 se presentarán al solicitar el
Permiso de Construcción, debiendo ser firmados y sellado por un Ingeniero
Civil, quien asumirá la responsabilidad profesional correspondiente.
El
diseño de las medidas podrá basarse en la “Guía de Diseño de Sistemas Urbanos
de Drenaje Sostenible -SUDS en el AMSS” publicada por OPAMSS. Para los requerimientos
deberá utilizar la “Guía Técnica de Drenajes - Aguas Lluvias sobre el contenido
de los estudios, análisis y diseños específicos”, contenidos en el ANEXO 38.
A
solicitud del interesado, cuando el criterio técnico del profesional
responsable difiera de los contenidos de este artículo y del Anexo 38, OPAMSS
podrá evaluar otras alternativas técnicas, y de ser necesario requerirá la
opinión de un especialista externo, el cual será contratado por el propietario
de una terna propuesta por OPAMSS.
De los
contenidos de los estudios técnicos
La
información y contenido mínimo a desarrollar en los estudios será:
I) Estudio Hidrológico
• Ubicación del proyecto georreferenciado
en un mapa cartográfico o imagen satelital
• Descripción del proyecto a ejecutar
• Delimitación de área de influencia
• Definición de datos de lluvia de diseño
• Métodos de estimación de escorrentía
• Cálculo de Volumen de Escorrentía y
Caudales de Diseño
• Conclusiones y recomendaciones.
II) Análisis Hidráulico
El análisis
Hidráulico se clasifica de acuerdo al tipo de proyecto o emplazamiento, y al
punto de descarga previsto, pudiendo ser para cuerpo de agua, colectores de
aguas lluvias, o especiales.
Complementariamente
se presentarán conclusiones y recomendaciones de los resultados; en el caso
que, el análisis indique la insuficiencia de los sistemas evaluados o la
presencia de riesgos existentes o a generarse por el proyecto, se deberán
proponer las obras de mejora necesarias y los SMIH, a costo y cuenta del
propietario del proyecto.
III) Sistemas de Mitigación del Impacto
Hidrológico - SMIH
Los SMIH
consisten en obras construidas dentro de los proyectos que garanticen que el
excedente de agua que se genera a consecuencia de los cambios en la cobertura
del suelo tenga un impacto mitigado en los sistemas de drenaje de Aguas Lluvias
tanto primarios como secundarios donde se prevé la descarga del proyecto.
Toda obra
que recaiga en este acápite deberá ser diseñada para un caudal hidrológico con
período de retorno de 25 años, tomando como base los datos de lluvia utilizados
en el estudio hidrológico.
En el caso
se dictamine que la descarga será hacia el cordón cuneta y que por efectos de
los niveles de desarrollo del proyecto el SMIH quede por debajo del punto de
descarga, se podrá realizar un planteamiento técnico que sustente la
posibilidad de descargar a alguna infraestructura hidráulica existente en el
sector, para evitar la necesidad de sistemas de bombeo de aguas lluvias,
siempre y cuando las condiciones de los sistemas existentes tengan la capacidad
de aceptar el caudal o se mejoren las condiciones a cuenta y costo del
propietario del proyecto.
Los
poseedores y/o propietarios de los inmuebles de un proyecto de construcción que
hacen uso de la infraestructura de los SMIH que se desarrollen, serán
responsables del mantenimiento, indistintamente que estos se emplacen en suelo
de propiedad pública o privada. Para lo cual deberá presentar documento legal,
donde hagan constar su compromiso por cumplir y/o trasladar a los nuevos
poseedores o propietarios lo antes mencionado, en el proceso de aprobación del
trámite de recepción correspondiente
Art. 2. Incorpórese el artículo V.14 A así: para la descripción
del contenido para la elaboración del Estudio Hidrológico, Análisis Hidráulico
y de los SMIH se aplicará lo que se detalla en la Guía Técnica de Drenajes
-Aguas Lluvias, ANEXO 38.
Art. 3. Vigencia
Las
presentes reformas entrarán en vigencia ocho días después de su publicación en
el Diario Oficial.
Dado
en el Salón de Sesiones del Consejo de Alcaldes del Área Metropolitana de San
Salvador, COAMSS; en la Ciudad de San Salvador, a los nueve días del mes de
diciembre de dos mil veintiuno.
Lic. Mario Edgardo Duran Gavidia
Coordinador General del COAMSS
Sr. Saúl Antonio Meléndez
Secretario del COAMSS
ANEXO 38 GUÍA TÉCNICA DE DRENAJES - AGUAS LLUVIAS (13)
El
presente documento, desarrolla los lineamientos técnicos ampliados mencionados
en el Art V.14 A del Reglamento a la Ley de Desarrollo y Ordenamiento
Territorial del Área Metropolitana de San Salvador, en adelante RLDOTAMSS.
La presente guía, podrá ser revisada, modificada y actualizada
periódicamente, según avances en investigaciones, normas o hechos territoriales
lo propicien, autorizada por el Consejo de Alcaldes del Área Metropolitana de
San Salvador - COAMSS.
