DECRETO No. 10.-
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR,
CONSIDERANDO:
I. Que la Constitución de la República establece en su artículo 54 que es obligación del Estado organizar el sistema educativo, para lo cual deberá crear las instituciones y servicios que sean necesarios;
II. Que mediante Decreto Legislativo No. 917, de fecha 12 de diciembre de 1996, publicado en el Diario Oficial No. 242, Tomo No. 333, del 21 del mismo mes y año, se emitió la Ley General de Educación, la cual en su artículo 118 contempla la potestad reglamentaria para emitir el Reglamento General de la Ley y Especiales que fueren necesarios;
III. Que la Ley citada en el considerando anterior establece en su artículo 108, que los centros oficiales y privados de educación deberán solicitar a la Comisión Nominadora la correspondiente autorización para el uso del nombre deseado, de acuerdo con los requisitos establecidos reglamentariamente;
IV. Que mediante Decreto Ejecutivo No. 22, de fecha 11 de abril de 1978, publicado en el Diario Oficial No. 75, Tomo No. 259, del 25 del mismo mes y año, se emitió el Reglamento para la Nominación de Centros Educativos; y,
V. Que el anterior Decreto Ejecutivo se sustentaba legalmente en el Decreto Legislativo No. 495, de fecha 11 de mayo de 1990, publicado en el Diario Oficial No. 162, Tomo No. 308, del 4 de julio del mismo año, por medio del cual se emitió la Ley General de Educación actualmente derogada; en virtud de lo cual, es necesario dictar un nuevo Reglamento para la Nominación de Centros Educativos a fin que éste se adecúe a la Ley General de Educación vigente referida en el segundo considerando.
POR TANTO,
en uso de sus facultades constitucionales,
DECRETA el siguiente:
REGLAMENTO PARA LA NOMINACIÓN DE CENTROS EDUCATIVOS
Derogatoria
Art. 15.- Derógase el Decreto Ejecutivo No. 22, de fecha 11 de abril de 1978, publicado en el Diario Oficial No. 75, Tomo No. 259, del 25 del mismo mes y año.
Vigencia
Art. 16.- El presente Decreto entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Oficial.
DADO EN CASA PRESIDENCIAL: San Salvador, a los quince días del mes de enero de dos mil trece.
CARLOS MAURICIO FUNES CARTAGENA,
Presidente de la República.
FRANZI HASBÚN BARAKE,
Ministro de Educación (Ad-Honorem).
Decreto Ejecutivo No. 10 de fecha 15 de enero de 2013, publicado en el Diario Oficial No. 58, Tomo 399 de fecha 02 de abril de 2013.