DECRETO No. 541.

 

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPUBLICA DE EL SALVADOR,

 

CONSIDERANDO:

I.-     Que según lo establecido en el Articulo 248 de la Constitución, la Asamblea Legislativa del anterior período, con fecha 30 de abril de 1997, acordó reformar el Artículo 1 de la misma Constitución, emitiéndose en consecuencia el Acuerdo de Reformas Constitucionales correspondiente;

II.-    Que de conformidad a la disposición constitucional citada en el considerando que antecede, la reforma mencionada, para su plena vigencia, debe ser ratificada por la actual legislatura;

III.-   Que habiéndose cumplido con los requisitos que la misma Constitución establece para su modificación, es procedente ratificar la reforma a su Artículo 1, en el sentido de reconocer como persona humana a todo ser humano, desde el instante de la concepción;

 

POR TANTO,

en uso de sus facultades constitucionales y habiéndose dado cumplimiento a lo preceptuado en el Articulo 248 de la Constitución, DECRETA, SANCIONA Y PROMULGA, la reforma Constitucional siguiente:

 

Art. 1.- Ratificase el Artículo 1 del Acuerdo de Reformas Constitucionales, de fecha 30 de abril de 1997, publicado en el Diario Oficial No. 87, Tomo 335, de fecha 15 de mayo de 1997, que adiciona un inciso segundo al articulo 1 de la Constitución, de la manera siguiente:

"Asimismo reconoce como persona humana a todo ser humano desde el instante de la concepción."

 

Art. 2.- El presente Decreto entrará en vigencia, ocho días después de su publicación en el Diario Oficial,

 

DADO EN EL SALON AZUL DEL PALACIO LEGISLATIVO: San Salvador, a los tres días del mes de febrero de mil novecientos noventa y nueve.

 

JUAN DUCH MARTINEZ,

PRESIDENTE.

 

GERSON MARTINEZ,

PRIMER VICEPRESIDENTE.

 

CIRO CRUZ ZEPEDA PEÑA,

SEGUNDO VICEPRESIDENTE.

 

RONAL UMAÑA,

TERCER VICEPRESIDENTE.

 

NORMA FIDELIA GUEVARA DE RAMIRIOS,

CUARTA VICEPRESIDENTA.

 

JULIO ANTONIO GAMERO QUINTANILLA,

PRIMER SECRETARIO.

 

JOSE RAFAEL MACHUCA ZELAYA,

SEGUNDO SECRETARIO.

 

ALFONSO ARISTIDES ALVARENGA,

TERCER SECRETARIO.

 

GERARDO ANTONIO SUVILLAGA,

CUARTO SECRETARIO.

 

ELVIA VIOLETA MENJIVAR ESCALANTE,

QUINTA SECRETARIA.

 

JORGE ALBERTO VILLACORTA MUÑOZ,

SEXTO SECRETARIO.

 

Decreto Legislativo No. 541 de fecha 03 de febrero de 1999, publicado en el Diario Oficial No. 32, Tomo 342 de fecha 16 de febrero de 1999.