1. OBJETIVO DE LA GUÍA
El
objetivo de la Guía es describir la metodología para la presentación de
estudios hidrológicos, análisis hidráulicos y las consideraciones para el
diseño de sistemas de mitigación de impacto hidrológico.
2. DEFINICIONES
Cuenca Urbana: Área drenante donde los cuerpos de agua,
quebradas o ríos son reemplazados totalmente o en parte, por infraestructuras
que conforman un sistema de tuberías, pozos y cajas tragantes que también puede
estar influenciada por los patrones de consumo de agua y de residuales de los
habitantes de la ciudad.
Sistema de Drenaje Urbano Sostenible: Elementos
integrantes de la infraestructura urbano-hidráulico-paisajística cuya misión es
captar, filtrar, retener, transportar, almacenar e infiltrar al terreno el
agua, de forma que ésta no sufra ningún deterioro e incluso permita la
eliminación, de forma natural, de al menos parte de la carga contaminante que
haya podido adquirir por procesos de escorrentía urbana previa. Todo ello
tratando de reproducir, de la manera más fielmente posible, el ciclo
hidrológico natural previo a la urbanización o actuación del hombre.
Condición de funcionamiento Normal: Condiciones
de funcionamiento de un sistema de transporte de aguas lluvias (primario o
secundario) que, bajo condiciones de lluvia establecidas en los parámetros de
diseño (Tiempo de Retorno), definidos por parámetros hidráulicos (velocidad,
tirante, presión y aquellos más adecuados para determinar algún efecto
específico) que se mantienen razonablemente y constantemente por debajo de los
valores que determinan niveles de riesgo no aceptables para la infraestructura
misma y para el entorno.
Condición de funcionamiento Sobrecargado: Condiciones
de funcionamiento de un sistema de transporte de aguas lluvias (primario o
secundario) que, bajo condiciones de lluvia establecidas en los parámetros de
diseño (Tiempo de Retorno), definidos por parámetros hidráulicos (velocidad,
tirante, presión y aquellos más adecuados para determinar algún efecto
específico) que alcanzan o superan, aun ocasionalmente, los valores que
determinan niveles de riesgo no aceptables para la infraestructura misma y para
el entorno.
3. FINALIDAD DE LOS ESTUDIOS
El
estudio hidrológico y el análisis hidráulico de las condiciones del sector
analizaran y caracterizaran el manejo actual de la escorrentía pluvial en el
sitio donde se desarrollará el proyecto, con el objetivo de definir la
capacidad de conducción que posee la infraestructura de drenaje de aguas
lluvias aledaña al mismo; ya sea un sistema primario o secundario, y que la
OPAMSS pueda emitir un dictamen de las condiciones a generar en cuanto al
manejo de la escorrentía.
Cuando
la descarga sea directa a un sistema primario, no exista punto de descarga
cercano al proyecto, o exista insuficiente capacidad hidráulica, OPAMSS
solicitará para el caso específico análisis hidráulicos especiales, conforme a
lo establecido en Art. VIII.7 literal c.
4. ESTUDIO HIDROLÓGICO
Ubicación
del Proyecto
Se
deberá presentar de manera gráfica la ubicación del proyecto, mediante un mapa
que indique de manera georreferenciada la ubicación del área a intervenir
dentro de un mapa cartográfico del CNR o una imagen satelital reciente
(pudiendo incluir análisis en el tiempo), que demuestre el entorno hidrológico
del mismo. A tal fin se podrá utilizar el Geoportal de OPAMSS.
Descripción
del Proyecto
Se
deberá realizar una descripción del proyecto a ejecutar; para el caso de
edificaciones también las características arquitectónicas y de infraestructura
por implementar, para urbanizaciones, las características del desarrollo
urbano, incluyendo en ambos casos un cuadro de áreas permeables e impermeables,
y una descripción del entorno en cuanto al manejo actual de la escorrentía del
sitio, identificación de riesgos o vulnerabilidades existentes, por ejemplo,
inundaciones históricas, con registro fotográfico realizado por el responsable
del estudio, considerando las posibles afectaciones del proyecto en el sitio o
aguas abajo.
Delimitación
del Área de Influencia
Se
deberá describir el proceso y presentar de manera mapa georreferenciada con
escala adecuada de la delimitación del área de influencia en donde se muestre
la altimetría del sector mediante curvas de nivel y el sistema hidrográfico del
área de influencia hacia el punto de interés; considerando para el caso de
cuenca urbana, se deberá definir el área de aporte de la red de colectores de
aguas lluvias de interés; además con proyección cónica Lambert, Datum
norteamericano de 1927 y esferoide de Clarke 1866. Y serán presentados en
formatos editables para su verificación
Definición
de datos de lluvia de diseño
Mientras
se generan y publican las curvas IDF para el AMSS, en coordinación con el
Ministerio de Medio Ambiente y recursos Naturales -MARN, se podrán aplicar las
siguientes prescripciones, entre otros métodos que los profesionales consideren
técnicamente viable:
El
Estudio deberá contener la justificación de los datos de lluvia de la estación
hidrometereológica a utilizar, con base a la ubicación del proyecto y del área
de influencia.
