DECRETO N° 474.

 

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR,

 

CONSIDERANDO:

Que la aplicación actual de las tarifas en la forma que lo regula la presente Ley de la Administración Nacional de Acueductos y Alcantarillados -ANDA-, no llena a cabalidad el principio de equidad con que los usuarios deben participar en el pago por el servicio que reciben, siendo necesario que la Junta de Gobierno de dicha Institución regule la forma de aplicación de las tarifas aprobabas conforme lo dispone la misma ley;

 

POR TANTO.

en uso de sus facultades constitucionales y a iniciativa de los Diputados Héctor Luis Gutiérrez Balibrera, Ricardo Ruiz Quiroz y Rommel Antonio Rubio,

 

DECRETA la siguiente reforma a la Ley de la Administración Nacional de Acueductos y Alcantarillados -ANDA-:

 

Art 1.- Sustitúyese el inciso primero de la letra p) del Artículo 3, por el siguiente:

“p)   Someter a la aprobación del Poder Ejecutivo en el Ramo de Economía, tarifas razonables por el uso de las facilidades de la Institución o por los servicios de agua potable, alcantarillado u otros artículos o servicios vendidos, prestados o suministrados por ella y cobrar de acuerdo a las mismas, las que se aplicarán en el porcentaje y en la forma que la Junta de Gobierno determine”.

 

Art. 2.- El presente decreto entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Oficial.

 

DADO EN EL SALÓN DE SESIONES DE LA ASAMBLEA LEGISLATIVA; PALACIO LEGISLATIVO: San Salvador, a los veinticinco días del mes de marzo de mil novecientos setenta y seis.

 

Rubén Alfonso Rodríguez,

Presidente.

 

Alfredo Morales Rodríguez,

Vice-Presidente.

 

Benjamín Wilfrido Navarrete,

Vice-Presidente.

 

Mario S. Hernández Segura,

Primer Secretario.

 

José Francisco Guerrero,

Primer Secretario.

 

Matías Romero,

Primer Secretario.

 

Mauricio Gutiérrez Castro,

Segundo Secretario.

 

Pablo Mateu Llort,

Segundo Secretario.

 

Víctor Manuel Mendoza Vaquedano,

Segundo Secretario.

 

CASA PRESIDENCIAL: San Salvador, a los treinta días del mes de marzo de mil novecientos setenta y seis.

 

PUBLIQUESE.

 

ARTURO ARMANDO MOLINA,

Presidente de la República.

 

Carlos Valencia Valladares.

Subsecretario de Integración y Economía Internacional,

Encargado del Despacho.

 

Jorge Antonio Seaman Soto,

Ministro de Obras Públicas.

 

Agustín Martínez Varela,

Ministro del interior.

 

PUBLIQUESE EN EL DIARIO OFICIAL.

 

José Enrique Silva,

Ministro de la Presidencia de la República.

 

Decreto Legislativo No. 474 de fecha 25 de marzo de 1976, publicado en el Diario Oficial No. 65, Tomo 251 de fecha 02 de abril de 1976.