La Constitución al referirse al principio ne bis in idem utiliza la expresión misma causa con preferencia del concepto mismo delito, lo que delimita el objeto de protección de la garantía, cual es, salvaguardar a la persona contra quien se siguió un proceso, del riesgo de padecer de una nueva decisión que afecte de modo definitivo su esfera jurídica por la misma causa, entendiendo la identidad del sujeto, del objeto y del sustrato fáctico y fundamento jurídico.