Los
datos de lluvia considerados son los obtenidos de la información oficial de la
DGOA-MARN, los cuales consisten en Datos de Intensidad de Precipitación Máxima
Anual convertidos a curvas de Intensidad - Duración - Frecuencia para las
siguientes estaciones del AMSS:
a) Estación Aeropuerto Ilopango (S-10)
b) Estación ITIC (S-04)
c) Estación Santa Tecla (L-08)
d) Estación Boquerón (L-18)
Para
el caso de establecer la intensidad media de diseño en una cuenca, en la cual
interactúen más de 3 estaciones, se recomienda utilizar el método de Thiessen.
En la medida de lo posible, se utilizarán los datos de una sola estación, si la
ubicación del proyecto se encuentra en el radio de influencia de 5 km de esa
estación.
Cuando
las estaciones más cercanas se encuentren entre 5 km y 10 km, se podrá recurrir
a una ponderación de las estaciones que se encuentren en esa franja, para
determinar datos base para la construcción de las curvas IDF. El peso de cada
estación será determinado por el inverso de las distancias del proyecto a las
estaciones. En ningún caso los valores obtenidos por ponderación podrán ser
inferiores al 85% del mayor valor entre las estaciones consideradas.
En
el caso de que el proyecto se ubique en zonas cuya estación más cercana se
encuentre a más de 10 km de distancia, se podrá utilizar:
La
estación S-04 para los Municipios de
a) Tonacatepeque
b) Delgado
c) Cuscatancingo (sector sur)
La
estación L-18 para los Municipios de
a) Apopa
b) Nejapa
c) Cuscatancingo (sector norte)
d) Ayutuxtepeque
e) Mejicanos
La
estación L-08 para los Municipios de
a) San Salvador
b) Antiguo Cuscatlán
c) San Marcos
d) Santa Tecla
La
estación S-10 para los Municipios de
a) Soyapango
b) Ilopango
c) San Martín
En
cualquier caso, las estaciones que no presenten una serie completa de datos (la
necesaria para el correcto establecimiento de los TR requeridos) deberán ser
complementadas por extrapolación de la estación del Aeropuerto de Ilopango,
ajustando oportunamente los valores por relación entre las estaciones).
Así
mismo, los valores de intensidad deberán ser analizados por el responsable del
Estudio para corregir las eventuales inversiones de tendencia de las láminas de
agua obtenidas a partir de las intensidades de lluvias publicadas.
Métodos de
estimación de escorrentía
Se
establecen dos métodos de definición de volumen de escorrentía:
a) Método de coeficiente de escorrentía
b) Método de curva número de SCS
El
método de coeficiente de escorrentía “C” es el que obtiene de la relación entre
el caudal de escorrentía y la lluvia observada, en una superficie con uso de
suelo definida. Los valores de coeficiente de escorrentía que se adoptarán para
los Estudios que se presentarán a OPAMSS, se establecen en la siguiente tabla:
PARA ÁREAS URBANAS O SEMI URBANAS
|
Uso de
suelo |
Coeficientes
de escorrentía |
||
|
|
Valor
Mínimo |
Valor
Recomendado |
Valor
Máximo |
|
Comercio |
0.80 |
0.90 |
0.95 |
|
Residencial
alta densidad |
0.70 |
0.75 |
0.80 |
|
Residencial
media densidad |
0.60 |
0.65 |
0.70 |
|
Residencial
baja densidad |
0.50 |
0.55 |
0.60 |
|
Industria]
más del 70% impermeable |
0.70 |
0.80 |
0.90 |
|
Industrial
hasta el 70% impermeable |
0.65 |
0.75 |
0.85 |
|
Parques y
cementerios |
|
|
|
|
Área verde
permeable mayor al 80% |
0.20 |
0.25 |
0.30 |
|
Área verde
permeable entre 40% y 80% |
0.30 |
0.35 |
0.40 |
|
Área verde
permeable menor al 40% |
0.50 |
0.65 |
0.75 |
|
Pavimentos,
parqueos, vías pavimentadas |
0.85 |
0.90 |
0.95 |
|
Pavimento
de Concreto Permeable |
|
|
|
|
Con base
granular drenada = 20cm |
0.70 |
0.75 |
0.80 |
|
Con base
granular drenada > 20cm |
0.60 |
0.65 |
0.70 |
|
Sin base
granular o con base no drenada |
0.70 |
0.80 |
0.85 |
|
Áreas
peatonales |
0.80 |
0.85 |
0.85 |
|
Techos |
0.80 |
0.90 |
0.95 |
|
Techos
verdes con capa de drenaje |
|
|
|
|
Espesor de
suelo vegetal = 20cm |
0.65 |
0.70 |
075 |
|
Espesor de
suelo vegetal > 20cm |
0.55 |
0.60 |
0.65 |
En
caso de que el responsable del diseño decida utilizar valores entre el valor
mínimo y el valor recomendado indicados en la tabla anterior, se podrá estimar
los coeficientes de escorrentía mediante otros métodos, como por ejemplo el
NRCS, o tabla 15.1.1 “Coeficientes de escorrentía para ser usados en el método
racional” del Libro Hidrología Aplicada de Ven Te Chow.
