DECRETO No. 377

 

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR,

 

CONSIDERANDO:

I.      Que el Art. 705 del Código Procesal Civil y Mercantil, deroga el Código de Procedimientos Civiles, la Ley de Procedimientos Mercantiles, así como, todas aquellas leyes o disposiciones que se le contrapongan, sin embargo, en el primer cuerpo normativo, no se comprenden disposiciones relativas al concurso de acreedores, a la quiebra y demás medidas normativas vinculadas con la insolvencia que disciplina las situaciones citadas, se generará un vacío jurídico que deberá evitarse.

II.     Que en ese sentido, es necesario evitar ese vacío legislativo, mientras no se dicte una legislación moderna que regule esas materias, por lo que, resulta imprescindible prorrogar la vigencia de las normas pertinentes.

 

POR TANTO,

en uso de sus facultades constitucionales, y a iniciativa del Diputado Federico Guillermo Ávila Qüehl,

 

DECRETA:

Art. 1. Prorrógase la vigencia del Título IV y V del Libro Segundo del Código de Procedimientos Civiles (Arts. 659 al 777), el Capítulo XI de la Ley de Procedimientos Mercantiles (Arts. 77 al 119), en tanto no se apruebe una nueva legislación que regule la materia.

 

Art. 2. Todas las normas relativas a la insolvencia, el concurso de acreedores, la quiebra y la suspensión de pagos no comprendidas en el artículo anterior quedarán vigentes.

 

Art. 3. El presente decreto entrará en vigencia el uno de julio de dos mil diez, previa su publicación en el Diario Oficial.

 

DADO EN EL SALON AZUL DEL PALACIO LEGISLATIVO: San Salvador, a los tres días del mes de junio del año dos mil diez.

 

CIRO CRUZ ZEPEDA PEÑA

PRESIDENTE

 

OTHON SIGFRIDO REYES MORALES

PRIMER VICEPRESIDENTE

 

GUILLERMO ANTONIO GALLEGOS NAVARRETE

SEGUNDO VICEPRESIDENTE

 

JOSÉ FRANCISCO MERINO LÓPEZ

TERCER VICEPRESIDENTE

 

ALBERTO ARMANDO ROMERO RODRÍGUEZ

CUARTO VICEPRESIDENTE

 

FRANCISCO ROBERTO LORENZANA DURÁN

QUINTO VICEPRESIDENTE

 

LORENA GUADALUPE PEÑA MENDOZA

PRIMERA SECRETARIA

 

CÉSAR HUMBERTO GARCÍA AGUILERA

SEGUNDO SECRETARIO

 

ELIZARDO GONZÁLEZ LOVO

TERCER SECRETARIO

 

ROBERTO JOSÉ d'AUBUISSON MUNGUÍA

CUARTO SECRETARIO

 

SANDRA MARLENE SALGADO GARCÍA

QUINTA SECRETARIA

 

IRMA LOURDES PALACIOS VÁSQUEZ

SEXTA SECRETARIA

 

MIGUEL ELÍAS AHUES KARRA

SÉPTIMO SECRETARIO

 

CASA PRESIDENCIAL: San Salvador, a los veintiún días del mes de junio del año dos mil diez.

 

PUBLÍQUESE,

 

CARLOS MAURICIO FUNES CARTAGENA,

Presidente de la República.

 

JOSÉ MANUEL MELGAR HENRÍQUEZ,

Ministro de Justicia y Seguridad Pública.

 

Decreto Legislativo No. 377 de fecha 03 de junio de 2010, publicado en el Diario Oficial No. 116, Tomo 387 de fecha 22 de junio de 2010