DECRETO No. 871.-
CONSIDERANDO:
I.- Que de conformidad a lo establece el Art. 248 de
II.- Que de conformidad a la disposición constitucional citada en el considerando que antecede, la reforma mencionada, para su plena vigencia, debe ser ratificada por la actual Legislatura;
III.- Que habiéndose cumplido con los requisitos que la misma Constitución establece para su modificación es procedente ratificar la reforma a su Artículo 117, en el sentido de que el Estado debe proteger los recursos naturales, así como la diversidad e integridad del medio ambiente y además de declarar de interés social la protección, conservación, aprovechamiento racional, restauración de los recursos naturales y por consecuencia prohibir la introducción al territorio nacional de residuos nucleares y desechos tóxicos;
POR TANTO,
en uso de sus facultades constitucionales, DECRETA, SANCIONA Y PROMULGA, la reforma constitucional siguiente:
Art. 1.- Ratifícase la reforma al Art. 117 de
“Art. 117.- Es deber del Estado proteger los recursos naturales, así como la diversidad e integridad del medio ambiente, para garantizar el desarrollo sostenible.
Se declara de interés social la protección, conservación, aprovechamiento racional, restauración o sustitución de los recursos naturales, en los términos que establezca
Se prohíbe la introducción al territorio nacional de residuos nucleares y desechos tóxicos".
Art. 2.- El presente Decreto entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Oficial.
DADO EN EL SALON AZUL DEL PALACIO LEGISLATIVO: San Salvador, a los trece días del mes de abril del dos mil.
JUAN DUCH MARTINEZ,
PRESIDENTE
GERSON MARTINEZ,
PRIMER VICEPRESIDENTE.
CIRO CRUZ ZEPEDA PEÑA,
SEGUNDO VICEPRESIDENTE.
RONAL UMAÑA,
TERCER VICEPRESIDENTE.
NORMA FIDELIA GUEVARA DE RAMIRIOS,
CUARTA VICEPRESIDENTA.
JULIO ANTONIO GAMERO QUINTANILLA,
PRIMER SECRETARIO.
JOSE RAFAEL MACHUCA ZELAYA,
SEGUNDO SECRETARIO.
ALFONSO ARISTIDES ALVARENGA,
TERCER SECRETARIO.
GERARDO ANTONIO SUVILLAGA,
CUARTO SECRETARIO.
ELVIA VIOLETA MENJIVAR,
QUINTA SECRETARIA.
JORGE ALBERTO VILLACORTA MUÑOZ,
SEXTO SECRETARIO.
Decreto Legislativo No. 871 de fecha 13 de abril de 2000, publicado en el Diario Oficial No. 79, Tomo 347 de fecha 28 de abril de 2000.