OTROS TIPOS DE ÁREA
|
Uso del
suelo |
Coeficientes
de escorrentía |
|
Cultivos.
Pendiente hasta el 1% |
0.50 |
|
Cultivos.
Pendiente entre 1-5% |
0.55 |
|
Cultivos.
Pendiente entre 5-20% |
0.60 |
|
Cultivos.
Pendiente entre 20-50% |
0.65 |
|
Cultivos.
Pendiente más del 50% |
0.70 |
|
Vegetación
ligera. Pendiente hasta el 1% |
0.45 |
|
Vegetación
ligera. Pendiente entre 1-5% |
0.50 |
|
Vegetación
ligera. Pendiente entre 5-20% |
0.55 |
|
Vegetación
ligera. Pendiente entre 20-50% |
0.60 |
|
Vegetación
ligera. Pendiente entre 50% |
0.65 |
|
Bosque de
sombra. Pendiente hasta el 1 % |
0.15 |
|
Bosque de
sombra. Pendiente entre 1-5% |
0.20 |
|
Bosque de
sombra. Pendiente entre 5-20% |
0.25 |
|
Bosque de
sombra. Pendiente entre 20-50% |
0.30 |
|
Bosque de
sombra. Pendiente entre 1-5% |
0.30 |
En
el caso del método de la curva número (CN), el cual es un parámetro empírico
utilizado para la predicción directa de escurrimiento o infiltración de la
lluvia en exceso, desarrollado por el Servicio de Conservación de Suelos de los
Estados Unidos de América, los valores que se adoptarán para los Estudios que
se presentarán a OPAMSS y para la condición de Humedad Antecedente II, se
establecen en la siguiente tabla:
|
Uso de la
tierra |
Prácticas
de cultivo |
Condiciones
hidrológicas |
Características
hidrológicas del suelo |
|||
|
A |
B |
C |
D |
|||
|
Barbecho |
Surco
recto |
Pobre |
77 |
86 |
91 |
94 |
|
Cultivos
en hilera |
Surco
recto Surco
recto Curvas a
nivel Curvas a
nivel Curvas a
nivel/terrazas Curvas a nivel/terrazas |
Pobre Bueno Pobre Bueno Pobre Bueno |
72 67 70 65 66 62 |
81 78 79 75 74 71 |
88 85 81 82 80 78 |
91 89 88 86 82 81 |
|
Grano
pequeño |
Surco
recto Surco
recto Curvas a
nivel Curvas a
nivel Curvas a
nivel/terrazas Curvas a
nivel/terrazas |
Pobre Bueno Pobre Bueno Pobre Bueno |
65 63 63 61 61 59 |
76 75 74 73 72 70 |
84 83 82 81 79 78 |
88 87 85 84 82 81 |
|
Legumbres
o praderas rotativas |
Surco
recto Surco
recto Curvas a
nivel Curvas a
nivel Curvas a
nivel/terrazas Curvas a
nivel/terrazas |
Pobre Bueno Pobre Bueno Pobre Bueno |
66 58 64 55 63 51 |
77 72 75 69 73 67 |
85 81 83 78 80 76 |
89 85 85 83 83 80 |
|
Pastizales |
Curvas a
nivel Curvas a
nivel Curvas a
nivel |
Pobre Regular Bueno Pobre Regular Bueno |
68 49 39 47 25 6 |
79 69 61 67 59 35 |
86 79 74 81 75 70 |
89 84 80 88 83 79 |
|
Praderas
(perm) |
|
Bueno |
30 |
58 |
71 |
78 |
|
Bosques |
Con
cobertura pobre Con buena
cobertura |
Pobre Regular Bueno |
45 36 25 |
66 60 55 |
77 73 70 |
83 79 77 |
|
Granjas |
|
|
59 |
74 |
82 |
86 |
|
Caminos
terracería Caminos
pavimentados sin cunetas Caminos
pavimentados con cunetas Áreas comerciales
(80% impermeable) Áreas
industriales (72% impermeable) Áreas
residenciales (65% impermeable) Áreas
residenciales (25% impermeables) Pavimento
y tejados (superficies impermeables) |
|
72 74 98 89 81 77 54 100 |
82 84 98 92 88 85 70 100 |
87 90 98 94 91 90 80 100 |
89 92 98 95 93 92 85 100 |
|
|
GRUPO A: |
Suelos con
alta capacidad de infiltración. Suelos profundos, arenas y gravas bien o
excesivamente drenadas. |
|
GRUPO B |
Suelos con
moderada capacidad de infiltración. Suelos de moderadamente profundos a profundos,
con texturas moderadamente gruesas |
|
GRUPO C |
Suelos con
baja capacidad de infiltración. Suelos con estratos que impiden el movimiento
hacia abajo del agua o suelos con textura de moderadamente fina a fina. |
|
GRUPO D |
Suelos con
muy baja capacidad de infiltración. Suelos arcillosos, suelos con altas napas
freáticas permanentes o con materiales impermeables cerca de la superficie. |
El
responsable del diseño deberá presentar en su memoria de cálculo, el análisis
tanto en condiciones de Humedad Antecedente II así como en condiciones de
Humedad Antecedente III, para lo cual deberá realizar las conversiones de los
valores de CN considerados en la tabla anterior a los nuevos valores de CN que
deben ser utilizados en el cálculo, según la fórmula siguiente:
![]()
Para
el diseño de los sistemas de conducción, captación y cálculo de los sistemas de
retención/laminación de los sistemas de mitigación del Impacto Hidrológico, se
utilizarán los resultados que se obtengan en condiciones de Humedad Antecedente
III. Las evaluaciones de procesos de infiltración y evapotranspiración podrán
hacer referencia a los resultados obtenidos en condiciones de Humedad
Antecedente II.
