DECRETO Nº 291.

 

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR,

 

CONSIDERANDO:

I.-     Que en algunas poblaciones de la República se ha aumentado el número de Juzgados de Paz, por requerirlo así el crecimiento de la población;

II.-    Que como consecuencia de lo anterior, en algunos de esos Municipios el número de Juzgados de Paz excede al de los Juzgados de Primera Instancia;

III.-   Que por consiguiente, es necesario establecer en tales casos de una manera general, cual será la relación jerárquica que deberá existir entre los Juzgados de Paz y los de Primera Instancia del mismo Municipio;

 

POR TANTO,

En uso de sus facultades constitucionales y a iniciativa de la Corte Suprema de Justicia,

 

DECRETA:

 

Art. 1.- Adiciónase al Art. 22 de la Ley Orgánica Judicial, los siguientes incisos:

“Cuando en un Municipio hubiere igual número de Juzgados de Paz y de Primera Instancia que conozcan del Ramo Penal, aquellos remitirán los procesos al de Primera Instancia que tuviere su mismo número.

En el caso de los Juzgados de Paz en que por el número que le corresponda no tuviere Juzgado de Primera Instancia con número igual, la remisión la harán a los Juzgados de Primera Instancia del Ramo Penal comenzando por el primero, y así ordenadamente según el ingreso o recibo de la causa en el Tribunal”.

 

Art. 2.- El presente Decreto entrará en vigencia ochos días después de su publicación en el Diario Oficial.

 

DADO EN EL SALÓN AZUL DEL PALACIO LEGISLATIVO: San Salvador, a los nueve días del mes de marzo de mil novecientos noventa y cinco.

 

MERCEDES GLORIA SALGUERO GROSS,

PRESIDENTA.

 

ANA GUADALUPE MARTINEZ MENENDEZ,

VICEPRESIDENTA.

 

ALFONSO ARISTIDES ALVARENGA,

VICEPRESIDENTE.

 

JOSE RAFAEL MACHUCA ZELAYA,

VICEPRESIDENTE.

 

JULIO ANTONIO GAMERO QUINTANILLA,

VICEPRESIDENTE.

 

JOSE EDUARDO SANCHO CASTAÑEDA,

SECRETARIO.

 

GUSTAVO ROGELIO SALINAS OLMEDO,

SECRETARIO.

 

CARMEN ELENA CALDERON DE ESCALON

SECRETARIA.

 

WALTER RENE ARAUJO MORALES,

SECRETARIO.

 

RENE MARIO FIGUEROA FIGUEROA,

SECRETARIO.

 

CASA PRESIDENCIAL: San Salvador, a los dieciséis días del mes de marzo de mil novecientos noventa y cinco.

 

PUBLIQUESE,

 

ARMANDO CALDERÓN SOL,

Presidente de la República.

 

RUBÉN ANTONIO MEJIA PEÑA,

Ministro de Justicia.

 

Decreto Legislativo No. 291 de fecha 09 de marzo de 1995, publicado en el Diario Oficial No. 63, Tomo 326 de fecha 30 de marzo de 1995.