DECRETO N°
209
LA ASAMBLEA
LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR,
CONSIDERANDO:
I. Que mediante Decreto
Legislativo No. 616, de fecha 4 de marzo de 1987, publicado en el Diario
Oficial No. 52, Tomo No. 294, del 17 de ese mismo mes y año se emitió la ley
Orgánica del Instituto Salvadoreño de Desarrollo Municipal, ISDEM, entidad
autónoma de Derecho Público, con el objetivo básico de proporcionar asistencia
técnica, administrativa, financiera y de planificación, para capacitar a las
Municipalidades en el mejor cumplimiento de sus funciones y atribuciones;
II. Que, bajo el
contexto actual, existe la necesidad de consolidar las funciones básicas que
las instituciones públicas dedicadas al desarrollo económico y social de los
municipios han venido ejecutando hasta la fecha, por lo que se vuelve necesario
redefinir estos roles en una sola entidad;
III. Que mediante
Decreto Legislativo No. 204, de fecha 9 de noviembre de 2021, publicado en el
Diario Oficial No. 213, Tomo 433, de la misma fecha, se derogó la ley de
Creación del Fondo para el Desarrollo Económico y Social de los Municipios,
contenida en el Decreto Legislativo No. 74, de fecha 8 de septiembre de 1988,
publicado en el Diario Oficial No. 176, Tomo No. 300, del 23 del mismo mes y
año, mediante la cual se establecía que el ISDEM estaría a cargo del manejo del
Fondo para el Desarrollo Económico y Social de los Municipios; y,
IV. Que en ese
contexto, se vuelve necesario, iniciar un proceso de disolución y liquidación
del Instituto Salvadoreño de Desarrollo Municipal, en razón de que, las
funciones y competencias que venía desarrollando, estaban dispuestas en su ley
y estaban vinculadas a la derogada Ley de Creación del Fondo para el Desarrollo
Económico y Social de los Municipios, a que se refiere el considerando
precedente, por lo que, se vuelve necesario iniciar y consecuentemente
finalizar, el proceso de disolución y liquidación del ISDEM.
POR TANTO,
en
uso de sus facultades constitucionales y a iniciativa del Presidente de la
República, por medio del Ministro de Hacienda.
DECRETA, la
siguiente:
LEY DE DISOLUCIÓN Y LIQUIDACIÓN DEL INSTITUTO SALVADOREÑO DE
DESARROLLO MUNICIPAL
Derogatoria
Art. 10.- Derogase el Decreto Legislativo número 616, de fecha 04 de marzo
de 1987, publicado en el Diario Oficial número 52, Tomo 294, de fecha 17 de
marzo de 1987.
Vigencia
Art. 11.- El presente decreto entrará en vigencia ocho días después de su
publicación en el Diario Oficial.
DADO
EN EL SALÓN AZUL DEL PALACIO LEGISLATIVO: San Salvador, a los diecisiete días
del mes de noviembre de dos mil veintiuno.
ERNESTO ALFREDO CASTRO ALDANA,
PRESIDENTE.
SUECY BEVERLEY CALLEJAS ESTRADA,
PRIMERA VICEPRESIDENTA.
RODRIGO JAVIER AYALA CLAROS,
SEGUNDO VICEPRESIDENTE.
GUILLERMO ANTONIO GALLEGOS NAVARRETE,
TERCER VICEPRESIDENTE.
ELISA MARCELA ROSALES RAMÍREZ,
PRIMERA SECRETARIA.
NUMAN POMPILIO SALGADO GARCÍA,
SEGUNDO SECRETARIO.
JOSÉ SERAFÍN ORANTES RODRÍGUEZ,
TERCER SECRETARIO.
REINALDO ALCIDES CARBALLO CARBALLO,
CUARTO SECRETARIO.
CASA
PRESIDENCIAL: San Salvador, a los diecisiete días del mes de noviembre de dos
mil veintiuno.
PUBLÍQUESE,
NAYIB ARMANDO BUKELE ORTEZ,
Presidente de la República.
JOSÉ ALEJANDRO ZELAYA VILLALOBO,
Ministro de Hacienda.
Decreto
Legislativo No. 209 de fecha 17 de noviembre de 2021, publicado en el Diario
Oficial No. 219, Tomo 433 de fecha 17 de noviembre de 2021.