En
la selección del GRUPO de Suelo para la selección del apropiado CN, se deberán
considerar los aspectos hidrogeológicos, en especial la absorción de los
suelos, considerando un comportamiento promedio de los primeros 10 metros de
materiales por debajo de la superficie expuesta, para lo cual el responsable
del estudio podrá realizar campañas de campo o utilizar los mapas
correspondientes de OPAMSS una vez disponibles como el Mapa de Curva Numero
para el AMSS a ser actualizado periódicamente.
En
ambos métodos se podrán hacer ponderaciones utilizando el área o porción de
ella caracterizadas por un solo valor de “C” o “CN” utilizando el valor del
área como peso de la ponderación. Podrán ser utilizados algoritmos de cálculo
que integren las áreas y determinen el exceso de lluvia (escorrentía) en
función del tiempo, para lo cual se ampliará más adelante.
Sin
perjuicio de lo anterior, se podrán presentar otros métodos de cálculo, como
por ejemplo el del Hidrograma Triangular, siempre y cuando sea justificado su
uso y respaldado mediante demostración teórica de los parámetros adoptados.
Cálculo de
Volumen de Escorrentía y Caudales de Diseño
Para
la definición del caudal hidrológico se utilizará un período de retomo de 50
años como mínimo, aun cuando la OPAMSS podrá solicitar la modificación del
cálculo del caudal para un período de retorno mayor en base a los antecedentes
de la escorrentía del sitio y/o a la envergadura del proyecto a ejecutar, para
100 años.
La
metodología para el cálculo del caudal hidrológico se define tomando como base
el valor del área de influencia:
Método
Racional para áreas con extensión igual o menor a 2.5 km²
Métodos
de Modelación Hidrológica en todas las demás condiciones y en toda evaluación
que involucre el sistema de drenaje primario.
Para
el Método Racional se deberán respaldar los valores asignados a cada uno de los
parámetros de la ecuación. En particular, la definición del valor de intensidad
(I) deberá ser demostrada por medio de la aplicación de por lo menos 3 fórmulas
a criterio del profesional responsable, para establecer el tiempo de
concentración. Las fórmulas escogidas para el cálculo del Tiempo de
Concentración deben ser reconocidas y ajustarse razonablemente a las
condiciones estudiadas.
Para
determinar el Tiempo de Concentración para evaluar la intensidad “I”, TCi, se
deberá calcular antes el Tiempo de Concentración de Cálculo, TCc,
pudiendo seleccionar el valor que considere más oportuno entre los 3 evaluados
siempre y cuando ese valor no sea mayor del promedio de todos los valores
utilizados más el 50% de la diferencia máxima (diferencia entre el mayor y el
menor TC considerados), en cuyo caso, se podrá adoptar, al máximo, este último.
Ejemplo 1:
Los Tiempos de concentración obtenidos por tres métodos diferentes
escogidos por el responsable del estudio y razonablemente aplicables a las
condiciones del proyecto, son (en segundos):
TC1 240
TC2 340
TC3 360
El valor promedio de los anteriores es:
313.3
y el valor promedio más el 50% de la diferencia máxima resulta
ser:
![]()
Al ser el valor máximo de los tres seleccionados menor que el
promedio más el 50% de la diferencia máxima, el responsable del Estudio podrá
considerar como TC cualquiera de los TC calculados con las 3 fórmulas o un
promedio de esos, dado que el tiempo máximo de concentración de cálculo es:
![]()
que coincide con el TC3
Ejemplo 2:
Los Tiempos de concentración obtenidos por tres métodos diferentes
escogidos por el responsable del estudio y razonablemente aplicables a las condiciones
del proyecto, son (en segundos):
TC1 275
TC2 282
TC3 300
El valor promedio de los anteriores es:
TCmed = 285.7
y el valor promedio más el 50% de la diferencia máxima resulta
ser:
![]()
Al ser el valor máximo de los tres seleccionados mayor que el
promedio más el 50% de la diferencia máxima, el responsable del Estudio podrá
considerar como TC cualquiera de los TC calculados con las 3 fórmulas o un
promedio de esos con tal que el valor no exceda el tiempo máximo de
concentración de cálculo:
TCc max = 298.2
que es menor que el valor máximo de entre los calculados, TC3
El valor final del Tiempo de Concentración para la evaluación de
“l”, TCi, será igual a:
TCc = 0.65*TCc
Para el método por modelación hidrológica se podrá utilizar el
programa HEC-HMS, que es un software distribuido de manera gratuita por el
Cuerpo de Ingenieros del Ejército de Estados Unidos u otro que el profesional
responsable considere.
