DECRETO No.
423
LA ASAMBLEA
LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR,
CONSIDERANDO:
I Que por decreto N° 507 del Directorio
Cívico Militar, de fecha 24 de noviembre de 1961, publicado en el Diario
Oficial N° 239, Tomo N° 193 del 27 de diciembre del mismo año, se emitió la Ley
de Servicio Civil.
II Que la ley a que hace referencia el
considerando que antecede, dada su antigüedad, no guarda uniformidad con el
resto de instituciones públicas en cuanto a la representación legal de la
institucionalidad del Tribunal de Servicio Civil.
III Que además, en el marco de la entrada en
vigencia de la Ley de la Jurisdicción Contencioso Administrativo, Ley de
Procedimientos Administrativos, entre otras, se exigen informes y otros tipos
de requerimientos judiciales y administrativos, que deben despacharse con
prontitud cuando se demanda al tribunal, lo cual para agilizarse debe
establecerse con claridad la representación legal, uniformándose con el resto
de las instituciones del sector público en cuanto a su representación.
POR TANTO,
en uso de sus facultades constitucionales y a iniciativa de las y los
diputados: José Antonio Almendáriz Rivas, Nidia Díaz, Rodolfo Antonio Parker
Soto y Carlos Armando Reyes Ramos.
DECRETA la
siguiente:
REFORMA A LA LEY DE SERVICIO CIVIL
Art.
1.- Adiciónese un último inciso al artículo 9, de la siguiente manera:
"El
presidente del Tribunal será el representante legal del mismo."
Art.
2.- El presente decreto entrará en vigencia ocho días después de su publicación
en el Diario Oficial.
DADO
EN EL SALÓN AZUL DEL PALACIO LEGISLATIVO: San Salvador, a los diecinueve días
del mes de septiembre del año dos mil diecinueve.
NORMAN NOEL QUIJANO GONZÁLEZ
PRESIDENTE
JOSÉ SERAFÍN ORANTES RODRÍGUEZ
PRIMER VICEPRESIDENTE
GUILLERMO ANTONIO GALLEGOS NAVARRETE
SEGUNDO VICEPRESIDENTE
YANCI GUADALUPE URBINA GONZÁLEZ
TERCERA VICEPRESIDENTA
ALBERTO ARMANDO ROMERO RODRÍGUEZ
CUARTO VICEPRESIDENTE
JOSÉ FRANCISCO MERINO LÓPEZ
PRIMER SECRETARIO
RODOLFO ANTONIO PARKER SOTO
SEGUNDO SECRETARIO
NORMA CRISTINA CORNEJO AMAYA
TERCERA SECRETARIA
PATRICIA ELENA VALDIVIESO DE GALLARDO
CUARTA SECRETARIA
NUMAN POMPILIO SALGADO GARCÍA
QUINTO SECRETARIO
MARIO MARROQUÍN MEJÍA
SEXTO SECRETARIO
CASA
PRESIDENCIAL: San Salvador, a los tres días del mes de octubre del año dos mil
diecinueve.
PUBLÍQUESE,
NAYIB ARMANDO BUKELE ORTEZ,
Presidente de la República.
MARIO EDGARDO DURÁN GAVIDIA,
Ministro de Gobernación y Desarrollo Territorial.
Decreto Legislativo
No. 423 de fecha 19 de septiembre de 2019, publicado en el Diario Oficial No.
192, Tomo 425 de fecha 14 de octubre de 2019.