Las medidas cautelares son empleadas para garantizar las resultas del proceso, en las cuales encontramos la anotación preventiva de la demanda con lo que se respaldan futuras obligaciones de carácter económico; lo normal en estos casos es que una vez fijada la cuantía de lo adeudado, de cancelarse la obligación o garantizar su cumplimiento por medio de una caución suficiente, la cual puede ser bancaria, hipotecaria, en efectivo o expresamente de forma personal, previa audiencia a la contraparte levantar la anotación preventiva.