Para cualquier modelo de calado que se utilice, se deberán
presentar en editadle los resultados del modelo hidrológico, así como todos los
valores que se introdujeron al mismo para la obtención del caudal.
Conclusiones
y Recomendaciones
Se deberán presentar conclusiones y recomendaciones, donde se
detallen los impactos del proyecto al entorno y aguas abajo, propuestas de
obras de mitigación, así como brindar las recomendaciones para el análisis
hidráulico, como, por ejemplo, ampliar el análisis por susceptibilidad a flujos
de escombros, o que se consideren análisis de transporte de sedimentos según la
cuenca particular, además incluir una propuesta para el manejo de la
escorrentía superficial del proyecto.
5. ANÁLISIS HIDRÁULICO
5.1 Análisis Hidráulico de Cuerpo de Agua.
Cuando,
dentro del límite del proyecto o en cualquiera de sus colindancias, exista un
cuerpo de agua, será obligación del responsable del Estudio, realizar el
análisis hidráulico del o de los cuerpos de agua, con el fin de analizar las
posibles descargas de aguas lluvias del proyecto al cuerpo de agua, y para
brindar parte de los insumos tomados en cuenta para generar la zona de
protección.
Se
ampliará el análisis aguas arriba o aguas abajo del tramo de influencia del
proyecto, con la finalidad de revisar el comportamiento hidráulico del cauce
por alguna condición particular existente.
Para
la realización de un análisis hidráulico de cuerpo de agua, será necesario
presentar el levantamiento topográfico a lo largo del cuerpo de agua con
secciones cada 50 metros como mínimo en los tramos aproximadamente rectos y a
cada 20 m en tramos de cambios de dirección sustanciales y secciones
adicionales en cualquier cambio de sección transversal tanto en estrechamiento
como en ampliación y 4 secciones en cada obra de paso (2 adyacentes a la obra y
2 colocadas de cada lado a una distancia aproximada de 4 veces el ancho del
cauce en el tramo), considerando todo el tramo de influencia del proyecto sobre
el cuerpo de agua, como mínimo el análisis deberá presentar 3 secciones en
puntos más desfavorables cuando el terreno en estudio en colindancia con el cauce
tenga longitud limitada (hasta un máximo de 3 veces el ancho del cauce). Si en
el caso de estudio existiera infraestructuras hidráulicas en el cauce, estas
deberán ser levantadas con topografía y deberán ser analizadas hidráulicamente.
Para
el análisis hidráulico se establece una longitud mínima de 200 metros aguas
arriba y 300 metros aguas abajo medidas a partir del inicio y fin de la zona de
influencia directa, respectivamente. Si en el extremo de aguas abajo, esta zona
de influencia se traslapara con la zona de posible remanso de una obra de paso,
el área de estudio se amplía hasta abarcar 300 m aguas abajo de la obra de
paso. Se define como zona de posible remanso la longitud que se obtiene
considerando un tirante igual al mínimo entre 2 veces la altura libre para el
paso del agua en la obra de paso y la altura del cauce en la obra de paso entre
la pendiente promedio del cauce, con un máximo de 300 m.
Para
la realización del análisis hidráulico se recomienda la utilización del
programa HEC-RAS que es un software distribuido de manera gratuita por el
Cuerpo de Ingenieros del Ejército de Estados Unidos o del Hydraulic Toolbox, Se
deberá presentar los resultados del modelo hidráulico, así como la comprobación
de valores con las que se realizó dicha modelación, incluyendo proyecto en
editable. El caudal que será utilizado en la modelación será el definido en el
estudio hidrológico.
Todos
los parámetros de la modelación hidráulica del cuerpo de agua deberán ser
justificados y respaldados anexando la fuente de los valores adoptados y
explicando el motivo de la selección de los valores utilizados.
Adicionalmente,
se deberá presentar un plano a escala adecuada en donde se defina la ocupación
que alcanza el cuerpo de agua en planimetría y el nivel de aguas máximas en las
secciones analizadas.
En
el caso que exista infraestructura hidráulica en el cauce, se deberá presentar
el análisis particular de la misma y verificar su comportamiento y capacidad
hidráulica. Si el estudio demostrare que la infraestructura hidráulica no posee
la capacidad necesaria, OPAMSS podrá solicitar evaluaciones adicionales a su
criterio y en función del problema específico identificado.
Se
definirá la zona hidráulica a partir de las informaciones obtenidas con el
plano de ocupación del cuerpo de agua y de las secciones transversales donde se
observa la altura alcanzada por el agua en el cuerpo de agua y será insumo para
la definición de la zona de Protección establecida en el Art. V.13.
En
caso de que aplique, se podrá requerir considerar un análisis de transporte de
sedimentos que brinde datos de capacidad hidráulica del cauce o de las obras en
condición solo agua y mixtura de agua y sedimentos.
5.2 Análisis Hidráulico de Colectores de Aguas
Lluvias.
Si
dentro de la parcela donde se desarrollará el proyecto o en sus colindancias,
existieran colectores de Aguas Lluvias en los cuales se prevé la descarga, y se
desconoce su capacidad hidráulica, es decir, datos de la red con su descripción
y estado físico (diámetros, materiales, etc.) y su comportamiento hidráulico,
se deberá presentar como mínimo el análisis hidráulico del colector o
colectores existentes donde se prevé la descarga del proyecto.
La
OPAMSS podrá solicitar que se amplié el análisis hidráulico del sistema de
aguas lluvias, basándose en los antecedentes de la escorrentía del sitio y/o a
la envergadura del proyecto a ejecutar. Tal y como se indica en el Art. VIII.7
c)
Se
deberá presentar una descripción del sistema de aguas lluvias hasta la descarga
al cuerpo de agua cuando aplique y el análisis hidráulico correspondiente con y
sin el aporte del proyecto. Asimismo, realizar un levantamiento topográfico de
la red de aguas lluvias existente aledaña al proyecto.
Para
el análisis hidráulico del colector se podrán aplicar ecuaciones hidráulicas
como la Manning o programas que realicen dicho análisis con base a ecuaciones
reconocidas. La definición del caudal con el que se analizará el sistema será
el determinado a partir del área de influencia del colector, los patrones de
lluvia utilizados en el análisis hidrológico, pero para un período de retorno
mínimo 25 años, las condiciones de uso de suelo definidas en el área de
influencia y la aplicación del método racional, considerando como tiempo de
concentración el valor de cinco minutos para la determinación del valor de
intensidad de lluvia en el cálculo de aportes a los tragantes en las calles.
Alternativamente
se podrá utilizar un sistema de cálculo que considere la variable “tiempo” en
cuyo caso se deberá utilizar un hidrograma de lluvia tipo “Chicago” o de
bloques alternativos de 5 minutos de duración de cada bloque La misma unidad de
tiempo aplica al análisis en general.
5.3 Análisis Hidráulico Especiales.
Si
el proyecto a ejecutar tiene un impacto directo dentro del cuerpo de agua, o no
existe punto de descarga cercano al proyecto o en otras condiciones que no
pueden ser incluidas dentro de los puntos desarrollados anteriormente, y no
obstante esto, el inversionista insista en ejecutarlo, la OPAMSS podrá valorar
y solicitar la ampliación o modificación a los requerimientos del análisis
hidrológico e hidráulico. Estas modificaciones o ampliaciones serán
considerando los potenciales efectos que el proyecto pueda generar en el cuerpo
de agua y de este a sus colindancias por lo que se considerará no solamente el
proyecto, sino que las particulares condiciones del sector en la zona de
impacto y aguas debajo de éste conforme a lo establecido en Art. VIII.7 literal
c. Algunos ejemplos sin limitarse a ellos, pueden ser sectores donde no exista
infraestructura para la descarga de las aguas lluvias, zonas inundables,
sectores susceptibles a flujos de escombros, y con erosión intensa. En casos
especiales donde OPAMSS considere necesaria la intervención de perfiles
profesionales adecuados para la envergadura del problema, se podrá requerir la
intervención de un TERCERO, profesional seleccionado por el propietario del
proyecto de entre una terna que será propuesta por OPAMSS. Los costos y
honorarios de este TERCERO serán a cargo del Propietario del Proyecto. También
el TERCERO trabajará bajo el principio de Responsabilidad Profesional y será
por lo tanto responsable personalmente del trabajo que realice y de las
recomendaciones y diseños (de haberlos) que presente.
Para
el caso de un análisis especial, se podrá definir el contenido mínimo.
1.1 Conclusiones y Recomendaciones
Se
tendrán que presentar conclusiones y recomendaciones de los resultados del
análisis hidráulico para cualquiera de los puntos anteriores. Si los análisis
desarrollados arrojaren condiciones de afectación que superan las condiciones
antes del proyecto, se considerará necesario el diseño por parte del
responsable del Análisis (o en su defecto por el Propietario del Proyecto) de
todas las obras de protección necesarias o medidas de mitigación. Todo lo
anterior será a costo y cuenta del Propietario del Proyecto.
6. SISTEMAS DE MITIGACIÓN DE IMPACTO
HIDROLÓGICO
Los
sistemas de mitigación del impacto hidrológico se consideran como aquellas
obras que capten, infiltren, retengan (para reúso) o detengan el agua de
escorrentía superficial modificando así el caudal que alcanza la descarga.
Se
pueden plantear propuestas que tomen en consideración el uso de Sistemas
Urbanos de Drenaje Sostenible -SUDS, pudiendo usar de base la Guía Técnica de
Diseño de SUÜS, siempre y cuando sea viable su implementación y mantenimiento a
lo largo de la vida útil del proyecto.
Los
sistemas que incluyan la infiltración podrán ser considerados siempre y cuando
la condición de materiales existentes en el inmueble y las condiciones en la
colindancia (actuales o previsibles) lo permitan, para lo cual deberá
investigar las condiciones hidrogeológicas y realizar pruebas de infiltración
del sitio, tomando en cuenta la calidad de las aguas que se pretenden infiltrar
y su posible impacto en las colindancias.
Las
condiciones de diseño, es decir el caudal y el punto de descarga, serán
definidos por OPAMSS y deberá ser retomado por el estudio hidrológico y
análisis hidráulico presentado para el proyecto, tomando en consideración la situación
del manejo de la escorrentía del entorno. Se determinará un valor de reducción
del caudal con respecto a la condición antes del desarrollo (condición antes de
la intervención propuesta, cualquiera que fuere y aún en áreas anteriormente
intervenidas) entre un valor mínimo del 50% a un máximo del 90% en función de
las condiciones actuales del área aledaña en cuanto al sistema de drenaje
primario o secundario, según la tabla a continuación:
Tabla
2 Porcentajes de reducción de caudales
|
Condición
de funcionamiento actual de los sistemas aledaños al proyecto (zona de
influencia directa hidráulica) |
Porcentaje
de reducción |
|
|
Primario |
Secundario |
|
|
Normal |
Normal |
50% |
|
Normal |
Sobrecargado |
70% |
|
Sobrecargado |
Normal |
80% |
|
Sobrecargado |
Sobrecargado |
90% |
El
diseño de verificación de las obras de este acápite podrá realizarse por medio
de métodos basados sobre modelaciones hidrológicas - hidráulicas y que tomen en
consideración la capacidad de infiltración del suelo (en caso de ser aplicado)
y la relación de hidrograma de escorrentía (entrada) con el volumen de
detención/laminación y el orificio de control.
Para
el caso de cualquier sistema de retención/laminación, se deberá de proponer
siempre un orificio de control el cual descargue a una cámara adicional inspeccionable,
para luego generar la tubería de conducción que va hacia la descarga. Así
mismo, se deberá plantear la ejecución de un vertedero de excedencia, como
mínimo cinco centímetros por debajo del nivel más bajo de tubería de llegada.
Se deberá comprobar que dicho vertedero, tenga la capacidad suficiente para
descargar el caudal de entrada al sistema, menos el máximo caudal que
descargaría el orificio de control. Este vertedero deberá estar conectado a la
misma cámara adicional a la que descarga el orificio de control y el caudal
deberá ser considerado en la verificación hidráulica del tubo de descarga.
La
tubería que va hacia la descarga deberá poseer la capacidad suficiente para
conducir el caudal de pico que entra al sistema de retención/laminación sin
considerar el efecto de la función de laminación del sistema, esto por efectos
de que un evento de lluvia exceda los patrones de lluvia utilizados para el
diseño y entre en funcionamiento el vertedero de excedencia. El sistema de
excedencia y su conexión a la cámara de descarga (donde descarga el orificio)
deben ser construidos para poder ingresar a inspeccionar.
Los
sistemas de retención/laminación podrán poseer cámaras con función de filtro
para la detención de sólidos gruesos previos al ingreso del agua al sistema,
según lo defina el profesional responsable del diseño. La dimensión máxima de
sólidos que puedan superar los filtros será igual o menor que 1/3 de la
dimensión transversal mínima del orificio o del vertedero de excedencia.
En
el caso de que la salida del sistema de retención/laminación se encuentre por
debajo del punto de descarga, será necesario la implementación de un rebombeo
de aguas lluvias. Para la definición de la capacidad de la bomba, se tomará
como base el caudal máximo de descarga y la carga dinámica total a superar sin
considerar perdidas. Se deberá dejar previsto la instalación de dos equipos con
las mismas características por efectos de que al momento del evento de lluvia
uno pudiera fallar, así como y por el mismo motivo, de un respaldo -backup
eléctrico de emergencia con sistema automático de encendido y switch. La
tubería de impelencia deberá ser diseñada para el caudal máximo de descarga y
está deberá llegar a una caja de registro, en la cual desfogue de manera
adecuada para luego incorporarse por gravedad al punto de descarga.
Decreto
Municipal No. 18 de fecha 09 de diciembre de 2021, publicado en el Diario
Oficial No. 4, Tomo 434 de fecha 06 de enero de 2022.